¿Quiénes pueden solicitar este subsidio?
- Los trabajadores que hayan terminado de percibir la prestación de desempleo y tienen cargas familiares.
- Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 180 y 359 días.
- Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 90 y 179 días y además tengan responsabilidades familiares.
¿Qué significa pérdida involuntaria de un empleo?
La pérdida involuntaria de un empleo significa que una persona es cesada de su puesto de trabajo por alguna de las siguientes causas o encuentre en algunas de las siguientes situaciones:
- Despido.
- Terminación del contrato temporal.
- Muerte, jubilación o incapacidad del empresario.
- Cese en el período de prueba a instancia del empresario.
- Expediente de regulación de empleo, temporal o definitivo.
- Suspensión o extinción del contrato por ser víctima de violencia de género.
- Extinción de la relación administrativa de los funcionarios por decisión de la Administración.
- Si es socio-trabajador de un cooperativa: cese en periodo de prueba, expulsión improcedente o cese (temporal o definitivo) en la actividad de la Cooperativa por causas económicas, tecnológicas o de fuerza mayor, finalización del vínculo societario de duración determinada.
- Cese voluntario de su puesto de trabajo por no aceptar el traslado a un centro de trabajo de otra localidad que le suponga cambio de residencia, modificación de su horario, jornada o turnos de trabajo o si hay una sentencia judicial que declare finalizada su relación laboral por incumplimiento de las obligaciones del empresario.
- Estar en un período de inactividad si es trabajador fijo-discontinuo o finaliza la actividad por la realización de trabajos que se repiten en fechas ciertas.
- Haber sido liberado de prisión por cumplimiento de condena o libertad condicional.
- Haber retornado a España si es un trabajador inmigrante.
- Si pertenece a las Fuerzas Armadas por finalización o resolución de forma involuntaria del compromiso o por conclusión del servicio o del tiempo máximo como reservista voluntario activado.
- Si es artista, por finalizar la actuación con finalización del contrato.
- Si es cargo público o sindical por cese de carácter involuntario y definitivo o pérdida de la dedicación exclusiva o parcial.
¿Qué significa tener responsabilidades familiares?
Tener responsabilidades familiares significa que:
- Si su cónyuge o algún hijo, por naturaleza, adopción o acogimiento, menor de 26 años o mayor de esa edad con discapacidad, está a su cargo o no tiene ingresos superiores al 75% SMI mensuales: 675,0€ (para 2019).
- No se considerará familiar a cargo del solicitante aquel que perciba rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias, por lo que para proceder a la división de los ingresos de la unidad familiar entre el número de los miembros deberá haber, además del solicitante, otra persona cuyos ingresos sean inferiores a ese límite.
- Y si además, la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar, dividida entre el número de miembros que la componen no supera 675,0€ (para 2019).
¿Debe reunir algún otro requisito?
Si, es necesario:
- Carecer de rentas: No tener ingresos superiores a 675,0 al mes (para 2019).
- Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
¿Qué rentas se tienen en cuenta para cumplir estos requisitos?
Se considera rentas todos los ingresos que se obtenga tanto del solicitante como de todos los miembros de la unidad familiar, cualquiera que sea su origen, excepto la cuantía de la indemnización legal por fin de contrato y las asignaciones de Seguidad Social por hijo a cargo.
No se descuenta las rentas los gastos, a excepción de lo que se destina a pagar el Convenio Especial con la Seguridad Social.
¿Dónde debe de presentar la solicitud y en qué plazo?
En la oficina de empleo que le corresponda por su domicilio, en el plazo de los quince días hábiles siguientes (no se cuenta los domingos y festivos) al último día de trabajo.
En el supuesto de que la empresa le haya abonado vacaciones por no haberlas disfrutado con anterioridad al cese, debe presentarla en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la finalización de ese periodo equivalente a las vacaciones.
Si no se puede obtener el subsidio por no tener responsabilidades familiares o por tener rentas superiores a las establecidas, puede volver a solicitarlo si, antes de que transcurra una año, su situación cambia y tiene responsabilidades o carece de rentas superiores a 530,7€ (para el 2017) al mes.
¿Durante cuánto tiempo se puede cobrar el subsidio?
La duración de la ayuda depende de los siguientes factores:
- Del tiempo cotizado.
- Si previamente se ha recibido la prestación de desempleo.
- De la edad del trabajador. 14 de julio de 2012: el gobierno elimina el subsidio especial de los mayores de 45 años que no tengan cargas familiares. A partir de ahora tendrá los mismo derechos (con algunas pequeñas mejoras) que los trabajadores menores de 45 años. Eso sí, una vez agotado el subsidio de desempleo tienen derecho a pedir la RAI, la Renta Activa de Inserción.
- De si tiene cargas familiares o no.
