La mayoría de los contribuyentes conocen que existen unas deducciones por inversión en vivienda habitual, pero desconocen el alcance de las mismas y siempre les quedan algunas dudas por resolver, aquí intentaremos contestar a todas esas preguntas frecuentes.
28 de Septiembre de 2009: El gobierno planea suprimir las deducciones de vivienda habitual a partir del 2011 para las rentas superiores a 24.107€ y sólo se podrá deducir el máximo desgravable de 9.040€ los que tengan rentas inferiores a 17.707€. Para los que haya comprando la vivienda hasta diciembre de 2010, esta ley no les afectará.
27 de Noviembre de 2009: Aprobado el anteproyecto para la equiparación de las deducciones de alquiler y compra/venta a partir del 2011: La deducción para la adquisición de vivienda habitual desaparecerá para las rentas superiores a 24.107€ y sólo se desgravará los 9.040€ las rentas inferiores a 17.707€
27 de Julio de 2010: La ministra de Vivienda, Beatriz Corredor, anunció hoy que el Gobierno suprimirá en los próximos dos años las ayudas a la compra de viviendas con el fin de potenciar el alquiler y la rehabilitación hasta 2012 y para cumplir con el ajuste presupuestario que permita reducir el déficit público.
19 de Diciembre de 2011: Rajoy prometo en el debate de su investidura como presidente que volverá las deducciones de la vivienda habitual sin limitaciones.
30 de Diciembre de 2011: Rajoy recupera las deducciones de vivienda habitual sin limitaciones de ingreso que existía a 31 de diciembre de 2010.
11 de Julio de 2011: Rajoy eliminará las deducciones de vivienda habitual para las nuevas adquisiciones a partir del 2013.
14 de Julio de 2011: El gobierno quita la compensación del 5% de las deducciones para las vivienda adquiridas antes del 20 de enero de 2006.
A partir del 1 de enero de 2013: desaparece la deducción por inversión en vivienda habitual. Esto significa que sólo podrán seguir deduciendo aquellos que hayan adquirido su vivienda antes del 31 de diciembre de 2012. Hay que recordar que el 15 de julio de 2012 también se suprimió la compensación fiscal que podían aplicar los que hubieran adquirido su vivienda antes del 20 de enero de 2006.
¿Qué es una vivienda habitual?
Se considera vivienda habitual a la edificación destinada realmente a residencia del contribuyente, siendo ésta ser ocupada de forma efectiva en un plazo máximo de 1 año desde la adquisición y durante un periodo mínimo de tres años, que puede ser menos en los siguientes casos y presentando prueba ante la Administración:
- Boda.
- Separación matrimonial.
- Traslado laboral.
- Obtención del primer empleo.
- Cambio de empleo.
- Inadecuación en caso de minusvalía.
- Fallecimiento del contribuyente.
¿Cuáles son las modalidades de deducción por inversión en vivienda habitual?
Existe cuadro modalidades de deducción por inversión en vivienda habitual:
- La adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual.
- La construcción o ampliación de la vivienda habitual.
- Inversión en Cuenta Vivienda.
- Obras o instalación de adecuación de la vivienda habitual a las necesidades de una persona con discapacidad.
¿Qué conceptos se puede incluir en las deducciones por inversión en vivienda habitual?
Se puede incluir los siguientes conceptos y hasta un máximo de 9015€ anuales por declaración, salvo que se deduzca por obras o instalaciones de adecuación de la vivienda habitual a las necesidades de una persona discapacitada, en tal caso, el límite es de 12.020€ anuales.
- Lo ingresado en una cuenta vivienda.
- Lo pagado al vendedor, constructor, promotor de la vivienda, designando el NIF de los mismos en la declaración de hacienda.
- Los gastos e impuestos de la escritura de compraventa: notaría, registro, IVA, ITP o Actos Jurídicos Documentados.
- Los gastos por obras de construcción, ampliación o rehabilitación de la vivienda.
- Los recibos del préstamo y los gastos de la escritura del préstamo.
- Las primas de seguros de vida e incendios cuya suscripción exige el banco al conceder la hipoteca.
