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27 de noviembre de 2008

Cuenta Vivienda

Hemos recopilado las preguntas frecuentes sobre la cuenta vivienda. No te conformes con las deducciones de la cuenta vivienda sino que también haz que rente al máximo posible sin que te engañe los banqueros con sus llamadas «cuentas vivienda».

28 de Septiembre de 2009: El gobierno planea suprimir las deducciones de vivienda habitual a partir del 2011 para las rentas superiores a 24.000€ y sólo se podrá deducir el máximo desgravable de 9.015€ los que tengan rentas inferiores a 17.000€. Para los que haya comprando la vivienda hasta diciembre de 2010, esta ley no les afectará.

15 de Enero de 2010: A partir del 2011 tampoco habrá cuenta vivienda para todos, sino sólo para la rentas inferiores a 24.000€ brutos anuales y la deducción de 9.015 será sólo para las rentas inferiores a 17.000€.

¿Qué es la cuenta vivienda?

La cuenta vivienda es un concepto fiscal que permite a los contribuyentes aplicar la deducción por las cantidades ahorradas en los ejercicios anteriores a la adquisición o construcción de la primera vivienda habitual o rehabilitación de la vivienda habitual.

¿Cuánto se puede deducir?

La deducción de la cuenta vivienda es de un 15% (de forma general menos en Cataluña) sobre las cantidades ingresadas anualmente y hasta un máximo de 9.015€ anuales, es decir la cantidad máxima que se puede deducir por tanto anualmente será de 1.352,28€.
En la Comunidad Autónoma de Cataluña existe un régimen especial de deducción:
  • 13,5% de forma general
  • 16,5% para los contribuyentes que cumplan alguna de las siguientes condiciones:
    • Tener 32 años o menos de edad en la fecha de devengo el Impuesto, siempre que su base imponible total, menos el mínimo personal y familiar no sea superior a 30.000€. En caso de tributación conjunta este límite se computa de manera individual para cada uno de los contribuyentes que tenga derecho a la deducción por haber realizado inversiones en la vivienda habitual en el ejercicio.
    • Haber estado en paro 183 días o más durante el ejercicio.
    • Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
    • Formar parte de una unidad familiar que incluya al menos un hijo en la fecha de devengo del Impuesto.
Si en el mismo período impositivo se han efectuado aportaciones a la cuenta vivienda y, con posterioridad, se han satisfecho cantidades por la adquisición de la vivienda habitual, el límite máximo anterior se aplicará al conjunto de las inversiones realizadas por ambos conceptos en el mismo período.

¿Qué plazos tiene?

Las deducciones por la cuenta vivienda se pueden aplicar durante los 4 primeros años, y por lo tanto si anualmente ingresamos el máximo deducible, al final del plazo dispondremos en la cuenta de 36.060€ y nos habremos deducido 5.409€.

¿Cuándo he de comprar a vivienda?

La compra de la vivienda habitual se ha de realizar en un plazo de 4 años naturales desde la apertura de la cuenta vivienda. Para las cuentas cuya fecha de vencimiento estén entre el 2008 y el 2010 disponen de una prórroga de hasta el 31 de diciembre de 2010 para realizar dicha inversión, pero durante este tiempo extra no tendrá derecho a deducciones adicionales.

¿Qué condiciones se ha de cumplir?

Cada contribuyente sólo podrá mantener una cuenta vivienda. En caso de matrimonios, ambos cónyuges pueden ser cotitulares de una única cuenta vivienda o cada uno de ellos ostentar la titularidad exclusiva de su respectiva cuenta vivienda.
Los saldos de la cuenta deben destinarse exclusivamente a la primera adquisición o construcción, o a la rehabilitación de la vivienda habitual del contribuyente.
En consecuencia, es requisito necesario que el contribuyente no haya sido nunca propietario de otra edificación que hubiera constituido su vivienda habitual, tal y como ésta se ha definido a efectos de la deducción por adquisición de vivienda habitual, salvo en el caso de que las cantidades depositadas en la cuenta vivienda se destinen a la rehabilitación de la misma.
En el supuesto de rehabilitación, no es necesario que se trate de la primera rehabilitación ni de la rehabilitación de la primera vivienda habitual.
Las cuentas vivienda deberán identificarse separadamente en la declaración del impuesto consignando el código cuenta cliente (CCC), el titular de la cuenta y la fecha de apertura.

