¿Quiénes pueden solicitar este subsidio?
- Los trabajadores que hayan terminado de percibir la prestación de desempleo y tienen cargas familiares.
- Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 180 y 359 días.
- Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 90 y 179 días y además tengan responsabilidades familiares.
¿Qué significa pérdida involuntaria de un empleo?
La pérdida involuntaria de un empleo significa que una persona es cesada de su puesto de trabajo por alguna de las siguientes causas o encuentre en algunas de las siguientes situaciones:
- Despido.
- Terminación del contrato temporal.
- Muerte, jubilación o incapacidad del empresario.
- Cese en el período de prueba a instancia del empresario.
- Expediente de regulación de empleo, temporal o definitivo.
- Suspensión o extinción del contrato por ser víctima de violencia de género.
- Extinción de la relación administrativa de los funcionarios por decisión de la Administración.
- Si es socio-trabajador de un cooperativa: cese en periodo de prueba, expulsión improcedente o cese (temporal o definitivo) en la actividad de la Cooperativa por causas económicas, tecnológicas o de fuerza mayor, finalización del vínculo societario de duración determinada.
- Cese voluntario de su puesto de trabajo por no aceptar el traslado a un centro de trabajo de otra localidad que le suponga cambio de residencia, modificación de su horario, jornada o turnos de trabajo o si hay una sentencia judicial que declare finalizada su relación laboral por incumplimiento de las obligaciones del empresario.
- Estar en un período de inactividad si es trabajador fijo-discontinuo o finaliza la actividad por la realización de trabajos que se repiten en fechas ciertas.
- Haber sido liberado de prisión por cumplimiento de condena o libertad condicional.
- Haber retornado a España si es un trabajador inmigrante.
- Si pertenece a las Fuerzas Armadas por finalización o resolución de forma involuntaria del compromiso o por conclusión del servicio o del tiempo máximo como reservista voluntario activado.
- Si es artista, por finalizar la actuación con finalización del contrato.
- Si es cargo público o sindical por cese de carácter involuntario y definitivo o pérdida de la dedicación exclusiva o parcial.
¿Qué significa tener responsabilidades familiares?
Tener responsabilidades familiares significa que:
- Si su cónyuge o algún hijo, por naturaleza, adopción o acogimiento, menor de 26 años o mayor de esa edad con discapacidad, está a su cargo o no tiene ingresos superiores al 75% SMI mensuales: 675,0€ (para 2019).
- No se considerará familiar a cargo del solicitante aquel que perciba rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias, por lo que para proceder a la división de los ingresos de la unidad familiar entre el número de los miembros deberá haber, además del solicitante, otra persona cuyos ingresos sean inferiores a ese límite.
- Y si además, la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar, dividida entre el número de miembros que la componen no supera 675,0€ (para 2019).
¿Debe reunir algún otro requisito?
Si, es necesario:
- Carecer de rentas: No tener ingresos superiores a 675,0 al mes (para 2019).
- Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
¿Qué rentas se tienen en cuenta para cumplir estos requisitos?
Se considera rentas todos los ingresos que se obtenga tanto del solicitante como de todos los miembros de la unidad familiar, cualquiera que sea su origen, excepto la cuantía de la indemnización legal por fin de contrato y las asignaciones de Seguidad Social por hijo a cargo.
No se descuenta las rentas los gastos, a excepción de lo que se destina a pagar el Convenio Especial con la Seguridad Social.
¿Dónde debe de presentar la solicitud y en qué plazo?
En la oficina de empleo que le corresponda por su domicilio, en el plazo de los quince días hábiles siguientes (no se cuenta los domingos y festivos) al último día de trabajo.
En el supuesto de que la empresa le haya abonado vacaciones por no haberlas disfrutado con anterioridad al cese, debe presentarla en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la finalización de ese periodo equivalente a las vacaciones.
Si no se puede obtener el subsidio por no tener responsabilidades familiares o por tener rentas superiores a las establecidas, puede volver a solicitarlo si, antes de que transcurra una año, su situación cambia y tiene responsabilidades o carece de rentas superiores a 530,7€ (para el 2017) al mes.
¿Durante cuánto tiempo se puede cobrar el subsidio?
La duración de la ayuda depende de los siguientes factores:
- Del tiempo cotizado.
- Si previamente se ha recibido la prestación de desempleo.
- De la edad del trabajador. 14 de julio de 2012: el gobierno elimina el subsidio especial de los mayores de 45 años que no tengan cargas familiares. A partir de ahora tendrá los mismo derechos (con algunas pequeñas mejoras) que los trabajadores menores de 45 años. Eso sí, una vez agotado el subsidio de desempleo tienen derecho a pedir la RAI, la Renta Activa de Inserción.
- De si tiene cargas familiares o no.
Podéis consultar en la siguiente tabla la duración del subsidio en función de estos factores.
Duración subsidio desempleo | |||||
Edad(años) | Cargas familiares | Duración de la prestación contributiva agotada | Número de meses cotizados | Cuantía subsidio | Duración máxima (en meses) |
Han agotado una prestación contributiva por desempleo | |||||
< 45 | Sí | De 20 a 179 días | n.p. | 80 | 18 |
Al menos 180 días | n.p. | 80 | 24 | ||
45 o más | Sí | De 120 a 179 días | n.p. | 80 | 24 |
Al menos 180 días | n.p. | 80 | 30 | ||
24 meses | n.p. | (1) | 6 | ||
No | Indiferente | n.p. | 80 | 6 | |
No han cotizado lo suficiente para una prestación cotributiva | |||||
Indiferente | Sí | n.p. | 3 | 80 | 3 |
4 | 80 | 4 | |||
5 | 80 | 5 | |||
6 | 80 | 21 | |||
No | n.p. | 6 | 80 | 6 |
(1) 80%, 107% o 133% si tiene un familiar a cargo, dos o bien tres o más.
