El régimen económico del matrimonio, será el que los cónyuges estipulen. Cada pareja tendrá libertad para establecer las normas o reglas que consideren que debe regir su sistema económico matrimonial.
Explicamos a continuación en que consiste el régimen de separación de bienes.
¿En qué consiste el régimen de separación de bienes?
Cuando en un matrimonio, el régimen económico matrimonial que se fija es el de separación de bienes quiere decir que cada uno de los cónyuges conservará la propiedad de todos sus bienes, y podrá retener también la administración y disfrute de los mismos, o bien delegarlos en manos del otro cónyuge.
¿Qué artículo del Código Civil lo regula?
Está regulado por el artículo 1.437 del código Civil que establece que: “En el régimen de separación permanecerán a cada cónyuge los bienes que tuviese en el momento inicial del mismo y los que después adquiera por cualquier título”.
¿En qué casos el matrimonio se regirá por separación de bienes?
- Cuando así se hubiese pactado.
- Cuando los cónyuges hubieran pactado en la capitulaciones matrimoniales que no se regirán por el régimen de bienes gananciales, sin especificarse nada más ni régimen alguno por el que regirse.
- Cuando durante el matrimonio se extinga la sociedad de bienes gananciales o el régimen de participación, salvo que por voluntad de los cónyuges fuese sustituido por otro régimen diferente.
¿Cómo se distribuirán los gastos y cargas?
Los gastos y cargas que los cónyuges deban afrontar, a falta de convenio se llevará a cabo proporcionalmente a los recursos económicos respectivos de que disponga cada uno. Y el trabajo doméstico o para el hogar, será computado como contribución a las cargas, y dará derecho a la obtención de una compensación si se extinguiera judicialmente este régimen.
¿Qué ocurre en el caso de que uno de los cónyuges contraiga deudas?
Las deudas y obligaciones contraídas por cada cónyuge serán de su exclusiva responsabilidad.
Por otro lado, las deudas contraídas en el ejercicio de la potestad doméstica (como por ejemplo la compra de un frigorífico), responderán de ellas solidariamente primero si los hubiera, los bienes comunes, y los del cónyuge que contraiga la deuda, y de manera subsidiaria, los del otro cónyuge.
En el caso de comprar algo conjuntamente, se hará bajo el régimen ordinario de comunidad de bienes.
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En primer lugar gracias.
¿Qué pasaría con la pensión de viudedad, con matrimonio en régimen de separación de bienes, con las deudas contraídas por el cónyuge fallecido? ¿Tendría que afrontar algo, en caso de que la pensión fuera superior al SMI?.
Son cosas independientes.
1. La Seguridad Social te pagará la pensión independientemente del régimen matrimonial.
2. En separación de bienes, las deudas del difunto son del difunto, y al fallecer es de sus herederos.
3. Si los herederos acepta la herencia, acepta, tanto los bienes como las deudas.
Antes de poder cobrar los bienes, ha de satisfacer las deudas (tanto con los bienes heredados como de sus propios bienes).
Lo general es aceptar una herencia a beneficio de inventario, es decir, si el saldo es positivo se acepta la herencia, y si es negativo, pues nada.
Si lo haces así, jamás te afectará sobre tus bienes.
Salu2.
Hola buenas.
Mi consulta es estoy casada por bienes ganaciales.
Yo conbraba una pnc, pero me la quitaron cuando me casé.
Tengo una discapacidad de 67%.
Mi pregunta es..si hago separación de bienes.
Podría seguir cobrando la pensión no contributiva?
Nada.. te lo han quitado por los ingresos de tu marido (convivientes) y da igual si estás en gananciales o separación de bienes.
Salu2.
Buenos dias,
me acabo de comprar un piso al 50% con mi pareja con la que me casaré en regimen de separacion de bienes, el año que viene. Mi pregunta es: si me pasase algo a mi, quien eredaria mi mitad de piso? en el caso de que no le corresponda TODO mi 50%, podria asegurarselo a traves de un testamento?
No tenemos hijos y por mi parte tengo padres y hermanos.
Gracias
Tu parte lo heredaría tus padres, y tu marido recibiría 1/3 de todos tus bienes en usufructo.
Podrías otorgarle a tu pareja el usufructo vitalicio de todos los bienes vía testamento.
Si le quieres legar ese bien a tu pareja, tendrías que rogarle a tus padres a aceptarlo, depende de su buena voluntad y si quieren acatar o no tu último deseo.
Salu2.
