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27 de abril de 2009

Deducción por inversión en vivienda habitual.

La mayoría de los contribuyentes conocen que existen unas deducciones por inversión en vivienda habitual, pero desconocen el alcance de las mismas y siempre les quedan algunas dudas por resolver, aquí intentaremos contestar a todas esas preguntas frecuentes.

28 de Septiembre de 2009: El gobierno planea suprimir las deducciones de vivienda habitual a partir del 2011 para las rentas superiores a 24.107€ y sólo se podrá deducir el máximo desgravable de 9.040€ los que tengan rentas inferiores a 17.707€. Para los que haya comprando la vivienda hasta diciembre de 2010, esta ley no les afectará.

27 de Noviembre de 2009: Aprobado el anteproyecto para la equiparación de las deducciones de alquiler y compra/venta a partir del 2011: La deducción para la adquisición de vivienda habitual desaparecerá para las rentas superiores a 24.107€ y sólo se desgravará los 9.040€ las rentas inferiores a 17.707€

27 de Julio de 2010: La ministra de Vivienda, Beatriz Corredor, anunció hoy que el Gobierno suprimirá en los próximos dos años las ayudas a la compra de viviendas con el fin de potenciar el alquiler y la rehabilitación hasta 2012 y para cumplir con el ajuste presupuestario que permita reducir el déficit público.

19 de Diciembre de 2011: Rajoy prometo en el debate de su investidura como presidente que volverá las deducciones de la vivienda habitual sin limitaciones.

30 de Diciembre de 2011: Rajoy recupera las deducciones de vivienda habitual sin limitaciones de ingreso que existía a 31 de diciembre de 2010.

11 de Julio de 2011: Rajoy eliminará las deducciones de vivienda habitual para las nuevas adquisiciones a partir del 2013.

14 de Julio de 2011: El gobierno quita la compensación del 5% de las deducciones para las vivienda adquiridas antes del 20 de enero de 2006.

A partir del 1 de enero de 2013: desaparece la deducción por inversión en vivienda habitual. Esto significa que sólo podrán seguir deduciendo aquellos que hayan adquirido su vivienda antes del 31 de diciembre de 2012. Hay que recordar que el 15 de julio de 2012 también se suprimió la compensación fiscal que podían aplicar los que hubieran adquirido su vivienda antes del 20 de enero de 2006.

¿Qué es una vivienda habitual?

Se considera vivienda habitual a la edificación destinada realmente a residencia del contribuyente, siendo ésta ser ocupada de forma efectiva en un plazo máximo de 1 año desde la adquisición y durante un periodo mínimo de tres años, que puede ser menos en los siguientes casos y presentando prueba ante la Administración:

  • Boda.
  • Separación matrimonial.
  • Traslado laboral.
  • Obtención del primer empleo.
  • Cambio de empleo.
  • Inadecuación en caso de minusvalía.
  • Fallecimiento del contribuyente.

¿Cuáles son las modalidades de deducción por inversión en vivienda habitual?

Existe cuadro modalidades de deducción por inversión en vivienda habitual:

  • La adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual.
  • La construcción o ampliación de la vivienda habitual.
  • Inversión en Cuenta Vivienda.
  • Obras o instalación de adecuación de la vivienda habitual a las necesidades de una persona con discapacidad.

¿Qué conceptos se puede incluir en las deducciones por inversión en vivienda habitual?

Se puede incluir los siguientes conceptos y hasta un máximo de 9015€ anuales por declaración, salvo que se deduzca por obras o instalaciones de adecuación de la vivienda habitual a las necesidades de una persona discapacitada, en tal caso, el límite es de 12.020€ anuales.

  • Lo ingresado en una cuenta vivienda.
  • Lo pagado al vendedor, constructor, promotor de la vivienda, designando el NIF de los mismos en la declaración de hacienda.
  • Los gastos e impuestos de la escritura de compraventa: notaría, registro, IVA, ITP o Actos Jurídicos Documentados.
  • Los gastos por obras de construcción, ampliación o rehabilitación de la vivienda.
  • Los recibos del préstamo y los gastos de la escritura del préstamo.
  • Las primas de seguros de vida e incendios cuya suscripción exige el banco al conceder la hipoteca.
  • Las ayudas públicas concedidas al contribuyente para la adquisición de la vivienda habitual, dichas ayudas también hay que declararlo como ganancias patrimoniales.
  • El coste de los instrumentos de cobertura de riesgo del tipo de interés variable del préstamo hipotecario.