Podéis consultar en la siguiente tabla la duración del subsidio en función de estos factores.
Duración subsidio desempleo | |||||
Edad(años) | Cargas familiares | Duración de la prestación contributiva agotada | Número de meses cotizados | Cuantía subsidio | Duración máxima (en meses) |
Han agotado una prestación contributiva por desempleo | |||||
< 45 | Sí | De 20 a 179 días | n.p. | 80 | 18 |
Al menos 180 días | n.p. | 80 | 24 | ||
45 o más | Sí | De 120 a 179 días | n.p. | 80 | 24 |
Al menos 180 días | n.p. | 80 | 30 | ||
24 meses | n.p. | (1) | 6 | ||
No | Indiferente | n.p. | 80 | 6 | |
No han cotizado lo suficiente para una prestación cotributiva | |||||
Indiferente | Sí | n.p. | 3 | 80 | 3 |
4 | 80 | 4 | |||
5 | 80 | 5 | |||
6 | 80 | 21 | |||
No | n.p. | 6 | 80 | 6 |
(1) 80%, 107% o 133% si tiene un familiar a cargo, dos o bien tres o más.
En los casos que la duración del subsidio fuera más de 6 meses, hay que renovar cada 6 meses la ayuda.
La duración del subsidio en el caso de trabajadores fijos discontinuos será equivalente al número de meses cotizados en el año anterior a la solicitud.
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
430,27€ mensuales, que es lo que corresponde al 80% del IPREM del 2019. Éste índice se actualiza anualmente.
Los trabajadores a tiempo parcial que pierdan su empleo y pida esta ayuda percibirá la parte proporcional de su jornada laboral.
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Hola yo he cobrado el subsidio solo un mes,no podia cobrar el paro ya que solo tenia trabajados 7 meses.Ahora he encontrado trabajo,solo para 6 meses.Entonces si yo quisiera cobrar el paro cuando se me acabe el contrato podria hacerlo??ya que no se si al haber cobrado el subsidio ese mes,los 6 meses trabajados que tenia es como si ya los hubiera consumido o se me acumularian 5.Espero haberme explicado bien.Muchas gracias
No te preocupes, podrás cobrar el paro si cuando termina el trabajo de 6 meses, suma al menos 12 meses de cotización por desempleo durante los últimos 6 años.
Salu2.
Hola tengo 39 años casado y con dos hijos de 10 y 7 años respectivamente, mi mujer no trabaja y mi pregunta es ,si me contratan para trabajar a tiempo parcial los fines de semana durante 6 meses,¿tengo derecho a cobrar el subsidio de desempleo?.
Muchas gracias.
Ten en cuenta que para cobrar el subsidio debe de cotizar al menos por n días de desempleo y en función de si tiene cargas familiares o no.
Consulta la tabla con la duración del subsidio del artículo en función de los días cotizados.
Salu2.
perdon por preguntar otra vez pero entonces se me acumulan los 7 meses que ya tengo trabajados aunque haya cobrado un mes de subsidio??muchas gracias
Hemos estudiado más detalladamente este tema, y lo hemos puesto en el foro para que sea más accesible a los demás usuarios:
– http://foro.preguntasfrecuentes.net/foros/trabajo/4410-reanudacion-desempleo-y-como-se-contabiliza-el-tiempo-cotizado
Salu2.
buenos dias
tengo 35 años casada y un hijo de 14 meses se me acaba el paro. Mi pareja tiene un sueldo con pagas porrateadas de 1050e y me han dicho en el inem que me pertenece una ayuda mi pregunta es si yo que ahora tengo un local que podria alquilar por cuanto tendria que alquilarlo para que no me quitaran la ayuda .
Para obtener el subsidio de desempleo la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar, dividida entre el número de miembros que la componen no supera 474,98€ al mes.
Las rentas tienes que tener en cuenta son todos los ingresos (trabajo, actividades, intereses, alquiler…):
– Las rentas de bienes gananciales hay que considerar el 50%.
– Las rentas de bienes privativos hay que considerar el 100%.
Haz tus cuentas…
Salu2.
Hola mi pregunta es que mi marido es pensionista por minusvalia tiene media paga,por un curso que hizo tenia compromiso de contratacion y tiene que trabajar seis meses cuatro horas, mi pregunta es si cuando acabe el trabajo tiene derecho a paro o alguna ayuda debido a que tenemos tres niños.gracias
Puede solicitar el subsidio de desempleo.
Lease el artículo sobre la duración que tendrá y verifique que cumpla todos los requisitos descritos.
