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1 de abril de 2009

Trámites de compra-venta de un vehículo entre particulares

Te indicamos la relación de documentos del comprador y vendedor que hay que presentar en Hacienda y Tráfico y los pasos a seguir a la hora de efectuar la compra-venta de un coche entre particulares.

¿Quién debe encargarse de los trámites en la compraventa de un vehículo entre particulares?

Los trámites de cambio de titularidad que detallamos a continuación, salvo que se acuerde otra cosa, correspondería realizarlos al comprador.

En caso de no poder acudir él personalmente, podrá  gestionárselo en su lugar otra persona con la autorización necesaria y portando el DNI original del interesado.

El vendedor tendría que limitarse sólo a realizar la Notificación de venta de su vehículo en Tráfico, para quedar exento de responsabilidad y multas ya referentes a su coche vendido transfiera o no el comprador.

Para asegurarse que sobre el vehículo a comprar no pesen multas impagadas, reserva de dominio, procesos de embargo u otras acciones judiciales el comprador debe acudir a Tráfico antes de realizar el pago del coche, a solicitar el Historial del vehículo, donde figurarán esos datos.

¿Qué documentos será necesario presentar?

Será necesario recopilar los documentos siguientes para presentarlos primeramente en Hacienda local y posteriormente en la Jefatura de Tráfico (Solicitar Cita Previa para Tráfico) tal como veremos más adelante:

    • Documentación del coche en venta (original y copia de Ficha técnica y Permiso de Circulación).
    • El vehículo deberá tener la ITV en vigor (en caso contrario no se emitirá el Nuevo Permiso de Circulación al comprador hasta que la pase).
    • DNI (original) del comprador y del vendedor (valdría con presentar fotocopia) eso sí, Vigentes, no valen caducados.
    • Los extranjeros residentes en España, deberán presentar el pasaporte acompañado del Número de Identificación de Extranjeros. Las empresas o personas jurídicas deberán aportar la tarjeta de identificación fiscal y DNI del apoderado.
    • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelo 620). Se podrá adquirir el impreso también en la propia conselleria o delegacion regional pertinente o Hacienda local.  Deberá ir firmado por ambas partes, comprador y vendedor.

Descargar las instrucciones a seguir en el modelo 620.

    • Declaración de Transmisión de Compraventa de vehículos usados (modelo 430).

Se necesitará presentar 4 copias del mismo.
Deberá ser firmado por comprador y vendedor.

¿Qué pasos hay que seguir?

1º.- Acudir a Hacienda a liquidar el Impuesto de Transmisiones.

Una vez reunida la documentación anterior, será necesario acudir en primer lugar con todo ello a Hacienda a liquidar el Impuesto de transmisiones patrimoniales. (modelos 620 y 430)

Los impresos del modelo 620 y 430 se podrán adquirir también en Hacienda local, comprándolos en los Bancos o Cajas que allí se encuentran.

Si tenemos alguna duda a la hora de rellenar dichos impresos, allí nos la resolverán y nos calcularán el importe a pagar. El pago se podrá efectuar en las propias Entidades Bancarias allí disponibles.

El importe a abonar en Hacienda como pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales es el 4% de la valoración asignada por la Consejería de Hacienda al vehículo en función del modelo y del año de matriculación. Dicha valoración está disponible en tablas para su consulta.

2º.- Acudir a Tráfico a realizar el cambio de Titular.

Una vez reunida toda la documentación indicada anteriormente en el punto de «Documentación necesaria a presentar» , y previamente abonado en Hacienda el Impuesto de Transmisiones patrimoniales, deberá acudir con todo ello a su Jefatura Provincial de Tráfico (pidiendo Cita Previa), y abonar allí mismo la tasa de Transmisión de vehículos (ver Tarifas.)

Hecho esto, Tráfico expedirá el nuevo Permiso de Circulación figurando como titular el coche el comprador y quedarán finalizados los trámites.

Notas:

En el caso de que se trate de la transferencia de un vehículo cuyo titular haya fallecido, habrá que presentar testamento acompañado del certificado de últimas voluntades, o sino declaración de herederos, o sino, documento donde figure la adjudicación del vehículo e impuesto de sucesiones.

