¿Qué es el borrador?
El borrador es una Declaración de la Renta provisional elaborada por Hacienda a petición del contribuyente.
¿Cómo se puede solicitar el borrador?
Se puede solicitar el borrador cada año marcando la casilla 110 de la Declaración de Hacienda o simplemente confirmando un borrador, automáticamente nos enviarán el borrador al año siguiente. O sino, de las siguientes formas:
- Por Internet www.agenciatributaria.es
- Por teléfono en el 901 12 12 24 SERVICIO AUTOMÁTICO (24 horas).
- Por teléfono en el 901 200 345 RENTA ASISTENCIA (lunes a viernes, de 9 a 21 horas).
- Personalmente en las oficinas de la Agencia Tributaria.
Plazo solicitud: Desde el 2 de marzo hasta el 23 de junio de 2009.
Para que nos envíen el borrador se han de cumplir ciertas condiciones que detallaremos a continuación, en caso contrario nos remitirán sólo los datos fiscales. En los casos de haber solicitado el borrador vía Internet, o estár suscrito a los servicios de alerta o abonado a la notificación telemática, el borrador no se remitirá vía correo y sólo se podrá consultar a través de la WEB de la agencia tributaria.
¿Qué condiciones he de cumplir para recibir el borrador?
Sólo pueden recibir el borrador las personas que reciban rentas exclusivamente del siguiente tipo:
- Rendimientos del trabajo.
- Rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención o ingreso a cuenta.
- Derivados de letras del Tesoro.
- Imputaciones de rentas inmobiliarias que procedan como máximo de 2 inmuebles.
- Ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta.
- Subvenciones para la adquisición de la vivienda habitual.
Una vez recibido el borrador, el contribuyente puede confirmarlo en el caso de estar de acuerdo o simplemente hace caso omiso del mismo y presentar la declaración normal.
¿Qué pasa si el borrador está mal?
Es importante destacar que el borrador no es vinculante, es decir, que aunque esté elaborado por Hacienda no exime al contribuyente de los errores que pueda haber en la misma. En el caso de encontrar algún error o falta de datos, puede solicitar una rectificación pero si es para añadir alguna renta que no esté incluido en la lista de condiciones, el contribuyente tendrá que presentar la declaración normal.
He solicitado el borrador, pero no recibo el borrador, ¿no debo de declarar?
Si tienes obligación de declarar, sí que tendrá que hacerlo. Hacienda tiene la obligación de enviarle el borrador, pero por determinadas razones, puede que no le llegue.
¿En qué puntos hemos de tener más cuidado?
Hacienda suele omitir las deducciones por inversión en vivienda habitual y alguna que otras deducciones autonómicas e igualmente suele delimitar mal la titularidad y porcentaje de participación de las cuentas compartidas.
yo tengo un prestamo hipotecario compartido con mis npadres aunque el piso en el registro esta solo a mi nombre hacienda solo me devuelve el 33 por ciento mis padres no hacen ndeclaracion son pensionistas y en realidad yo pago el prestamo sola hay alguna manera de que hacienda me devuelva el 100 pr ciento un saludo gracias
Sólo si eres capaz de demostrar que el pago de la hipoteca lo haces únicamente tú y que tus padres están dentro de la hipoteca con el único fin de que te concedieran la hipoteca.
Salu2
ME GUSTARIA SABER DESDE CUANDO EMPIEZA EL PLAZO PARA LA DECLARACIÓN DE LA RENTA DEL EJERCICIO 2009,HASTA CUANDO ES INCLUSIVE LOS PLAZOS PARA LOS BORRADORES UNA VEZ SE HAN RECIBIDO
Hemos publicado el calendario fiscal para este año en relativo a la declaración del IRPF:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/02/02/calendario-de-la-renta-2009/
Salu2
Les explico mi caso hasta el dia de hoy he estado trabajando en Navarra y tengo una cuenta vivienda que abri en el año 2004 y ahora me fui a trabajar a Madrid, en Navarra tengo hasta 8 o 9 años para ahorrar en la cuenta vivienda, ahora no estoy seguro pero claro al irme para Madrid a trabajar ya se me pasan el tiempo de los 4 años me gustaria saber si puedo seguir haciendo la declaracion de la renta por Navarra y asi arovechar el tope de los 8 o 9 años para seguir ahorrando o si me tengo que comprar ya una casa a la fuerza para no perder las ayudas que me han dado de la cuenta vivienda.
