¿Quiénes pueden solicitar este subsidio?
- Los trabajadores que hayan terminado de percibir la prestación de desempleo y tienen cargas familiares.
- Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 180 y 359 días.
- Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 90 y 179 días y además tengan responsabilidades familiares.
¿Qué significa pérdida involuntaria de un empleo?
La pérdida involuntaria de un empleo significa que una persona es cesada de su puesto de trabajo por alguna de las siguientes causas o encuentre en algunas de las siguientes situaciones:
- Despido.
- Terminación del contrato temporal.
- Muerte, jubilación o incapacidad del empresario.
- Cese en el período de prueba a instancia del empresario.
- Expediente de regulación de empleo, temporal o definitivo.
- Suspensión o extinción del contrato por ser víctima de violencia de género.
- Extinción de la relación administrativa de los funcionarios por decisión de la Administración.
- Si es socio-trabajador de un cooperativa: cese en periodo de prueba, expulsión improcedente o cese (temporal o definitivo) en la actividad de la Cooperativa por causas económicas, tecnológicas o de fuerza mayor, finalización del vínculo societario de duración determinada.
- Cese voluntario de su puesto de trabajo por no aceptar el traslado a un centro de trabajo de otra localidad que le suponga cambio de residencia, modificación de su horario, jornada o turnos de trabajo o si hay una sentencia judicial que declare finalizada su relación laboral por incumplimiento de las obligaciones del empresario.
- Estar en un período de inactividad si es trabajador fijo-discontinuo o finaliza la actividad por la realización de trabajos que se repiten en fechas ciertas.
- Haber sido liberado de prisión por cumplimiento de condena o libertad condicional.
- Haber retornado a España si es un trabajador inmigrante.
- Si pertenece a las Fuerzas Armadas por finalización o resolución de forma involuntaria del compromiso o por conclusión del servicio o del tiempo máximo como reservista voluntario activado.
- Si es artista, por finalizar la actuación con finalización del contrato.
- Si es cargo público o sindical por cese de carácter involuntario y definitivo o pérdida de la dedicación exclusiva o parcial.
¿Qué significa tener responsabilidades familiares?
Tener responsabilidades familiares significa que:
- Si su cónyuge o algún hijo, por naturaleza, adopción o acogimiento, menor de 26 años o mayor de esa edad con discapacidad, está a su cargo o no tiene ingresos superiores al 75% SMI mensuales: 675,0€ (para 2019).
- No se considerará familiar a cargo del solicitante aquel que perciba rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias, por lo que para proceder a la división de los ingresos de la unidad familiar entre el número de los miembros deberá haber, además del solicitante, otra persona cuyos ingresos sean inferiores a ese límite.
- Y si además, la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar, dividida entre el número de miembros que la componen no supera 675,0€ (para 2019).
¿Debe reunir algún otro requisito?
Si, es necesario:
- Carecer de rentas: No tener ingresos superiores a 675,0 al mes (para 2019).
- Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
¿Qué rentas se tienen en cuenta para cumplir estos requisitos?
Se considera rentas todos los ingresos que se obtenga tanto del solicitante como de todos los miembros de la unidad familiar, cualquiera que sea su origen, excepto la cuantía de la indemnización legal por fin de contrato y las asignaciones de Seguidad Social por hijo a cargo.
No se descuenta las rentas los gastos, a excepción de lo que se destina a pagar el Convenio Especial con la Seguridad Social.
¿Dónde debe de presentar la solicitud y en qué plazo?
En la oficina de empleo que le corresponda por su domicilio, en el plazo de los quince días hábiles siguientes (no se cuenta los domingos y festivos) al último día de trabajo.
En el supuesto de que la empresa le haya abonado vacaciones por no haberlas disfrutado con anterioridad al cese, debe presentarla en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la finalización de ese periodo equivalente a las vacaciones.
Si no se puede obtener el subsidio por no tener responsabilidades familiares o por tener rentas superiores a las establecidas, puede volver a solicitarlo si, antes de que transcurra una año, su situación cambia y tiene responsabilidades o carece de rentas superiores a 530,7€ (para el 2017) al mes.
¿Durante cuánto tiempo se puede cobrar el subsidio?
La duración de la ayuda depende de los siguientes factores:
- Del tiempo cotizado.
- Si previamente se ha recibido la prestación de desempleo.
