¿Quiénes pueden solicitar este subsidio?
- Los trabajadores que hayan terminado de percibir la prestación de desempleo y tienen cargas familiares.
- Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 180 y 359 días.
- Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 90 y 179 días y además tengan responsabilidades familiares.
¿Qué significa pérdida involuntaria de un empleo?
La pérdida involuntaria de un empleo significa que una persona es cesada de su puesto de trabajo por alguna de las siguientes causas o encuentre en algunas de las siguientes situaciones:
- Despido.
- Terminación del contrato temporal.
- Muerte, jubilación o incapacidad del empresario.
- Cese en el período de prueba a instancia del empresario.
- Expediente de regulación de empleo, temporal o definitivo.
- Suspensión o extinción del contrato por ser víctima de violencia de género.
- Extinción de la relación administrativa de los funcionarios por decisión de la Administración.
- Si es socio-trabajador de un cooperativa: cese en periodo de prueba, expulsión improcedente o cese (temporal o definitivo) en la actividad de la Cooperativa por causas económicas, tecnológicas o de fuerza mayor, finalización del vínculo societario de duración determinada.
- Cese voluntario de su puesto de trabajo por no aceptar el traslado a un centro de trabajo de otra localidad que le suponga cambio de residencia, modificación de su horario, jornada o turnos de trabajo o si hay una sentencia judicial que declare finalizada su relación laboral por incumplimiento de las obligaciones del empresario.
- Estar en un período de inactividad si es trabajador fijo-discontinuo o finaliza la actividad por la realización de trabajos que se repiten en fechas ciertas.
- Haber sido liberado de prisión por cumplimiento de condena o libertad condicional.
- Haber retornado a España si es un trabajador inmigrante.
- Si pertenece a las Fuerzas Armadas por finalización o resolución de forma involuntaria del compromiso o por conclusión del servicio o del tiempo máximo como reservista voluntario activado.
- Si es artista, por finalizar la actuación con finalización del contrato.
- Si es cargo público o sindical por cese de carácter involuntario y definitivo o pérdida de la dedicación exclusiva o parcial.
¿Qué significa tener responsabilidades familiares?
Tener responsabilidades familiares significa que:
- Si su cónyuge o algún hijo, por naturaleza, adopción o acogimiento, menor de 26 años o mayor de esa edad con discapacidad, está a su cargo o no tiene ingresos superiores al 75% SMI mensuales: 675,0€ (para 2019).
- No se considerará familiar a cargo del solicitante aquel que perciba rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias, por lo que para proceder a la división de los ingresos de la unidad familiar entre el número de los miembros deberá haber, además del solicitante, otra persona cuyos ingresos sean inferiores a ese límite.
- Y si además, la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar, dividida entre el número de miembros que la componen no supera 675,0€ (para 2019).
¿Debe reunir algún otro requisito?
Si, es necesario:
- Carecer de rentas: No tener ingresos superiores a 675,0 al mes (para 2019).
- Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
¿Qué rentas se tienen en cuenta para cumplir estos requisitos?
Se considera rentas todos los ingresos que se obtenga tanto del solicitante como de todos los miembros de la unidad familiar, cualquiera que sea su origen, excepto la cuantía de la indemnización legal por fin de contrato y las asignaciones de Seguidad Social por hijo a cargo.
No se descuenta las rentas los gastos, a excepción de lo que se destina a pagar el Convenio Especial con la Seguridad Social.
¿Dónde debe de presentar la solicitud y en qué plazo?
En la oficina de empleo que le corresponda por su domicilio, en el plazo de los quince días hábiles siguientes (no se cuenta los domingos y festivos) al último día de trabajo.
En el supuesto de que la empresa le haya abonado vacaciones por no haberlas disfrutado con anterioridad al cese, debe presentarla en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la finalización de ese periodo equivalente a las vacaciones.
Si no se puede obtener el subsidio por no tener responsabilidades familiares o por tener rentas superiores a las establecidas, puede volver a solicitarlo si, antes de que transcurra una año, su situación cambia y tiene responsabilidades o carece de rentas superiores a 530,7€ (para el 2017) al mes.
