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9 de abril de 2009

¿A quién corresponde abonar el Impuesto municipal de Circulación del Ayuntamiento de un vehículo que se haya vendido?

En el caso de vender nuestro vehículo antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto de Circulación, indicamos a quién correspondería legalmente abonarlo.

¿Qué es el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)?

El Impuesto municipal de Circulación o de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) es un impuesto que están obligados a pagar todos los vehículos matriculados que no hayan causado baja, así como los provistos de permisos temporales y grava la titularidad de dichos vehículos aptos para circular por las vías públicas.

¿Quién está obligado a pagarlo?

Está obligado a pagarlo la persona o entidad que figure como titular del vehículo y por tanto en el Permiso de Circulación, a día 1 de Enero de cada año.

Es decir, el titular registral, independientemente de que coincida o no con el titular real, o de que el coche vendido haya sido transferido antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto.

¿Qué ocurre si nuestro vehículo vendido al concesionario lo dan de baja temporal por transmisión?

Este caso es muy habitual cuando en la compra de un vehículo nuevo, entregamos nuestro antiguo coche en el concesionario.

El concesionario muchas veces procede a dar de Baja Temporal el vehículo entregado hasta que haga la venta a un tercero y se transfiera.

Por lo que para evitar que en el año siguiente nos llegue el recibo del Ayuntamiento del Impuesto de Circulación, deberemos proceder a darlo de baja en el Ayuntamiento correspondiente (que será el que figure en el Permiso de circulación).

De esta forma, el concesionario podrá mantener el vehículo de baja temporal hasta 1 año, sin tener que abonar dicho impuesto, ya que a fecha 1 de Enero, será poseedor registral y no titular registral de ese vehículo.

Si pasado ese año máximo que lo puede tener de baja temporal el concesionario no lo hubiera vendido, deberá poner el vehículo a su nombre, y por tanto darse de alta y pagar dicho impuesto en el Ayuntamiento correspondiente.

Si el vehículo se vendiera antes de transcurrirse ese año, será el nuevo adquiriente el que al transferir el vehículo deberá liquidar ese Impuesto de Circulación.

De todas formas, hay que tener en cuenta que muchas veces el precio de venta pactado por el vehículo puede incluir ya, habiéndose pactado, los impuestos, aunque legalmente el obligado sería el comprador.

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1.207 comments to ¿A quién corresponde abonar el Impuesto municipal de Circulación del Ayuntamiento de un vehículo que se haya vendido?

  • vero

    Vendo un coche esta tarde y me quedo el del comprador como parte del pago, la cuestion es que el lo compro en marzo del 2010 de segundamano tambien y claro el no tiene el impuesto de circulacion, que debo hacer?

  • gaby

    el titular es mi novio y quiere poner el coche a mi nombre y en una gestoria me piden el impuesto de ayuntamiento este papel se le a perdido a mi novio quiero saber donde lo puedo sacar otra vez??? muchas gracias

  • RaimGil

    El 3 de Febrero de 2010 compré un vehiculo de segunda mano a una empresa. La empresa pagó a un su Ayuntamiento el impuesto de circulacion del año 2010 porque así lo habiamos acordado y yo tengo el recibo de su pago. Ahora mi ayuntamiento que es diferente al del vendedor me reclama el pago de impuesto de circulación del 2010. Es corrrecto?
    A que Ayuntamiento se le ha de hacer el pago?.
    Muchas Gracias

    • Buenas tardes

      A fecha 1 de Enero de 2010 ese vehículo estaba a nombre de la empresa, por lo que el Impuesto de municipal de Circulación le correspondía pagarlo legalmente a ellos en su Ayuntamiento correspondiente tal como se hizo.

      Ese impuesto sólo se paga de forma anual y una sola vez, aunque se haya transferido, así que tu ayuntamiento no tiene que reclamarte el pago del año 2010 a ti, porque no te correspondía a ti su abono.

      A ti te corresponderá hacer el pago sólo del 2011 cuando en tu Ayuntamiento correspondiente salga a cobro.

