¿Qué es y para qué sirve un préstamo entre particulares?
Realizar un préstamo entre particulares es una figura muy interesantes y suscita mucho interés entre particulares y más concretamente entre familiares para la adquisición de una vivienda habitual o para el aprovechamiento de los famosos depósitos de bienvenida que muchas entidades españolas ofrecen a los nuevos clientes.
Pero en realidad no existe ninguna diferencia si el préstamo se realiza entre amigos ya que lo importante es que se trata de un préstamo entre particulares sin la intervención de una entidad de crédito y por lo tanto el tratamiento fiscal es la misma tratándose de familiares o no.
¿Hay que tributar en el IRPF los préstamos entre particulares?
Sí, porque hacienda presume, salvo prueba en contra, que quien hace un préstamo recibe unos intereses iguales, al menos, al interés legal de dinero, que durante el año 2008 fue del 5,5% anual, independientemente de que los reciba o no. Esos intereses deben de ser declarados como rendimientos del capital mobiliario y no llevan retención.
¿Se puede hacer préstamos gratuitos y por lo tanto sin necesidad de tributar?
Sí, pero es el contribuyente quien tiene que probar que los intereses son menores al estipulado por ley o inexistentes (préstamos gratuitos o de tipo 0), en cuyo caso no se ha de tributar nada.
¿Cómo se puede probar un préstamo a tipo 0?
Existen 2 vías para probar la gratuidad de un préstamo:
- Una escritura pública de reconocimiento de la deuda, o de préstamo personal. Este sistema es poco utilizado porque conlleva gastos notariales.
- Un contrato privado, que se presentará a liquidación por el Impuesto de Transmisiones patrimoniales en la Consejería de Hacienda autonómica (o en el registro de la Propiedad, en poblaciones pequeñas).
Este trámite no conlleva ningún tipo de gasto, salvo el coste del impreso. Se ha de presentar 3 ejemplares del contrato y el impreso correspondiente, con esta mención: préstamo exento en el ITP artículo 45.1.B del RDL 1/93. Una de las copias se lo quedará el fisco y se entregará una copia sellada a cada una de las partes del préstamo.
Además del contrato privado, conviene guardar otras pruebas de la operación, como los resguardos de las transferencias bancarias.
Si no se realiza bien el contrato, el registro en el ITP y resguardos documentales del movimiento del dinero, hacienda puede considerar que en la operación ha habido una donación encubierta, y los impuestos que se ha de pagar es bastante alto.
¿Se puede deducir el dinero de un préstamo entre particulares si se invierte en la adquisición de una vivienda habitual?
Sí. Los préstamos entre particulares no tienen ninguna diferencia en el tratamiento del IRPF con respecto a los prestamos otorgados por las entidades financieras, y por lo tanto, independientemente si el dinero procede de un familiar, amigo o de una entidad de crédito, si el destino del dinero es para la adquisición de una vivienda habitual, el titular del préstamo tendrá derecho a desgravarse por el concepto inversión en vivienda habitual con financiación ajena.
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Hola,
El año pasado, mi primo suscribió contrato de préstamo sin interés con mi tío, pero no se estipuló periodo de pago. Los pagos los hace por transferencia mensual. El hecho de no poner la cláusula de tiempo le puede traer consecuencias? Tiene forma de subsanarlo?
Gracias!
Que rehaga el contrato si no lo ha registrado en Hacienda.
Salu2.
Buenos días
Queremos hacer un préstamo entre padre e hijo de 3800€ se puede hacer contrato privado o hay que pasarlo por hacienda.
La manera de reintegro seria por mensualidades.
Donde puedo encontrar un modelo de documento para rellenar de una u otra forma.
Esperando su respuesta.
Muchas Gracias
Por sólo es dinero? Que te lo den en mano y ya está…
Pero bueno, si quereís hacer contrato… utiliza el siguiente modelo:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/modelos-y-plantillas/modelo-de-prestamos-entre-particulares/
Salu2.
Gracias por contestar el problema no es darme el dinero en mano,es por darselo mes a mes en su cuenta bancaria por tasferencia.
O se puede hacer igualmente de otro modo.
Gracias
Es poco dinero, aunque hagas transferencias mensuales, no saltará ninguna alarma en Hacienda.
Pero vamos, si quieres quedarte más tranquilo, haz el contrato.
Salu2.
