¿Quiénes pueden solicitar este subsidio?
- Los trabajadores que hayan terminado de percibir la prestación de desempleo y tienen cargas familiares.
- Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 180 y 359 días.
- Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 90 y 179 días y además tengan responsabilidades familiares.
¿Qué significa pérdida involuntaria de un empleo?
La pérdida involuntaria de un empleo significa que una persona es cesada de su puesto de trabajo por alguna de las siguientes causas o encuentre en algunas de las siguientes situaciones:
- Despido.
- Terminación del contrato temporal.
- Muerte, jubilación o incapacidad del empresario.
- Cese en el período de prueba a instancia del empresario.
- Expediente de regulación de empleo, temporal o definitivo.
- Suspensión o extinción del contrato por ser víctima de violencia de género.
- Extinción de la relación administrativa de los funcionarios por decisión de la Administración.
- Si es socio-trabajador de un cooperativa: cese en periodo de prueba, expulsión improcedente o cese (temporal o definitivo) en la actividad de la Cooperativa por causas económicas, tecnológicas o de fuerza mayor, finalización del vínculo societario de duración determinada.
- Cese voluntario de su puesto de trabajo por no aceptar el traslado a un centro de trabajo de otra localidad que le suponga cambio de residencia, modificación de su horario, jornada o turnos de trabajo o si hay una sentencia judicial que declare finalizada su relación laboral por incumplimiento de las obligaciones del empresario.
- Estar en un período de inactividad si es trabajador fijo-discontinuo o finaliza la actividad por la realización de trabajos que se repiten en fechas ciertas.
- Haber sido liberado de prisión por cumplimiento de condena o libertad condicional.
- Haber retornado a España si es un trabajador inmigrante.
- Si pertenece a las Fuerzas Armadas por finalización o resolución de forma involuntaria del compromiso o por conclusión del servicio o del tiempo máximo como reservista voluntario activado.
- Si es artista, por finalizar la actuación con finalización del contrato.
- Si es cargo público o sindical por cese de carácter involuntario y definitivo o pérdida de la dedicación exclusiva o parcial.
¿Qué significa tener responsabilidades familiares?
Tener responsabilidades familiares significa que:
- Si su cónyuge o algún hijo, por naturaleza, adopción o acogimiento, menor de 26 años o mayor de esa edad con discapacidad, está a su cargo o no tiene ingresos superiores al 75% SMI mensuales: 675,0€ (para 2019).
- No se considerará familiar a cargo del solicitante aquel que perciba rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias, por lo que para proceder a la división de los ingresos de la unidad familiar entre el número de los miembros deberá haber, además del solicitante, otra persona cuyos ingresos sean inferiores a ese límite.
- Y si además, la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar, dividida entre el número de miembros que la componen no supera 675,0€ (para 2019).
¿Debe reunir algún otro requisito?
Si, es necesario:
- Carecer de rentas: No tener ingresos superiores a 675,0 al mes (para 2019).
- Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
¿Qué rentas se tienen en cuenta para cumplir estos requisitos?
Se considera rentas todos los ingresos que se obtenga tanto del solicitante como de todos los miembros de la unidad familiar, cualquiera que sea su origen, excepto la cuantía de la indemnización legal por fin de contrato y las asignaciones de Seguidad Social por hijo a cargo.
No se descuenta las rentas los gastos, a excepción de lo que se destina a pagar el Convenio Especial con la Seguridad Social.
¿Dónde debe de presentar la solicitud y en qué plazo?
En la oficina de empleo que le corresponda por su domicilio, en el plazo de los quince días hábiles siguientes (no se cuenta los domingos y festivos) al último día de trabajo.
En el supuesto de que la empresa le haya abonado vacaciones por no haberlas disfrutado con anterioridad al cese, debe presentarla en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la finalización de ese periodo equivalente a las vacaciones.
Si no se puede obtener el subsidio por no tener responsabilidades familiares o por tener rentas superiores a las establecidas, puede volver a solicitarlo si, antes de que transcurra una año, su situación cambia y tiene responsabilidades o carece de rentas superiores a 530,7€ (para el 2017) al mes.
¿Durante cuánto tiempo se puede cobrar el subsidio?
La duración de la ayuda depende de los siguientes factores:
- Del tiempo cotizado.
- Si previamente se ha recibido la prestación de desempleo.
- De la edad del trabajador. 14 de julio de 2012: el gobierno elimina el subsidio especial de los mayores de 45 años que no tengan cargas familiares. A partir de ahora tendrá los mismo derechos (con algunas pequeñas mejoras) que los trabajadores menores de 45 años. Eso sí, una vez agotado el subsidio de desempleo tienen derecho a pedir la RAI, la Renta Activa de Inserción.
- De si tiene cargas familiares o no.
Podéis consultar en la siguiente tabla la duración del subsidio en función de estos factores.
Duración subsidio desempleo | |||||
Edad(años) | Cargas familiares | Duración de la prestación contributiva agotada | Número de meses cotizados | Cuantía subsidio | Duración máxima (en meses) |
Han agotado una prestación contributiva por desempleo | |||||
< 45 | Sí | De 20 a 179 días | n.p. | 80 | 18 |
Al menos 180 días | n.p. | 80 | 24 | ||
45 o más | Sí | De 120 a 179 días | n.p. | 80 | 24 |
Al menos 180 días | n.p. | 80 | 30 | ||
24 meses | n.p. | (1) | 6 | ||
No | Indiferente | n.p. | 80 | 6 | |
No han cotizado lo suficiente para una prestación cotributiva | |||||
Indiferente | Sí | n.p. | 3 | 80 | 3 |
4 | 80 | 4 | |||
5 | 80 | 5 | |||
6 | 80 | 21 | |||
No | n.p. | 6 | 80 | 6 |
(1) 80%, 107% o 133% si tiene un familiar a cargo, dos o bien tres o más.