- Las ayudas públicas concedidas al contribuyente para la adquisición de la vivienda habitual, dichas ayudas también hay que declararlo como ganancias patrimoniales.
- El coste de los instrumentos de cobertura de riesgo del tipo de interés variable del préstamo hipotecario.
¿Qué deducciones se aplica a la inversión en vivienda habitual?
La deducción de forma genérica es del 15% sobre la base de la desgravación y hasta 9.040€ anuales por declaración.
Existen algunas excepciones:
- Los contribuyentes que adquiriendo la vivienda antes del 20 de Enero de 2006, tiene una compensación del 5% adicional sobre los primeros 4.500€ invertidos o pagados en las cuotas de la hipoteca. (Esta deducción extra ha sido eliminado el 14 de Julio de 2012)
- Los contribuyentes residentes en Cataluña tiene una deducción extra del 1,5% para la rehabilitación de la vivienda habitual.
- Los contribuyentes residentes en Cataluña de forma genérica se puede deducirse 13,5% de la inversión en vivienda habitual y si cumple las siguientes condiciones se puede aplicar un 16,5%:
- Tener 32 años o menos a 31 de diciembre de 2009 y una base imponible no superior a 30.000€.
- Haber estado en el paro durante 183 días o más durante el ejercicio.
- Tener un grado de minusvalía del 65% o más.
- Formar parte de una unidad familiar que incluya al menos un hijo durante el año 2009.
- Los contribuyentes residentes en País Vasco tiene una deducción 18 por 100 de las cantidades invertidas en la adquisición de vivienda habitual y hasta un máximo de 12.000€. En los supuestos en que el contribuyente tenga una edad inferior a 35 años o sea titular de familia numerosa, se aplicarán una deducción de 23% sobre la inversión en vivienda habitual excepto las cantidades depositadas en la cuenta vivienda y hasta un máximo de 12.000€ de base de la deducción.
¿Me puedo deducir mi vivienda habitual si antes he tenido otra vivienda como vivienda habitual?
Para poder deducir en esta segunda vivienda como vivienda habitual es necesario haber invertido previamente en esta segunda vivienda al menos la misma cantidad de dinero que hayamos deducido en la anterior vivienda habitual. Además si se vende la primera vivienda y se reinvierte el dinero obtenido, la plusvalía obtenida en dicha vivienda está exenta de tributación.
¿Qué significa rehabilitación de la vivienda habitual?
A efectos de esta modalidad de deducción, se considera rehabilitación de vivienda habitual las obras realizadas en la misma que cumplan cualquiera de los siguientes requisitos:
- Que las obras hayan sido calificadas o declaradas como actuación protegida en materia de rehabilitación de viviendas, en los términos previstos en el Real Decreto 1186/1998, de 12 de junio, sobre medidas de financiación de actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo del Plan 1998-2001 (BOE del 26); en el Real Decreto 1/2002, de 11 de enero, sobre medidas de financiación de actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo del Plan 2001-2005 (BOE del 12), en el Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Plan Estatal 2005-2008, para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda o en el Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012
- Que las obras tengan por objeto principal la reconstrucción de la vivienda mediante la consolidación y el tratamiento de las estructuras, fachadas o cubiertas y otras análogas, siempre que el coste global de las operaciones de rehabilitación exceda del 25 por 100 del precio de adquisición si se hubiese efectuado la adquisición durante los dos años inmediatamente anteriores al inicio de las obras de rehabilitación o, en otro caso, del valor de mercado que tuviera la vivienda en el momento de dicho inicio. A estos efectos, se descontará del precio de adquisición o del valor de mercado de la vivienda la parte proporcional correspondiente al suelo.
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Adquirí mi vivienda sin credito hipotecario bancario, es decir, a la hora de la escritura pagué al contado, pero parte de ese dinero fue adquirido mediante un contrato prestamo personal, directamente con una persona.
Pago anualmente al mencionado anteriormente cerca de 10.000 euros anuales.
¿¿Puedo deducirlos en la declaracion??