Hice un prestamos hace 2 años de 5000 euros, pero sin ningún documento, me devolvieron sólo 500 euros y desde entonces no responden a llamadas y nada, qué puedo hacer para poder cobrarles de manera segura aunque en un año adelante, lo que quiero es que me devuelvan así tenga que ir al notario o algo, pero no sé cómo comenzar, le agradezco mucho me responda.
Ufff… si no tienes ningún contrato, ni documento, es difícil demostrar que realmente se lo has prestado.
Lo tendrás complicado cobrar si la otra persona no accede.
Salu2.
Mi hermano quiere q le preste dinero a cuenta de la herencia del piso de mi padre aun vivo.
Los justificantes de la transferencia bancaria q pone a cuenta de herencia sería suficiente sin hacer contrato
Haz el contrato.
Pide ayuda en una asesoría fiscal para que os ayude a redactar el contrato para evitar problemas fiscales y futuros.
Salu2.
Buenas tardes
Quiero prestarle 2000€ a un amigo, pero no me fio mucho de el. Y como no es de aqui tengo miedo que coga el dinero y se vaya. Todo seria a mano. Podriamos hacer un contrato privado, sin ir a ningun sitio? Y si se va del pais, puedo hacer algo?
Gracias
La verdad es que poco podría hacer, más que resignarte y quedarte sin tu dinero.
Si tienes tantas dudas, lo mejor es que no se lo prestes.
Salu2.
Hola,
quiero hacerle una consulta.
voy a comprar un coche nuevo y la entrada del vehículo me la van a prestar mis suegros (7,500 euros)
por esa cantidad, ¿como tendría que hacerlo?
¿que me hagan ellos un ingreso? ¿que me lo den en mano y yo lo ingreso en mi cuenta para hacer el pago?
a todo esto, ¿tengo que hacer ese contrato de préstamo por esa cantidad de dinero?
saludos y gracias
Haz el contrato y especifica el tipo de interés y cómo se va a devolver el dinero.
Buenas tardes, quisiera hacerle una consulta.
Quiero donarle o dejarle (si supone menos problemas con Hacienda) 20000 euros a mi pareja (no estamos casados ni somos pareja de hecho), para la compra de un coche nuevo en Galicia.
Supongo que me recomendará realizar un contrato privado, y quisiera saber si podría poner una cláusula demorando el inicio de la devolución del préstamo hasta pasados, por ejemplo, cinco años.
Muchas gracias por su atención, y felicitarle por la claridad de sus respuestas.
¿Por qué no lo compras tu y que lo disfrute tu pareja y te olvidas de líos con Hacienda?
Salu2.
El coche lo compra él porque es autónomo y así puede deducir el IVA. Gracias.
El contrato ha de figurar el plazo de devolución y el método de devolución.
Salu2.
En 2013, mi padre me dejo 10.000 €, hicimos un contrato de préstamo a tipo de interés 0 y plazo de devolución 2 años. Tenemos los justificantes de reintegro (de la cuenta de mi padre) e ingreso (en mi cuenta), el reintegro e ingreso se hizo el mismo día y además tengo justificantes de transferencia de devolución 6.000 y 4.000 en 2015, en el momento de las amortizaciones mi padre emitió recibos justificativos de los pagos. En 2013 no presentamos el contrato en Hacienda, Puede haber algún problema de cara a Hacienda por no haber presentado mod. 600?, Hacienda podría mal interpretar que que se hicieron dos donaciones, una de mi padre a mi y otras de mi a mi padre, por no haber presentado mod. 600?
No, tranquilo.
Es claramente justificable que se ha hecho un préstamo y que se ha devuelto el dinero.
Salu2
Buenas tardes:
Un amigo quiere que le preste 5000 euros para empezar a montar su negocio. ¿Debería realizar algún trámite para no tener problemas con hacienda? ¿O no sería necesario?
En primer lugar de cara a Hacienda debes de hacer un contrato.
En segundo lugar, si quieres cobrar… es conveniente tener un contrato, y también deberías de exigir alguna garantía.
Salu2.
Gracias por tu respuesta. Si hago el contrato de forma privada, ¿lo tengo que presentar en Hacienda para que sea válido? ¿Y presentar también el modelo 600?
Es siempre mejor hacerlo público ese contrato.
Registralo en Hacienda, no cuesta nada.