Te indicamos la relación de documentos del comprador y vendedor que hay que presentar en Hacienda y Tráfico y los pasos a seguir a la hora de efectuar la compra-venta de un coche entre particulares.
¿Quién debe encargarse de los trámites en la compraventa de un vehículo entre particulares?
Los trámites de cambio de titularidad que detallamos a continuación, salvo que se acuerde otra cosa, correspondería realizarlos al comprador.
En caso de no poder acudir él personalmente, podrá gestionárselo en su lugar otra persona con la autorización necesaria y portando el DNI original del interesado.
El vendedor tendría que limitarse sólo a realizar la Notificación de venta de su vehículo en Tráfico, para quedar exento de responsabilidad y multas ya referentes a su coche vendido transfiera o no el comprador.
Para asegurarse que sobre el vehículo a comprar no pesen multas impagadas, reserva de dominio, procesos de embargo u otras acciones judiciales el comprador debe acudir a Tráfico antes de realizar el pago del coche, a solicitar el Historial del vehículo, donde figurarán esos datos.
¿Qué documentos será necesario presentar?
Será necesario recopilar los documentos siguientes para presentarlos primeramente en Hacienda local y posteriormente en la Jefatura de Tráfico (Solicitar Cita Previa para Tráfico) tal como veremos más adelante:
- Documentación del coche en venta (original y copia de Ficha técnica y Permiso de Circulación).
- El vehículo deberá tener la ITV en vigor (en caso contrario no se emitirá el Nuevo Permiso de Circulación al comprador hasta que la pase).
- DNI (original) del comprador y del vendedor (valdría con presentar fotocopia) eso sí, Vigentes, no valen caducados.
- Los extranjeros residentes en España, deberán presentar el pasaporte acompañado del Número de Identificación de Extranjeros. Las empresas o personas jurídicas deberán aportar la tarjeta de identificación fiscal y DNI del apoderado.
- Copia del Impuesto municipal de Vehículos de Tracción Mecánica del año en vigor (también conocido coloquialmente como el «sello» , el «numerito» o la «viñeta» ). Novedad: desde Enero de 2011 ya no es necesario presentar el recibo del Impuesto de Circulación en los trámites de Tráfico
- Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelo 620). Se podrá adquirir el impreso también en la propia conselleria o delegacion regional pertinente o Hacienda local. Deberá ir firmado por ambas partes, comprador y vendedor.
Descargar las instrucciones a seguir en el modelo 620.
- Declaración de Transmisión de Compraventa de vehículos usados (modelo 430).
Se necesitará presentar 4 copias del mismo.
Deberá ser firmado por comprador y vendedor.
- Contrato de compra-venta. Deberá ser firmado por comprador y vendedor.
- Solicitud de transmisión de vehículo. Deberá ser firmado por comprador y vendedor.
¿Qué pasos hay que seguir?
1º.- Acudir a Hacienda a liquidar el Impuesto de Transmisiones.
Una vez reunida la documentación anterior, será necesario acudir en primer lugar con todo ello a Hacienda a liquidar el Impuesto de transmisiones patrimoniales. (modelos 620 y 430)
Los impresos del modelo 620 y 430 se podrán adquirir también en Hacienda local, comprándolos en los Bancos o Cajas que allí se encuentran.
Si tenemos alguna duda a la hora de rellenar dichos impresos, allí nos la resolverán y nos calcularán el importe a pagar. El pago se podrá efectuar en las propias Entidades Bancarias allí disponibles.
El importe a abonar en Hacienda como pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales es el 4% de la valoración asignada por la Consejería de Hacienda al vehículo en función del modelo y del año de matriculación. Dicha valoración está disponible en tablas para su consulta.
2º.- Acudir a Tráfico a realizar el cambio de Titular.
Una vez reunida toda la documentación indicada anteriormente en el punto de «Documentación necesaria a presentar» , y previamente abonado en Hacienda el Impuesto de Transmisiones patrimoniales, deberá acudir con todo ello a su Jefatura Provincial de Tráfico (pidiendo Cita Previa), y abonar allí mismo la tasa de Transmisión de vehículos (ver Tarifas.)