¿Dónde puede contratar la cuenta vivienda?

Este es un punto especialmente delicado, y muchos contribuyentes o ahorradores lo desconocen. La cuenta vivienda se puede abrir en cualquier Entidad de Crédito, en cuentas separadas de cualquier otro tipo de imposición, sin que sea necesario que tengan la denominación específica de cuenta vivienda. (Página 407, requisito a del manual de IRPF 2007)
Mucho banqueros, aprovechando de las deducciones de cuenta vivienda, han creado unas cuentas llamadas «cuentas vivienda» que no son más que cuentas normales y corrientes donde los ahorradores ingresan su dinero y posteriormente al designarlo en la declaración de hacienda las convierten en auténticas cuentas vivienda. Esos productos no son más que un instrumento engañoso creado por los banqueros para ofrecer un tipo de interés inferior al mercado.
Dicho esto, recalcamos que sirve cualquier cuenta o depósito bancario independiente, sobre la que no debe de haber ningún otro tipo de imposiciones y sólo se puede tener una única cuenta como cuenta vivienda a la vez que el contribuyente debe de designarlo en la declaración de hacienda.
Si a lo largo del año el contribuyente ha traspasado su dinero de la cuenta vivienda entre diferentes bancos, diferentes cuentas o diferentes depósitos, el código de cuenta o depósito que debe de designar en la declaración de hacienda es la cuenta o depósito donde esté depositado el dinero a 31 de diciembre. Dicho código de cuenta o depósito es proporcionado por la entidad emisora de dicho producto en la firma del contrato de apertura, además de que al año vencido, todas las entidades financieras tienen la obligación de enviar los saldos, los rendimientos de capital del año fiscal tanto a hacienda como a cada contribuyente que tenga algún producto de ahorro contratado. Igualmente, es necesario conservar los resguardos de traspaso de dinero entre cuentas para justificar ante hacienda en caso de investigación.

¿Se puede retirar el dinero de la cuenta vivienda y reinterarlo antes del 31 de Diciembre de cada año?

La respuesta es un rotundo NO. El dinero de la cuenta vivienda se ha de destinarse única y exclusivamente a la adquisición de la vivienda habitual. Cualquier dinero que se retire de la cuenta vivienda y no destinada a la adquisición deberá de devolver lo deducido más lo intereses. Además hacienda considera el dinero retirar el primer dinero que se ingresó en la cuenta, es decir el dinero más antiguo de la cuenta vivienda
Lo que sí que se puede hacer es traspasar el dinero de una cuenta/depósito bancaria/o a otra cuenta/depósito. De tal manera que por cada cuenta por la que pase el dinero, en ese momento es la cuenta vivienda, y la cuenta o depósito que se ha de declarar en hacienda es la cuenta donde se encuentre el dinero a 31 de diciembre de cada año. Un par de puntos importantes son que: Las cuentas o depósitos por la que vaya pasando el dinero debe de ser cuentas independientes y sin imposiciones y que es aconsejable recopilar todos los resguardos de movimientos de dinero para justificar ante hacienda en caso de investigación.

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608 comments to Cuenta Vivienda

  • silvia

    hola! tengo una cuenta vivienda desde diciembre de 2007. Cada año he aportado 9.000 € pero este año al ir a hacer la declaración de la renta mediante una gestoría me comentaron que estoy aportando dinero de más, ya que los 9.000 euros es el tope, pero que según mis ingresos ese dinero es excesivo pq no me da rentabilidad luego a la hora de declarar la renta.

    quería saber si hay un porcentaje para calcular al salario bruto del año para saber cual sería mi aportación tope según mi salario y no perder esta rentabilidad.

    Gracias y un saludo

    • Efectivamente, el límite máximo son 9.015€. Pero también está el límite de que las deducciones es la devolución de los impuestos que hacienda durante el año nos ha retenido.

