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7 de mayo de 2009

Resuelve tus dudas sobre la declaración

La Agencia Tributaria es la primera en suministrar información tributaria y en ofrecer un servicio gratuito para hacer la declaración de quienes no quieren o no saben hacerla por su cuenta. Además, elaborar un borrador de la declaración para quienes lo piden y cumplen ciertos criterios, además de un servicio de petición de datos fiscales que le permite comprobar lo que hacienda sabe de él.


Los puntos de información son:

  • A través del Teléfono:
    • Para solicitar Información tributaria básica: 901 335 533.
    • Para solicitar cita previa: 901 223 344.
    • Para pedir los datos fiscales y solicitar el borrador: 901 121 224 y 901 200 345.

Algunas comunidades también ofrecen servicios gratuitos para hacer la declaración, al igual que algunas empresas grandes, algunos bancos y cajas de ahorro que ayudan a sus trabajadores y clientes.

El programa PADRE, que se puede obtener de forma gratuito ya sea en CD o descargando de la página web de la Agencia Tributaria, es una buena ayuda a la hora de elaborar la declaración. Una vez introducido los datos en este programa, sólo se ha de imprimir el resultado en papel y listo para presentarlo en el banco.

Los impresos de la declaración, de venta en estancos, delegaciones y administraciones de la Agencia Tributaria se acompaña de una Guía de la declaración. El Manual Práctico de la Agencia Tributaria, más amplio y con ejemplos, se vende por separado.

Acudir a un asesor fiscal profesional (una declaración sencilla su coste ronda los 30€).

220 comments to Resuelve tus dudas sobre la declaración

  • eva

    Gracias por su pronta contestacion.
    Disculpe si no me he explicado bien.
    Si trabajo en un centro de salud, y algunos compañeros, incluyen esta deduccion como le he dicho.
    El impreso que completamos, el encabezamiento dice «Desplazamientos Urbanos» alli trancribimos los dias de cada mes que realizamos visitas fuera del centro, con nuestro vehiculo, el director del distrito lo firma.
    Mi duda como le dije anteriormente, es que no se donde incluirlo. Gracias

    • Estos gastos que mencionas a mi entender se incluyen dentro de los Gastos de locomoción contemplados en el IRPF:

      Se exceptúan de gravamen y, por lo tanto, no habrán de incluirse entre los rendimientos íntegros del trabajo, las cantidades que, en las condiciones e importes que más adelante se señalan, perciba el empleado o trabajador con la finalidad de compensar los gastos de locomoción ocasionados por el desplazamiento fuera de la fábrica, taller, oficina, o centro de trabajo, para realizar su trabajo en lugar distinto, con independencia de que este último esté situado en el mismo o en distinto municipio que el centro de trabajo habitual.

      Por el contrario, están plenamente sujetas al impuesto, y habrán de ser incluidas en la declaración como rendimientos íntegros del trabajo, las cantidades percibidas por el desplazamiento del empleado o trabajador desde su domicilio al lugar de trabajo, aun cuando ambos estén situados en distintos municipios

  • Juan Carlos

    Es obligatorio declarar una subvencion que recibí por el mes que estuve de excendencia por maternidad.

    • ¿Una subvención? ¿Nos puedes aclarar un poco la naturaleza de esta ayuda?

      Generalmente, cuando una persona se da de baja por maternidad, dicha baja está remunerada y es la Seguridad Social la que se encarga de pagar dicha remuneración y es necesario declararlo como rendimiento de trabajo.

      Salu2.

  • Antonio

    He realizado la declaración directamente por la agencia tributaria, en una de sus oficinas que tiene en Sevilla. me sale a devolver al igual que a mi esposa, la pregunta es si es necesario o tengo que pasar la declaración de la renta para que me lo firme y selle el banco, ya que el ejemplar que me dió el chico que me atendió, pone ejemplar para el interesado(internet) y existen dos páginas cuyo encabezado dice presentación realizada el 16/6/2009. Gracias

    • Cuando se hace una declaración con la ayuda del técnico de hacienda, una vez finalizado, éste le habrá dicho que si lo quieres presentar o no. En el caso afirmativo, la declaración queda como presentada (no tienes que hacer nada más) y a tí te entrega la copia del interesado en el que debe de figurar la fecha de presentación, el Nº identificativo del documento y un código electrónico que certifica la autenticidad del documento.

      Salu2.

  • Angel

    Yo soy una persona que hago muchas inversiones en acciones de bolsa de renta variable, tantas que no caben en la declaración de hacienda del programa padre, si no puedo ponerlas todas ¿como debo colocar la declaración con el programa padre en mis inversiones en este caso?