Mi padre murió y antes mi madrastra hizo liquidación de bienes gananciales con él, adjudicándose lo todo a ella e incluso la puso como cotitular a ella de la cuenta en la que solo entraban los ingresos por parte de mi padre pero todas las facturas de móviles, luz, agua, préstamos, tarjetas etc. Se cobraban de esa cuenta. Al morir mi padre, mi madrastra que es cotitular sigue sacando dinero, ordenando transferencias y dejando que se cobren facturas. El banco dice que no puede bloquear la cuenta pues ella es cotitular pero está sacando dinero de lo único que tenemos para heredar como legitimarios forzosos ¿como podemos exigir al banco que bloquee la cuenta y reponga el importe de tantos recibos y facturas que se han cobrado de esta cuenta?
No te preocupes, puedes hacer la herencia igual. El banco te tiene que dar un certificado de lo que había en el día del fallecimiento, y esos son los bienes de la herencia.
Consulta un abogado.
Suerte!!
Antes de casarnos firmammos separación de bienes, a los pocos años de casados decidimos comprar un pequeño olivar, pero mi marido lo puso a su nombre pues pensaba que era gananciales dentro del matrimonio.Al tiempo, comprarmos una vivienda nos dimos cuenta que no sabemos bien si el olivar me pertenece igual que a mi marido.
No. En separación de bienes, cada uno es dueño de sus bienes.
El olivar al estar sólo a su nombre, es suyo al 100%. Tu para demostrar que te pertenece, si se pagó con dinero de los 2. Eso es, si dentro del matrimonio en separación de bienes, existe una comunidad de bienes gananciales, con el que se pagó el bien.
Salu2.
Mi mujer tiene asu nombre terrenos llevamos 12 años separados fisicamente me hizo firmar separaciones de bienes sin saberlo yo no ley nada ella me dijo q era el divorcio y hace unos dias me imforman q aun sigo casado por el juzgado. Pregunto me pertenece algo de sus terrenos , ya q estoy con otra mujer y deseo casarme pero no puedo tengo q afrontar lo q me cobrara mi abogado y estoy en paro .
Pero si esos terrenos son suyos, significa que son suyos. Es decir, que los adquirió antes del matrimonio o durante el matrimonio con bienes privativos o por herencia.
Si fue así, esos terrenos son suyos dando igual el régimen matrimonial.
Salu2.
Mi marido ha fallecido y me dejo la herencia a mi estábamos casados en separación de bienes.afecta esto a la herencia
No afecta para nada.
El régimen matrimonial es exclusivamente para determinar de quién son los bienes.
Salu2.
Hola, me casé en bienes gananciales y se compró una motocicleta, que se puso a nombre de él y después hicimos separación de bienes ganaciales, después de esto compramos un coche que también esta a su nombre porque vive en Ceuta y salía más barato, pero lo pago yo, ahora estamos en tramites de divorcio y me pide que pague yo el cambio de pasarlo de Ceuta a la Península y transferencia, me corresponde sólo a mí hacerme cargo?
Gracias, un saludo
Da gracias que accede a transferirtelo, porque según los papeles es de él el coche porque cuando se compró ya estabais en separación de bienes.
Saludos.
Hola buenas noches yo estoy separado de hecho pero no tengo ningún papel llevo 3 años viviendo en otra ciudad si me compro un piso la mujer tendría derecho cuando me separé legalmente a la mitad del piso, tengo Testamento para mi hijo donde el notario pone estoy separado de hecho me valdría esto para yo poder comprar un piso no tendré que darle la mitad
Mientras que no haya una separación legal… me temo que es complicado.
Consulta en la notaría.
Salu2.
Hola!
Estoy casada en separación de bienes, cuando era autónoma tenía una deuda con seguridad social, que reclamaron a mi marido y que el pago. Pero ahora nos hemos enterado que él tenía obligación de pagarla, ya que estamos separación de bienes?? Es eso correcto??? Puede reclamar el su dinero ??? Gracias
No, no le puede reclamar a él el dinero… pero ya está pagado, así que…
Salu2.
Pero el puede reclamar ya que ha pagado una deuda que no es suya ? Que se lo devuelvan …
Ya, pero pagó él por voluntad propia y en tu nombre, no porque le embargara.
Salu2.
Sí que le embargaron la nómina
Pues, si la deuda se generó cuando estaban en separación de bienes… no le debería de haber embargado la nómina. Podría reclamarlo. Pero le dejaría a usted en mala situación con una deuda con la seguridad social.
En el futuro, no podrá cobrar nada de la Seguridad Social, hasta que salde dicha deuda o prescriba.
Saludos.
Muchas gracias , por la aclaración un saludo