      Aclara todo esto con el Ayuntamiento preséntadole el justificante de pago del 2010 que dispones.

      Ya nos dirás a ver qué te comentan.

      Salu2!

  • oscar alerio m

    hola la pregunta es . vendi un vehiculo en el 2007 endose la factura anombre del que me lo compro . el me dijo que lo daria de baja ante hacienda y darlo de alta a su nombre . lu cuestion es que no lo dio de baja y hasta este momento an trancurrido cuatro tenencias que no ha ppagado. y ahora que yo quise registrar otro vehiculo me dicen que tengo que pagar las tenencias del vehiculo que ya no tengo.
    es correcto que yo tenga que pagar o puedo demandar para que la pertsonana que esta haciendo uso del vehiculo pague

    • Buenas tardes Oscar.

      Si mientras el vehículo no se transfiera (según la legislación española) te seguirán reclamando el Importe de los Impuestos municipales de Circulación a ti.

      Ponte en contacto con el comprador para que raelice los trámites de transferencia en Tráfico, o sino intenta realizar tú mismo la Notificación de Venta del vehículo, para dejar de ser el responsable de él y que dejen de llegarte a ti esos impuestos.

      Puedes ver los requisitos y documentación necesaria para tramitarlo en:

      Problemas venta coche: Notificación de venta o transmisión de vehículo

      El responsabilidad tuya también como vendedor asegurate de que se realice el cambio de titular en su momento, por lo que en lo referente al pago de esos impuestos, te corresponderían abonarlos a ti. No podrías reclamárselos al comprador al menos de forma oficial, aunque sí puedes hablar con él e intentar llegar a un acuerdo a ver qué te comenta.

      Salu2!

  • Fernando

    Tengo un vehiculo dado de alta en un Ayuntamiento pero ahora estoy empadronado en otro, donde me corresponde pagar el impuesto de circulación.

    Saludos

    • Buenas tardes Fernando.

      Te corresponderá pagarlo este año en el domicilio que figure en la base de datos de Tráfico a fecha 1 de Enero de este año.

      Aunque te hayas empadronado tú en otro Ayuntamiento, mientras no modifiques la dirección en Tráfico seguirá llegando a la dirección anterior.

      Acude a modificarla, ya que sino las multas también te llegarán al domicilio antiguo.

      Salu2!

  • jesus granada

    saludos, vendí mi coche el dia 3 de enero , el dia 4 formalizamos loa transferencia de documentacion y traspaso, quedando pendiente el pago del impuesto de circulacion. ¿a quien le corresponderia en este caso ? al comprador que es propietario desde el 04/01/2011. o la vendedor, que a fecha 01/01/2011segui siendo el propietario. gracias de antemano

    • Buenas tardes Jesús.

      Como a fecha 1 de Enero figurabas como titular del vehículo en Tráfico, este año te llegará el pago del Impuesto de circulación a ti.

      Para que este año se lo enviaran al nuevo propietario, habría que haberlo transferido antes de que finalizara el 2010.

      Salu2

  • chuso

    Buenas vendi mi moto a un frances y se llevo la moto y todos los papeles, a la semana siguiente fui a trafico a dar la moto de baja en españa porque la tiene que matricular allí.
    Pues hoy mismo me a llegado una carta suyadiciendome que la targeta de registro es incorrecta y que no puede hacer los papeles, y que si puedo cambiar la targeta gris con el numero correcto en españa. Y no tengo ni idea de lo que me esta pidiendo porque e mirado en google y no sale nada.
    Gracias de antemano y un saludo.-

    • Buenos días Chuso.

      Tendrías que consultarlo directamente en la Jefatura de Tráfico porque no sabemos a que se refiere con «cambiar la tarjeta gris con el número correcto en españa»

      Si has dado la moto de en Tráfico por Baja por tránsito comunitario y se ha llevado la documentación de esta forma con el sello de tráfico no debería tener inconvenientes para matricularlo en Francia.

      Consúltalo con Tráfico a ver qué te comentan.