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897 comments to Trámites de compra-venta de un vehículo entre particulares

  • Francisco

    Hola Pilar C.:
    Según las últimas tablas publicadas, los coches con más de doce años están exentos de impuestos, o sea que no tienes que pagar 4% sobre mil. Pero si que tienes que presentar el modelo correspondiente (según la comunidad)con valor cero ante la dgt, y el papeleo es el mismo que está descrito al principio de la página. Por cierto aunque sea valor cero tienes que presentar el impreso a Hacienda o entidad bancaris para que te lo sellen.
    Cualquier duda vuelves a escribir.
    Un saludo.
    Francisco.

    • Pilar C.

      Entonces con que me selle mi Banco el modelo 620 con importe 0, ya está?

    • Uhmm… No estamos totalmente de acuerdo con eso.

      Aunque el vehículo tenga más de 12 años no quedaría exento de pagar el Impuesto Transmisiones Patrimoniales.

      Lo que ocurre es que se aplicará el coeficiente máximo de reducción por antigüedad.

      Pero habrá que pagar igualmente el 4% de Impuestos.

      Pilar dinos si quieres qué modelo exacto es tu coche a ver si te podemos decir más en concreto cuánto te tocaría liquidar.

      Necesitaríamos saber Marca/modelo/motor/potencia/acabado de equipamiento y Año de primera matriculación que aparece en el Permiso de Circulación (ojo, no la fecha de cuando lo comprasteis de ocasión ok)

      De todas formas, el cálculo del importe a liquidar te lo pueden hacer en la porpia Hacienda, así que si tienes dudas o lo llevais a una gestoría o no lo rellenes y que te lo indiquen allí.

      Salu2!

  • Francisco

    Aclaración a la respuesta de antes: Dedepen de la comunidad donde liquides puede ser 0 – 30euros en función de la cilindrada del vehículo. Eso si no lo sabes dinos donde vas a liquidar los impuestos y lo miramos.
    Un saludo.
    Francisco.

    • Pilar C.

      La liquidación se hace en Barcelona. Y el coche es un 1.5 90cv Honda Civic VTEC (1996). Estoy a la espera que me pase el vendedor los datos (fecha matriculación, fabricación , bastidor, etc..) y confeccionar el contrato de compraventa (Yo no sé si debo rellenar el modelo 430 o eso es para las empresas).
      De los documentos que tengo a la espera de rellenar es el modelo que facilita la Jefatura denominada Notificación de transmisiones, el contrato de compraventa (un modelo que saqué de internet) y el modelo 620.
      Asimismo, el 620 lo tenemos que pagar en Hacienda, me imagino que en la oficina más cercana del vendedor, porque yo soy de Gerona (espero no tener que ir a pagar el 620 a gerona) y bajar a Barcelona a Jefatura para hacer el cambio d nombre…

      Espero haberme expresado con claridad, sino es así disculpadme. Y gracias de nuevo.

    • A nosotros también nos sale como a Francisco que a pagar te tocaría unos 30€ aprox de Impuesto Transmisiones.

      Tendrás que rellenar el modelo 430 de compraventa aunque seas particular, y el modelo 620. Esos dos modelos puedes comprarlos en la propia Hacienda cuando vayas. Allí mismo con las copia de los DNI de comprador y vendedor te hacen unas pegatinas con esos datos para pegar en cada hoja.

      De esta formas sólo tendrás que rellenar los datos del coche en el 620 y el cálculo de lo que hay que pagar te lo pueden calcular allí.

      La presentación del modelo 620 y 430, independientemente de que lo pagues en cualquier oficina de sus Entidades Colaboradoras autorizadas, tendrás que presentarlo en Hacienda sin remedio, y de ahí acudir a Tráfico.

      Los trámites de transferencia en Tráfico hay que solicitarlos en la Jefatura de Tráfico del domicilio del interesado o en la Jefatura de matriculación del vehículo.

      La verdad es que para realizar papeleos no ponen demasiadas facilidades..

      Ya nos contarás a ver qué tal te va mañana.

