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30 de marzo de 2009

Borrador de la Declaración de la Renta

¿Qué es el borrador?

El borrador es una Declaración de la Renta provisional elaborada por Hacienda a petición del contribuyente.

¿Cómo se puede solicitar el borrador?

Se puede solicitar el borrador cada año marcando la casilla 110 de la Declaración de Hacienda o simplemente confirmando un borrador, automáticamente nos enviarán el borrador al año siguiente. O sino, de las siguientes formas:

  • Por Internet www.agenciatributaria.es
  • Por teléfono en el 901 12 12 24   SERVICIO AUTOMÁTICO (24 horas).
  • Por teléfono en el 901 200 345   RENTA ASISTENCIA (lunes a viernes, de 9 a 21 horas).
  • Personalmente en las oficinas de la Agencia Tributaria.

Plazo solicitud:  Desde el 2 de marzo hasta el 23 de junio de 2009.

Para que nos envíen el borrador se han de cumplir ciertas condiciones que detallaremos a continuación, en caso contrario nos remitirán sólo los datos fiscales. En los casos de haber solicitado el borrador vía Internet, o estár suscrito a los servicios de alerta o abonado a la notificación telemática, el borrador no se remitirá vía correo y sólo se podrá consultar a través de la WEB de la agencia tributaria.

¿Qué condiciones he de cumplir para recibir el borrador?

Sólo pueden recibir el borrador las personas que reciban rentas exclusivamente del siguiente tipo:

  • Rendimientos del trabajo.
  • Rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención o ingreso a cuenta.
  • Derivados de letras del Tesoro.
  • Imputaciones de rentas inmobiliarias que procedan como máximo de 2 inmuebles.
  • Ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta.
  • Subvenciones para la adquisición de la vivienda habitual.

Una vez recibido el borrador, el contribuyente puede confirmarlo en el caso de estar de acuerdo o simplemente hace caso omiso del mismo y presentar la declaración normal.

¿Qué pasa si el borrador está mal?

Es importante destacar que el borrador no es vinculante, es decir, que aunque esté elaborado por Hacienda no exime al contribuyente de los errores que pueda haber en la misma. En el caso de encontrar algún error o falta de datos, puede solicitar una rectificación pero si es para añadir alguna renta que no esté incluido en la lista de condiciones, el contribuyente tendrá que presentar la declaración normal.

He solicitado el borrador, pero no recibo el borrador, ¿no debo de declarar?

Si tienes obligación de declarar, sí que tendrá que hacerlo. Hacienda tiene la obligación de enviarle el borrador, pero por determinadas razones, puede que no le llegue.

¿En qué puntos hemos de tener más cuidado?

Hacienda suele omitir las deducciones por inversión en vivienda habitual y alguna que otras deducciones autonómicas e igualmente suele delimitar mal la titularidad y porcentaje de participación de las cuentas compartidas.

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322 comments to Borrador de la Declaración de la Renta

  • inma

    gracias ya lo tengo en mi cuenta…

  • inma

    quisiera pregunta una cosita….mi ex-marido tiene algo que debe hacienda de otros años y yo por entonces aun estaba casada eso como se puede averiguar antes que me pille el toro…

  • BEATRIZ

    ME ENCANTA QUE LA GENTE QUE TENGA DUDAS PUEDA RESOLVERLAS MEDIANTE UN FORO . EN FIN ES UNA FORMA DE DESAHOGARTE

  • BBR

    Su declaración ha sido grabada y se esta tramitando en su delegación. el mensaje lleva una semana cuanto tardaran en devolver. Gracias. Un saludo.

  • elvi

    quisiera saber,yo trabaje el año pasado hasta el 7 de marzo y luego el paro y prodi. cuanto es el tope de dos empresas.para hacer la declaracion de hacienda.
    ya que me han dicho que si se cobra de dos empresas hay que llegar a un tope de dinero.
    a mi me han mandado el certificado del paro todo junto.
    o sea el paro y lo que cobre del prodi.me dicen que aunque cobres paro y despues prodi,consta como una sola empresa.
    gracias

    • Efectivamente todo lo percibido de INEM es el mismo pagador.

      La cuestión es cuánto suman los segundos pagadores y cuánto suma el cómputo anual.

      Si los segundos pagadores no superan los 1.500€, no tienes que declarar si el computo anual no supera los 22.000€.

      Si los segundos pagadores superan los 1.500€, no tienes que declarar si el computo anual no supera los 11.200€.

      Salu2.

  • elvi

    la suma total de los dos pagadores es de
    unos 7 mil euros. en el año.o sea, que entre los dos pagadores no llega a los 11.200 euros,

    • Entonces estás exento de declarar.

      De todas formas verifica todas las condiciones descritas en el artículo, y siempre que no tengas otro ingreso diferente a las descritas en el mismo.

      Salu2

  • victor manuel

    hola muy buenas, tengo una pregunta: he cobrado el paro durante todo el curso 2009, ese mismo año he cobrado el fogasa por un despido de 2008,¿ se cuenta el fogasa como segundo pagador?, el borrador me lo han enviado y me dicen que no tengo obligación de hacerla, pero creo que no han contabilizado el fogasa, por favor necesito una respuesta. También tengo cuota sindical y creo que tampoco la han contabilizado. Gracias de antemano

  • BELEN

    Buenas noches:
    Mi novio pidió hace un mes el borrador por internet, como no llegaba, decidió llamar y es que los datos fiscales que tenían no eran correctos. Entonces los cambió y le dijeron vuelve a llamar pasados unos días y te enviamos un duplicado. Que ocurre que ha llamado y le han dicho que para que te den un duplicado tiene que ir a una oficina de la AEAT. Vivimos en Rivas-Vaciamadrid, por lo que su oficina, está en otro municipio, en Arganda. Tiene que ir a esa oficina, o puede ir a otra cualquiera?
    Por qué no se puede pedir un duplicado por teléfono y que te lo vuelvan a mandar? no veo el problema.
    Me imagino que ahora en fechas de declaración, la atención de las oficinas será más amplia, porque si al final tiene que ir a una oficina, espero que no tenga que pedir la mañana en el trabajo. Atienden por la tarde?
    Espero que me puedan ayudar.
    Muchísimas gracias.

    • Imagino que puede ir a cualquier oficina de AEAT y le dará una copia.

      Las oficinas de AEAT sólo abren por las mañanas, así que tendrá que pedir permiso para acudir allí.

      De cualquier forma, si no puede acudir, lo que puede hacer es utilizar el programa padre y bajarse la información fiscal y elaborar la declaración de la renta por su cuenta.

      Salu2.

  • luisa

    hacienda dijo que tenía tres hijos en el borrador, no me di cuenta y confirme´por mensaje de móvil ¿a que ´multa me enfrento?

  • jose

    Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria. Su devolución será emitida en los próximos días
    ¿ cuanto tardan en ingresar el dinero en el banco gracias

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