¿Qué es el borrador?
El borrador es una Declaración de la Renta provisional elaborada por Hacienda a petición del contribuyente.
¿Cómo se puede solicitar el borrador?
Se puede solicitar el borrador cada año marcando la casilla 110 de la Declaración de Hacienda o simplemente confirmando un borrador, automáticamente nos enviarán el borrador al año siguiente. O sino, de las siguientes formas:
- Por Internet www.agenciatributaria.es
- Por teléfono en el 901 12 12 24 SERVICIO AUTOMÁTICO (24 horas).
- Por teléfono en el 901 200 345 RENTA ASISTENCIA (lunes a viernes, de 9 a 21 horas).
- Personalmente en las oficinas de la Agencia Tributaria.
Plazo solicitud: Desde el 2 de marzo hasta el 23 de junio de 2009.
Para que nos envíen el borrador se han de cumplir ciertas condiciones que detallaremos a continuación, en caso contrario nos remitirán sólo los datos fiscales. En los casos de haber solicitado el borrador vía Internet, o estár suscrito a los servicios de alerta o abonado a la notificación telemática, el borrador no se remitirá vía correo y sólo se podrá consultar a través de la WEB de la agencia tributaria.
¿Qué condiciones he de cumplir para recibir el borrador?
Sólo pueden recibir el borrador las personas que reciban rentas exclusivamente del siguiente tipo:
- Rendimientos del trabajo.
- Rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención o ingreso a cuenta.
- Derivados de letras del Tesoro.
- Imputaciones de rentas inmobiliarias que procedan como máximo de 2 inmuebles.
- Ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta.
- Subvenciones para la adquisición de la vivienda habitual.
Una vez recibido el borrador, el contribuyente puede confirmarlo en el caso de estar de acuerdo o simplemente hace caso omiso del mismo y presentar la declaración normal.
¿Qué pasa si el borrador está mal?
Es importante destacar que el borrador no es vinculante, es decir, que aunque esté elaborado por Hacienda no exime al contribuyente de los errores que pueda haber en la misma. En el caso de encontrar algún error o falta de datos, puede solicitar una rectificación pero si es para añadir alguna renta que no esté incluido en la lista de condiciones, el contribuyente tendrá que presentar la declaración normal.
He solicitado el borrador, pero no recibo el borrador, ¿no debo de declarar?
Si tienes obligación de declarar, sí que tendrá que hacerlo. Hacienda tiene la obligación de enviarle el borrador, pero por determinadas razones, puede que no le llegue.
¿En qué puntos hemos de tener más cuidado?
Hacienda suele omitir las deducciones por inversión en vivienda habitual y alguna que otras deducciones autonómicas e igualmente suele delimitar mal la titularidad y porcentaje de participación de las cuentas compartidas.
Hola, tengo que poner a mis padres en la renta del 2008 y me mandan el borrador sin estar mis padres incluidos ¿como lo puedo modificar? ellos son jubilados ¿tengo que poner lo que reciven de pension?
Debes de solicitar a Hacienda para que te haga una rectificación en persona, por teléfono o a través de Internet para que te elabore un nuevo borrador.
En el caso de que se pueda incluir a tus padres en tu declaración te dará derecho al mínimo por ascendientes ( cumpliendo las condiciones estipuladas), debes de incorporar todos sus ingresos en tu declaración de hacienda en el caso de presentar una declaración conjunta.
En breve, en preguntas frecuentes: ¿Qué condiciones se ha de cumplir para dar derecho al mínimo por ascendientes?
Salu2.
Hola me ha llegado a mi domicilio el borrador y he leido que si se esta pagando un alquiler de vivienda te devuleven algo de dinero puedo recurrirlo? que debo presentar?? estoy muy perdida.
Gracias.
Puedes deducirte siempre que tu base imponible sea inferior a 24.020€ anuales. En tal caso puedes deducirte el 10,05% de las siguientes cantidades satisfechas:
A mi me lo hicieron en el banco y me devolviero 300 euros del piso. Consultalo en uno, yo no se decirte fijo que hace falta .
Hola, me ha llegado el borrador via web pero aunque estoy de acuerdo con el, no me deja aceptarlo y me dicen en la web que tengo que modificarlo pero no me aclaran el que, alguien me podia ayudar??? gracias
No creo que hacienda te diga que tengas que modificarlo, sino que debes de revisarlo para ver si está bien, y una vez revisado, confirmarlo.
Ten en cuenta que confirmar el borrador es como presentar la declaración, la responsabilidad es tuya y los datos confirmado del borrador han de ser completa y fiel a la readlidad.
Hola, yo tengo un piso que compré de soltera por el cual me devuelven y tambíén me estoy haciendo una casa (tengo unas cuantas facturas del año pasado) en el borrador la casa no aparece el resto está bien, excepto que pone que soy soltera cuando llevo 5 años casada. En una asesoría me dijeron que este año lo deje así y cuando acabe la casa y venda el piso ya la declare como vivienda habitual con facturas etc. ¿Esto es así? En cualquier caso, pasa algo por que ponga soltera en vez de casada?
