¿Qué es el borrador?
El borrador es una Declaración de la Renta provisional elaborada por Hacienda a petición del contribuyente.
¿Cómo se puede solicitar el borrador?
Se puede solicitar el borrador cada año marcando la casilla 110 de la Declaración de Hacienda o simplemente confirmando un borrador, automáticamente nos enviarán el borrador al año siguiente. O sino, de las siguientes formas:
- Por Internet www.agenciatributaria.es
- Por teléfono en el 901 12 12 24 SERVICIO AUTOMÁTICO (24 horas).
- Por teléfono en el 901 200 345 RENTA ASISTENCIA (lunes a viernes, de 9 a 21 horas).
- Personalmente en las oficinas de la Agencia Tributaria.
Plazo solicitud: Desde el 2 de marzo hasta el 23 de junio de 2009.
Para que nos envíen el borrador se han de cumplir ciertas condiciones que detallaremos a continuación, en caso contrario nos remitirán sólo los datos fiscales. En los casos de haber solicitado el borrador vía Internet, o estár suscrito a los servicios de alerta o abonado a la notificación telemática, el borrador no se remitirá vía correo y sólo se podrá consultar a través de la WEB de la agencia tributaria.
¿Qué condiciones he de cumplir para recibir el borrador?
Sólo pueden recibir el borrador las personas que reciban rentas exclusivamente del siguiente tipo:
- Rendimientos del trabajo.
- Rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención o ingreso a cuenta.
- Derivados de letras del Tesoro.
- Imputaciones de rentas inmobiliarias que procedan como máximo de 2 inmuebles.
- Ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta.
- Subvenciones para la adquisición de la vivienda habitual.
Una vez recibido el borrador, el contribuyente puede confirmarlo en el caso de estar de acuerdo o simplemente hace caso omiso del mismo y presentar la declaración normal.
¿Qué pasa si el borrador está mal?
Es importante destacar que el borrador no es vinculante, es decir, que aunque esté elaborado por Hacienda no exime al contribuyente de los errores que pueda haber en la misma. En el caso de encontrar algún error o falta de datos, puede solicitar una rectificación pero si es para añadir alguna renta que no esté incluido en la lista de condiciones, el contribuyente tendrá que presentar la declaración normal.
He solicitado el borrador, pero no recibo el borrador, ¿no debo de declarar?
Si tienes obligación de declarar, sí que tendrá que hacerlo. Hacienda tiene la obligación de enviarle el borrador, pero por determinadas razones, puede que no le llegue.
¿En qué puntos hemos de tener más cuidado?
Hacienda suele omitir las deducciones por inversión en vivienda habitual y alguna que otras deducciones autonómicas e igualmente suele delimitar mal la titularidad y porcentaje de participación de las cuentas compartidas.
Me gustaria saber en que apartado o casilla del programa PADRE donde se pone la subvencion recibida por la compra de los libros.
hola hoy me ha salido en el expediente lo siguiente : Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria. Su devolución será emitida en los próximos días. ahora mi pregunta es la siguente cuanto debo esperar a cobrar jolin llevo desde el da 15 de abril que la eche para cobrar y me urge el dinero
La Agencia Tributaria disponen de hasta el 31 de diciembre para realizar las devoluciones, e incluso se podría demorar más, eso sí, con pago del 5% de intereses de demora.
Sin embargo, en los últimos años, Hacienda no suele demorar mucho en el pago de las devoluciones, a lo sumo 1 mes desde la presentación.
Salu2.
hola hace 2 días contando con hoy que el estado de mi devolución está:Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria. Su devolución será emitida en los próximos días.
quería saber cuanto tiempo aproximado tardan despues de este maravilloso comentario en ingresar, ya se que tienen de plazo hasta el dia 31 de diciembre, pero al poner proximo pago me gustaría saber de alguien que despues de esto ya halla cobrado, y cuanto se demoró la espera hace mas de dos meses que presente mi modificación y el año pasado aun modificando la devolucion fue fugaz… no se que ocurre este año que cuando peor lo pasa la gente más tiempo tardan, gracias y un saludo a todos
Seguramente te lo pagarán con la siguiente remesa de devoluciones… posiblemente en 1 semana como mucho.