Muchas gracias
Sí, las deducciones de vivienda habitual por financiación ajena no establece que tenga que se de una entidad financiera, puede ser de cualquier persona o entidad.
Lo que se ha de hacer en estos casos es que se tiene que establecer un contrato privado entre ambas partes en que se pacte cómo se va a pagar el crédito y el tipo de interés que se va a aplicar:
Lease:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/03/21/preguntas-frecuentes-sobre-los-prestamos-entre-particulares/
Salu2.
Hola, a principios de 2008 terminé de pagar mi vivienda habitual y ese años y todos los anteriores me estuve desgravando los pagos de la hipoteca.
A finales de 2008 adquirí una segunda vivienda para lo que volví a hipotecar mi primera vivienda. Por tanto, en la actualidad tengo nuevamente hipotecada mi 1º vivienda ¿Puedo seguir desgravando o como ya me desgravé una vez la 1º vivienda no puedo volver a desgravar aunque nuevamente la tengo hipotecada?
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Debes de indicarnos cual es su vivienda habitual, si fuera la nueva vivienda su vivienda habitual, podrá comenzar a desgravarse en el momento que haya invertido al menos la misma cantidad que se haya desgravado en la anterior vivienda habitual.
Salu2.
Perdón, verá mi vivienda habitual no ha cambiado, sigue siendo la primera. La segunda vivienda fue la última que adquirí, pero no hipotequé esta segunda vivienda, sino la primera vivienda. Vamos que hipotequé mi vivienda habitual para poder pagar la segunda residencia.
En tal caso, creo que no tiene ningún derecho a nuevas deducciones, ya que la vivienda ya se ha beneficiado de las deducciones oportunas.
De todas formas, si quiere puede consultarlo en la Agencia Tributaria para asegurarse.
Salu2.
Hola, desde 2008 estoy inviertiendo para la construcción de la que será mi vivienda habitual (aún en construcción). POr motivos de trabajo, todo el año 2009 tuve que residir en una C.A. distinta. Si en esta última existe deducción autonómica para la adquisición de vivienda para jóvenes, ¿puedo acogerme a ella en la declaración de la renta 2009 si la vivienda se ubica en otra C.A. distinta?. Muchas gracias.
A mi entender no va a colar muy bien que estés construyendo tu vivienda habitual en otra comunidad autónoma, ya que para ser tu vivienda habitual debes de residir de forma efectiva en esa vivienda.
Salu2.
hola a todos,quisiera saber si la inversion en vivienda habitual a dejado de desgrabar en bizkaia,por que he recibido la declaracion hecha y no me sale en la zona de las deduciones y en cambio el otro año si,ahora esa cantidad me sale en un apartado que se llama ganacias exentas aplicadas desde el 1999.
muchas gracias
Que yo sepa no.
Lo que seguramente haya ocurrido es que no te han tenido en cuenta la vivienda al elaborar tu declaración.
Solicita la modificación del mismo antes de confirmarlo.
Puedes solicitar cita previa para que un técnico te ayude a realizar las modificaciones:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/04/14/cita-previa-para-hacer-la-declaracion-del-la-renta-irpf/
Salu2.
Hola!
Me compré un piso en el 2009. Firmé el contrato de compraventa en mayo del 2009 utilizando gran parte de la cantidad ahorrada en la cuenta vivienda. La hipoteca la firmé en diciembre del 2009, fecha en la que cancelé la cuenta vivienda. A la hora de la declaración de hacienda de este año me harán deducción de la compra de la vivienda habiendo firmado la hipoteca en diciembre?
El 2009 tienes derecho a la desgravación de la vivienda habitual de todos los conceptos de inversión que hayas hecho sobre la vivienda que hayas adquirido.
Una forma fácil de calcular el dinero a que tienes derecho a desgravar es:
Desgrable: Precio vivienda + IVA (o ITP) + Gastos (notaria, comisiones, hipoteca …) + Cuotas de la hipoteca pagadas en el año 2009 – Dinero Cuenta vivienda (cantidad a fecha de 31 de diciembre de 2008) – Hipoteca solicitada.
Creo que no se me olvida ningún concepto.