¿Qué deducciones se aplica a la inversión en vivienda habitual?

La deducción de forma genérica es del 15% sobre la base de la desgravación y hasta 9.040€ anuales por declaración.

Existen algunas excepciones:

  • Los contribuyentes que adquiriendo la vivienda antes del 20 de Enero de 2006, tiene una compensación del 5% adicional sobre los primeros 4.500€ invertidos o pagados en las cuotas de la hipoteca. (Esta deducción extra ha sido eliminado el 14 de Julio de 2012)
  • Los contribuyentes residentes en Cataluña tiene una deducción extra del 1,5% para la rehabilitación de la vivienda habitual.
  • Los contribuyentes residentes en Cataluña de forma genérica se puede deducirse 13,5% de la inversión en vivienda habitual y si cumple las siguientes condiciones se puede aplicar un 16,5%:
    • Tener 32 años o menos a 31 de diciembre de 2009 y una base imponible no superior a 30.000€.
    • Haber estado en el paro durante 183 días o más durante el ejercicio.
    • Tener un grado de minusvalía del 65% o más.
    • Formar parte de una unidad familiar que incluya al menos un hijo durante el año 2009.
  • Los contribuyentes residentes en País Vasco tiene una deducción 18 por 100 de las cantidades invertidas en la adquisición de vivienda habitual y hasta un máximo de 12.000€. En los supuestos en que el contribuyente tenga una edad inferior a 35 años o sea titular de familia numerosa, se aplicarán una deducción de 23% sobre la inversión en vivienda habitual excepto las cantidades depositadas en la cuenta vivienda y hasta un máximo de 12.000€ de base de la deducción.

¿Me puedo deducir mi vivienda habitual si antes he tenido otra vivienda como vivienda habitual?

Para poder deducir en esta segunda vivienda como vivienda habitual es necesario haber invertido previamente en esta segunda vivienda al menos la misma cantidad de dinero que hayamos deducido en la anterior vivienda habitual. Además si se vende la primera vivienda y se reinvierte el dinero obtenido, la plusvalía obtenida en dicha vivienda está exenta de tributación.

¿Qué significa rehabilitación de la vivienda habitual?

A efectos de esta modalidad de deducción, se considera rehabilitación de vivienda habitual las obras realizadas en la misma que cumplan cualquiera de los siguientes requisitos:

  • Que las obras hayan sido calificadas o declaradas como actuación protegida en materia de rehabilitación de viviendas, en los términos previstos en el Real Decreto 1186/1998, de 12 de junio, sobre medidas de financiación de actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo del Plan 1998-2001 (BOE del 26); en el Real Decreto 1/2002, de 11 de enero, sobre medidas de financiación de actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo del Plan 2001-2005 (BOE del 12), en el Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Plan Estatal 2005-2008, para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda o en el Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012
  • Que las obras tengan por objeto principal la reconstrucción de la vivienda mediante la consolidación y el tratamiento de las estructuras, fachadas o cubiertas y otras análogas, siempre que el coste global de las operaciones de rehabilitación exceda del 25 por 100 del precio de adquisición si se hubiese efectuado la adquisición durante los dos años inmediatamente anteriores al inicio de las obras de rehabilitación o, en otro caso, del valor de mercado que tuviera la vivienda en el momento de dicho inicio. A estos efectos, se descontará del precio de adquisición o del valor de mercado de la vivienda la parte proporcional correspondiente al suelo.

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1.513 comments to Deducción por inversión en vivienda habitual.

  • maribel

    Hola, Buenas tardes,

    Mi pareja de hecho oficialmente hace 2 años es español, yo soy extranjera con permiso de rsidencia , en octubre 2012 tuvimos un hijo que nació en mi país. Estamos viviendo en Barcelona . Yo no trabajo,se puede hacer la declaración conjunta?
    Saludos .

  • DEDUCCION VIVENDA

    Hola, compramos la vivienda mi marido y yo en el 2005, todos los años el borrador de hacienda ha incluido en cada declaración individual el total del capital amortizado + los intereses (si el total a deducir por la vivienda es de 3000€, a cada uno nos ponen 3000€ en el borrador). Este año en el borrador de cada uno tenemos la mitad del importe (si el total a deducir por la vivienda es de 3000€, a cada uno nos ponen 1500€)…ha cambiado algo? yo suponía que se ponía el total en cada uno ya que mas abajo hay que poner el nº de préstamo y que es al 50%.
    Muchas gracias!

