¿Quiénes pueden solicitar este subsidio?
- Los trabajadores que hayan terminado de percibir la prestación de desempleo y tienen cargas familiares.
- Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 180 y 359 días.
- Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 90 y 179 días y además tengan responsabilidades familiares.
¿Qué significa pérdida involuntaria de un empleo?
La pérdida involuntaria de un empleo significa que una persona es cesada de su puesto de trabajo por alguna de las siguientes causas o encuentre en algunas de las siguientes situaciones:
- Despido.
- Terminación del contrato temporal.
- Muerte, jubilación o incapacidad del empresario.
- Cese en el período de prueba a instancia del empresario.
- Expediente de regulación de empleo, temporal o definitivo.
- Suspensión o extinción del contrato por ser víctima de violencia de género.
- Extinción de la relación administrativa de los funcionarios por decisión de la Administración.
- Si es socio-trabajador de un cooperativa: cese en periodo de prueba, expulsión improcedente o cese (temporal o definitivo) en la actividad de la Cooperativa por causas económicas, tecnológicas o de fuerza mayor, finalización del vínculo societario de duración determinada.
- Cese voluntario de su puesto de trabajo por no aceptar el traslado a un centro de trabajo de otra localidad que le suponga cambio de residencia, modificación de su horario, jornada o turnos de trabajo o si hay una sentencia judicial que declare finalizada su relación laboral por incumplimiento de las obligaciones del empresario.
- Estar en un período de inactividad si es trabajador fijo-discontinuo o finaliza la actividad por la realización de trabajos que se repiten en fechas ciertas.
- Haber sido liberado de prisión por cumplimiento de condena o libertad condicional.
- Haber retornado a España si es un trabajador inmigrante.
- Si pertenece a las Fuerzas Armadas por finalización o resolución de forma involuntaria del compromiso o por conclusión del servicio o del tiempo máximo como reservista voluntario activado.
- Si es artista, por finalizar la actuación con finalización del contrato.
- Si es cargo público o sindical por cese de carácter involuntario y definitivo o pérdida de la dedicación exclusiva o parcial.
¿Qué significa tener responsabilidades familiares?
Tener responsabilidades familiares significa que:
- Si su cónyuge o algún hijo, por naturaleza, adopción o acogimiento, menor de 26 años o mayor de esa edad con discapacidad, está a su cargo o no tiene ingresos superiores al 75% SMI mensuales: 675,0€ (para 2019).
- No se considerará familiar a cargo del solicitante aquel que perciba rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias, por lo que para proceder a la división de los ingresos de la unidad familiar entre el número de los miembros deberá haber, además del solicitante, otra persona cuyos ingresos sean inferiores a ese límite.
- Y si además, la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar, dividida entre el número de miembros que la componen no supera 675,0€ (para 2019).
¿Debe reunir algún otro requisito?
Si, es necesario:
- Carecer de rentas: No tener ingresos superiores a 675,0 al mes (para 2019).
- Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
¿Qué rentas se tienen en cuenta para cumplir estos requisitos?
Se considera rentas todos los ingresos que se obtenga tanto del solicitante como de todos los miembros de la unidad familiar, cualquiera que sea su origen, excepto la cuantía de la indemnización legal por fin de contrato y las asignaciones de Seguidad Social por hijo a cargo.
No se descuenta las rentas los gastos, a excepción de lo que se destina a pagar el Convenio Especial con la Seguridad Social.
¿Dónde debe de presentar la solicitud y en qué plazo?
En la oficina de empleo que le corresponda por su domicilio, en el plazo de los quince días hábiles siguientes (no se cuenta los domingos y festivos) al último día de trabajo.
En el supuesto de que la empresa le haya abonado vacaciones por no haberlas disfrutado con anterioridad al cese, debe presentarla en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la finalización de ese periodo equivalente a las vacaciones.
Si no se puede obtener el subsidio por no tener responsabilidades familiares o por tener rentas superiores a las establecidas, puede volver a solicitarlo si, antes de que transcurra una año, su situación cambia y tiene responsabilidades o carece de rentas superiores a 530,7€ (para el 2017) al mes.
¿Durante cuánto tiempo se puede cobrar el subsidio?
