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27 de marzo de 2009

¿Que plazo y qué he de hacer para solicitar las prestaciones del paro?

  • Antes, o en el momento de hacer la solicitud, debe de inscribirse como demandante de empleo.
  • El plazo para solicitar la prestación será de quince días hábiles (no se cuentan domingos ni festivos), desde el cese o desde el día que finalice el periodo de vacaciones pendientes de disfrutar, o desde el inicio de la suspensión de la relación laboral o de la reducción de jornada.
  • No realizar la solicitud en el plazo fijado, salvo casos de fuerza mayor, supone la pérdida de tantos días de derecho a la prestación como medien entre la fecha de nacimiento del derecho de haberse inscrito y solicitado en tiempo y forma, y la fecha en que, efectivamente, se formule la solicitud.

En cuanto a la documentación a presentar son:

  • Impreso de solicitud de la prestación por desempleo, en modelo oficial, debidamente cumplimentado.
  • Identificación del solicitante e hijos que conviven o están a su cargo que figuren en la solicitud, mediante la siguiente documentación original y en vigor (solamente será necesaria su exhibición, para el cotejo de dichos datos):
    • Españoles: Documento Nacional de Identidad (DNI).
    • Extrajeros residentes en España:
      • A efectos de identificación: Tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE) o documento identificativo del país origen si es de una nacionalidad perteneciente al Espacio Económico Europeo o Suiza.
      • En todo caso: El NIE (Nº de Identidad de Extranjeros).
    • Libro de Familia o documento equivalente, en caso de extranjeros.
    • Certificado del grado de minusvalía expedido por el IMSERSO o el organo de la Comunidad Autónoma correspondiente, o resolución del INSS, del Ministerio de Economía y Hacienda o de Defensa que reconozca la condición de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, o de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
    • Resolución judicial o escrito de formalización del acogimiento en el que conste el consentimiento de la Entidad Pública que en cada territorio tenga encomendada la protección de menores y la fecha de efectos del acogimiento.
    • Sentencia y/o convenio regulador, en caso de separación o divorcio.
  • Identificación de los hijos que no residen en España y acreditación de su situación laboral.
    • Formulario E-302. Certificado consular o de la embajada de España en el país de residencia, o certificación del organismo competente en ese país sobre la situación laboral de los hijos.
  • Acreditación de la situación legal de desempleo por:
    • Cese de la relación laboral.
      • Certificado/s de Empresa, firmado/s y sellado/s de la/s empresa/s en la/s que ha trabajado durante los 180 últimos días.
      • Acta de conciliación administrativa o judicial, o resolución judicial.
      • Providencia de opción por la indemnización, en caso de haber reclamado contra el despido.
    • Emigrante retornado.
      • Certificado emitida por las Delegaciones o Subdelegaciones del gobierno, en la que conste la fecha de retorno y el tiempo trabajado en el país de emigración.
      • Formulario E-301, si se retorna de un país miembro del Espacio Económico Europeo, o formulario de enlace donde se recojan los períodos trabajados en un país con el que existe convenio sobre protección por desempleo (Australia, Suiza o Bulgaria).
    • Liberado de prisión.
      • Certificado del Director del centro penitenciario, en la que consten las fechas de ingreso en prisión, si se han realizado trabajos durante el período de internamiento, en los que se cotizó por la contingencia de desempleo.
    • Otros documentos.

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272 comments to ¿Que plazo y qué he de hacer para solicitar las prestaciones del paro?

  • dana sabina chenti

    hola.le comento:el dia 13 de sept pedi la prestacion por desempleo,pero estamos al 25 de octubre y yo todavia no he cobrado nada.tambien cuando me informo en inem.es me pone que la fecha de solicitud no es corecta aunque es la fecha cuando yo solicite la prest.es que ahora tardan 2 meses en ingresar el dinero?gracias

  • Maria

    Buenas tardes, el día 31 finaliza mi contrato, si solicito el paro el dia 1 ¿no me ingresan el dinero hasta dentro de dos meses según he leido?

