¿Quiénes pueden solicitar este subsidio?
- Los trabajadores que hayan terminado de percibir la prestación de desempleo y tienen cargas familiares.
- Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 180 y 359 días.
- Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 90 y 179 días y además tengan responsabilidades familiares.
¿Qué significa pérdida involuntaria de un empleo?
La pérdida involuntaria de un empleo significa que una persona es cesada de su puesto de trabajo por alguna de las siguientes causas o encuentre en algunas de las siguientes situaciones:
- Despido.
- Terminación del contrato temporal.
- Muerte, jubilación o incapacidad del empresario.
- Cese en el período de prueba a instancia del empresario.
- Expediente de regulación de empleo, temporal o definitivo.
- Suspensión o extinción del contrato por ser víctima de violencia de género.
- Extinción de la relación administrativa de los funcionarios por decisión de la Administración.
- Si es socio-trabajador de un cooperativa: cese en periodo de prueba, expulsión improcedente o cese (temporal o definitivo) en la actividad de la Cooperativa por causas económicas, tecnológicas o de fuerza mayor, finalización del vínculo societario de duración determinada.
- Cese voluntario de su puesto de trabajo por no aceptar el traslado a un centro de trabajo de otra localidad que le suponga cambio de residencia, modificación de su horario, jornada o turnos de trabajo o si hay una sentencia judicial que declare finalizada su relación laboral por incumplimiento de las obligaciones del empresario.
- Estar en un período de inactividad si es trabajador fijo-discontinuo o finaliza la actividad por la realización de trabajos que se repiten en fechas ciertas.
- Haber sido liberado de prisión por cumplimiento de condena o libertad condicional.
- Haber retornado a España si es un trabajador inmigrante.
- Si pertenece a las Fuerzas Armadas por finalización o resolución de forma involuntaria del compromiso o por conclusión del servicio o del tiempo máximo como reservista voluntario activado.
- Si es artista, por finalizar la actuación con finalización del contrato.
- Si es cargo público o sindical por cese de carácter involuntario y definitivo o pérdida de la dedicación exclusiva o parcial.
¿Qué significa tener responsabilidades familiares?
Tener responsabilidades familiares significa que:
- Si su cónyuge o algún hijo, por naturaleza, adopción o acogimiento, menor de 26 años o mayor de esa edad con discapacidad, está a su cargo o no tiene ingresos superiores al 75% SMI mensuales: 675,0€ (para 2019).
- No se considerará familiar a cargo del solicitante aquel que perciba rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias, por lo que para proceder a la división de los ingresos de la unidad familiar entre el número de los miembros deberá haber, además del solicitante, otra persona cuyos ingresos sean inferiores a ese límite.
- Y si además, la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar, dividida entre el número de miembros que la componen no supera 675,0€ (para 2019).
¿Debe reunir algún otro requisito?
Si, es necesario:
- Carecer de rentas: No tener ingresos superiores a 675,0 al mes (para 2019).
- Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
¿Qué rentas se tienen en cuenta para cumplir estos requisitos?
Se considera rentas todos los ingresos que se obtenga tanto del solicitante como de todos los miembros de la unidad familiar, cualquiera que sea su origen, excepto la cuantía de la indemnización legal por fin de contrato y las asignaciones de Seguidad Social por hijo a cargo.
No se descuenta las rentas los gastos, a excepción de lo que se destina a pagar el Convenio Especial con la Seguridad Social.
¿Dónde debe de presentar la solicitud y en qué plazo?
En la oficina de empleo que le corresponda por su domicilio, en el plazo de los quince días hábiles siguientes (no se cuenta los domingos y festivos) al último día de trabajo.
En el supuesto de que la empresa le haya abonado vacaciones por no haberlas disfrutado con anterioridad al cese, debe presentarla en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la finalización de ese periodo equivalente a las vacaciones.
Si no se puede obtener el subsidio por no tener responsabilidades familiares o por tener rentas superiores a las establecidas, puede volver a solicitarlo si, antes de que transcurra una año, su situación cambia y tiene responsabilidades o carece de rentas superiores a 530,7€ (para el 2017) al mes.
¿Durante cuánto tiempo se puede cobrar el subsidio?
La duración de la ayuda depende de los siguientes factores:
- Del tiempo cotizado.
- Si previamente se ha recibido la prestación de desempleo.
- De la edad del trabajador. 14 de julio de 2012: el gobierno elimina el subsidio especial de los mayores de 45 años que no tengan cargas familiares. A partir de ahora tendrá los mismo derechos (con algunas pequeñas mejoras) que los trabajadores menores de 45 años. Eso sí, una vez agotado el subsidio de desempleo tienen derecho a pedir la RAI, la Renta Activa de Inserción.
- De si tiene cargas familiares o no.
Podéis consultar en la siguiente tabla la duración del subsidio en función de estos factores.
Duración subsidio desempleo | |||||
Edad(años) | Cargas familiares | Duración de la prestación contributiva agotada | Número de meses cotizados | Cuantía subsidio | Duración máxima (en meses) |
Han agotado una prestación contributiva por desempleo | |||||
< 45 | Sí | De 20 a 179 días | n.p. | 80 | 18 |
Al menos 180 días | n.p. | 80 | 24 | ||
45 o más | Sí | De 120 a 179 días | n.p. | 80 | 24 |
Al menos 180 días | n.p. | 80 | 30 | ||
24 meses | n.p. | (1) | 6 | ||
No | Indiferente | n.p. | 80 | 6 | |
No han cotizado lo suficiente para una prestación cotributiva | |||||
Indiferente | Sí | n.p. | 3 | 80 | 3 |
4 | 80 | 4 | |||
5 | 80 | 5 | |||
6 | 80 | 21 | |||
No | n.p. | 6 | 80 | 6 |
(1) 80%, 107% o 133% si tiene un familiar a cargo, dos o bien tres o más.