      De esta manera, si no tenemos suficientes ingresos, y hacienda nos ha retenido menos dinero de lo que tendríamos derecho a deducirnos, sólo nos devolverá lo retenido.

      Salu2.

  • Juan

    Buenas noches,
    Estoy pensando en abrirme una cuenta vivienda antes de que finalice este 2009 para adquirir mi primera vivienda.
    Mi idea es aportar 9015 euros cada año. He oido que a partir del 2011 las «reglas de juego» van a cambiar. Teniendo en cuenta que cobro unos 25.000 euros al año ¿podría desgravarme del 15% de los 9015 euros cada año o a partir del 2011 ya no? Y posteriormente cuando compre mi vivienda, en el 2012-2013 ¿seguiría desgravándome en mi declaración mientras dure mi hipoteca?

    • Lo que podemos decir son elucubraciones. Aún no se sabe qué pasará con la gente que tengan sus cuentas vivienda abiertas, y con los que ya tienen hipoteca.

      Lo más normal sería que los que tiene ya hipoteca y se desgravan por ese concepto, seguirán haciendolo sin ningún cambio a partir del 2011, los que tenga la cuenta vivienda, dispondrá de 4 años para realizar la compra (pero seguramente no se podrá desgravar la hipoteca si gana más de 24.000€).

      Mi consejo, si no puedes comprar la vivienda el 2010, al menos tener la cuenta vivienda abierta. Quizás te considere que has consolidado los derechos actuales de deducción por vivienda habitual sin limitaciones de rentas.

      Suerte y Felices Fiestas!!!

  • Juan

    Buenas noches, mi pregunta es la siguiente: ¿Una cuenta a la vista se puede considerar cuenta vivienda?.
    Si es así, si abro una cuenta con fecha de 31/12/09 con 9000 € y con fecha del año que viene hago una transferencia de 17000 € para dejar otros 9000 (en total quedarían 18000) y el resto lo saco, ¿Se seguiría considerando cuenta vivienda o ya no al haber hecho movimientos en ella?.
    Gracias. Feliz año nuevo a todos

    • Cualquier cuenta puede considerarse una cuenta vivienda, pero debe de ser independiente (no mezclarse con otro dinero) y sin imposiciones (sin domiciliar recibos ni tarjetas).

      El dinero que se retire de la cuenta debe de destinarse exclusivamente para la inversión en vivienda habitual.

      Salu2 y Feliz 2010

  • carlos

    Buenas noches,
    Al hilo de la pregunta anterior, entiendo que si contrato una cuenta azul de ibanesto, aunque creo que en realidad es un depósito, se podría también considerar como cuenta vivienda siempre que se respetase el no estar moviendo dinero o destinándolo para otro fin. ¿Es así?
    Muchas Gracias

    • La cuenta azul de ibanesto sirve perfectamente como cuenta vivienda, siempre que respetes las normas que rigen las cuentas vivienda: independiente, sin imposiciones y destinar el dinero a la inversión en vivienda habitual.

      Salu2

  • Pedro

    Quiero publicar una consulta pero no encuentro este tema en el foro no me deja ir al 27 de noviembre de 2008

  • Pedro

    Feliz Navidad y prospero año nuevo en primer lugar, por lo menos que sea mejor que este…

    Mañana voy a contratar una cuenta ahorro vivienda, para aprovechar y desgravarmelo este año 2009.
    Gracias a vosotros he sabido que puede ser cualquier tipo de cuenta o deposito que no tenga movimientos, y asi poder obtener un interés más alto.
    ¿Podríais facilitarme alguna recomendación sobre algún deposito/s en especial de los que rente mayor interes?

    Y mi segunda duda es, mi novia tiene una hipoteca y una vivienda junto con su madre, porque cuando su madre se fue a comprar la vivienda le pidieron que aportara alguna garantia más y se puso ella. Mi novia nunca se ha desgravado nada por esa vivienda, y tampoco a vivido en ella, no ha sido vivienda habitual. Como veo que el requisito es que sea primera adquisición de vivienda habitual…¿Ella podría hacerse una cuenta Ahorro vivienda, partiendo de este hecho?

    Muchas gracias por vuestra ayuda.