Y otra cosa si por ejemplo tengo 30000 euros ahorrados y doy para la reserva del piso 20.000 euros con los otros diez mil que me sobran hasta que haga la hipoteca dentro de dos o tres años no tendre problemas con hacienda, gracias.
Un saludo y ayudais un monton a gente como Yo.
Las condiciones de las deducciones aplicables depende de tu domicilio fiscal.
Si haces un contrato de compra venta, y entregas dinero al promotor, dispondrás automáticamente de 4 años adicionales hasta la escritura pública de la vivienda.
Salu2.
TEnía un piso de soltero. Al casarme vendí el 50% del piso a mi mujer, la cual lo compró con el beneficio que ella había obtenido con la venta de su piso de soltera. Casualmente el valor de lo que yo vendí (el 50%) coincidía con el beneficio que ella obtuvo. Ahora hacienda me dice que el piso donde vivimos (el que era mío de soltero) sigue siendo mío en un 75% y de ella en un 25% porque estamos casados en régimen de gananciales. ¿Me pueden imputar incremento de patrimonio?. ¿No se consideraría bien privativo de ella y no bien ganancial?.
Por favor, haz preguntas relativas al artículo, en cualquier otro caso hay que hacerlo en el Foro: http://foro.preguntasfrecuentes.net si quieren recibir una respuesta.
Salu2.
HOLA quiero saber si tengo derecho para recibir algunos dinero del IRPF del 2009 si no he trabajado,he recibido solo la prestacion del paro hasta agosto de 2009 y despues la PRODI,soy casado y mi esposa no ha tenido ningun tipo de ingreso en el 2009,no tenemos ijos.Espero una respuesta.GRACIAS
Es posible y dependiendo de las retenciones que le haya practicado INEM.
Solicíta el borrador a partir del 5 de Abril y compruebe si le sale a pagar o a devolver.
En caso de salir a devolver, confirmelo, en caso contrario no haga nada, ya que está exento de realizar la declaración.
Salu2.
hola me gustaria saber si tengo que hacer la declaracion del 2009 ya q no he trabajado en ese año , solo he estado cobrando la ayuda familiar pq tengo una niña de 18 meses y soy madre soltera, gracias.
Lease el artículo referente a este tema:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/03/16/%C2%BFquien-tiene-que-hacer-la-declaracion-de-la-renta-del-2009/
Y en caso de duda, pregunta en ese artículo.
Este web dispone de un buscador en la parte superior derecho, cuando quieran saber algo de un determinado tema, por favor, primero intentelo buscar.
Igualmente agradecemos que se haga las preguntas acorde al tema que se está tratando y en caso de no econtrar, hágalo en el foro: http://foro.preguntasfrecuentes.net
donde lo puedo mirar si he solicitado el borrador?esque al pedirlo por internet me ponia errores y no me salia. meti el numero de referencia , mi carnet , mi apellido y me salia con errores asi k he llamado por telefono y me han dicho que ya lo habia pedido pero ya no estoy segura. aora donde puedo mirar?recuerdo que el año pasado me meti en alguna pag y me lo ponia que ya estaba solicitado. el año pasado fue la primera vez que lo solicite.
Puede consultar el estado de su borrador y/o modificarlo en:
– https://www2.agenciatributaria.gob.es/es13/d/daboe03h.htm
Salu2.
Hola tengo una pregunta, me han venido los borradores mio y de mi mujer, ahi viene el «error» nos casamos en junio del 2009 y en el estado civil a ambos nos pone que somos solteros, la declaracion la hacemos por separado y ahi vienen mis preguntas, pasa algo por que ponga que estamos solteros? en el caso de demostrar que nos casamos nos devolverian aun mas? podemos seguir haciendola por separado?
espero la respuesta, muchisimas gracias.
salu2.
Si hacéis la declaración individual no influye el estado civil sobre el resultado de la declaración.
De todas formas, conviene rectificarlo para que figure la información correcta en hacienda.
Salu2.
Hola
compre una casa vpo en 2005 por 108000 euros y la vendi por 122000 en 2009,(precio maximo autorizado) tambien he devuelto las suvenciones mas intereses:28000 euros. mi pregunta es si las suvenciones devueltas las puedo incluir como gastos(aumentando los gastos de compra) y en que casilla deberia registrar las perdidas.
Gracias
¿Esas subvenciones de qué tipo son? Porque si son ayudas directas a la compra, el precio de compra fue el que fue: 108.000€ y las ayudas aumenta el precio de la compra.
En cambio si has tenido una hipoteca, te has podido deducir por vivienda habitual y como lo has tenido más de 3 años, no tienes que devolver las deducciones practicadas.
Salu2.