Salu2.
hola hoy a mi hoy me ha cambiado me ha dicho que me han hecho una transferencia al banco que di la cuenta bueno ahora cuanto tarda en recibirlo mi banco esto ya huele mejor no crees
Si han hecho ya la transferencia, tendrás el dinero mañana y como mucho pasado mañana.
Al final ha sido menos de 1 semana como te dijimos
Salu2.
muchas gracias por las aclaraciones… me sirven de mucho.Saludos
Gracias, pues eso espero porque se han hecho de rogar lo más grande, de cualquier manera ya os contaré a ver cuanto tiempo tardan despues de estos 2 diítas, aunque si por antecedentes me fio no veré este dinero hasta agosto.
2 meses han tardado en cambiar el estado de mi declaración espero que como bien dices solo tarden una semana y pico en abonar que lo esperamos en casa como agua de mayo y nunca mejor dicho… bueno ya os diré mechas gracias un sludo!!!
Conozco de mucha gente que les han tardado en devolver en menos de 1 semana desde la confirmación del borrador, pero claro también hay casos que les han tardado más de 6 meses…
Ya nos contarás… y suerte
hola!! a mi tambien me sale desde el dia 21
Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria. Su devolución será emitida en los próximos días ( organo gestor, madrid)
pero… llamo al contestador y me sale que esta grabada y comprobandose por mi organo gestor ( gerona )
por lo que no entiendo…… yo ya m pensaba k esta semana cobraria mis 1400 euro pero creo que voy a tener que esperar….. alguien podria decirme si mucho? xDDD
Buenas tardes;
He solicitado el borrador pero no estoy obligada a realizar la Declaración. ¿El hecho de haberla solicitado me obliga a realizarla?
Gracias,
No, no te obliga.
Si estás exento de declarar, échalo sólo en caso de que te sea favorable, es decir a devolver.
Salu2.
Buenas noches.
Tengo una duda, ¿¿puedo cambiar el domicilio de envío del borrador de alguna manera??, por circunstancias de la vida (paro), me tuve q volver a mi ciudad natal, y resido en el domicilio de mi madre, aunq mantengo el otro piso. pero no me puedo desplazar hasta él. O como puedo conseguir un duplicado??, por telefono me dice una maquina algo asi como q realizo actividades empresariales o por estimacion directa, no se que quiere decir eso… muchas gracias
Puedes darte de alta en el servicio de comunicaciones telemáticas, y podrás acceder al borrador directamente a través de internet y mediante el número de justificante que la Agencia Tributaria te lo envia a tu móvil.
Por otro lado: ¿has tenido algún negocio durante el 2009? ya que si es así, has realizado actividades económicas durante ese año y por lo tanto, no puedes hacer la declaración a través del borrador.
Solicita cita previa y que un técnico te ayude a realizarlo:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/04/14/cita-previa-para-hacer-la-declaracion-del-la-renta-irpf/
Salu2.
solo 3 días desde que cambió mi estado y ya lo he cobrado!!!!! yujuuuuuuuuuuuuuuuuuuuu… no desespereis que lo vais a cobrar chicos!!!
bueno suerte!!! un saludo de krikas feliz!!!!
Hola de nuevo. Y muchísimas gracias por las aclaraciones
En el 2009, trabajé hasta el 15 de Enero, luego cobré el paro hasta Mayo, y en Julio firmé un contrato mercantil, del cual cobro una subvencion.
Por internet ya intenté solicitarlo, pero imagino q me lo enviarán al domicilio de Madrid, y me es imposible acercarme hasta él.por eso quería saber si hay alguna manera de modificar el domicilio de correspondencia. Al móvil no me han enviado nada….
Puedes solicitar el cambio del domicilio fiscal a través de internet, pero requiere certificado digital:
– https://www1.agenciatributaria.gob.es/es13/S/BUNCBUNDWITN?=
O acudir a la Agencia Tributaria.
Salu2.
pues nada ya te dire mañana ejje estoy mas contenta la verdad que estamos a final de mes y con muchos pagos