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30 de marzo de 2009

Borrador de la Declaración de la Renta

¿Qué es el borrador?

El borrador es una Declaración de la Renta provisional elaborada por Hacienda a petición del contribuyente.

¿Cómo se puede solicitar el borrador?

Se puede solicitar el borrador cada año marcando la casilla 110 de la Declaración de Hacienda o simplemente confirmando un borrador, automáticamente nos enviarán el borrador al año siguiente. O sino, de las siguientes formas:

  • Por Internet www.agenciatributaria.es
  • Por teléfono en el 901 12 12 24   SERVICIO AUTOMÁTICO (24 horas).
  • Por teléfono en el 901 200 345   RENTA ASISTENCIA (lunes a viernes, de 9 a 21 horas).
  • Personalmente en las oficinas de la Agencia Tributaria.

Plazo solicitud:  Desde el 2 de marzo hasta el 23 de junio de 2009.

Para que nos envíen el borrador se han de cumplir ciertas condiciones que detallaremos a continuación, en caso contrario nos remitirán sólo los datos fiscales. En los casos de haber solicitado el borrador vía Internet, o estár suscrito a los servicios de alerta o abonado a la notificación telemática, el borrador no se remitirá vía correo y sólo se podrá consultar a través de la WEB de la agencia tributaria.

¿Qué condiciones he de cumplir para recibir el borrador?

Sólo pueden recibir el borrador las personas que reciban rentas exclusivamente del siguiente tipo:

  • Rendimientos del trabajo.
  • Rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención o ingreso a cuenta.
  • Derivados de letras del Tesoro.
  • Imputaciones de rentas inmobiliarias que procedan como máximo de 2 inmuebles.
  • Ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta.
  • Subvenciones para la adquisición de la vivienda habitual.

Una vez recibido el borrador, el contribuyente puede confirmarlo en el caso de estar de acuerdo o simplemente hace caso omiso del mismo y presentar la declaración normal.

¿Qué pasa si el borrador está mal?

Es importante destacar que el borrador no es vinculante, es decir, que aunque esté elaborado por Hacienda no exime al contribuyente de los errores que pueda haber en la misma. En el caso de encontrar algún error o falta de datos, puede solicitar una rectificación pero si es para añadir alguna renta que no esté incluido en la lista de condiciones, el contribuyente tendrá que presentar la declaración normal.

He solicitado el borrador, pero no recibo el borrador, ¿no debo de declarar?

Si tienes obligación de declarar, sí que tendrá que hacerlo. Hacienda tiene la obligación de enviarle el borrador, pero por determinadas razones, puede que no le llegue.

¿En qué puntos hemos de tener más cuidado?

Hacienda suele omitir las deducciones por inversión en vivienda habitual y alguna que otras deducciones autonómicas e igualmente suele delimitar mal la titularidad y porcentaje de participación de las cuentas compartidas.

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322 comments to Borrador de la Declaración de la Renta

  • Tina

    Hola,
    Durante cuatro años tuve un fondo de inversión, cuya rentabilidad fue penosa, por cierto; decidí cancelarlo y me retuvieron una cantidad de dinero que en el borrador de la declaración realizado por Hacienda no aparece. ¿Cómo puede recuperar la retención practicada?, ¿por qué se me retuvo esa cantidad cuándo apenas obtuve beneficio alguno?.Gracias, un saludo.

    • Los fondos de inversión tributan al 18% sobre las ganancias obtenidas, y el banco te lo retiene en el momento de la recuperación de los fondos. En principio, ese dinero no te lo van a devolver salvo que tengas derecho a deducciones inversión en vivienda habitual u otros tipos de deducciones.

      En cuanto a que no figura en el borrador, eso de debe a que Hacienda ha cometido un error en tu borrador y deberás de rectificarlo para posteriormente confirmarlo.

      Salu2

  • Ignacio

    Tengo un prèstamo online con mi banco de 3000€.
    El capital amortizado en 2008 de este prèstamo es de 1.052,22 y los intereses 199,95.
    Ademàs tengo un prèstamo hipotecario y mis ingresos mensuales son de 1.627 con 14 pagas.
    El año pasado me devolvieron unos 1.500€,(sin tener el prestamo aùn).
    Mi pregunta es : Variarà mi devoluciòn mucho con el prèstamo que tengo? Que pasarìa si no presento mi prèstamo para la declaraciòn?

    • Supongo que te refieres a que tienes un préstamo personal con un banco online. Estos tipos de préstamos no influye para nada en la declaración de la renta, puesto que no tienes derecho a deducción ni tienes que pagar impuesto por el mismo, y por lo tanto no hay que poner nada en la declaración de la renta.

      Las desgravaciones que te corresponde de la vivienda habitual será el 15% de las cuotas pagadas de la hipoteca (sumando la parte de capital e intereses). Además si el banco te ha obligado a contratar algún tipo de seguro, también lo puedes desgravar.

      Salu2.

