¿Qué es el borrador?
El borrador es una Declaración de la Renta provisional elaborada por Hacienda a petición del contribuyente.
¿Cómo se puede solicitar el borrador?
Se puede solicitar el borrador cada año marcando la casilla 110 de la Declaración de Hacienda o simplemente confirmando un borrador, automáticamente nos enviarán el borrador al año siguiente. O sino, de las siguientes formas:
- Por Internet www.agenciatributaria.es
- Por teléfono en el 901 12 12 24 SERVICIO AUTOMÁTICO (24 horas).
- Por teléfono en el 901 200 345 RENTA ASISTENCIA (lunes a viernes, de 9 a 21 horas).
- Personalmente en las oficinas de la Agencia Tributaria.
Plazo solicitud: Desde el 2 de marzo hasta el 23 de junio de 2009.
Para que nos envíen el borrador se han de cumplir ciertas condiciones que detallaremos a continuación, en caso contrario nos remitirán sólo los datos fiscales. En los casos de haber solicitado el borrador vía Internet, o estár suscrito a los servicios de alerta o abonado a la notificación telemática, el borrador no se remitirá vía correo y sólo se podrá consultar a través de la WEB de la agencia tributaria.
¿Qué condiciones he de cumplir para recibir el borrador?
Sólo pueden recibir el borrador las personas que reciban rentas exclusivamente del siguiente tipo:
- Rendimientos del trabajo.
- Rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención o ingreso a cuenta.
- Derivados de letras del Tesoro.
- Imputaciones de rentas inmobiliarias que procedan como máximo de 2 inmuebles.
- Ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta.
- Subvenciones para la adquisición de la vivienda habitual.
Una vez recibido el borrador, el contribuyente puede confirmarlo en el caso de estar de acuerdo o simplemente hace caso omiso del mismo y presentar la declaración normal.
¿Qué pasa si el borrador está mal?
Es importante destacar que el borrador no es vinculante, es decir, que aunque esté elaborado por Hacienda no exime al contribuyente de los errores que pueda haber en la misma. En el caso de encontrar algún error o falta de datos, puede solicitar una rectificación pero si es para añadir alguna renta que no esté incluido en la lista de condiciones, el contribuyente tendrá que presentar la declaración normal.
He solicitado el borrador, pero no recibo el borrador, ¿no debo de declarar?
Si tienes obligación de declarar, sí que tendrá que hacerlo. Hacienda tiene la obligación de enviarle el borrador, pero por determinadas razones, puede que no le llegue.
¿En qué puntos hemos de tener más cuidado?
Hacienda suele omitir las deducciones por inversión en vivienda habitual y alguna que otras deducciones autonómicas e igualmente suele delimitar mal la titularidad y porcentaje de participación de las cuentas compartidas.
Hola, he recibido el borrador y me aparecen los siguientes datos:
Retribuciones dinerarias: 13.492
Total ingresos íntegros computables: 13.492
Cotización Seg Social, mutualidad, funcionarios, etc: 830
Total gastos deducibles: 830
Rendimiento neto: 12.662
Reducción general de rendimientos del trabajo: 2.861
Rendimiento neto reducido: 9.801.
Y luego: Resultado de la declaración: 524.99
¿Por qué me sale pagar tanto?, ¿es posible bajar la cuantía de alguna manera?, ¿por qué no me aparece devolución?.
Gracias por vuestra ayuda.
De entre los datos que has puesto, no incluyes las RETENCIONES DEL IRPF.
La declaración sale a pagar o a devolver en función de lo que te han retenido a lo largo del año y si dispones de algún tipo de deducción.
Hola que tal?, bueno tengo una pregunta, ojalá alguien me pueda contestar.
He confirmado el borrador y hoy me ingresaron el dinero pero, les falta 500€ más o menos de lo que pone la casilla 770. Nada má y desde ya muchas gracias
Entiendo que en la casilla 770 pone una cantidad a devolver y te han ingresado en cuenta una cantidad inferior. En tal caso, hacienda ha cometido un error y debes de ponerte en contacto con ellos para a ver cómo se soluciona este problema, desconozco los trámites que debes de seguir.
Salu2
ahora recibo el borrador por correo. Qué tengo que hacer para recibirlo por la web?