Salu2.
hola:
tengo ciertas dudas,yo estaba trabajando me despidieron,estuve cobrando el paro durante 6 meses,se me acabo el paro y cogi la ayuda de los 426 euros durante 6 meses,esta ayuda se me acaba el 30 de abril.mi pregunta es puedo pedir otra prorroga??hay otro tipo de ayuda a la que me pueda acojer??vivo en valladolid,tengo 27 años vivo solo,y no tengo cargas familiares.
muchas gracias
El subsidio de los 420€ no es prorrogable:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/08/13/subsidio-de-420e-para-desempleados-sin-paro/
Puede intentar solicitar la RAI, si tiene alguna circunstancia especial (ya que por edad no entaría):
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion
Salu2.
puedo pedir la ayuda de los 420 euros si se me termina la prestacion de desempleo el 18 de este mes,,si soy menor de 45 años no tengo hijos,ni cargas familiares,,o solo es para los mayores de 45 años la ayuda.
Los datos aportados cumple las condiciones, pero debe de verificar todas las condiciones que están descrito en el artículo que habla sobre el subsidio de los 420€:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/08/13/subsidio-de-420e-para-desempleados-sin-paro/
Salu2
hola estoy cobrando el subsidio quisiera saber para compatibilidad un trabajo a tiempo parcial que documentos son necesarios y cuantos dias esperan para hacerlo y si no lo hago que pasaria.gracias
Si no lo comunica a INEM estaría cobrando un subsidio legalmente, y lo más seguro es que se den cuenta ya que cruzan datos con la Seguridad Social y te quitarán el subsidio.
Debes de comuncar que quieres compatibilizar el trabajo a tiempo parcial con el subsidio. En tales casos, lo que harán será darte la parte proporcional del tiempo no trabajado del subsidio.
Salu2.
Hola, en fecha 23/04/2010 me vence el 1er. periodo reconocido de percepcion de subsidio por desempleo, y si bien en la carta de la resolucion, especifica que antes de que se cumpla el plazo arriba indicado, recibiré en mi domicilio la documentacion necesaria para tramitar la solicitud de prorroga, a fecha de hoy no he recibido nada, por lo que.
¿Que documentacion me hace falta para renovar dicho subsidio de desempleo?
¿Tengo que tramitarlo on-line, o tengo que remitir la documetacion en persona en el INEM?.
Gracias.
Según INEM:
Cada vez que se hayan devengado seis meses de percepción del subsidio se deberá presentar una solicitud de prórroga, indicando que o bien concurren las mismas circunstancias que motivaron el acceso al derecho o a la anterior prórroga , o bien que esas circunstancias han variado y sólo en este caso deberán hacer declaración de rentas y, en su caso, de las responsabilidades familiares. Dicha solicitud deberá formularse en el plazo que media entre el día siguiente a la fecha de agotamiento del período de derecho semestral y los 15 días siguientes a la fecha del vencimiento del período de pago de la última mensualidad devengada.
La duración del subsidio se prorrogará desde el día siguiente a la fecha de agotamiento del período de derecho semestral si se solicita en el plazo establecido. En otro caso, el derecho a la prórroga tendrá efectividad a partir del día siguiente al de su solicitud reduciéndose su duración en tantos días como medien entre la fecha en que hubiera tenido lugar el nacimiento del derecho, de haberse solicitado en tiempo y forma y aquélla en que efectivamente se hubiera formulado la solicitud.
La entidad gestora establecerá un procedimiento específico para que las solicitudes de prórroga se puedan remitir por correo, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
Salu2.
Hola,me gustaria saber si puedo persibir el subsidio por desempleo. el 23 de abril expiró mi comtrato por fin de obra tengo solo 139 días de cotización. Soy madre soltera tengo un niño de 5 años
Pues con 139 días cotizados sólo podrás cobrar 4 meses de subsidio.
Es una lástima ya que al ser madre soltera y por lo tanto tienes cargas familiares, con tener 41 días más de lo que tienes cotizado, llegas a los 180 días y por lo tanto te corresponderían 18 meses de subsidio. (Mira a ver si alguien te puede hacer el favor de cotizarte esos días)
De todas formas si antes de empezar a trabajar en donde te han despedido ahora, estuviste cobrando algún tipo de paro( ya sea prestación o subsidio), puedes hechar los 6 meses de ayuda de los 420 €uros (426 para este año). Y así conservar esos 139 días para por si acaso encuentras trabajo mientras cobras el PRODI http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/08/13/subsidio-de-420e-para-desempleados-sin-paro/ y así más adelante poder llegar a los 180 días.
Pero vayas a hacer lo que sea, que sepas que tienes 15 días de máximo para echar los papeles y con el retraso que llevan te puedes quedar fuera de plazo, así que este mismo lunes llama y explica que quieres hechar el subsidio y que te den cita para no quedarte fuera de plazo, en el INEM te buscarán hueco.
De todas formas al ser madre soltera y estando parada, en tu asistenta social te hablará de las diferentes ayudas que hay para ti.
Un saludo.