Salu2.
en el ejercicio 2008 me deduje el 50% por vivienda habitual pero el prestamo que me hice figuran 4 personas. 2 de ellas no recibieron el prestamo solo figuran digamos como garantes no estan en la escritura de la casa solo pago yo y mi espoza , hacienda me notifica con un requerimiento solicitandome copias de la escritura, gastos,etc y una certificacion del banco que soy el que paga la hipoteca pero el banco se niega a hacerme dicha certificacion como puedo demostrarle a hacienda que solo y yo y mi espoza somos los titulares de esa deuda y portanto solo nosotros pagamos la hipoteca asi entonces nos deducimos por separado el 50% c/u mucha gracias
Una forma fácil de demostrar son los recibos de la hipoteca que se está cargando, imagino en una cuenta en la que sólo sois vosotros 2 los titulares de la cuenta, sobre la que hacéis ingresos periodicas o domiciliado vuestras nóminas.
En cambio, las otras 2 personas no realizan ningún ingreso de dinero en esa cuenta.
Salu2.
En mi caso adquiri una vivienda en el 2008 con un contrato de compraventa y una primera hipoteca de aprox 35% del valor total del piso, es posible que la vivienda me la entreguen en marzo de 2011 donde tendre que hacer una segunda hipoteca del otro 65% que falta, ¿Tendre derecho a las deducciones que quiere quitar el gobierno en 2011?
Lease preguntas similares en:
– http://foro.preguntasfrecuentes.net/desgravacion-por-pago-a-promotora-y-futura-entrada-de-ley-t623.html
Salu2
Hola a todos,
se me ha planteado la siguiente duda?
me han dicho que puedo meter para la deduccion de la vivienda los seguros de hogar y vida que van ligados a la adquisicion de la misma.
es cierto?
si asi fuera, podria incluir las cuotas de los años que he pasado sin incluirlos?
donde los incluiria?, sumado a la cantidad que del prestamo?
gracias de antemano
juan
Generalmente los seguros que las entidades financieras obligan a su contratación para la concesión de la hipoteca sí que son deducibles.
En cualquier caso, este dinero si lo quieres deducir tienes que sumarlo a las cuotas de la hipoteca.
Salu2.
necesitaria tambien saber si los recibos de los seguros de años anteriores se pueden incluir o eso ya se ha perdido?
Para los años anteriores, tendrías que hacer una solicitud en hacienda, ya que afectaría a las declaraciones de los otros años, no a la del 2009.
Salu2.
Quisiera saber que desgravación por vivienda habitual tengo derecho. Vendí mi vivienda habitual por 249.000 compré por 249.000 (gastos incluidos) tenía una hipoteca en el caso de la antigua vivienda por 68.000. ¿Puedo desgravar por estos 68.000? Ahora tengo una hipoteca mayor, de 97.000.
Yo creo que puedo desgravar por el 70 % de mi hipoteca. Es que en mis datos fiscales no figuran los datos de hipoteca, ni la de la segunda residencia y en el borrador tampoco.
Gracias
La reinversión,venta, compra, lo hice en 2008, pero ahora en 2009 no se que tengo que poner en mi declaración
En primer lugar tienes derecho a la exención del pago de plusvalía por reinversión de vivienda habitual.
En segundo lugar, te podrás comenzar a desgravar la segunda vivienda habitual a partir del momento que hayas invertido en esta última vivienda al menos lo deducido en la anterior.
Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal para que te haga la declaración este año, ya que es un poco complejo, o al menos solicitar cita previa para que te ayude a hacerlo un técnico de Hacienda:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/04/14/cita-previa-para-hacer-la-declaracion-del-la-renta-irpf/
Salu2.
vivo en una vivienda en un regimen especial de alquiler, y compre hace tres años un apartamento en la playa por razones de salud, que no es vivienda habittual, de este apartamento tengo uina hipoteca,
puedo incluir en la renta la deducciones por la hipoteca del apartamento aunque no sea vivienda habitual, pero si mi primera vivienda en propiedad.
gracias
La deducción de vivienda habitual sólo es aplicable a las vivienda habituales.
Salu2.