La ley que regula el paro de los autónomos se ha publicado el pasado viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entará en vigor dentro de tres meses.
De esta forma, los trabajadores autónomos podrán pedir a partir de noviembre la prestación por desempleo que podrá durar hasta un máximo de 12 meses, lo que supondrá una equiparación con el resto de empleado por cuenta ajena.
La duración de la prestación estará en función del tiempo cotizado durante los últimos 48 meses anterior al cese de la actividad, además al menos 12 meses deben ser continuados e inmediatamente anteriores a la inactividad.
De esta forma, como muy pronto, un autónomo recibirá su prestación de desempleo, si comienza a cotizarlo desde noviembre de 2010 hasta noviembre de 2011 y cese su actividad por entonces.
También se contempló inicialmente que los autónomos pudieran recibir un subsidio (pretación no contributivo) de 426€ al estilo de PRODI, pero el gobierno enmendará la ley para derogarlo.
¿Es obligatorio para los autónomos cotizar para la prestación?
El sistema adoptado es de carácter mixto, entre voluntario y obligatorio. Tendrán derecho a la protección por cese de actividad los trabajadores autónomos que tengan protegida la cobertura por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Según la normativa, hay dos tipos de colectivos afectados:
- Los trabajadores autónomos que obligatoriamente tienen que cotizar por accidentes de trabajo y enfermedad profesional, que son los trabajadores autónomos económicamente dependientes, y los trabajadores autónomos que estén en actividades profesionales con un mayor riesgo de siniestralidad. En este grupo hay aproximadamente 1 millón de trabajadores.
- Los trabajadores autónomos que voluntariamente opten por cotizar por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. En la actualidad hay 539.338 trabajadores autónomos que cotizan por esta cobertura.
¿Cuánto dura la prestación?
La duración de la protección está en función de periodo cotizado en los 36 meses anteriores a la situación legal de cese de actividad, de los que, al menos 12 meses deben de ser continuados e inmediatamente anteriores a dicha situación:
Periodo cotización | Periodo de protección | Trabajadores de 60 a 64 años |
12 a 17 meses | 2 meses | 2 meses |
18 a 23 meses | 3 meses | 4 meses |
24 a 29 meses | 4 meses | 6 meses |
30 a 35 meses | 5 meses | 8 meses |
36 a 42 meses | 6 meses | 10 meses |
43 a 47 Meses | 8 meses | 12 meses |
48 meses o más | 12 meses | 12 meses |
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
La cuantía del subsidio será el 70% de la base por la que se viene cotizando durante los últimos 12 meses anteriores a la situación de cese. Los límites de prestación será entre 589,26€ a 1.397,84€ en el caso de tener 2 o más hijos.
¿Cuál es el coste para los autónomos?
El tipo de cotización para los trabajadores autónomos es del 2,2% de la base de cotización, lo que supondrá un mínimo de 19€ mensuales. Eso sí, el primer año tiene una reducción del 0,5%, lo que significa 18,5€ mensuales.
Sin embargo este coste será mayor para los autónomos que no tenían que cotizar por los accidentes de trabajo que supone otros 15€ a 60€ mensuales.
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hola, pedi mi paro unico hace seis meses para montar una pequeña empresa, y deje el 40% para autonomo, actualmente mi empresa la cerre porque me fue mal puedo volver al paro y recuperar lo que me queda.
Sí, y cobrarás el paro pendiente de las cuotas aún no capitalizadas
soy trabajadora por cuenta ajena,y estoy pensando en formar una sociedad civil y trabajar en mis ratos libres,que consecuencias puedo tener respecto a mi trabajo por cuenta ajena,debo de darme de alta en autonomos,tendre derecho a paro si ceso en las dos actividades?¿como debo tributar a hacienda? gracias ,un saludo
Sí, tienes que darte de alta.
Y si pierdes el empleo, no tendrías derecho a paro, ya que no estarías en paro, ya que estás dado de alta en el régimen de los autónomos.
Para tener derecho a paro tienes que darte primero de baja en autónomos y después perder de forma no voluntaria el empleo.
En cuanto a la tributación por el régimen de autónomos, es algo complejo, hay que hacer los trimestres de IVA, IRPF además de otras cosas.
Vete a una asesoría fiscal/laboral y allí te ayudarán.
salu2.
hola; soy trabajador autonomo llevo casi 7 años cotizados pago unos 324€ cada mes;me he kedado sin trabajo ya puedo pedir la ayuda, de cuanto tiempo me la concederian y cuento dinero cobraria,.
Depende, has cotizado por el paro de autónomos?
Mira tus últimos recibos por si viene esa contingencia.
Los detalles sobre este paro lo puedes leer en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/25/el-paro-para-los-autonomos-anteproyecto-de-ley/
Salu2.
hola,quisiera saber si siendo autónomo me puedo acoger al retorno voluntario ya que soy de ecuador,gracias.
No. No puedes.
Hola mi marido fue autónomo y ya no volvió a estar dado de alta trabajando hasta ahora,pero el tiene cotizado 3 años y pico trabajando y después autónomo para cojer el paro que tendría que hacer?porque el nunca lo ha tocado
Si es autónomo no tiene derecho a paro.
Si antes de darse de alta en autónomos estuviera cobrando el paro, podrías darse de baja y seguir cobrandolo siempre que no haya pasado más de 2 años.
Salu2.
Con sólo 15 días dado de alta podría solicitarlo o como ?ya qué el lo último que tiene es de autónomo del año 2010
En tal caso, no tiene derecho a paro.
Y la ayuda familiar tampoco podría? Aunque haya pasado esos dos años?
No, las cotizaciones de autónomos no dan derecho a ninguna ayuda del SEPE.
Según lo que nos cuentas, sólo tienes 15 días cotizados por desempleo y son insuficientes para cobrar ninguna ayuda del SEPE.
Salu2.