¿Quiénes pueden solicitar este subsidio?
- Los trabajadores que hayan terminado de percibir la prestación de desempleo y tienen cargas familiares.
- Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 180 y 359 días.
- Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 90 y 179 días y además tengan responsabilidades familiares.
¿Qué significa pérdida involuntaria de un empleo?
La pérdida involuntaria de un empleo significa que una persona es cesada de su puesto de trabajo por alguna de las siguientes causas o encuentre en algunas de las siguientes situaciones:
- Despido.
- Terminación del contrato temporal.
- Muerte, jubilación o incapacidad del empresario.
- Cese en el período de prueba a instancia del empresario.
- Expediente de regulación de empleo, temporal o definitivo.
- Suspensión o extinción del contrato por ser víctima de violencia de género.
- Extinción de la relación administrativa de los funcionarios por decisión de la Administración.
- Si es socio-trabajador de un cooperativa: cese en periodo de prueba, expulsión improcedente o cese (temporal o definitivo) en la actividad de la Cooperativa por causas económicas, tecnológicas o de fuerza mayor, finalización del vínculo societario de duración determinada.
- Cese voluntario de su puesto de trabajo por no aceptar el traslado a un centro de trabajo de otra localidad que le suponga cambio de residencia, modificación de su horario, jornada o turnos de trabajo o si hay una sentencia judicial que declare finalizada su relación laboral por incumplimiento de las obligaciones del empresario.
- Estar en un período de inactividad si es trabajador fijo-discontinuo o finaliza la actividad por la realización de trabajos que se repiten en fechas ciertas.
- Haber sido liberado de prisión por cumplimiento de condena o libertad condicional.
- Haber retornado a España si es un trabajador inmigrante.
- Si pertenece a las Fuerzas Armadas por finalización o resolución de forma involuntaria del compromiso o por conclusión del servicio o del tiempo máximo como reservista voluntario activado.
- Si es artista, por finalizar la actuación con finalización del contrato.
- Si es cargo público o sindical por cese de carácter involuntario y definitivo o pérdida de la dedicación exclusiva o parcial.
¿Qué significa tener responsabilidades familiares?
Tener responsabilidades familiares significa que:
- Si su cónyuge o algún hijo, por naturaleza, adopción o acogimiento, menor de 26 años o mayor de esa edad con discapacidad, está a su cargo o no tiene ingresos superiores al 75% SMI mensuales: 675,0€ (para 2019).
- No se considerará familiar a cargo del solicitante aquel que perciba rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias, por lo que para proceder a la división de los ingresos de la unidad familiar entre el número de los miembros deberá haber, además del solicitante, otra persona cuyos ingresos sean inferiores a ese límite.
- Y si además, la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar, dividida entre el número de miembros que la componen no supera 675,0€ (para 2019).
¿Debe reunir algún otro requisito?
Si, es necesario:
- Carecer de rentas: No tener ingresos superiores a 675,0 al mes (para 2019).
- Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
¿Qué rentas se tienen en cuenta para cumplir estos requisitos?
Se considera rentas todos los ingresos que se obtenga tanto del solicitante como de todos los miembros de la unidad familiar, cualquiera que sea su origen, excepto la cuantía de la indemnización legal por fin de contrato y las asignaciones de Seguidad Social por hijo a cargo.
No se descuenta las rentas los gastos, a excepción de lo que se destina a pagar el Convenio Especial con la Seguridad Social.
¿Dónde debe de presentar la solicitud y en qué plazo?
En la oficina de empleo que le corresponda por su domicilio, en el plazo de los quince días hábiles siguientes (no se cuenta los domingos y festivos) al último día de trabajo.
En el supuesto de que la empresa le haya abonado vacaciones por no haberlas disfrutado con anterioridad al cese, debe presentarla en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la finalización de ese periodo equivalente a las vacaciones.
Si no se puede obtener el subsidio por no tener responsabilidades familiares o por tener rentas superiores a las establecidas, puede volver a solicitarlo si, antes de que transcurra una año, su situación cambia y tiene responsabilidades o carece de rentas superiores a 530,7€ (para el 2017) al mes.
