La Agencia Tributaria es la primera en suministrar información tributaria y en ofrecer un servicio gratuito para hacer la declaración de quienes no quieren o no saben hacerla por su cuenta. Además, elaborar un borrador de la declaración para quienes lo piden y cumplen ciertos criterios, además de un servicio de petición de datos fiscales que le permite comprobar lo que hacienda sabe de él.
Los puntos de información son:
- A través de Internet: www.agenciatributaria.es
- A través del Teléfono:
- Para solicitar Información tributaria básica: 901 335 533.
- Para solicitar cita previa: 901 223 344.
- Para pedir los datos fiscales y solicitar el borrador: 901 121 224 y 901 200 345.
Algunas comunidades también ofrecen servicios gratuitos para hacer la declaración, al igual que algunas empresas grandes, algunos bancos y cajas de ahorro que ayudan a sus trabajadores y clientes.
El programa PADRE, que se puede obtener de forma gratuito ya sea en CD o descargando de la página web de la Agencia Tributaria, es una buena ayuda a la hora de elaborar la declaración. Una vez introducido los datos en este programa, sólo se ha de imprimir el resultado en papel y listo para presentarlo en el banco.
Los impresos de la declaración, de venta en estancos, delegaciones y administraciones de la Agencia Tributaria se acompaña de una Guía de la declaración. El Manual Práctico de la Agencia Tributaria, más amplio y con ejemplos, se vende por separado.
Acudir a un asesor fiscal profesional (una declaración sencilla su coste ronda los 30€).
Buenas tardes, mi pregunta es la siguiente: quiero vender mi vivienda habitual , venderla por lo mismo que me costó, pero no quiero comprarme otra ya que vamos a vivir con mis padres. Estoy obligada en invertir en comprar otra vivienda en menos de dos años? o puedo dejar mi dinero sin invertirlo en nada?. ¿pagaria hacienda en ese caso?
No, no tienes porqué.
Además como lo has vendido por el mismo precio de compra no tienes que pagar nada de impuestos.
Salu2.
Cuanto tiempo he debido de vivir como minimo en mi vivienda hatibual para no pagar nada hacienda, haciendo referencia a la pregunta anterior.
gracias.
3 años como mínimo.
Salu2.
Hola quiero alquilar mi piso es de vpo regimen especial canario por lo que hay que pedir permiso para poder alquilarlo y ellos te dicen en cuanto lo puedes alquilar, nosotros lo queremos declarar, ¿que pasaría si lo declaramos y no pedimos tal permiso tendremos problemas? Gracias.
Si te pillan, habrá sanción, y es posible que te hagan devolver lo que te hayas bonificado de la compra de dicha vivienda de VPO.
Salu2.
Me ha llegado una notificación de la agencia tributaria donde me requieren los justificantes de pago de la vivienda en la que resido. El caso es que el contrato de alquiler esta a nombre de mi compañero de piso y mio, y yo todos los meses le pago mi parte en metálico a mi compañero y él hace la transferencia total al propietario, por lo que yo justificantes de pago a mi nombre no tengo, solo los de mi compañero ¿serían válidos?
Gracias
Da igual, aporta el contrato, los justificantes de pago a nombre de tu compañero y un escrito de tu compañero que diga que tú le entregas el 50% del dinero que él paga al dueño.
Esta situación es muy normal.
Salu2.
hola, este año me e compardo una casa de pvo, para eso me han concedido una suvencion a fondo perdido, en principio al ser a fondo perdido no se tiene que declarar, pero otras familias que se lo concedieron el año pasado lo han tenido que declarar, eso es asi? o es un engaño? porque algunos lo han echo en hacienda y esas no la han declarado, que tengo que hacer???
Acude a la Agencia Tributaria y consultalo.
Salu2.
Tengo un local del cual soy la propietaria y mi madre la usufructuaria.
Yo vivo con ella y no tengo ningún tipo de ingreso. Ella cobra solo su pensión de viudedad.
Si me hiciera al final yo la usufructuaria, ¿tendría que hacer la declaración de la Renta? Después de estar 2 años sin alquilarse, se ha vuelto a alquilar el pasado mes de octubre y sé que ahora en Enero se declara el IVA de los 3 meses correspondientes al 4º trimestre del ejercicio 2012.
Este año mi madre tuvo que pagar después de la declaración…… y le salió cerca de 400 € con lo cual estamos intentando evitar que si encima se le añade el nuevo ingreso del alquiler del local, puede que todo se le dispare y encima tenga que pagar mucho mas.
El alquiler es de 600€ mensuales, y por eso necesito saber si merece la pena hacerme yo con el usufructo y ver si tengo que hacer declaración o no, ya que el ingreso total al año no serian mas de 7.200 € y no tengo ningún ingreso extra más.
El contrato con el inquilino se hizo con ella, por eso en parte nos corre prisa saber esto para que en este mes de Diciembre se pueda “rehacer” el contrato poniendo mi nombre (lo hicimos con un abogado) y a partir de Enero ser yo la que declare el IVA .
Gracias y disculpen mi ignorancia ante cierto términos.
Te hemos respondido la misma consulta en otro sitio de nuestra web…
Por favor, no haga la misma consulta en varios sitios.
Salu2.
Hola mi consulta consiste en lo siguiente el año pasado estuve en España cobrando el paro hasta el mes de junio en julio me concedieron una beca en una universidad de Alemania en desde resido desde esa fecha. mi pregunta es como tengo que hace la declaración de la renta una es España por el tiempo que estuve aquí y otra en Alemania gracias espero vuestra contestación
Sólo tienes que hacer una única declaración, y lo tienes que hacer donde hayas residido más del 50% del tiempo.
Salu2.
Soy trabajador por cuenta ajena, pero en 2012 realizé un trabajo para otra empresa por el cual me pagaron 400 euros y me retubieron 8. Ahora al pedir a la Agencia Tributaria mis datos fiscales sale que he percibido esos 400 euros como actividad económica. ¿ Como y dónde debo incorporar en mi declaracion de 2012 dicho ingreso ?.
Súmalo como rentas de trabajo… ya que fue algo puntual y no creo que asumieras riesgos o medios propios para conseguir esas rentas.
Salu2.
Buenas tardes:
A mediados del año 2012, mi empresa plantea un ERE, y cierra, adeudandonos dos mensualidades y generando una liquidacion que nunca cobramos. Estos importes, debo incluirlos en mi renta del año 2012 , o solo los cobrados?. Estamos en tramites para que el FOGASA se haga cargo de esas deudas y salde, el porcentaje correspondiente, por lo que entiendo que no debo incluirlos, ya que estaré tributando, por algo que no voy a cobrar…… es así ??.
Gracias.
Sólo los cobrados… y si finalmente lo cobras, tendrás que hacer una complementaria de ese ejercicio.
Salu2.
Hola, mi consulta es, el año pasado vendí mi vivienda habitual que era 50 % mía y 50% de mi mujer al hacer la declaración individual tengo que poner en mi declaración la mitad del importe de venta y la mitad del importe de compra?
Sí, claro.
Pero hay que tener otras cosas en cuenta: gastos, el paso del tiempo.
Te recomiendo acudir a una asesoría fiscal.
Salu2.