La duración de la ayuda depende de los siguientes factores:
- Del tiempo cotizado.
- Si previamente se ha recibido la prestación de desempleo.
- De la edad del trabajador. 14 de julio de 2012: el gobierno elimina el subsidio especial de los mayores de 45 años que no tengan cargas familiares. A partir de ahora tendrá los mismo derechos (con algunas pequeñas mejoras) que los trabajadores menores de 45 años. Eso sí, una vez agotado el subsidio de desempleo tienen derecho a pedir la RAI, la Renta Activa de Inserción.
- De si tiene cargas familiares o no.
Podéis consultar en la siguiente tabla la duración del subsidio en función de estos factores.
Duración subsidio desempleo | |||||
Edad(años) | Cargas familiares | Duración de la prestación contributiva agotada | Número de meses cotizados | Cuantía subsidio | Duración máxima (en meses) |
Han agotado una prestación contributiva por desempleo | |||||
< 45 | Sí | De 20 a 179 días | n.p. | 80 | 18 |
Al menos 180 días | n.p. | 80 | 24 | ||
45 o más | Sí | De 120 a 179 días | n.p. | 80 | 24 |
Al menos 180 días | n.p. | 80 | 30 | ||
24 meses | n.p. | (1) | 6 | ||
No | Indiferente | n.p. | 80 | 6 | |
No han cotizado lo suficiente para una prestación cotributiva | |||||
Indiferente | Sí | n.p. | 3 | 80 | 3 |
4 | 80 | 4 | |||
5 | 80 | 5 | |||
6 | 80 | 21 | |||
No | n.p. | 6 | 80 | 6 |
(1) 80%, 107% o 133% si tiene un familiar a cargo, dos o bien tres o más.
En los casos que la duración del subsidio fuera más de 6 meses, hay que renovar cada 6 meses la ayuda.
La duración del subsidio en el caso de trabajadores fijos discontinuos será equivalente al número de meses cotizados en el año anterior a la solicitud.
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
430,27€ mensuales, que es lo que corresponde al 80% del IPREM del 2019. Éste índice se actualiza anualmente.
Los trabajadores a tiempo parcial que pierdan su empleo y pida esta ayuda percibirá la parte proporcional de su jornada laboral.
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hola perdona quisiera saber si esta demorando demasiado cuando uno presenta los papeles para el subsidio. Yo los he presentado el 9 de diciembre y hasta ahora… Me preocupa que no tengo repuesta ninguna y voy al INEM y no me dan respuesta ninguna. Lo quje pasa aquí en INEM de jumilla: dos funsionario del INEM son muy rasista con nosotros los extranjero no tiene voluntad ninguna con los emigrante yo lo siento de verdad por eso funcionario habiendo tanta gente sin trabajo de buen caracter y amabilidad no esta trabajando espero k me comprendan y me disculpen al mismo tiempo es que estoy desesperada sin trabajo ninguno espero por favor si me pueden dar una respuesta si esta aprobado mi subsidio porque no se donde mas preguntar si esta aprobado si o no. muchas gracias por su colaboracion muy buenos dias
Nosotros no te podemos decir si te han aprobado el subsidio o no. Lo único que si lo has presentado el 9 de diciembre, puede que debido a la gran demanda de solicitudes y añadido a que hubo muchos días festivos por las navidades, se hayan retrasado en la tramitación de tus papeles y por esa razón no hayan hecho el ingreso de su subsidio sobre el día 10 de Enero.
Puede hacer 2 cosas:
– Esperar hasta Febrero a ver si le paga el subsidio (en tal caso le abonará con carácter retroactivo desde el día que nace el derecho al subsidio).
– Ir a INEM y preguntar. Dado que los funcionarios que están allí no le atiende bien, puede optar por llamar al teléfono de atención al ciudadano 901 11 99 99.
Suerte!!
Vale muchas gracias por su colaboracion y su atencion que me han brindado, le agradezco de todo corazon. Que pase buenas tarde y que dios me los bendigas a todos los funcionarios k me atendieron con gran voluntad
Ha sido un placer y que tenga suerte y le pague lo antes posible el subsidio.
Salu2.