¿Durante cuánto tiempo se puede cobrar el subsidio?
La duración de la ayuda depende de los siguientes factores:
- Del tiempo cotizado.
- Si previamente se ha recibido la prestación de desempleo.
- De la edad del trabajador. 14 de julio de 2012: el gobierno elimina el subsidio especial de los mayores de 45 años que no tengan cargas familiares. A partir de ahora tendrá los mismo derechos (con algunas pequeñas mejoras) que los trabajadores menores de 45 años. Eso sí, una vez agotado el subsidio de desempleo tienen derecho a pedir la RAI, la Renta Activa de Inserción.
- De si tiene cargas familiares o no.
Podéis consultar en la siguiente tabla la duración del subsidio en función de estos factores.
Duración subsidio desempleo | |||||
Edad(años) | Cargas familiares | Duración de la prestación contributiva agotada | Número de meses cotizados | Cuantía subsidio | Duración máxima (en meses) |
Han agotado una prestación contributiva por desempleo | |||||
< 45 | Sí | De 20 a 179 días | n.p. | 80 | 18 |
Al menos 180 días | n.p. | 80 | 24 | ||
45 o más | Sí | De 120 a 179 días | n.p. | 80 | 24 |
Al menos 180 días | n.p. | 80 | 30 | ||
24 meses | n.p. | (1) | 6 | ||
No | Indiferente | n.p. | 80 | 6 | |
No han cotizado lo suficiente para una prestación cotributiva | |||||
Indiferente | Sí | n.p. | 3 | 80 | 3 |
4 | 80 | 4 | |||
5 | 80 | 5 | |||
6 | 80 | 21 | |||
No | n.p. | 6 | 80 | 6 |
(1) 80%, 107% o 133% si tiene un familiar a cargo, dos o bien tres o más.
En los casos que la duración del subsidio fuera más de 6 meses, hay que renovar cada 6 meses la ayuda.
La duración del subsidio en el caso de trabajadores fijos discontinuos será equivalente al número de meses cotizados en el año anterior a la solicitud.
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
430,27€ mensuales, que es lo que corresponde al 80% del IPREM del 2019. Éste índice se actualiza anualmente.
Los trabajadores a tiempo parcial que pierdan su empleo y pida esta ayuda percibirá la parte proporcional de su jornada laboral.
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hola bueno dias
ayer agotado mi paro yo vivo con mi mujer
mi mujher estas en paro ella cobra paro moy poco 497 euros brutos somos una pareja sin hijos
mi progunta que puede solicitar algun ayuda?
Lo sentimos, pero si ella cobra 497 euros mensuales no lo puedes considerar como carga familiar.
En cambio podrías pedir el PLAN PREPARA:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/02/11/programa-recualificacion-profesional-de-quienes-agoten-su-prestacion-la-ayuda-de-los-400-euros/
Salu2.
Hola yo estoy cobrando el subsidio por desempleo de 426€ me gustaria saber que tengo que hacer para solicitar la prorroga me comunicaron que se hacia por correo pero quiero saber que papeles me harian falta y si lo puedo hacer por internet.
Gracias.
Lo mejor es que vayas al servicio de empleo y pidas la prórroga.
¿Pepeles? Realmente sólo con el DNI y posiblemente la declaración de la renta del año pasado sería suficiente.
Salu2.
Buenas tardes,
a mi marido se le acaba el paro en diciembre despues de 1 año y 1 mes cobrandolo, tiene cotizados 20 años de trabajo y tiene 38 años, tenemos una niña de 3 años y un ebebe que nacera en noviembre y yo tengo de ingresos 950 euros de mi trabajo y el una pension de 560 euros por una minusvalia. le corresponde el subsidio?, cuantos meses?
muchas gracias
No le corresponde por tener unos ingresos superiores a los 481,05 euros mensuales.
De todas formas, le recomiendo que acuda al servicio de empleo y pida información para por si acaso.