  • javito

    He confirmado el borrador por telefono, al final me dan un código de activación. Ese código para que es??? Está todo listo ya?

    Anteriormente lo había modificado pq no me incluyeron la cuenta ahorro vivienda, yo di una fecha de apertura pero me llegó el borrador modficado y la fecha no aparece para comprobar si lo ha anotado correctamente…está bien la cantidad pero no veo la fecha…

    • El código que te devuelven es el código del trámite de confirmación del borrador de la renta, que te sirve para justificar que has presentado ya tu declaración correspondiente al ejercicio 2008.

      La fecha de apertura de la cuenta vivienda en caso de hacer la declaración hay que especificarlo en el Anexo A del programa Padre, y en el caso de haber solicitado el borrador, la fecha debe de figurar entre los datos fiscales, al menos eso es lo que recuerdo.

      De todas formas, puedes consultar en la página web de la Agencia Tributaria ( https://www5.aeat.es/es13/s/dabodaboa03w ) con tu NIF y el Nº de referencia del borrador.

      Salu2.

  • LAURA

    hola, resulta que en mi trabajo este año pasado solo me han retenido un 2%, y aparte estoy pagando mi piso, pero al corregir el borrador el del banco me dice que no sirve de nada meter el piso porque no me van a devolver mas de lo que me han retenido por el trabajo, que ha sido muy poco, esto es asi?

    • Efectivamente, las deducciones son rebaja de la carga tributaria, es decir, como un descuento de lo que tienes que pagar a hacienda. Como tu tienes que pagar poco (te ha retenido poco), cuando hagas la declaración, la devolución también es poca. Como mucho, lo que hayas pagado.

      De todas formas aunque te devuelvan poco, tienes que incluir los datos del piso.

      Salu2

  • Ivan

    Hola buenos dias, me gustaria que debo hacer porque yo estoy trabajando en Navarra y en las cuentas de los bancos y en los depositos me siguen reteniendo el 18% en vez del 15% que seria lo suyo, ya me hice el cambio de domicilio fiscal en hacienda y nada,¿al hacer la declaracion de la renta puedo exigir que me devuelvan ese 3% que me han retenido de mas durante el 2008?, muchas gracias por la atencion prestada.

    • Si tienes la residencia en Navarra los impuesto que has de pagar por el rendimiento de Capital Inmobiliario es del 15%. Si en el caso de habertelo retenido el 18%, en la declaración de la renta te lo tienen de devolver.

      Salu2.

  • Juan Diego

    En el ejercicio 2008 tenia hipoteca y domicilio fiscal en Andalucia.
    Desde Enero vivo en la Comunidad Valenciana, y en Enero también vendí mi casa de Andalucia (aunque esto será para la próxima declaración)
    La pregunta es, ¿qué domicilio debo poner en la declaración? Me han puesto en el borrador el de Andalucia, pero ya no vivo alli, por lo que no sé si el impuesto autonómico aplicable es correcto. Pero por otro lado, si en la declaración del ejercicio 2008 pongo como domicilio uno diferente del de la hipoteca, perderé la deducción?, porque en 2008 sí que era ese mi domicilio habitual. Espero haberme explicado.

    • El domicilio fiscal tuyo en 2008 fue el de Andalucía, y te debes de practicas todas las deducciones autonómicas de Andalucía.

      Salu2

  • jose

    modificamos el borrador el 13 de abril.alguien me puede decir cuando nos harían la devolución.

  • paco

    he solicitado el borrador hace mas de un mes y no me ha llegado ¿qué hago?

    • Hacienda puede enviar los borradores hasta el mes de Junio, pero si sigue demorando puedes llamar a hacienda para ver qué ocurre con su tramitación.

      Salu2

  • Andrés

    Hola.
    Dos preguntas:
    1. Este año quiero cambiar el domicilio fiscal que aparece en mi declaración (borrador). He pedido cita en la agencia tributaria para realizar la declaración. ¿Que documentación debo presentar para acreditar el cambio de domicilio o vivienda habitual?. Por si sirve de algo el cambio lo realizo de casa de mis padres a casa de una hermana a la que no pago ningún tipo de alquiler.

    2. Mi novia tiene una cuenta ahorro vivienda. No llega al mínimo exigible para realizar la declaración (gana unos 10.000 euros brutos/año). Solo la retienen el 2%. ¿Merece la pena que realice la declaración para desgrabar dicha cuenta?, ya que no se si con esa retención la devolverían algo.

    Gracias.

    • 1. Creo que no es necesario ningún documento para cambiar de domicilio fiscal. De hecho creo que lo puede realizar directamente a través de internet, o corrigiendo el borrador o presentando la declaración de hacienda.

      2. Seguramente si presenta la declaración le devolverá ese 2%, que será nos 200€ según los datos que has facilitado, merece la pena, eso lo debes de dar valor ella.

      Salu2

  • miguel

    me han enviado el borrador de hacienda y esta todo bien ¿ que debo hacer ahora para darle el ok?
    y que me lo vallan gestionando

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