      Salu2

  • jesus

    Buenas deje un coche en un compraventa en noviembre de 2009, no se cuando se vendio, pero se hizo la transferencia de venta creo que el 17 de enero de 2010, me llego el Impuesto y me pase por la oficina de pago de granada y me dijeron que a esa fecha no tenia ya que pagarlo, ahora en 2011, me viene una hoja con recargo de dicho pago, que debo hacer???

    Saludos

  • Marc

    Hola buenas tardes,

    En Noviembre de 2010 compré un vehículo a un compra-venta. El caso es que en el contrato entre otras cosas, pone lo siguiente:

    El comprador, se hace cargo desde este momento de cuantas responsabilidades puedan contraerse como consecuencia de la propiedad que acepta del vehículo descrito de su tenencia o uso.

    Hasta el mes de febrero no han realizado el cambio de nombre y ahora les reclaman a ellos (o al anterior propietario) el impuesto de circulación de este año 2011, y ahora me reclaman a mi que se lo pague a ellos.

    ¿Puedo negarme a pagarlo ya que ellos tardaron en hacer la transferencia, o debo pagarlo por lo que especifica en el contrato, aún siendo el impuesto de otra población que no es la mía? ¿Me acojo a lo que dice la ley o tiene más peso el contrato de compra-venta?

    Muchas gracias de antemano.

    Saludos

    • Buenos días Marc.

      Si compraste y abonaste el vehículo en Noviembre, y hasta ahora no han realizado los trámite de transferencia (no entendemos muy bien el motivo de ese retraso), legalmente corresponde al titular a Fecha 1 de Enero de 2011 abonar el Impuesto Circulación de este año.

      En el párrafo que nos has citado se referíría a responsabilidades propias de la propiedad del vehículo como que circules con seguro, o las posibles multas que te pongan.

      No se concreta que se refiera al Impuesto de Circulación, por lo que en tu caso pensamos que no tendrías por qué pagarlo, y legalmente no tendrían cómo reclmártelo si no lo quisieras pagar.

      Lo que tenían que haber hecho es la transferencia antes. Encima que no te vengan con eso ahora…

      Salu2!

  • Ruben

    Buenas tardes,
    En 2010 compre un vehículo y no he cambiado de nombre hasta enero de 2011, al hacer el cambio de nombre me dicen en trafico que el impuesto de circulación no esta pagado y que se debería pagar en el ayuntamiento donde estaba empadronado el antiguo dueño que no se nada de el, solo que esta a 300km de mi ciudad.
    Como puedo hacer para pagar yo el del 2011 en mi ciudad?
    Y debería pagar los anteriores impuestos si estuviesen caducados?
    Me comentaron que con tener pagado el impuesto del año presente era suficiente pero me sonó raro.
    Un saludo y muchas gracias

    • Buenos días Rubén.

      Desde Enero de este año ya no es necesario presentar el recibo del Impuesto de Circulación (IVTM) en Tráfico para hacer la Transferencia, salvo que figure en la base de datos de Tráfico que no está abonado como te está ocurriendo a ti.

      – En tu caso como a Fecha 1 de Enero de 2011 figuraba el coche a nombre del anterior titular, el IVTM del 2011 le corresponderá abonarlo al anterior propietario y le llegará a su dirección.

      Así que en este 2011 no te llegará a ti, ni podrás abonarlo en tu dirección..

      – Tendrías que ponerte en contacto con el vendedor para que abone el del 2010. O sino que en Tráfico te notifiquen en qué Ayuntamiento corresponde abonarlo para intentar pagarlo tú, aunque al no ir a tu nombre no estamos seguros de si te lo permitirán..

      – Con que figure como abonado el del 2010 es suficiente para poder transferir, ya que el Impuesto del 2011 aún no ha salido al cobre en la mayoría de los ayuntamientos.. (en algunos emiten los recibos en Sept…)

      Esperamos que te sirva de ayuda y que lo puedas solucionar hablando con el anterior propietario o con su ayuntamiento.

      Ya nos contarás como termina tu caso. Hay muchos usuarios pasando por situaciones parecidas.

      Salu2!

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