¿Durante cuánto tiempo se puede cobrar el subsidio?
La duración de la ayuda depende de los siguientes factores:
- Del tiempo cotizado.
- Si previamente se ha recibido la prestación de desempleo.
- De la edad del trabajador. 14 de julio de 2012: el gobierno elimina el subsidio especial de los mayores de 45 años que no tengan cargas familiares. A partir de ahora tendrá los mismo derechos (con algunas pequeñas mejoras) que los trabajadores menores de 45 años. Eso sí, una vez agotado el subsidio de desempleo tienen derecho a pedir la RAI, la Renta Activa de Inserción.
- De si tiene cargas familiares o no.
Podéis consultar en la siguiente tabla la duración del subsidio en función de estos factores.
Duración subsidio desempleo | |||||
Edad(años) | Cargas familiares | Duración de la prestación contributiva agotada | Número de meses cotizados | Cuantía subsidio | Duración máxima (en meses) |
Han agotado una prestación contributiva por desempleo | |||||
< 45 | Sí | De 20 a 179 días | n.p. | 80 | 18 |
Al menos 180 días | n.p. | 80 | 24 | ||
45 o más | Sí | De 120 a 179 días | n.p. | 80 | 24 |
Al menos 180 días | n.p. | 80 | 30 | ||
24 meses | n.p. | (1) | 6 | ||
No | Indiferente | n.p. | 80 | 6 | |
No han cotizado lo suficiente para una prestación cotributiva | |||||
Indiferente | Sí | n.p. | 3 | 80 | 3 |
4 | 80 | 4 | |||
5 | 80 | 5 | |||
6 | 80 | 21 | |||
No | n.p. | 6 | 80 | 6 |
(1) 80%, 107% o 133% si tiene un familiar a cargo, dos o bien tres o más.
En los casos que la duración del subsidio fuera más de 6 meses, hay que renovar cada 6 meses la ayuda.
La duración del subsidio en el caso de trabajadores fijos discontinuos será equivalente al número de meses cotizados en el año anterior a la solicitud.
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
430,27€ mensuales, que es lo que corresponde al 80% del IPREM del 2019. Éste índice se actualiza anualmente.
Los trabajadores a tiempo parcial que pierdan su empleo y pida esta ayuda percibirá la parte proporcional de su jornada laboral.
Artículos relacionados:
BUENAS TENGO APLAZADO 12 MESES DE UN TRABAJO QUE TUVE ANTERIORMENTE AHORA ESTOY TRABAJANDO DESDE EL 11 DE ABRIL DEL 2011 Y SE ME ACABA EL CONTRATO EL 11 DE ABRIL DE ESTE AÑO 2012 MI PREGUNTA ES;¿COBRARE EL PARO QUE TENGO APLAZADO O ME OBLIGARAN A COBRAR LOS 4 MESES QUE ME CORRESPONDE POR ESTE AÑO QUE ESTOY TRABAJANDO ME DAN A ELEGIR O ME OBLIGAN A COJER EL ULTIMO? MUCHAS GRACIAS.
Si has trabajado 12 meses, te darán la opción de elegir, eso sí, perderás la opción no elegida.
Salu2.
HOLA MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE MI MARIDO ESTA COBRANDO EL SUBSIDIO POR DESEMPLEO NO COTIZA PORQUE TIENE 36 AÑOS.ME HAN DICHO QUE QUIEN DEJA DE COBRAR EL PARO NO TIENE DERECHO A ASISTENCIA SANITARIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL.SOMOS DE VALENCIA ME GUSTARIA SABER SI ESTO ES VERDAD O NO.MUCHAS GRACIAS.
Eso es cierto, pero si no tenéis recursos, podrías solicitar la tarjeta para personas sin recursos:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/11/08/tarjeta-sanitaria-para-personas-sin-recursos-economicos/
Salu2.