En el caso de hacer la Declaración de la Renta de forma individual, no influye tu estado civil, si estás soltera o casada. De todas formas, conviene que figuren los datos reales, por lo que sería mejor que modificaras ese dato para dejarlo correcto.
En cuanto a la casa que estás construyendo, lo puedes declarar como vivienda habitual el próximo año tal y como te dice la asesoría. Sin embargo, te tienes que enterar bien si el terreno genera o no unas imputaciones inmobiliarias, porque en caso afirmativo, lo tienes que declarar (el 1,1% del valor catastral).
Retenciones: 1773,14.
Gastos deducibles: 1004,29.
Plan de pensiones 82,86.
Retenciones de cuentas 142,72.
Venta de acciones 69,69.
Hipoteca intereses 6803,18; capital amortizado 1614,50
valor catastral 20034,28 soltero 27 años alguien podria decirme si me devuelven algo y si es asi la cuantia
No has puesto lo que ganas y por lo tanto es imposible saber si te van a devolver o no, pero seguramente sí, puesto que tienes derecho al 15% de deducciones sobre los 8417,68€ que son 1262,65€.
Las ventas de acciones y el plan de pensiones al se muy poca cantidad, no te va a cambiar mucho tu declaración.
Para poder hacer un cálculo aproximado, puedes utilizar la calculadora de http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/01/caso-practico-%C2%BFcomo-se-declara-una-persona-que-solo-tiene-rendimientos-de-trabajo/ y después restarle las deducciones de la hipoteca.
A una amiga le dieron una subencion hace 2 años de 2400 euros por hacerse autonoma, ya no lo es. Es asalariada pero no hace la declaracion cuando prescribe su obligacion de devolver la ayuda al no seguir de autonoma y si no la devolviese cual seria la multa o sancion que le podrian imponer.
Las cuentas con hacienda prescribe en 4 años desde el único día que se pueda entregar la declaración correspondiente al ejercicio que recibió la subvención. Lo mínimo que le tocaría devolver sería los 2.400€ y los intereses de este tiempo que es al 5% TAE además puede que te imponga una multa que depende de cómo está catalogado esta infracción.
Me ha llegado tanto a mi como a mi pareja los borradores. A uno le sale en negativo y otro en positivo ¿Quien tienen que pagar?
Supongo que te refieres a que a uno le sale en la declaración un número negativo o positivo.
Si tienes en cuenta que la declaración es la diferencia de lo que tienes que pagar y lo que ya has pagado, por lo tanto, si sale negativo, es que te ha retenido más de la cuenta y hacienda te tiene que devolver y en caso contrario, te toca pagar.
Espero que sea una buena noticia, y al que le toca pagar el número sea menor que al que le tiene que devolver.
holaaaa, he confirmado el borrador y me he dado cuenta de que el número de cuenta esta mal. Qué puedo hacer?
De forma general cuando se entrega una declaración con algún tipo de error, se ha de enmendarse mediante una declaración complementaria.
Pero en su caso particular, al confundirse sólo en la CCC de domiciliación desconocemos si existe una vía más rápida para su rectificación. Lo mejor que puede hacer es llamar a hacienda y realizar una consulta directamente con ellos.
Hola Carolina,
yo estoy en la misma situación, después de confirmado el borrador, me he dado cuenta que la cuenta es erronea. ¿Que puedo hacer? La solución que me dan, es que pida cita previa para volver a hacer la declaración… no hay otra manera de solo modificar ese dato sin volver a hacerla…
Gracias,
Puedes hacer una declaración complementaria o cita previa para que te ayuden a hacerlo.
Salu2
retribuciones dinerarias:19768,53
Retenciones: 1773,14.
Gastos deducibles: 1004,29.
Plan de pensiones 82,86.
Retenciones de cuentas 142,72.
Venta de acciones 69,69.
Hipoteca intereses 6803,18; capital amortizado 1614,50
valor catastral 20034,28 soltero 27 años alguien podria decirme si me devuelven algo y si es asi la cuantia
gracias por tus respuestas pero no consigo calcular si me devuelven o no haber si ahora con lo que cobro puedes decirme algo
Por tu redimiento de trabajo, las retenciones y gastos, te saldría 457,56€ a pagar.
Por tu hipoteca de 8417,68€, te devuelven 1262,65€
Por rendimiento de capital, al no poner capital, supongo que te lo han retenido correctamente y por lo tanto, el resultado es 0.
Las acciones y planes de pensiones, al ser muy poca cantidad, como mucho te puede mover la declaración en unos 20 a 30€ y no lo voy a tener en cuenta, porque es mucho trabajo para poca diferencia.
El resultado, sin tener encuenta el plan de pensiones y venta de acciones sale que te tienen que devolver: 805€ (+/- 20 o 30€).
Salu2