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27 de abril de 2009

Deducción por inversión en vivienda habitual.

La mayoría de los contribuyentes conocen que existen unas deducciones por inversión en vivienda habitual, pero desconocen el alcance de las mismas y siempre les quedan algunas dudas por resolver, aquí intentaremos contestar a todas esas preguntas frecuentes.

28 de Septiembre de 2009: El gobierno planea suprimir las deducciones de vivienda habitual a partir del 2011 para las rentas superiores a 24.107€ y sólo se podrá deducir el máximo desgravable de 9.040€ los que tengan rentas inferiores a 17.707€. Para los que haya comprando la vivienda hasta diciembre de 2010, esta ley no les afectará.

27 de Noviembre de 2009: Aprobado el anteproyecto para la equiparación de las deducciones de alquiler y compra/venta a partir del 2011: La deducción para la adquisición de vivienda habitual desaparecerá para las rentas superiores a 24.107€ y sólo se desgravará los 9.040€ las rentas inferiores a 17.707€

27 de Julio de 2010: La ministra de Vivienda, Beatriz Corredor, anunció hoy que el Gobierno suprimirá en los próximos dos años las ayudas a la compra de viviendas con el fin de potenciar el alquiler y la rehabilitación hasta 2012 y para cumplir con el ajuste presupuestario que permita reducir el déficit público.

19 de Diciembre de 2011: Rajoy prometo en el debate de su investidura como presidente que volverá las deducciones de la vivienda habitual sin limitaciones.

30 de Diciembre de 2011: Rajoy recupera las deducciones de vivienda habitual sin limitaciones de ingreso que existía a 31 de diciembre de 2010.

11 de Julio de 2011: Rajoy eliminará las deducciones de vivienda habitual para las nuevas adquisiciones a partir del 2013.

14 de Julio de 2011: El gobierno quita la compensación del 5% de las deducciones para las vivienda adquiridas antes del 20 de enero de 2006.

A partir del 1 de enero de 2013: desaparece la deducción por inversión en vivienda habitual. Esto significa que sólo podrán seguir deduciendo aquellos que hayan adquirido su vivienda antes del 31 de diciembre de 2012. Hay que recordar que el 15 de julio de 2012 también se suprimió la compensación fiscal que podían aplicar los que hubieran adquirido su vivienda antes del 20 de enero de 2006.

¿Qué es una vivienda habitual?

Se considera vivienda habitual a la edificación destinada realmente a residencia del contribuyente, siendo ésta ser ocupada de forma efectiva en un plazo máximo de 1 año desde la adquisición y durante un periodo mínimo de tres años, que puede ser menos en los siguientes casos y presentando prueba ante la Administración:

  • Boda.
  • Separación matrimonial.
  • Traslado laboral.
  • Obtención del primer empleo.
  • Cambio de empleo.
  • Inadecuación en caso de minusvalía.
  • Fallecimiento del contribuyente.

¿Cuáles son las modalidades de deducción por inversión en vivienda habitual?

Existe cuadro modalidades de deducción por inversión en vivienda habitual:

  • La adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual.
  • La construcción o ampliación de la vivienda habitual.
  • Inversión en Cuenta Vivienda.
  • Obras o instalación de adecuación de la vivienda habitual a las necesidades de una persona con discapacidad.

¿Qué conceptos se puede incluir en las deducciones por inversión en vivienda habitual?

Se puede incluir los siguientes conceptos y hasta un máximo de 9015€ anuales por declaración, salvo que se deduzca por obras o instalaciones de adecuación de la vivienda habitual a las necesidades de una persona discapacitada, en tal caso, el límite es de 12.020€ anuales.

  • Lo ingresado en una cuenta vivienda.
  • Lo pagado al vendedor, constructor, promotor de la vivienda, designando el NIF de los mismos en la declaración de hacienda.
  • Los gastos e impuestos de la escritura de compraventa: notaría, registro, IVA, ITP o Actos Jurídicos Documentados.
  • Los gastos por obras de construcción, ampliación o rehabilitación de la vivienda.
  • Los recibos del préstamo y los gastos de la escritura del préstamo.
  • Las primas de seguros de vida e incendios cuya suscripción exige el banco al conceder la hipoteca.
  • Las ayudas públicas concedidas al contribuyente para la adquisición de la vivienda habitual, dichas ayudas también hay que declararlo como ganancias patrimoniales.
  • El coste de los instrumentos de cobertura de riesgo del tipo de interés variable del préstamo hipotecario.

¿Qué deducciones se aplica a la inversión en vivienda habitual?