  • Carlos

    Muy buenas:
    Mi duda es la siguiente,en total he cotizado mas de dos años,pero de los ultimos 180 dias solo he cotizado 120 ,como calculo la base reguladora diaria? de los ultimos seis meses estuve dos sin trabajo pero anteriormente tengo mas meses cotizados,puedo sumarlos a los 120 dias?? Osea,debo contar los dias cotizados en los ultimos 180 dias,o los ultimos 180 dias cotizados aunque no sean continuados??

  • Mª José

    Si no solicito la prestación de paro, en los 15 días hábiles desde la finalización de mi último contrato, por estar pendiente de un nuevo contrato a tiempo parcial, pierdo todo el derecho a la prestación en el futuro cuando finalice el nuevo contrato?.
    Gracias y un saludo

    Mª José

  • Carlos

    Hola.

    Durante el último año, he tenido «pausado» el subsidio por desempleo, ya que cuando terminaba un contrato, normalmente me solían llamar antes de un mes y normalmente no solía ir al INEM a reanudarlo. Sin embargo ahora, pensando lo mismo, que en menos de un mes me darían trabajo, tampoco fui a reanudarlo. Solo que esta vez no ha habido contrato.

    Entonces, me pregunto si es demasiado tarde para ir ya o cuanto es la penalización. Yo me fui a dar de alta al paro antes de que acabaran los 15 días de rigor. Esto lo digo porque en alguna ocasión me pasé unos cuantos días para ir a reanudarla pero como el alta en el paro lo había hecho antes de los 15 días famosos, pues me solían poner el día que fui a darme de alta en vez de el día en que fui a reanudarla. Solo que en esta ocasión ya no serían unos cuantos días, si no más bien un mes y pico.

    Gracias y un saludo!

  • Carlos

    Y otra cosa más. Si renuevo el subsidio, ¿cuanto tardan en pagarme?

    Un saludo!

  • Carlos

    Siento ser pesado, pero en un rato libre, navegando, me ha asaltado una duda todavía mayor.
    ¿No tendré ya caducado el derecho a subsidio? Porque yo lo solicité en abril de 2011 y era de 6 meses y he encontrado esto, que no sé exactamente lo que quiere decir: «El derecho al percibo de cada mensualidad caducará al año de su
    respectivo vencimiento».

    Yo lo que entiendo con esto es que si lo solicité en abril de 2011 y cobrara los 6 meses seguidos, el subsidio se me acabaría en octubre de 2011. Con lo cual, si he entendido bien, mi prestación por subsidio caducaría en octubre de 2012, ¿correcto?

    De ser así, ¿tengo derecho a alguna prórroga o algo parecido? Yo sigo en la misma situación que cuando solicité la primera, solo que con más días trabajados. Creo que la primera la solicité porque tenía más de 6 meses trabajados y ahora ya tengo un año.

    Muchas gracias y lo siento por ser tan pesado!! 🙂

  • Javier

    Hola me dieron de baja en mi trabajo el dia 1 de Febrero y me han dado hora en el INEM para el dia 19 de Febrero, si el tiempo para pedir la prestación es de 15 días, no tendré derecho a cobrar el paro??

  • Begoña Vidaurrazaga

    A mí me pasa igual y no sé qué hacer ,la cita previa se pasa en muchos días.

  • fernando

    hola. te comento mi situacion: estoy dado de baja el dia 24 de enero y desde ese dia pedi la cita previa para la presatacion y me la dieron el dia 11 de febrero, hasta ahi todo bien pero confundi las fechas y no me presente!.
    pedi una nueva cita y m e ladieron para el 24 de febrero.
    mi pregunta es la cita la pedi el dia 12 de febreo y e contado los dias habiles desde la baja y suman 16 dias un dia mas del plazo permitido.
    me pueden negar la prestacion? aunque la primera cita la pedi dentro del plazo? de antemano gracias.

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