¿Quiénes pueden solicitar este subsidio?
- Los trabajadores que hayan terminado de percibir la prestación de desempleo y tienen cargas familiares.
- Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 180 y 359 días.
- Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 90 y 179 días y además tengan responsabilidades familiares.
¿Qué significa pérdida involuntaria de un empleo?
La pérdida involuntaria de un empleo significa que una persona es cesada de su puesto de trabajo por alguna de las siguientes causas o encuentre en algunas de las siguientes situaciones:
- Despido.
- Terminación del contrato temporal.
- Muerte, jubilación o incapacidad del empresario.
- Cese en el período de prueba a instancia del empresario.
- Expediente de regulación de empleo, temporal o definitivo.
- Suspensión o extinción del contrato por ser víctima de violencia de género.
- Extinción de la relación administrativa de los funcionarios por decisión de la Administración.
- Si es socio-trabajador de un cooperativa: cese en periodo de prueba, expulsión improcedente o cese (temporal o definitivo) en la actividad de la Cooperativa por causas económicas, tecnológicas o de fuerza mayor, finalización del vínculo societario de duración determinada.
- Cese voluntario de su puesto de trabajo por no aceptar el traslado a un centro de trabajo de otra localidad que le suponga cambio de residencia, modificación de su horario, jornada o turnos de trabajo o si hay una sentencia judicial que declare finalizada su relación laboral por incumplimiento de las obligaciones del empresario.
- Estar en un período de inactividad si es trabajador fijo-discontinuo o finaliza la actividad por la realización de trabajos que se repiten en fechas ciertas.
- Haber sido liberado de prisión por cumplimiento de condena o libertad condicional.
- Haber retornado a España si es un trabajador inmigrante.
- Si pertenece a las Fuerzas Armadas por finalización o resolución de forma involuntaria del compromiso o por conclusión del servicio o del tiempo máximo como reservista voluntario activado.
- Si es artista, por finalizar la actuación con finalización del contrato.
- Si es cargo público o sindical por cese de carácter involuntario y definitivo o pérdida de la dedicación exclusiva o parcial.
¿Qué significa tener responsabilidades familiares?
Tener responsabilidades familiares significa que:
- Si su cónyuge o algún hijo, por naturaleza, adopción o acogimiento, menor de 26 años o mayor de esa edad con discapacidad, está a su cargo o no tiene ingresos superiores al 75% SMI mensuales: 675,0€ (para 2019).
- No se considerará familiar a cargo del solicitante aquel que perciba rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias, por lo que para proceder a la división de los ingresos de la unidad familiar entre el número de los miembros deberá haber, además del solicitante, otra persona cuyos ingresos sean inferiores a ese límite.
- Y si además, la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar, dividida entre el número de miembros que la componen no supera 675,0€ (para 2019).
¿Debe reunir algún otro requisito?
Si, es necesario:
- Carecer de rentas: No tener ingresos superiores a 675,0 al mes (para 2019).
- Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
¿Qué rentas se tienen en cuenta para cumplir estos requisitos?
Se considera rentas todos los ingresos que se obtenga tanto del solicitante como de todos los miembros de la unidad familiar, cualquiera que sea su origen, excepto la cuantía de la indemnización legal por fin de contrato y las asignaciones de Seguidad Social por hijo a cargo.
No se descuenta las rentas los gastos, a excepción de lo que se destina a pagar el Convenio Especial con la Seguridad Social.
¿Dónde debe de presentar la solicitud y en qué plazo?
En la oficina de empleo que le corresponda por su domicilio, en el plazo de los quince días hábiles siguientes (no se cuenta los domingos y festivos) al último día de trabajo.
En el supuesto de que la empresa le haya abonado vacaciones por no haberlas disfrutado con anterioridad al cese, debe presentarla en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la finalización de ese periodo equivalente a las vacaciones.
Si no se puede obtener el subsidio por no tener responsabilidades familiares o por tener rentas superiores a las establecidas, puede volver a solicitarlo si, antes de que transcurra una año, su situación cambia y tiene responsabilidades o carece de rentas superiores a 530,7€ (para el 2017) al mes.
¿Durante cuánto tiempo se puede cobrar el subsidio?
La duración de la ayuda depende de los siguientes factores:
- Del tiempo cotizado.
- Si previamente se ha recibido la prestación de desempleo.
- De la edad del trabajador. 14 de julio de 2012: el gobierno elimina el subsidio especial de los mayores de 45 años que no tengan cargas familiares. A partir de ahora tendrá los mismo derechos (con algunas pequeñas mejoras) que los trabajadores menores de 45 años. Eso sí, una vez agotado el subsidio de desempleo tienen derecho a pedir la RAI, la Renta Activa de Inserción.
- De si tiene cargas familiares o no.
Podéis consultar en la siguiente tabla la duración del subsidio en función de estos factores.