La deducción de forma genérica es del 15% sobre la base de la desgravación y hasta 9.040€ anuales por declaración.

Existen algunas excepciones:

  • Los contribuyentes que adquiriendo la vivienda antes del 20 de Enero de 2006, tiene una compensación del 5% adicional sobre los primeros 4.500€ invertidos o pagados en las cuotas de la hipoteca. (Esta deducción extra ha sido eliminado el 14 de Julio de 2012)
  • Los contribuyentes residentes en Cataluña tiene una deducción extra del 1,5% para la rehabilitación de la vivienda habitual.
  • Los contribuyentes residentes en Cataluña de forma genérica se puede deducirse 13,5% de la inversión en vivienda habitual y si cumple las siguientes condiciones se puede aplicar un 16,5%:
    • Tener 32 años o menos a 31 de diciembre de 2009 y una base imponible no superior a 30.000€.
    • Haber estado en el paro durante 183 días o más durante el ejercicio.
    • Tener un grado de minusvalía del 65% o más.
    • Formar parte de una unidad familiar que incluya al menos un hijo durante el año 2009.
  • Los contribuyentes residentes en País Vasco tiene una deducción 18 por 100 de las cantidades invertidas en la adquisición de vivienda habitual y hasta un máximo de 12.000€. En los supuestos en que el contribuyente tenga una edad inferior a 35 años o sea titular de familia numerosa, se aplicarán una deducción de 23% sobre la inversión en vivienda habitual excepto las cantidades depositadas en la cuenta vivienda y hasta un máximo de 12.000€ de base de la deducción.

¿Me puedo deducir mi vivienda habitual si antes he tenido otra vivienda como vivienda habitual?

Para poder deducir en esta segunda vivienda como vivienda habitual es necesario haber invertido previamente en esta segunda vivienda al menos la misma cantidad de dinero que hayamos deducido en la anterior vivienda habitual. Además si se vende la primera vivienda y se reinvierte el dinero obtenido, la plusvalía obtenida en dicha vivienda está exenta de tributación.

¿Qué significa rehabilitación de la vivienda habitual?

A efectos de esta modalidad de deducción, se considera rehabilitación de vivienda habitual las obras realizadas en la misma que cumplan cualquiera de los siguientes requisitos:

  • Que las obras hayan sido calificadas o declaradas como actuación protegida en materia de rehabilitación de viviendas, en los términos previstos en el Real Decreto 1186/1998, de 12 de junio, sobre medidas de financiación de actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo del Plan 1998-2001 (BOE del 26); en el Real Decreto 1/2002, de 11 de enero, sobre medidas de financiación de actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo del Plan 2001-2005 (BOE del 12), en el Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Plan Estatal 2005-2008, para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda o en el Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012
  • Que las obras tengan por objeto principal la reconstrucción de la vivienda mediante la consolidación y el tratamiento de las estructuras, fachadas o cubiertas y otras análogas, siempre que el coste global de las operaciones de rehabilitación exceda del 25 por 100 del precio de adquisición si se hubiese efectuado la adquisición durante los dos años inmediatamente anteriores al inicio de las obras de rehabilitación o, en otro caso, del valor de mercado que tuviera la vivienda en el momento de dicho inicio. A estos efectos, se descontará del precio de adquisición o del valor de mercado de la vivienda la parte proporcional correspondiente al suelo.

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1.513 comments to Deducción por inversión en vivienda habitual.

  • jose

    Hola voy a vender un terreno rústico por 85000euros y ese dinero lo quiero invertir en cancelar las hipoteca de mi vivienda habitual mi pregunta es cuanto voy a pagar de IRPF o estaría exento. Gracias

  • Miguel

    Hola buenas tengo un 20% de propiedad del piso de mis padres del cual estamos pagando prestamo hipotecario y me he benficiado estos años de la deduccion de compra de vivienda en mi parte proporcional, pero en este año 2012 yo he comprado un piso que en breve sera mi vivienda habitual,mi pregunta es si puedo dejar de desgravarme de la 1ª vivienda para empezar a desgravarme en la 2ª en la que es 100% propiedad mia.

    • Sí, lo podrás hacer, cuando hayas invertido al menos en esta segunda vivienda lo deducido en la primera vivienda.

      Salu2.

    • Miguel

      En la vivienda de mis padres llevamos amortizados 9000€ de capital por lo que mi parte de capital serian 1400,mi pregunta ahora es si es eso en lo que me tengo que referenciar juntos con los gastos proporcionales de formalizacion de hipoteca que en su dia me deduci o son los intereses proporcionales que he pagado en estos años junto con los gastos de formalizacion de hipoteca,esa es mi duda.
      Gracias de antemano por la informacion.