Hecho esto, Tráfico expedirá el nuevo Permiso de Circulación figurando como titular el coche el comprador y quedarán finalizados los trámites.
Notas:
En el caso de que se trate de la transferencia de un vehículo cuyo titular haya fallecido, habrá que presentar testamento acompañado del certificado de últimas voluntades, o sino declaración de herederos, o sino, documento donde figure la adjudicación del vehículo e impuesto de sucesiones.
Artículos relacionados:
vivo en santander y quisiera saber si hay q pagar el modelo 620 en un ciclomotor de 14 años y cuanto es en en caso de pagar. un saludo gracias
En algunas CC.AA los ciclomotores de más de 10 años están exentos de pago del 620.
Debes consultarlo en tu Delegación de Hacienda correspondiente ya que varía de unas CC.AA.
En cualquier caso, de pagar sería muy poca cantidad.
Salu2
buenas te comento :
vamos a intercambiar los vehiculos con un hombre de madrid yo soy de asturias y no va a haber dinero en el intercambio solo los coches….yo hare los tramites en asturias y el se llevara mi coche a hacer los tramites a madrid ….mi pregunta es : que papeles devo firmar yo y el comprador para quedar los dos tranquilos?….y por otra parte que documentacion me tiene que dejar el a mi y yo a el para que no nos falte nada a la hora de presentar todo lo requerido tanto en trafico como en hacienda??…gracias … si puedes contestarme a mi mail te lo agradeceria. ( sebasurti@hotmail.com)
Buenas
Tenéis que tratar cada coche de forma independiente y preparar para cada uno la documentación detallada en el artículo superior.
Ambos para cada vehículo tenéis que firmar como comprador y vendedor el Modelo 620 y 430 para Hacienda, el contrato de compraventa y la solicitud de transmisión de Tráfico.
Pero bueno, está todo en el artículo superior.
Lo mejore es que cada uno hagáis Notificación de Venta en Tráfico, y luego cada comprador se encargue de realizar los trámites de transmisión de su coche ya en su domicilio por su cuenta.
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/10/25/problemas-venta-coche-notificacion-de-venta-o-transmision-de-vehiculo/
Salu2
Hola me he comprado un coche de segunda mano. Pero el vendedor y el propietario son dos personas distintas. El vendedor me enseñó una autorización y una fotocopia del dni del propietario. Se podra a hacer el tramite de cambio de nombre solo con la autorización o sera necesario un poder notarial. Gracias
Hola
Del vendedor (propietario titular) valdría con presentar fotocopia del DNI (pero siempre que el DNI no esté caducado, fíjate en su fecha de caducidad) sino no valdría. No es necesario poder notarial.
Aparte de esto, el propietario titular debe firmarte los documentos que puedes ver detallados en el artículo superior para que puedas realizar la transferencia en Tráfico (mod 620, impreso de tasa de transferencia, etc..)
Algunos consejos antes de que hagas el pago del vehículo:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/05/10/como-evitar-la-compra-de-vehiculo-embargado-precintado-o-con-reserva-de-dominio/
Salu2 y suerte con la compra.
Hola:
Mi tio y yo somos propietarios de un vehiculo por contrato privado entre los dos aunque es el quien figura en trafico como titular. El hecho es que el coche quiero quedármelo yo únicamente. Podriamos hacer una extinción de condominio a efectos de no tener que pagar ITP, he leído alguna consulta vinculante de hacienda y no niega esa posibilidad.
Un saludo y gracias
Hola
En principio tendríais que hacer los trámites tal cual se indica en el artículo superior.
El contrato de compraventa no sería suficiente para evitar tener que liquidar el Impuesto de transmisiones.. (ese contrato lo podéis firmar en cualquier momento cuando se trata de conocidos..).
En cualquier caso, en Hacienda o en la propia Jefatura de Tráfico os lo confirmarán cuando vayáis a tramitarlo.