Tengo 57 años, 39 años cotizados, estoy cobrando el subsidio de desempleo y lo tengo hasta Mayo 2013. Me estoy dando cuenta que la mayoria de trabajos de comercial es con régimen de autonómos. Mi pregunta es la siguiente:
Si yo dejo el subsidio de desempleo para hacerme autónomo y después no funciona el trabajo por el motivo que sea, ¿Puedo volver a acogerme al subsidio de desempleo y cobrar los meses restantes?
Gracias por la atención
Sí, es posible, pero bajo unas determinadas condiciones.
Acude al Servicio de Empleo y pide que te informen de cómo lo tienes que hacer.
Salu2.
hola estoy cobrando el paro , pero el ultimo pago es el 10 de febrero, si puedo solicitar una ayuda cuando deberia hacerlo
gracias
un saludo
Lo puedes solicitar desde el día siguiente a que tenías derecho a la ayuda, que es diferente al último pago.
Revisa tus papeles o pregúntalo en el Servicio de Empleo.
Salu2.
hola,tengo una gran duda,terminé un ciclo y estoy haciendo prácticas,y he ido al inem y tengo derecho al subsidio, mi pregunta es: puedo cobrar el subsidio mientras hago los 2 meses de prácticas en empresas?
gracias con antelación.
Depende de la naturaleza de las prácticas.
Pregúntalo en el Servicio de Empleo.
Salu2.
Hola mi pregunta es si para cobrar el subsidio tienes que pasar un mes sin cobrar
No, no hace falta esperar.
Salu2.
Llame al SEPE y me dijeron que hay que hacer un mes de espera porque lo marca la ley.Siendo para cualquier subsidio
A alguien le esta pasando lo mismo que a mi?
Saludos
hola mi pregunta es ya cobre el paro la ayuda familiar y el plan prepara,tengo 42 años llevo mas de tres años sin trabajar ,bueno miento trabaje 3 dias la semana pasada y tengo un hijo de 20 años que esta estudiando,puedo acceder a alguna ayuda en especial o lo de la renta activa de insercion le agradeceria su informacion ya q ayer lo consulte y no encuentro la pagina disculpe las molestias causadas un saludo
Para la RAI tienes que tener más de 45 años:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
¿Otra ayuda? Hasta que no cotices, nada.
Salu2.
Podría usted explicarme ¿qué es la RENTA DE SUBSISTENCIA DERIVADA DEL PAGO ÚNICO DE LA PRESTACIÓN, y si puedo solicitarla al haber solicitado ya el PAGO ÚNICO para crear con dos socios una Sociedad Limitada Laboral? Muchas gracias
Eso es el pago único de la prestación de desempleo:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/10/13/capitalizacion-o-pago-unico-y-el-irpf/
Salu2.
buena noches mi caso es el siguiente me dieron de alta el 1-2-2011 medieron de baja el 16-5-2011 por cambio de obra y dado de alta 17-5-2011.mi jefe me a comunicado que me da de baja el 27-1-2012, medarian alegir entre un paro nuevo o el antiguo que tenia.gracias.
La elección es cuando estabas cobrando un paro y empiezas a trabajar.
En tu caso, has tenido 2 trabajados, y el tiempo cotizado se suman para una nueva prestación.
Salu2.
Buenas tardes mi caso es el siguiente: cuando me quedé en paro sólo tenía 6 meses cotizados con lo cual no tenía derecho a prestación por desempleo pero sí a 6 meses de subsidio. Comencé a cobrarlo a mediados de Mayo y cuando había cobrado 2 meses y medio aproximadamente dí a luz a mi primer hijo y ese mismo subsidio pasó automaticamente a subsidio por maternidad no contributiva que es entre 18 y 21 meses. Lo estoy cobrando desde el 1 de Agosto y en Mayo tengo que entregar nueva documentación para prorroga del mismo, mi pregunta es; ¿Durante cuantos meses más me lo van a aprorrogar? Muchas gracias.
Por el tiempo que te haya concedido en función de lo que cotizaste.
Mira la tabla del artículo (arriba).
Salu2