  • demetrio

    COMPRE LA VIVIENDA SIENDO SOLTERO, A MI NOMBRE, EN EL AÑO 2000.
    ME CASO EN EL AÑO 2012. LA VIVIENDA SIGUE ESTANDO A MI SOLO NOMBRE.
    AL HACER LA DECLARACION DE FORMA INDIVIDUAL ¿PUEDE DEDUCIRSE MI CONYUGE EL 50% POR INVERSION YA QUE LA ESTAMOS PAGANDO AL 50% CADA UNO?, O DEBO HACER NUEVA ESCRITURA A NOMBRE DE LOS DOS, YA QUE A HACIENDA SOLO LE CONSTA UN TITULAR CON EL 100%
    GRACIAS

  • Marta

    Hola!

    Yo tenia una cuenta de ahorro vivienda desde 2008 y en diciembre del 2012 compre un piso. Para la entrada, di bastante mas dinero del que tenia en la cuenta y me traspasaron el dinero de la cuenta corriente a la de vivienda para hacer la transferencia.

    Ahora, tengo que hacer la declaración y no se como hacerla. Tengo aportado a la constructora todo lo del ahorro vivienda y una parte de la cuenta corriente.

    El problema es que parte de lo del ahorro vivienda ya me lo he desgravado…

    Por favor. Podeis echarme una mano?

  • chemabote

    Voy a comprar un trastero en mi edificio de segunda mano por 7000 euros me gustaia saber si el año que viene me podre deducir algo en la declaracion de renta en concepto de impuestos de trasmisisones y de gastos de notaria. GRACIAS

  • juan

    en 1999 compre una vivienda que tuve que vender por estar sin empleo y al cabo de casi dos años puede reinvertir y compre mi vivienda habitual en 2003 me dijeron que solo me la podria desgravar durante 10 años es decir hasta 2013, ¿esto es asi?¿conozco gente que lleva 15 desgravandosela?. Muchas gracias y saludos

  • Manu

    hola, buenos días. Mi pregunta es la siguiente: tengo un compañero que saco un crédito hipotecario para reformar su vivienda habitual a finales de 2012, pero las obras empezaron sobre abril de 2013, los materiales necesarios los aporto él desde enero 2013. El saco un permiso de obra menor y quiere saber si se puede desgravar el crédito para el 2014. Gracias

  • camipe

    hola buenos días mi pregunta es la siguiente: actualmente estoy en paro proximamente voy a solicitar el subsidio mayor de 55 años tengo intencion de vender mi vivienda habitual y comprar otra. queria saber si tengo que reinvertir la totalidad del dinero obtenido o puedo utilizarlo llegado el caso para suscribir un convenio con la s.s. y asi mejorar mi jubilacion. y esta compra-venta de que forma afectaria a los ingresos de la unidad familiar a la hora de solicitar el subsidio, gracias un saludo.

    • Si no reinviertes el 100% del obtenido, no tendrás exención del 100% de la plusvalía, sino sólo la parte proporcional.

      Tienes que mirar si dicha plusvalía te hace o no perder la condición de carencia de rentas.

      Salu2.

  • sebastian

    tengo una cuenta ahorro vivienda abierta en diciembre del 2010 ingresando en ese año 9040 en el 2011 otros 9040 en el 2012 nada porque no tenia retenciones y no me daba a devolver en la declaración de la renta hasta cuando puedo tiempo tengo para invertir el dinero en una casa que voy hacer en el que tengo el proyecto la licencia el aparejador el arquitecto y he pagado en aval al ayuntamiento estos gastos me desgravarían en la declaración de la renta del año que viene con su correspondiente factura

  • jose

    Muy buenas a todos. Tenia unas preguntas que me gustaria que me sacaran de dudas. En enero de 2009 abri una cuenta vivienda aportando ese año a dicha cuenta 9000 y declarandolo en hacienda, al año siguiente (2010) entregue 30000 en una promesa de compraventa y lo declare en mi declaración de la renta y me devolvieron 1400 € los de hacienda. Resulto ser una estafa lo de la vivienda (ahora estoy con abogados y de juicio) y este año en septiembre de 2013 me he comprado una vivienda con mi pareja. Mi pregunta es si hacienda puede reclamar algo de la cuenta vivienda o del contrato de la promesa de compraventa de la vivienda.

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