    • El programa padre le permite introducir tantas operaciones como necesite de compra venta de acciones de diferentes entidades emisoras, mire mejor las opciones que le proporciona dicho programa.

      Salu2.

  • Angel

    Le comento ante la respuesta que me ha dado, que el programa padre en la página 9 en el apartado G2 en «ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de acciones o participaciones negociadas en mercados oficiales» deja colocar 42 posiciones en bloques de 3 de compra y venta, más allá no existe flecha de posición para colocar más ganancias o pérdidas de acciones.

    Siento decirle que observe esta situación en alguna prueba que usted realice.

    Yo realizo más de 100 compras y ventas de acciones al año y me es imposible colocar todas. El programa padre está limitado en este sentido por solo 42.

    • Es extraño lo que nos comenta, y lógicamente no hemos observado esta situación puesto que nunca hemos tenido que rellenar tantas posiciones en dichas casillas.

      Lo mejor que puede hacer es dirigirse a la Agencia Tributaria a través de los puntos de contacto que facilita en este artículo, para que ellos les ayuden a solucionar este problema.

      Salu2.

  • Rosa

    Buenos días,
    mi problema es que estoy en proceso de incapacidad temporal, y tengo 3 pagadores, la empresa en la que estaba ( 2000€), y 2 pagadores de pensión, porque me cambió el regimen de pensión, de 7000€ y 11000, en el borrador me ha salido a pagar 1800€ porque no me han retenido nada en las pensiones.
    mi duda es si estoy obligada a pagar a pesar de no llegar a los 22000€.
    un saludo, muchas gracias

  • javi

    ¿Qué tipo de actuaciones se pueden desgravar por reformas en la vivienda habitual?

  • javi

    Una persona que se dedique a la actividad de venta de vino albariño y que tambien trabaja por cuenta ajena.

    que puede desgravar por la actividad profesional¿?

    sulfatos¿
    fertilizantes¿?
    gasoleo agricola¿?
    algo mas¿?

    • Cualquier profesional se puede desgravar por todo los medios y serviciones que necesite contratar o adquirir para la producción de su actividad económica. Aunque según lo que dice, si se dedia a la venta, difícilmente se podrá explicar los gastos en fertilizantes y sulfatos, o quizás también producto y fabrica el vino.

      Salu2.

  • luz

    tengo que reinvertir el dinero de mi antigua vivienda el 30 de julio pero la constructora no me entrega mi oroxima vivienda hasta septimbre octubre del 2009 o sea que se me pasa el plazo de los dos años para reinvertir, mi pregunta es si ya he entregado todo el dinero a la promotora aunque no tenga las escrituras cuenta como reinversion

    • Generalmente Hacienda establece los plazos hasta que se realice una acción por parte del contribuyente, dicha acción ha de ser de validez legal y efectiva. Es decir, si plazo es hasta que se compre una vivienda, dicha compra ha de hacerse de forma efectiva mediante escritura pública y el pago de los impuestos correspondientes. Por lo tanto, en su caso, lamentablemente, no se puede considerar que se haya realizado la compra hasta septiembre cuando se haga la escritura.

      Salu2.

  • javi

    Una persona que se dedique a la actividad de venta de vino albariño y que tambien trabaja por cuenta ajena.

    que puede desgravar por la actividad profesional¿?

    sulfatos¿
    fertilizantes¿?
    gasoleo agricola¿?
    algo mas¿?

    Cualquier profesional se puede desgravar por todo los medios y serviciones que necesite contratar o adquirir para la producción de su actividad económica. Aunque según lo que dice, si se dedia a la venta, difícilmente se podrá explicar los gastos en fertilizantes y sulfatos, o quizás también producto y fabrica el vino.

    SE VENDE LA MATERIA PRIMA (UVA ALBARIÑA) A UNA COOPERATIVA. PERO PARA EL CUIDADO SE COMPRAN FERTILIZANTES, SULFATOS Y GASOLEO AGRICOLA

    QUERIA SABER SI SE PUEDE DESGRAVAR PRESENTANDO LAS FACTURAS CORRESPONDIENTES Y SI HAY ALGUNA OTRA COSA QUE DESGRAVE?¿

    GRACIAS

    • Se podrá desgravar todo lo que necesite para la producción de su actividad económica o profesional, que en su caso: sulfatos, fertilizantes, gasoleo, y todo los medios y productos que necesite.

      Salu2.

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