    • Nosotros también os deseamos un feliz 2010.

      Tu novia, si nunca ha tenido una vivienda habitual, aunque figure como avalista de una vivienda de su madre, puede abrir una cuenta vivienda y deducirse por ese concepto para después adquirir su primera vivienda habitual.

      En cuanto a un depósito y utilizarlo como cuenta vivienda, te recomiendo que visitar http://www.tucapital.es donde hay un ranking de los mejores depósitos bancarios. Teniendo sólo en cuenta que el depósito a contratar debe de tener de plazo menor a 1 año o en caso contrario que permita realizar múltiples imposiciones.

      Quizás sea más cómodo coger alguna cuenta remunerada como la cuenta rentable de tubancaja.

      Salu2.

  • Pedro

    Muchas gracias.

    Solo que mi novia, no es que figure como avalista. Es propietaria, 50% – 50% entre su madre y ella.

    ¿Es lo mismo?

  • Jonatan

    Hola a todos y feliz año.
    Mi novia tiene una cuenta vivienda desde el 2006 y este año se le termina, tenia pensado comprarse un piso con su ex novio pero no salió bien y ahora nosotros queremos irnos de alquiler y ella quiere sacar su dinero porq ya no lo va a utilizar para comprarse un piso, Alguien me puede decir si el banco al cancelar la cuenta le sancionará o simplemente cuando haga la declaración le pegarán el palo? Y si le pegan un buen palo, sobre una cantidad de 23000€ cuanto creeis q le quitarian? El primer año hacienda le devolvio 1400, el segundo sobre 450 y el año pasado 200, sospechamos q en las ultimas dos declaraciones no declaró la cuenta vivienda, porq no le abonaron grandes cantidades excepto el primer año, ahora ella está asustada porq piensas q le van a quitar minimo 6000€, pero realmente si no hubiese declarado la cuenta vivienda los dos ultimos años tampoco se lo van a tener q quitar, porq no se lo han dado. Bueno de todas formas gracias por leer hasta aquí y si alguien sabe algo sobre este lío me haría un inmenso favor.

    • Si finalmente se decide por no realizar la inversión, hay que cancelar la cuenta, y realizar una declaración complementaria en la agencia tributaria (el banco no te va a quitar nada).

      En dicha declaración hay que devolver todo lo deducido más los intereses de demora que es aproximadamente un 5% anual.

      Si tiene en la cuenta unos 23.000€, imagino que se habrá deducido el 15% de ese dinero, deberá devolver 3450€ + 100€ a 200€ de intereses.

      De todas formas que revise las últimas declaraciones y comprobar exáctamente cuánto se ha deducido cada año.

      Salu2.

  • subastero

    Hola, mi idea es cancelar la cuenta vivienda actual los proximos dias, por que no pienso comprar en el año 2010.

    Mi pregunta, es si en la declaracion del año 2009, podria desgravarme una nueva cuenta vivienda abierta en el 2009. En realidad es un deposito abierto en el 2009 y activo a 31 de diciembre de 2009, pero quizas me convenga abrirme otra cuenta vivienda no sea que permitan desgravarse a los que ya tengan una cuenta vivienda activa en años anteriores.

    • Según el anteproyecto de ley que he leído, a partir del 2011 parece ser que van a desaparecer las deducciones de vivienda habitual, incluídos las cuentas viviendas para los que ganen más de 24.000€.

      Lo cierto, es que tampoco vas a perder nada, si piensas que vas a comprar en 4 años la vivienda, abrite una cuenta vivienda ahora.

      El depósito de activobank abierto en 2009 te puede servir perfectamente como cuenta vivienda, sólo lo tienes que introducir en la declaración de hacienda de este año, y te devolverá el 15% de ese dinero.

      Salu2.

  • GToo

    Buenas, la ampliación de 2 años más, es decir 6años, al final se hizo efectiva? o quedo en el aire?

    Saludos y gracias por todo!

    • Sí que se hizo, pero no son 2 años para todo el mundo, sino que todas las cuentas que caducaban entre el 2008 y 2010 tenía una prórroga hasta el 31 de diciembre de 2010.

      Salu2.

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