No tienes que hacer nada, con el número de justificante del borrador puedes acceder vía web al borrador.
Salu2.
hola me ha salido a devolver 2300 euros en cuantos plazos se podria devolver en mi caso estoy en el paro y con un niño
Si te ha salido a devolver, hacienda te hará un pago único de esa cantidad. Desde el momento que presentes la devolución, hacienda te lo puede pagar y disponen de hasta el 30 de diciembre de plazo para hacerlo, aunque generalmente suele pagarlo rapidamente.
Salu2.
perdon no me explicado bien me sale a pagar esa cantidad y estoy en el paro y no se si lo puedo pagar en varias veces
Si, puedes realizar el pago fraccionado de 2 veces, una a la entrega de la declaración (dispones de hasta el 20 de junio para hacerlo) y la otra te lo pasan el 5 de noviembre. Si necesitas más tiempo, habría posibilidad de que hacienda te lo financie. Leete las preguntas frecuentes sobre el aplazamiento de pago de impuestos.
Salu2.
Vale, he incluído ahora las retenciones… (es que no venían en el mismo folio)
Retribuciones dinerarias: 13.492
Total ingresos íntegros computables: 13.492
Cotización Seg Social, mutualidad, funcionarios, etc: 830
Total gastos deducibles: 830
Rendimiento neto: 12.662
Reducción general de rendimientos del trabajo: 2.861
Rendimiento neto reducido: 9.801.
Y luego: Resultado de la declaración: 524.99
Con respecto a las retenciones, me vinieron en un folio aparte y aparecen de la siguiente manera: (tengo dos trabajos)
Empresa xxxxx Retribuciones dinerarias: 11.026,39, Retenciones: 137,05, Gastos ded.: 682,80
Empresa yyyyy Retribuciones dinerarias: 2.466,59, Retenciones: 49,33, Gastos ded.: 147,90
¿Es esto normal?
No vemos nada anormal en esos números.
Salu2
hola, no se si me devuelven, me podriais ayudar?, por favor. me he casado y me he cambiado de domicilio.
-retribuciones dinerarias:7350,40
en especies: 1480,76
Retenciones: 101,00
ing.a cta.: 14,66
Gastos deducibles: 1466,10
-Retenciones de cuentas 0,24
-regimen de cotizacion: 0521 reg.esp. trabajadores autonomos importe cotizado: 2931,38
-Hipoteca intereses 3473,16 capital amortizado 1410,90
valor catastral 30188,48.
me cambie de domicilio en 2006, y en la renta me pone que vivo en casa de mis padres(el año pasado tb me lo puso pero no lo rectifique), y que estoy soltero, y en abril 2008 me casé,28 años alguien podria decirme si me devuelven algo y si es asi la cuantia.
gracias con antelación, Roberto.
Lo más fácil y cómodo es solicitar el borrador de hacienda, que te dirá si te devuelven o no.
Salu2.
Hola buenos dias me gustaria saber , que yo estoy empadronado en navarra y hago la declaracion de la renta en navarra, si el internet que me di de alta el año pasado tambien lo puedo desgravar de la renta, gracias por todo y saludos.
No, las desgravaciones del ADSL es sólo para la comunidad de Galicia.
Salu2
hola!!, me gustaria saber si desde la pagina de la agencia tributaria,en la modificación del borrador, puedo cambiar la dirección de mi vivienda y si tambien puedo cambiar mi estado civil?, gracias, es facil??
gracias y salu2.
Creo recordar que sí, pero puede que te pidan la firma electrónica.
Salu2.
hola! hace una semana que un asesor me hizo la declaracion de la renta via internet, mi duda es si hace falta confirmarlo y llevarlo al banco o directamente hacen la transferencia, y si es asi, cuanto suele tardar?? gracias
No tienes que hacer nada, tu asesor ya ha entregado tu declaración vía internet por tí, si quieres puedes pedirle la copia de tu declaración para tenerlo.
Si la declaración te sale a devolver, hacienda dispone de hasta el 30 de Diciembre para realizar el pago, aunque generalmente lo pagan en poco tiempo, de hecho ya se ha realizado devoluciones.
Salu2.