En los casos que la duración del subsidio fuera más de 6 meses, hay que renovar cada 6 meses la ayuda.
La duración del subsidio en el caso de trabajadores fijos discontinuos será equivalente al número de meses cotizados en el año anterior a la solicitud.
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
430,27€ mensuales, que es lo que corresponde al 80% del IPREM del 2019. Éste índice se actualiza anualmente.
Los trabajadores a tiempo parcial que pierdan su empleo y pida esta ayuda percibirá la parte proporcional de su jornada laboral.
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Buenas tardes,
Escribo desde Santa Cruz de Tenerife y me gustaría saber si pierdo el subsidio de desempleo(ayuda 400 euros), al no haber renovado la demanda de empleo u ocurre como al no renovar la demanda de empleo mientras cobras prestaciones, que pierdes sólo un mes si lo haces por primera vez? El caso es que yo ya he comenzado el itinerario que te exigen y ya tengo varias acciones en los próximos días. Tenía que haber renovado el día 30/11… Muchas gracias por la información. Saludos.
Si no se renuevan la demanda se pierde 1 mes de la ayuda por regla general, salvo para la RAI que se pierde para siempre:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/09/22/prestacion-del-desempleo-penalizaciones-por-no-renovar-la-demanda-de-empleo/
Salu2.
buenos dias,tengo casi 4 años cotizados en españa,en 2009 he empezado a cobrar el paro,pero solo un mes,porque tenia que sellar el paro y no lo he hecho.mi marido esta cobrando la ayuda de 52 años de 426euros y tenemos un niño de 4 años que a nacido aqui.puedo solicitar alguna ayuda?por responsabilidades familiares?
Y no has seguido sellando en la demanda de empleo?
Eso es imprescindible para cobrar cualquier ayuda del servicio de empleo.
Acude nuevamente al servicio de empleo, pide información y date nuevamente de alta en la demanda de empleo.
Salu2.
HOLA ME GUSTARIA SABER CUAL ES EL SALARIO MINIMO PARA 2012 QUIERO SABERLO PORQUE HOY POR HOY NO PUEDE COBRAR MAS DE 481 EUROS AL MES AL COBRAR MI MARIDO EL SUBSIDIO Y QUISIERA SABERLO POR SI SUBE.GRACIAS.
De momento aún no se sabe, pero ten en cuenta que se actualizará con el IPC, con un incremento del 3% más o menos.
Salu2.
cuato tienpo corespode el sudsidio y nose si me coresponde mas ya yevo 30 meses pero tengo dos niñas 1 año y 7 y si puedo pedir alguna otra ayuda,un saludo y gracias
Una vez agotado el subsidio de desempleo por cargas familiares, si sigue en vigor puedes pedir el PLAN PREPARA:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/02/11/programa-recualificacion-profesional-de-quienes-agoten-su-prestacion-la-ayuda-de-los-400-euros/
Después la RAI, si tienes más de 45 años:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
Salu2.
HOLA. ME GUSTARIA SABER QUE DOCUMENTACION HE DE APORTAR PARA SOLICITAR EL SUBSIDIO POR AYUDA FAMILIAR.Y LO DIAS Q SE TIENEN PARA PRESENTARLO. ME REFIERO SI SON HABILES……ETC
Tienes 15 días hábiles (todos los días menos los domingos y festivos).
La documentación que tienes que aportar es el certificado de la empresa de la baja, rellenar el formulario y como mucho la declaración de la renta del año anterior.
Salu2.
Pedi el subsidio con todos lo documentos, pero me falta el convenio de regulacion de separacion y no lo tengo. La pregunta es ¿tengo el mismo tiempo para entregarlo? en el inem lo tienen ya todo, solo falta esto. Gracias
Consúltalo a ellos directamente.
Salu2.
hola buenas tardes
yo temgo una pregunta
estoy trabajando media jornada, en junio se me acaba el contrato y la empresa ya me ha dicho que no me van a renovar porque no pueden afrontar los pagos
temgo cotizados 6 meses para junio y cargas familiares,
aunque sea que a media jornada,podré cobrar la ayuda familiar??
gracias.
Sí, podrás cobrarlo, aunque depende de cuántos días sumes de cotizaciones:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/05/25/trabajo-a-tiempo-parcial-y-derecho-a-las-prestaciones-de-desempleo/
Salu2.
Voy a solicitar el subsidio por desempleo, tengo dos hijos menores de edad y mi mujer sí trabaja. ¿Lo que trabaja ella, se cuentan o no las pagas extras?
gracias
Sí, se cuenta las pagas extras.
Salu2.
hola mi consulta es la siguiente : tengo cotizados 182 dias de un contrato que me hicieron de 2 horas de lunes a sabado en la hosteleria , estoy casada , con dos niños menores y mi marido es pensionista cobra 574e , ¿ puedo solicitar la ayuda ? ¿ cuntos meses me coresponden ? gracias
Sí, pide el subsidio de desempleo por cargas familiares.
Salu2.
Hola, tengo cotizados 240 días y nunca he cobrado paro, trabajo para una ett, me llaman días sueltos, si pido la prestación y sigo trabajando días sueltos se me para y reanuda cada vez que me dan de baja o la pierdo?? Tengo menos de 30años.
Muchas gracias de antemano.
Laura.
Con 240 días no tienes derecho a paro, sino a un subsidio, y efectivamente, los días que trabajes te suspende la ayuda.
Salu2.