- De la edad del trabajador. 14 de julio de 2012: el gobierno elimina el subsidio especial de los mayores de 45 años que no tengan cargas familiares. A partir de ahora tendrá los mismo derechos (con algunas pequeñas mejoras) que los trabajadores menores de 45 años. Eso sí, una vez agotado el subsidio de desempleo tienen derecho a pedir la RAI, la Renta Activa de Inserción.
- De si tiene cargas familiares o no.
Podéis consultar en la siguiente tabla la duración del subsidio en función de estos factores.
Duración subsidio desempleo | |||||
Edad(años) | Cargas familiares | Duración de la prestación contributiva agotada | Número de meses cotizados | Cuantía subsidio | Duración máxima (en meses) |
Han agotado una prestación contributiva por desempleo | |||||
< 45 | Sí | De 20 a 179 días | n.p. | 80 | 18 |
Al menos 180 días | n.p. | 80 | 24 | ||
45 o más | Sí | De 120 a 179 días | n.p. | 80 | 24 |
Al menos 180 días | n.p. | 80 | 30 | ||
24 meses | n.p. | (1) | 6 | ||
No | Indiferente | n.p. | 80 | 6 | |
No han cotizado lo suficiente para una prestación cotributiva | |||||
Indiferente | Sí | n.p. | 3 | 80 | 3 |
4 | 80 | 4 | |||
5 | 80 | 5 | |||
6 | 80 | 21 | |||
No | n.p. | 6 | 80 | 6 |
(1) 80%, 107% o 133% si tiene un familiar a cargo, dos o bien tres o más.
En los casos que la duración del subsidio fuera más de 6 meses, hay que renovar cada 6 meses la ayuda.
La duración del subsidio en el caso de trabajadores fijos discontinuos será equivalente al número de meses cotizados en el año anterior a la solicitud.
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
430,27€ mensuales, que es lo que corresponde al 80% del IPREM del 2019. Éste índice se actualiza anualmente.
Los trabajadores a tiempo parcial que pierdan su empleo y pida esta ayuda percibirá la parte proporcional de su jornada laboral.
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Buenos días!!
a mediados de mes se me acaba un contrato temporal de 6 meses, tengo 38 años y no tengo más periodo cotizado que estos 6 meses, tengo derecho a subsidio por desempleo¿?¿, no tengo cargas familiares.
Sí, tendrás una ayuda de 6 meses por insuficiencia de cotización para recibir la prestación de desempleo.
Salu2.
hola he ido al inem para soliitar el subsidio por desempleo y me han dicho q con 177 dias que tengo solo me corresponderia 5 meses ,me dijo que por tener carga familiar (1 hija y mi marido el cual trabaja y gana neto 934 euros) y si tubiera 180 dias cotizados me darian hasta 24 meses del subsidio
me dejo con la duda y decidi pensarmelo asi cotizaba 3 dias mas para tener los 180 dias y ella me dijo que si tardaba mucho que corria el peligro de que no me den ni lo5 meses puesto que yo tengo casi tres meses jornada completa y tres meses media jornada y que habia salido una forma laboral enla cula decia que las medias jornadas se contaban como horas,pero ella no sabia cuendo se pondriaen vigencia
ustedes me podrian decir en que fecha se pondra vigente sta reforma? y si me conviene cotizar 3 dias mas para tener los 180 dias y asi poder cobrar mas de los cinco meses que me dijeron? te agradeceria mucho tu respuesta asi salgo de este dilema ya que tengo solo quince dias para solicitarlo muchas gracias por todo
No tenemos conocimiento de dicha modificación…
La decisión lo has de tomar en función de lo que vaya a tardar en cotizar esos 3 días…
Te tenemos que advertir que dispones de 15 días para solicitar la ayuda.
Salu2.
teniendo una hija a cargo y mi marido ganando 900 euros ,con los 6 meses cotizados cuento seria el minomo que me darian de subsidio? se que scon los 6 meses serian 6 pero teniendo carga familiar me darian como minimo un año? ,por que tengo una amiga que esta en las mismas condiciones con la diferencia ue tine 3 hijos y le dieron 18 meses … gracias por contestar a todas nuestras dudas son muy utiles bye
Tal y como se muestra en la tabla del artículo, con 6 meses cotizados y con cargas familiares te darán 21 meses de subsidio de dsempleo.