    • Da igual lo que tengáis amortizado, tienes que calcular lo que te has deducido por dicha vivienda.

      Salu2.

  • estefanía

    Hola,he adquirido una vivienda de vpo con mi pareja este año, y tenemos que ir pagando cuotas y dando unos pagos, pero no la hipoteca del piso y las escrituras no se harán hasta el 2013 cuando estén terminados. Me gustaría saber si en la declaración del año que viene puedo declarar todos los pagos que haga este año ya que la he adquirido antes del 2013, o sino puedo declarar nada porque la hipoteca no sera hasta 2013.

  • Maria

    Hola
    Estamos pensando en comprar una vivienda más cerca de mi lugar de trabajo y tengo las siguientes dudas:

    -¿Podemos deducir igual por esta vivienda aunque la pagemos al contado, es decir sin pedir hipoteca-prestamo?

    -¿Durante cuanto tiempo se desgrava por vivienda en este caso y que cantidad?

    -Tenemos otra vivienda en la cual residimos hace muchos años pero que anteriormente no desgravamos por ella en hacienda, por desconocimiento ¿Puede influir esto a la hora de desgravar por esta vivienda que pasaria a ser nuestra vivienda habitual?

    Muchas gracias.

    • 1. Sí, pero sólo en el año que pagues dinero por tu vivienda.

      2. Sólo en el año de adquisición y un máximo de 9.040 euros.

      3. No, para nada.

      Si quieres deducirte anualmente la vivienda, tienes que pedir un préstamo.

      Salu2.

  • ANGEL

    BUENOS TARDES,
    YO HE ADQUIRIDO UNA VIVIENDA DE PROMOCION NUEVA Y YA HE REALIZADO PAGOS EN ESTA AÑO 2012.
    LA VIVIENDA ME LA ENTREGAN A FINALES DEL AÑO 2013.
    CON ESTOS DATOS PODRIA EJERCER EL DERECHO A Deducción por inversión en vivienda habitual.

    GRACIAS Y UN SALUDO

  • Daniel

    Si vamos a realizar obras de reforma iniciandolas en el 2012 i que duraran hasta el 2013 ¿las cantidades aportadas en el 2013 puden seguir deduciendose en el IRPF?

  • victoria dominguez

    buenas mi pregunta es mi marido y yo compramos una vivienda nueva en el 2008 que nos estamos desgravando con los nuevos recortes podermos seguir haciendolo y de ser asin que porcentaje seria muchas gracias

  • Diana

    Buenas, tuve durante 2005 y 2007 una vivienda en propiedad por la cual me desgravé tanto por los gastos de adquisición como por la cuenta vivienda (que se cerró en 2004). En 2007 la vendí y en la declaración del IRPF de ese año le devolví a Hacienda todo lo deducido anteriormente por esa vivienda. Ese mismo año (2007) abrí una nueva cuenta vivienda para la construcción de la vivienda habitual y ahora Hacienda me reclama dicho importe deducido en el IRPF del 2008 ¿es correcto?

  • Angel

    Hola, tengo una gran duda, tengo una cuenta vivienda abierta desde el 2010, por lo que ya me he deducido los dos últimos años, además en la actualidad he adquirido una vivienda que se encuentra en obras pero no escrituraré hasta finales de 2013 principios de 2014 y de la cual tengo en la actualidad un contrato de compra-venta, hasta la fecha no había problemas para la desgravación pero con la actual modificación podré desgravarmé?

    • En este sentido hay varias opiniones, unos dicen que una vez hecho el contrato privado se considera adquirido la vivienda y por lo tanto consolidar las ayudas, otros dicen que no, que hasta que no se escrituren no se considera comprado la vivienda.

      Por lo tanto, lo ideal sería que hagas una consulta vinculante en la Agencia Tributaria y de esta forma asegurarte.

      Salu2.

  • Oscar

    Hola, he abierto una cuenta ahorro vivienda en el 2011, me gustaría saber si me va a seguir desgrabando en ejercicios posteriores, a partir del 2013.

    También me gustaría saber si teniendo la cuenta ahorro vivienda abierta en el 2011, por ejemplo comprara la vivienda en el 2013 empleando el dinero de la cuenta ahorro vivienda en esta vivienda, a ver si me seguiria desgrabando la vivienda. O si por el contrario me deja de desgrabar por haberla comprado despues de 1 de enero del 2013.

    Un saludo y gracias

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