      Salu2 para ti y para Francisco 😉

  • Francisco

    Hola de nuevo:
    Te envío el elink de los tributos de Cataluña yque Dios te coja confesada. Te van a cobrar más tanto por ciento que lo que vas a pagar, el 5% sobre 1030 euros que es lo que dicen que vale el vehículo. No logro entenderlo porque las tablas se acaban a los 12 años, aunque se pueen agarrar al párrafo que dice: «más de doce años», así que siempre se tributaría aunque el coche tuviera mil años. En Aragón por ejemplo pagarías 30 euros, que me parece más normal, ya que ponen un fijo a partir de una fecha y no un cálculo de porcentajes dado que a partir de 12 años me parece una sobrada quecobren.
    http://www.e-tributs.cat/pt/es/Inici/Serveis/
    Ahí tiene los modelos y progrmas de ayudas, así que entre tráfico y hacienda de Cataluña te crujen. Lo siento este es el sistema que hemos heredado, y que si viviera Larra reeditaría el «vuelva usted mañana».
    Otra cosa una vez sacda la liquidación por internet puedes liquidarle en las entidades colaboradoras que e pones en la web.
    Un saludo.
    Francisco.

  • Francisco

    Acabo de flipar. He hecho una simulación del C5 que cpmpré con 5 años y medio y en Cataluña habiendo pasado ya a más de seis años, pagaría casi 50 euros más y en Aragón 40 menos. esto no me parece normal, porque la normativa es del boe BOE-A-2009-20887 y ahí están las tablas, y si la memoria no me falla el ITP es el mismo para toda España, pero si Cataluña no es España……
    No sé me parece que no haré ninguna operación por allí por si acaso.
    Un saludo a todos, y espero que nadie se sienta ofendido por la información que pongo pero es lo que hay.
    Francisco.

  • francis

    hola buenas.. tuve un siniestro con un vehiculo y la compañia de seguros.. me a pedido el precio que me costo el vehiculo… el problema.. es que yo soy compra y venta, este coche.. lo pague en mano a un particular.. estoy exento de pagar el impuesto de transmisiones.. y este señor en trafico lo a declarado con un contrato de compra y venta falso.. por menos dinero..por temas fiscales.. y mi pregunta es.. tendre algun problema con la compañia.. si le entrego el contrato de los 30.000 euros.. aunque este señor en trafico se enseño otro distinto.. gracias de antemano.

    • Hola Francis!

      Qué te ha ocurrido? Entendemos que has tenido un siniestro con tu vehículo y que tu seguro te va a indemnizar como siniestro total, no?

      Tendrías que revisar las condiciones particulares de tu póliza para ver qué te indica como indemnización en este caso (valor de nuevo, valor de tasación ganvam, etc…)

      En el caso de que te indique que te indemnizarán con el valor de nuevo, no tienes que presentar la factura ni el contrato de compraventa de lo que a ti te costó, ya que ahí estarán incluidos descuentos o promociones que ahora no te aplicarán o no estarán vigentes.

      En ese caso lo que tendrás que presentar es un presupuesto de lo que costaría tu coche en estos momentos en un concesionario.
      Acude a un concesionario y solicita una factura proforma del coche más similar al tuyo que se comercialice ahora, incluyendo las opciones que tuvieras aseguradas, y sin que te apliquen promoción.

      Si te corresponde valor de indemnización por tasación pásate por:


      Ayuda valoración GANVAM

      Y si aún te queda alguna consulta, escríbenos y te intentaremos entre todos echarte una mano 😉

      salu2 para ti y para el usuario Francisco 😉
      _____________
      Si te gusta y te parece útil esta web, Vótanos para los Premios bitácoras!

  • Francisco

    Hola Francis:
    si el contrato que tú tienes está firmado por ambas partes no deberías tener ningún problema. De todas formas normalmente las compañías de sguros tiran de tablas para los siniestros totales, y aplican esos baremos para evaluar y pagar. No obstante presenta tu contrato si es válido.
    Un saludo.
    Francisco.

  • daniel

    hola!!, queria ver si vosotros me podiais ayudar, mi seguro quiere ver mi modelo 620 de la compra de un vehiculo mio, sabeis si la aseguradora puede ir a hacienda y pedir el impreso 620 mio sin mi autorización?? es mas pedirlo y verificar el precio que se declaro mi coche cuando lo compre?? muchas gracias un abrazoo!

    • Hola Daniel.