En los casos que la duración del subsidio fuera más de 6 meses, hay que renovar cada 6 meses la ayuda.
La duración del subsidio en el caso de trabajadores fijos discontinuos será equivalente al número de meses cotizados en el año anterior a la solicitud.
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
430,27€ mensuales, que es lo que corresponde al 80% del IPREM del 2019. Éste índice se actualiza anualmente.
Los trabajadores a tiempo parcial que pierdan su empleo y pida esta ayuda percibirá la parte proporcional de su jornada laboral.
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Hola, yo estoy trabajando, mi mujer lleva en paro mas de tres años y ahora vamos a tener un bebe por el que me debería corresponder por importe un subsidio.
Se puede solicitar a
No, no tenéis derecho a ningún subsidio, ya que no cumplís las condiciones.
Saul2.
Hola,tengo un niño de 3 años pero vive con su madre,queria saber los papeles que tengo que entregar para el subsidio de 426 € . un saludo
Acude al servicio de empleo y allí te informarán.
En principio sólo se requiere que rellenes el formulario con tus datos personales, familiares y económicas.
Salu2.
Buenas tardes:
Una pregunta, me acaban de aprobar la prestación por la pérdida de un empleo a 10 horas semanales y en la cuantía diaria inicial es de 6,32 euros, es decir que no llega a 200 euros al mes. ¿Es eso posible? ¿Se puede cobrar menos que el famoso IPREM?
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Sí, claro, si no tenías un empleo a tiempo completo.
Te pagar el 70% de tu base de cotizaciones.
Salu2.
Buenas tardes,e concedieron subsidio duranre 6 meses porque no tenia cotizado suficiente para.prestacion por desempleo peeo cuando habia cobrado 2 meses y medio di a luz a mi bebe y paso a subsidio con cargas familiares. Mi duda es saber el computo total.de.meses q tengo concedidos desde q.comence a cobrar desde el principip, serian 21 o 18 porque le restarian los 2 y medio que cobre al principio? Actualmente estoy esperando otro bebe, tendria derecho a alguna prestacion mas? Salu2.
Mira la tabla del artículo de arriba.
Salu2.
Serian 21 en total, entonces no me restarian los 2 y medio? Perdona es q esa es mi gran duda. Y con respecto a lo del segundo bebe? Salu2.
Hoy he ido a solicitar el desempleo y me dicen que no les basta con el último certificado de empresa, que tengo que llevarles el de la empresa anterior en la cual dejé de tranajar hace más de año y medio. El problema es que la empresa ya no existe y me dicen que si no les llevo el certificado en cuestión, no me pueden contar ese tiempo para el subsidio ¿Es eso cierto? ¿Qué puedo hacer?
¿Eso es muy raro? Pide un informe de tu vida laboral en la Seguridad Social, creo que eso puede valer.
También haz un escrito en el que detalles que la empresa en cuestión ya no existe y por lo tanto no puedes obtener dicho certificado, y preséntalo todo junto a tu formulario de solicitud.
Salu2.
gracias de antemano.tengo derecho a 24 meses de paro lo que no entiendo es porque recibo 1.186 en enero y el 10 de febrero 1.142 si diciembre y enero son de 31 dias.gracias nuevamente
Eso se debe a que en 2012 han subido los impuestos.
Mira a ver las retenciones que te han aplicado.
Salu2.
Hola buenos días,soy fija discontinua,he terminado de cobrar paro y no tengo suficiente cotizado para seguir cobrando.(me falta un par de meses)
Podría cobrar alguna ayuda o subsidio hasta abril que vuelvo a trabajar??
Espero su respuesta.
Gracias.
Acude al Servicio de Empleo y pide información de tu caso o leete los artículos de este blog sobre las ayudas.
Por los datos que aportas, no te podemos decir.
Salu2.
Soy viuda de 62 años cobro 545 euros d pensión de viudedad. Trabajo en una empresa de limpieza de septiembre a junio y julio y agosto cobro el paro. En junio me van a despedir y quisiera saber si tengo derecho a alguna ayuda cuando agote el paro que me queda. Gracias y un saludo
No, por tener rentas superiores a los 481,05 euros brutos mensuales.
Salu2.
Buenas tardes. Soy eventual en una empresa de turismo y me han ofrecido trabajar 1 mes a media jornada y el resto (5 meses) a jornada completa. ¿Podré luego pedir la ayuda por desempleo igual que si hubiera trabajado 6 meses a jornada completa?
Sí, siempre que ese mes de jornada media trabajas al menos 5 días a la semana.
Salu2.
Buenas noches,
No estoy casada y tengo un niño de 4 años, cobré el paro 2 años y tuve una ayuda 2 años más por agotar la prestacion y tener responsabilidades familiares, pero ahora no sé si me corresponde alguna ayuda más o no, me han comentado algo del nuevo programa de recualificación profesional de 6 meses, pero una condición es que la unidad familiar no puede superar ciertos ingresos y yo actualmente vivo con una pareja que trabaja y su nomina si supera este importe, pero vuelvo a decir que no estamos casados, así me corresponde a mi alguna ayuda o no.
Muchas gracias!
Puedes pedir el plan prepara:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/02/11/programa-recualificacion-profesional-de-quienes-agoten-su-prestacion-la-ayuda-de-los-400-euros/
Salu2.