Salu2
¿cuantas veces se puede reaunudar un subsidio por desempleo? es decir me llaman para cubrir bajas y trabajo dos dias o tres y vuelvo a pedir la reanudacion del subsidio ¿hay un numero de reanudaciones- gracias
Todas las veces que necesites.
Salu2
termine un contrato y me dijero que tengo 15 dias para solicitar el subcidio por desempleo
pero resulta que me van a dar de alta 15 dias en otra empresa entoncs qeria saber si tengo que esperar que termine este ultimo contrato y asi recien ir a pedir el subsidio y desde esa fecha tambien tengo 15 dias para soliciatarlo? gracias
Puedes hacer como quieras, pero si te van a dar de alta de forma inminente, puedes esperar a después de finalizar el nuevo contrato para pedirlo.
Salu2
hola mi pregunta era la siguiente:
voy a ser padre en abril estoy en paro desde noviembra y mi pareja tb esta en paro tenemos derecho alguna ayuda cuando nazca mi hija es el primero que vamos a tener y donde podria solicitarla muchas gracias
No cambia vuestra situación, ya que actualmente ya tenéis cargas familiares, pero para saber si tenéis derecho o no, habría que saber más datos… o mejor aún, podéis leer los diferentes artículos de las ayudas y verificar si cumplis los requisitos.
De cualquier forma, siempre hay que acudir al servicio de empleo para ver si hay alguna ayuda…
Salu2.
Hola
Tengo un hijo de 8 años y estoy cobrando el subsidio,el 29 de Marzo tengo q ir a «renovar», fui al inem a preguntar y me dijeron que en un principio la ayuda q recibia no la iban a quitar, preo que en Marzo me pasara y que preguntase
Soy madre soltera y vivo con mis padres, mi padre es el unico que trabaja, tengo denuncias al padre del niño por no pasar la pension alimenticia y maltrato hacia mi, ¿saben ustedes si puedo seguir cobrando el subsidio, o si tengo posibilidades de cobrar prodi o algun tipo de ayuda?ya les digo q fui al inem pero no son nada claros
Muchas gracias
El subsidio de desempleo no se ve afectado por el último recorte social del gobierno. Lo que quitan es el PRODI, así que cuando te toque renovar acude al servicio de empleo (que no se te olvide).
Salu2.
Se me acabo lo del PRODI este mes de enero 2011 quisiera saber si hay algun tipo de ayuda tengo un niño y otro por nacer.
Después del PRODI, sólo se puede optar por la RAI, y has de tener más de 45 años:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
Salu2.
hola tengo 40 años en mayo se me acaba el paro de 2 años, no tengo hijos mi carga familiar son mis padres y no estoy casada . tengo derecho al subsidio de 426 euros ya que hasta pago una hipoteca …….gracias.
Los gastos que uno tenga no influye en la solicitud de las ayudas.
Al tener 40 años y sin cargas familiares, no tienes derecho a ninguna ayuda del servicio de empleo.
Eso sí, cuando tengas 45 años podrás acceder a la RAI:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
Salu2.
Soy menor de 45 años y llevo en paro casi 2 (la prestación me vence en marzo) y mi mujer, que le pagan por horas, no suele cobrar más de 550€ netos mensuales (pagas extra prorrateadas incluidas), tampoco tenemos hijos y mi pregunta es: ¿alguien podría decirme si tengo derecho a recibir el subsidio por desempleo en caso de no encontrar trabajo? ¿En caso de no tener derecho por cargas familiares, hay algún otro tipo de subsidio sin cargas familiares al que pueda tener derecho?.
No se si será dato de interés o no, pero a mi mujer le concedieron una beca de estudiente de 2.500€ en diciembre.
Se me olvidaba comentar que mi mujer no hizo declaración de IRPF en 2010, ¿cómo se justifican los ingresos entonces?. Incluso sus jefes no le pagan ingresando el dinero en el banco sino que le pagan en mano, aunque nómina sí que le dan.
Muchas gracias y espero que alguien me pueda ayudar, ya que estoy un poco preocupado con la situación.
Gracias.
Leer más: http://foros.tucapital.es/foros/trabajo/23540-necesito-ayuda-sobre-subsidio-por-favor#ixzz1ArZ3NKm2
Respondido en el post del foro:
– http://foros.tucapital.es/foros/trabajo/23540-necesito-ayuda-sobre-subsidio-por-favor
Salu2.