Duración subsidio desempleo | |||||
Edad(años) | Cargas familiares | Duración de la prestación contributiva agotada | Número de meses cotizados | Cuantía subsidio | Duración máxima (en meses) |
Han agotado una prestación contributiva por desempleo | |||||
< 45 | Sí | De 20 a 179 días | n.p. | 80 | 18 |
Al menos 180 días | n.p. | 80 | 24 | ||
45 o más | Sí | De 120 a 179 días | n.p. | 80 | 24 |
Al menos 180 días | n.p. | 80 | 30 | ||
24 meses | n.p. | (1) | 6 | ||
No | Indiferente | n.p. | 80 | 6 | |
No han cotizado lo suficiente para una prestación cotributiva | |||||
Indiferente | Sí | n.p. | 3 | 80 | 3 |
4 | 80 | 4 | |||
5 | 80 | 5 | |||
6 | 80 | 21 | |||
No | n.p. | 6 | 80 | 6 |
(1) 80%, 107% o 133% si tiene un familiar a cargo, dos o bien tres o más.
En los casos que la duración del subsidio fuera más de 6 meses, hay que renovar cada 6 meses la ayuda.
La duración del subsidio en el caso de trabajadores fijos discontinuos será equivalente al número de meses cotizados en el año anterior a la solicitud.
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
430,27€ mensuales, que es lo que corresponde al 80% del IPREM del 2019. Éste índice se actualiza anualmente.
Los trabajadores a tiempo parcial que pierdan su empleo y pida esta ayuda percibirá la parte proporcional de su jornada laboral.
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hola gracias de antemano por contestar, se me acaba un contrato temporal de 2 meses, no tengo hijos, y vivo sola tengo alguntipo de ayuda a la que acogerme, mi edad es de 35 años.
Con sólo 2 meses no se tiene derecho a ninguna ayuda, salvo que tuvieras algún mes cotizados anteriormente y aún no lo hayas utilizado para el reconocimiento de otra ayuda.
Salu2.
En relación al derecho de subsidio por desempleo, tras agotar el paro, con cargas familiares de dos niños, entiendo que la suma de las rentas de la unidad familiar sea:
– En mi caso por un lado la suma de la cantidad que estaba percibiendo del paro…………más
– El importe neto (lo que cobra, no el bruto) de la nómina de mi pareja.-
Si hasta este es correcto, mi pregunta sería, ¿ el cálculo de ingreso de la unidad familiar lo obtienen del mes anterior a la solicitud de subsidio por agotamiento del paro, o de los mes?……me interesa para saber si paso o no de esos 481 eur(75% del SMI)……GRACIAS DE ANTEMANO.-
1. No cuenta tus ingresos del paro, ya que en el momento de pedir el subsidio ya no lo estarás cobrando.
2. Suma todo lo que gane en bruto de tu unidad familiar y dividelo entre el número de miembros, ésta no debe de superar los 481,05 euros.
Salu2.
Para establecer los ingresos mensuales de la unidad familiar, a efectos de la percepción de subsidio por desempleo, ¿también computa la parte proporcional de las pagas extraordinarias?
Sí, computa.
termine de cobrar el prodi en diciembre del 2010 hasta diciembre del 2011 he cotizado 130 dias,..tengo derecho a una prestacion si soy soltero y no tengo cargas familiares?
No, no tienes derecho.
Salu2.
hola,estoy cobrando un subsidio de 426 euros por ser menor de 45 años y tener hijas, me dice que estoy en el 80% de la prestacion(18 meses cobrados)¿me quedaría una prórroga mas hasta los 24 meses?
Compruebalo en la tabla del artículo (arriba), ya que la duración total concedida depende de tu situación laboral y personal.
SAlu2.
Hola,he cotizado 4 meses y 16 dias..Se me a terminado el contrato el dia 16 de diciembre.Tengo derecho a solicitar la prestación de desempleo? No tengo cargas familiares.
Gracias.
No, no tienes derecho ni a la prestación ni al subsidio de desempleo, pero sí que podrás pedir el PLAN PREPARA:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/02/11/programa-recualificacion-profesional-de-quienes-agoten-su-prestacion-la-ayuda-de-los-400-euros/
Salu2.
hola soy claudia tengo una dudilla,ahora mismo estoy cobrando el subsidio por desempleo no tengo cargas familiares ni nada y se me acaba en marzo pero el chico del inem me dijo que por tener un prestamo a mi nombre me lo podrian prorrogar,es cierto? muchas gracias de antemano
Eso no tiene nada que ver.
Salu2.
hola he cobrado el pago unico y me estan ingresando las cotas de la seguridad social, desde hace dos años y no me va bien y quiero darme de baja como autonomo pero no se si me quedan todavia cuotas de la seguridad social por cobrar, y si me doy de baja tengo alguna sancion.
muchas gracias por su respuesta
No, no te sancionarán…
hola, yo estoy cobrando el subsidio por desempleo y se me acababa los 6 meses el 24 de diciembre (tengo que cobrarlo el 10 de Enero de 2012) y no pude renovar la demanda de empleo el 30 de diciembre. ¿me penalizaran?, gracias de antemano
Sí, te quitarán 1 mes de subsidio en forma de sanción:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/09/22/prestacion-del-desempleo-penalizaciones-por-no-renovar-la-demanda-de-empleo/
Salu2.
Hola,
cumpli 52 años en agosto pasado, tengo cotizados 26 años, 23 años en regimen general y 3 ultimos como autonomo, llevo
sellando sn la oficina de empleo, 3 años, mi marido cobra subsido de mayores de 52,
tengo derecho a percibir tambien este subsidio.
Gracias
No, tendrías que cotizar al menos durante 3 meses en el régimen general:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/09/14/subsidio-por-desempleo-para-trabajadores-mayores-de-52-anos-requisitos-plazos-y-documentacion/
Salu2.