      ¿Qué te ha ocurrido? Para qué te pide ver tu modelo 620? ¿Has tenido algún siniestro total y te tienen que indemnizar?
      La verdad es que con decir que no lo tienes es suficiente. Dudamos que Hacienda lo pueda facilitar así sin más. Creemos que eso sería incumplir la Ley de protección de datos en este caso.

      El modelo 620 se utiliza para el pago del Impuesto de transmisiones Patrimoniales en la compraventa de vehículos de ocasión.

      Ya nos contarás a ver qué te ha sucedido, para ver para qué necesitan ese dato..

      Salu2!

  • jaime godar

    HOLA A TODOS,QUIERO VENDER EL COCHE DE MI HIJO Y VA A NOMBRE DE EL,EL VIVE EN SORIA Y TODOS LOS PAPELES ESTAN A SU NOMBRE,ACTUALMENTE EL POR TRABAJO ESTA EN ITALIA.
    HA SALIDO UN COMPRADOR Y NO TIENE TIEMPO DE IR A TRAFICO
    Y ME COMENTA DE HACER UN CONTRATO DE COMPRA-VENTA PARTICULAR,SIMPLEMENTE TENGO LA COPA DE MI HIJO DEL DNI,
    CON ESTO VALDRIA PARA HACER LA VENTA,ES SERIO Y ME DA EL DINERO POR DELANTE,O ESTARIA OBLIGADO A IR A TRAFICO PARA PEDIR ALGUN DOCUMENTO ESPECIAL,GRACIAS A TODOS …
    SPERO RESPUESTAS.

    • Francisco en el comentario siguiente te ha indicado muy bien ya todo, y es cierto que sin el DNI original de tu hijo y una autorización expresa escrita de él, no podréis realizar la transferencia en Tráfico.

      Pódeis lLegar a un acuerdo con el comprador: Que os entregue una señal de compromiso si es que el coche le interesa, y que vuestro hijo os envíe su DNI y autorización para realizar los trámites en Tráfico.

      CONSEJO:
      Si entregáis el coche habiendo firmado sólo un contrato de compraventa, y sin ir a Tráfico, el comprador se llevará el coche y en muchos casos luego es muy difícil hacer que luego lo transfiera..
      Y mientras el coche no se transfiera, la responsabilidad de que circule sin seguro, sin ITV, multas de radar, o de lo que pueda suceder, seguiría recayendo sobre vuestro hijo al seguir siendo éste el titular..

      Es muy importante realizar los trámites bien de cambio de titular en TRáfico, y evitar todos estos problemas futuros…

      Salu2!

  • Francisco

    Hola Jaime:
    La documentación necesaria para hacer la transmisión del vehículo detu hijo lo tienes descrito arriba o en este link
    http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/oficina_virtual/vehiculos/cambio_titularidad/04_Cambio_de_Titularidad_del_Vehiculo.pdf

    El contrato de compraventa es necesario por dos motivos, para no tener ningún problema posterior y guardarlo bajo cuatro llaves, y porque en tráfico te lo piden para verlo.
    Otra cosa para hacer tú los trámites necesitas el DNI original de tu hijo, ya que así lo ordena tráfico.
    Por lo demás los papeles los bajas del enlace que son gratuitos y podeis firmarlos la dos partes. Quizás sería interesante para que la DGT, y dadas las circunstancias especiales de que tu hijo esté en Italia, seían que te otorgara poderes especiales y concretos para esta operación.
    Un saludo.
    Francisco.

  • Jose

    Hola a todos,
    he llegado a un acuerdo con un comprador para la venta de un vehiculo usado y me tengo que hacer cargo del papeleo.Y estoy un poco pez.Respecto al pago de las tasas,mi coche al ser del 98 y no estar en las tablas.No sé por cuanto tendría que tributar.Ya sé que es el 4% pero que sucede si pongo que la venta es por 100Euros en vez de 1000?

    Ya sé que se hace cargo el comprador con la obligación de pagar el traspaso,pero hemos acordado que yo me haría cargo.Entonces que me recomiendan porque él no puede ir ya que trabaja,que primero me firme el contrato de compraventa y darle copia pero que me pagué en ese momento.Y no entregarle el coche hasta que haya ido a trafico y a pagar a hacienda? Gracias

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