Salu2
Hola:
Podriamos incluir justificante de que pagamos la mitad cada uno en el momento de la compra del vehiculo, esto indicaría que el contrato privado esta formalizado desde el momento de la adquisición
Saludos
Hola.
Creemos que igualmente no será suficiente.
Tráfico exige la presentación de Justificante del pago o exención o no sujeción del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales liquidado en la Comunidad Autónoma del adquirente.
y Hacienda con ese justificante no te entregará ni la exención ni la no sujección..
Pero acude a tu Delegación de Hacienda para confirmarlo. De todas formas a Hacienda ibas a tener que ir igualmente, así que no pierdes nada por intentarlo..
Salu2
Hola buenas.
Hola soy edu yo me compre un coche en 2009 y no emos hecho el cambio de nombre pero yo tengo el papel de compra venta rellenado y firmado de ambos pero ahora el hombre a fallecido y mi coche ahora va a su nombre yo podria hacer el cambio de nombre con el papel de compra venta que tengo ?? GRACIAS
Buenas
Es complicado. Tendrás que acudir a Tráfico para que te confirmen si con ese contrato y el resto de la documentación es suficiente (tienes copia del DNI del titular?).
La documentación y trámites habituales de compraventa los puedes ver en el artículo superior.
—
En caso de fallecimiento del titular, lo normal es que exijan que se transfiera al heredero y luego éste a quién quiera, pero al haber contrato de compraventa por medio…te lo tienen que confirmar en Tráfico.
Ya nos contarás..
Salu2
Si la copia de DNI si que tengo pero esta caducado
Estando caducado no tiene validez.. Eso podría ser un problema..
Salu2
mi consulta es: ¿donde hay que pagar el tributo del Impuesto de transmisiones en la CCAA donde esta matriculado el vehículo o en cualquier delegación de hacienda de cualquier CCAA? gracias
Hay que liquidarlo en la Delegación De Hacienda de la provincia donde resida el comprador.
No se puede liquidar en cualquier CC.AA
Salu2
Hola: Vivo en Guipuzcoa me va a comprar mi coche una persona de Mallorca, pero quiere recogerlo un familiar-amigo de Navarra, no tengo muy claro en que orden seguir los tramites y si es necesario hacerlos en Guipuzcoa,Navarra o parte se puede hacer en Mallorca quedando yo exento de responsabilidad (me refiero a posibles multas etcc.. hasta termiar los tramites).
Podeis ayudarme, gracias.
Hola.
Para ti como vendedor es fácil. Lo único que tienes que hacer (una vez que te pague en vehículo) es acudir a Tráfico en tu localidad y realizar la Notificación de Venta.
Cuesta sólo unos 8€ de tasas y realizándolo tal como te indicamos en el enlace siguiente quedas exento de cualquier multa que llegue a partir de ese momento del vehículo y de la responsabilidad de lo que con él suceda.
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/10/25/problemas-venta-coche-notificacion-de-venta-o-transmision-de-vehiculo/
Todo el resto de los trámites de transferencia que puedes ver en el artículo superior corresponde realizarlos al comprador.
Salu2
Gracias por asesorarme,
Por lo que veo en el enlace tengo que mandarle el contrato de compraventa dejando claro el precio kilometros del coche etc al chico de Mallorca y que me lo devuelva firmado.
Necesito su DNI original del comprador o no es necesario?
Este tramite puede hacerlo su amigo que vive en Navarra (haciendo el contrato de compraventa a su nombre)?
Disculpar las molestias pero para mi es un poco complicado.
Gracias
De nada, para eso estamos 😉
Eso es, debe enviarte Contrato de compraventa firmado.
Y guarda el justificante de pago del vehículo.
Pídele también fotocopia de su DNI (debe tenerlo en vigor, no vale para nada caducado)
Con esto y el resto de documentos que figuran en el enlace podrías hacer la Notificación de Venta y quedarte tranquilo.
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/10/25/problemas-venta-coche-notificacion-de-venta-o-transmision-de-vehiculo/
Salu2!