Mi mujer tiene 46 años y se le acaba ahora la prestación por desempleo (ha tenido 14 meses), tenemos un hijo de 3 años, mi sueldo bruto mensual (sin prorrata de pagas extras) es de 1600€.
¿Tiene derecho a algún subsidio de desempleo mi mujer?
Creemos que su mujer podría optar al subsidio por tener familia a cargo.
Puede acudir a una oficina de INEM y solicitar dicha subvención. Aunque se lo denegara, al menos hay que intentarlo. El no ya no tiene.
Salu2 y Suerte.
somos familia numerosa y cobro de paro 900euros le darian a mi mujer alguna ayuda
Verifica si cumple las condiciones de algunos de los subsidios.
Salu2.
como me gustaria que zapatero subsistiera con mis900euros
Hola!
Solicité el subsidio de desempleo el día 4 de enero de 2010 y esperaba cobrar este mes, pero en la web de redtrabaja me aparece como «PENDIENTE DE RESOLUCION». Tampoco me ha llegado ninguna carta ni nada. Comentarte que es una reanudación de subsidio despues de haber trabajado 6 meses desde que estuve en paro por un ERE temporal (al final cerró la empresa).
Muchas gracias por tu respuesta.
Tendrá que seguir esperando. Tal y como te dicen, está pendiente de resolución…
Están saturados de trabajo debido a las solicitudes del subsidio de 420€.
Salu2.
Presente el 23 de diciembre la prestacion por desempleo y aun no he obtenido ninguna respuesta,,si esta aprobado o no mi prstacion,,en el mes de enero no me pagaron y tampoco en febrero me gustaria saber si esto es normal,,o tengo que acudir a alguna parte para solicitar informacion,, mi residencia actual es en jumilla,murcia,,,,de ante mano les agradesco por su respuesta,,,gracias.
Las solicitudes están demorando más de lo normal debido a la cantidad de solicitudes, pero no estaría mal que fueras a INEM a interesarte por tu situación.
Salu2.
Pueden decir porqué este mes me han ingresado aprox. un 10% menos cuando solo llevo 4 meses cobrando la prestación.
Y otro pregunta si se ha estado más de 18 años sin cobrar prestación a los seis mes de recibirla se pasaría a cobrar un 10% menos.
Gracias
No entendemos, el subsidio de desempleo (el tema a tratar en este artículo) es una cuota fija…
Si se refiere a la prestación de desempleo, lease: http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/04/¿que-cuantia-me-corresponde-de-la-prestacion-por-desempleo/ y si no le aclara las dudas, consulta allí.
Salu2
a mi me paso lo mismo: he cobrado aproximadamente 10% menos este mes, siendo el cuarto mes del paro. si alguien sabe por que, por favor que nos lo diga.
Has verificado que posiblemente en enero te hayan retenido más dinero debido a la eliminación de la deducción de los 400€ y que el tipo de retención se redondea a número entero?
Hola: Tengo una amiga que se esta divorciando y con 2 hijas a su cargo de 6 y 3 años.El marido dice que le va a pasar una pensión de 150 euros por cada hija.Ella esta contratada por unas horas y va a perder dicho trabajo, lo que pasa es que el tiempo que tiene cotizado no llega a el mínimo para cobrar el paro.Mi pregunta es: ¿Tiene derecho a algun tipo de prestación económica?
Gracias.
Puede solicitar el subsidio de desempleo si no tiene derecho a la prestación por desempleo.
Salu2.
Me pagaron el paro 3 meses(enero,febrero,marzo 2009) despues me denegaron el subsidio y ahora se me acaba la ayuda de los 420 € en mayo, y se que no se puede renovar, mi marido tiene el 55% de incapacidad permanente total y no trabaja solo tiene la pension de 420€ mensual, vivimos en casa de su madre tambien pensionista ¿puedo solicitar el subsidio cuando se me acabe la ayuda? ¿o hay alguna otra ayuda a la que pueda apuntarme. Les agradeceria mas informacion
El subsidio de desempleo no se puede solicitar después de percibir el subsidio de los 420€ ya que si tuvieras derecho al subsidio de desempleo, no le daría el de 420€.
Salu2.