En los casos que la duración del subsidio fuera más de 6 meses, hay que renovar cada 6 meses la ayuda.
La duración del subsidio en el caso de trabajadores fijos discontinuos será equivalente al número de meses cotizados en el año anterior a la solicitud.
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
430,27€ mensuales, que es lo que corresponde al 80% del IPREM del 2019. Éste índice se actualiza anualmente.
Los trabajadores a tiempo parcial que pierdan su empleo y pida esta ayuda percibirá la parte proporcional de su jornada laboral.
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Hola, soy madre divorciada con 2 hijos de 9 y 17 años, he estado cobrando el subsidio y se me acaba en abril, he cobrado 21 meses. ahora trabajo en una academia pero solo estoy dada de alta 2 horas y mis ingresos son de 100 € al mes. ¿ Puedo volver a solicitar alguna ayuda aunque esté dada de alta 2 horas?
Gracias
Si se te agotó las ayudas, tienes que volver a cotizar y ejercer el derecho de las nuevas cotizaciones.
Salu2.
Muchisimas gracias! me ha servido de gran ayuda
Ha sido un placer…
Ya sabes que si necesitas más cosas, estamos en el foro:
– http://foro.preguntasfrecuentes.net
Salu2
Buenas tardes, me gustaria saber si estadon trabajando 6 meses,y me paran? aparte de la liquidación me puedo acoger a alguna ayuda?.
Muchisimas gracias.
Sí, al subsidio de desempleo. De lo que se habla en este artículo.
Salu2.
¿Puedo solicitar el RAI?, ya lo solicité una vez hace tiempo pero no estaba dada de alta dos horas a la semana.
Gracias de nuevo.
Leete las condiciones del artículo y verifica si los cumples.
Si ya has solicitado una vez, tiene que pasar al menos 12 meses para volverlo a solicitar.
Salu2.
SOY MUJER MAYOR DE 45 CON HIJO DE 17 ESTUDIANDO. SE ME ACABA EL PRODI EN ABRIL 2011, 278 DIAS COTIZADOS ¿tengo derecho a subsidio desempleo? ¿cuánto tiempo? nómina marido 1.182 euros. GRACIAS.
Si llevas más de 1 año apuntado a la demanda de empleo puedes solicitar la RAI:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
Salu2.
hola, tengo 300 dia cotizados, puedo pedir el subsidio? no tengo hijos ni cargas familiares, pero mi marido si trabaja y percibe mas de 1000 euros al mes, depende de su sueldo q me lo concedan o no? yo no percibo nada de ningun sitio, gracias.
Si sólo sois 2 en la unidad familiar y tu marido gana 1.000€ (netos o 14 pagas) no tendrás derecho.
Pero si percibe sólo 1.000€ brutos en 12 pagas, sí que tendrías derecho a un subsidio de desempleo.
Salu2.
HOLA, SOY LA MUJER MAYOR 45, LLEVO EN EL PARO DESDE OCTUBRE 2010. ANTES DEL PRODI NO COBRÉ SUBSIDIO. ¿puedo cobrarlo cuando termine el prodi en abril? GRACIAS OTRA VEZ.
No, después del PRODI no se puede solicitar el subsidio de desempleo.
Salu2.
Hola,estaba trabajando durante un año en un restaurante y no me dieron de alta hasta los ultimos tres meses, desde entonces soy desempleada,he hecho tres cursos de capacitación y sigo sin empleo, mi marido no tiene ningun ingreso en España (es extranjero de la union europea), pero no esta inscrito como desempleado,tenemos dos hijos menores, ¿tengo algún derecho de subsidio de desempleo?
Si tienes 3 meses cotizados, sí que puede solicitar el subsidio de desempleo por tener cargas familiares, pero te pedirán los ingresos de tu marido.
Salu2.
HOLA, SOY OTRA VEZ LA MUJER MAYOR 45.¿PUEDO SOLICITAR LA RAI EN ABRIL SI TRABAJÉ EN 2010 DE JUNIO A OCTUBRE ? PERDONE LAS MOLESTIAS. UN SALUDO.
Si tienes 45 años y llevas 1 año dado de alta en la demanda de empleo, sí:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
Salu2.
Hola, mi consulta es la siguiente: Llevo parada desde 2006, cobré los 18 meses de paro, luego otros de subsidio por hijo a cargo y ahora estoy cobrando el PRODI que se me acaba en marzo, «supuestamente» si no lo eliminan. Mi pregunta es: Yo no he vuelto a trabajar por una trombo que me dio y me impide ejercer mi profesión: administrativa, aunque no me importaría trabajar en lo que fuera pero debo acudir al médico con regularidad y éste fue el motivo de mi último trabajo…A qué ayudas tendría derecho o podría optar cuando se me termine el PRODI? Muchas gracias y enhorabuena por ayudarnos a resolver dudas
Cobrarás los 6 meses completos.
Una vez que se te agote esta ayuda, las únicas alternativas que te quedarán serán la RAI (para mayores de 45 años) y al subsidio de mayores de 52 años.
Salu2.