En el caso de vender nuestro vehículo antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto de Circulación, indicamos a quién correspondería legalmente abonarlo.
¿Qué es el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)?
El Impuesto municipal de Circulación o de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) es un impuesto que están obligados a pagar todos los vehículos matriculados que no hayan causado baja, así como los provistos de permisos temporales y grava la titularidad de dichos vehículos aptos para circular por las vías públicas.
¿Quién está obligado a pagarlo?
Está obligado a pagarlo la persona o entidad que figure como titular del vehículo y por tanto en el Permiso de Circulación, a día 1 de Enero de cada año.
Es decir, el titular registral, independientemente de que coincida o no con el titular real, o de que el coche vendido haya sido transferido antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto.
¿Qué ocurre si nuestro vehículo vendido al concesionario lo dan de baja temporal por transmisión?
Este caso es muy habitual cuando en la compra de un vehículo nuevo, entregamos nuestro antiguo coche en el concesionario.
El concesionario muchas veces procede a dar de Baja Temporal el vehículo entregado hasta que haga la venta a un tercero y se transfiera.
Por lo que para evitar que en el año siguiente nos llegue el recibo del Ayuntamiento del Impuesto de Circulación, deberemos proceder a darlo de baja en el Ayuntamiento correspondiente (que será el que figure en el Permiso de circulación).
De esta forma, el concesionario podrá mantener el vehículo de baja temporal hasta 1 año, sin tener que abonar dicho impuesto, ya que a fecha 1 de Enero, será poseedor registral y no titular registral de ese vehículo.
Si pasado ese año máximo que lo puede tener de baja temporal el concesionario no lo hubiera vendido, deberá poner el vehículo a su nombre, y por tanto darse de alta y pagar dicho impuesto en el Ayuntamiento correspondiente.
Si el vehículo se vendiera antes de transcurrirse ese año, será el nuevo adquiriente el que al transferir el vehículo deberá liquidar ese Impuesto de Circulación.
De todas formas, hay que tener en cuenta que muchas veces el precio de venta pactado por el vehículo puede incluir ya, habiéndose pactado, los impuestos, aunque legalmente el obligado sería el comprador.
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Hola,he comprado un coche nuevo en un concesionario y el mismo día les entregue mi coche esto fue a finales de diciembre .Me han llegado los impuestos de circulación de los dos vehículos ¿me toca pagar a mi los dos?
un saludo.
El que entregaste, no lo tienes que pagar. Habla con el concesionario.
El que compraste, eras el titular a 1 de enero de este año, así que hay que pagarlo.
Salu2.
Hola ha vendido mi coche el 02.02.2018 pero 25.03.2018 resebido una carta de Ayuntamiento (Imposto de cerculacion). Pregunto!!!! como vou pagar (Esta imposto anual) se coche está vendido????? Se……no circuló con coche por esta vendido!!!!!
Tienes que pagarlo. Lo tiene que pagar las personas que sean titulares de los vehículos a 1 de enero.
Salu2.
TENGO GRADO DE MINUVALIA 53% FISICA Y SENSORIALMENTE,TENGO DERECHO A PAGAR EL 4% DEL IVA AL COMPRAR UN COCHE NUEVO,GRACIAS ,ESPERO VUESTRA RESPUESTA
Las condiciones para conseguir ese derecho está descrito en el siguiente artículo:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2017/07/04/comprar-coche-con-minusvalia-aplicando-el-iva-reducido-al-4-condiciones-a-cumplir/
Salu2.
Posiblemente venda mi coche en estas fechas, yo ya tengo el recibo de pago del impuesto de circulación de dicho coche, pero todavía no lo he abonado, el comprador es de otra comunidad autónoma que es lo que debo hacer:
– pagar mi impuesto y llegar a un acuerdo con el comprador
– hacer la transferencia del vehiculo y notificar al ayuntamineto el cambio de titular del vehiculo, y que el comprador pague su correspondiente impuesto en su comunidad autónoma.
El impuesto lo debe de pagar la persona que haya sigo titular el 1 de enero. Puedes negociarlo con el comprador, eso siempre es posible, pero me temo que cualquier que conozca un poco el tema no lo va a aceptar.
Si quieres meterle ese coste, sube el precio del vehículo y ya está y te evitará dolores de cabeza.
Salu2.
Hola:
Si compro una furgoneta de segunda mano, y poseo una minusvlía de 38% reconocida, sin movilidad reducida.Qué impuesto me corresponde abonar?.
Un vehículo de segunda mano no se paga IVA, así que la exención del 4% de IVA, no funciona aquí.
Hay que pagar el impuesto de transmisiones que no suele ser una cantidad grande.
Después, el impuesto de circulaciones, es posible que estés exento, aunque depende del ayuntamiento.
Salu2.
Hola buenas, compre una moto hace dos meses, e intuyo que el impuesto de circulacion le llegará al anterior dueño sobre estas fechas. En el caso de no abonar el importe; el problema lo tendría yo o él que es el que en este caso deberia pagarlo porque es el que constaba como titular el 1 de enero?
Lo tiene que pagar el anterior dueño. Si te lo exigiera a ti, puedes alegar con el contrato de compra-venta.
Salu2.
buenas compre un vehiculo en marzo de 2018 con el ivtm del 2018 pagado por el dueño anterior osea todo correcto .Ahora al cabo de 2 meses me viene el ivtm a mi nombre del 2018 de mi ayuntmiento eso tngo q pagarlo yo o reclamar que esta pagado
Si ya está pagado… es un error de tu ayuntamiento.
Salu2.
el impuesto que se paga en 2018 corresponde al pago de todo el año 2017 no??osea siempre se paga a año vencido?,con lo que el impuesto del 2019 correspondera a todo el año 2018??
No, en 2018, se paga el impuesto del año 2018.
Salu2.
Voy a comprar un coche nuevo en JUNIO, a 1 de enero yo no soy propietario de él, ¿tengo que pagar el impuesto al ayuntamiento?
Porque al dar de baja el viejo el impuesto de 2018 también me toca pagarlo a mí.
El titular de un vehículo que estuviera dado de alta 1 de enero, tiene que hacerse cargo del impuesto de circulación (ayuntamiento), independientemente de lo que le pase al coche después (baja, venta, etc).
Salu2.
Hola, tengo un dilema. He comprado una moto a un tío hace unos meses. Y cuando hicimos el traspaso le pregunté si estaba todo en regla y pago. Rodaje también. Y me confirmó que sí.
Ahora le llegó el rodaje del 2017 para pagar y me lo está reclamando.
No tengo claro si lo debo pagar yo o le corresponde a el. Gracias
La debe de pagar la persona que era titular del vehículo a 1 de enero de 2017.
Salu2