Salu2.
hola mi consulta es la siguiente estoy dada de alta 2 horas de lunes a sabado , si cotizo 180 dias ¿ cuantos meses de ayuda cobraria ‘? estoy casada mi marido en paro y 2 nenes menores yo tengo 36 años gracias
La que te corresponde por tener 180 días cotizados y por tener cargas familiares.
Miralo en la tabla del artículo (arriba).
Salu2.
Me faltan 44 dias para tener los 180 dias de cotización y trabajo haciendo limpiezas, si me doy de alta en la seguridad social con seguro de hogar, me sirve lo que cotize para el subsidio?.
Gracias
Yo creo que sí, pero preguntalo en el servicio de empleo.
Salu2.
mi hija tiene un contrato de 16 horas semanales de decathon de 6 meses y la dejan parada tiene derecho a cobrar el subsidio gracias
Sí, 6 meses si no tiene cargas familiares, y algo más si lo tiene. Miralo en la tabla del artículo (arriba).
Salu2.
Buenos dias:
Tengo una duda y es que me quedé en paro el dia 23 de junio,el 7 de julio me apunté como demandante de empleo y desde agosto estoy cobrando el subsidio hasta enero;no tengo cargas familiares pero estoy embarazada y por mis calculos el bebé nacera un poco mas tarde del dia 23/06/12 que es justo cuando llevaria un año parada.Mi pregunta es: si el bebé nace a primeros de julio tengo posibilidad de prorrogar el subsidio?
No, tus derechos a las ayudas ya está agotado para esa fecha.
Tendrías que volver a cotizar al menos durante 3 meses para tener derecho a esta ayuda.
Salu2.
Tengo 46 años,estoy separada de mi marido, vivo con mi hija y mi nieto. Mi hija tiene 22 años y gana al mes un salario de 400 Euros Apxm. Tengo que pagar la Hipoteca:700, Credito personal: 300 y otros gastos, mi ex marido trabaja y gana 850 al mes y me ayuda con la Hipoteca con 350 Euros, Puede obtener alguna ayuda ahora que termine mi paro.
Gracias.
Sí, primero puedes solicitar el PLAN PREPARA:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/02/11/programa-recualificacion-profesional-de-quienes-agoten-su-prestacion-la-ayuda-de-los-400-euros/
y después la RAI:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
Salu2.
Tengo cotizados 329 dias me faltarian 31 dias para poder cobrar la prestacion contributiva pero sino cambia mi suerte y no consigo encontrar trabajo por otro lado, se esta intentando pero parece estar complicado, no volvere a trabajar hasta diciembre en la recogida de la aceituna. Mi pregunta es si estos 2 meses que faltan para empezar a trabajar me merece la pena pedir el subsidio de desempleo de 6 meses que creo me corresponde aunque solo gaste 2 meses que faltan haata volver a trabajar (no se si entonces perdere los 329 dias que tenia como cotizados o solo el equivalente a los dias que he estado cobrando el subsidio) o esperar y cuando termine la aceituna ya habre superado el año y poder pedir prestacion contributiva que serian 4 meses.
Si pides el subsidio de desempleo, ya no podrás volver a utilizar ese tiempo cotizado para solicitar otra ayuda.
Es decir, es mejor que te esperes y completes esos 31 días de cotizaciones para cobrar los 4 meses de paro.
Salu2.
HOLA. HE ESTADO COBRANDO EL SUBSIDIO DURANTE 19 MESES Y EL MES PASADO ME HA SALIDO UN TRABAJITO DE UN MES Y HE TENIDO QUE SUSPENDER EL SUBSIDIO(ME QUEDABAN DOS MESES POR COBRAR).AHORA ESTOY PARADA OTRA VEZ Y MI PREGUNTA ES QUE ES LO QUE TENGO QUE HACER PARA SEGUIR COBRANDO LOS 2 MESES QUE ME QUEDABAN. EL DIA 14 DE ESTE MES ME TOCARIA IR A SELLAR.ME HACE FALTA ALGUN PAPEL?GRACIAS.
Puedes retomar las ayudas, así que acude cuanto antes al servicio de empleo.
El único papel que tendrías que aportar sería los papeles de baja de la nueva empresa.
Salu2.