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27 de abril de 2009

Deducción por inversión en vivienda habitual.

La mayoría de los contribuyentes conocen que existen unas deducciones por inversión en vivienda habitual, pero desconocen el alcance de las mismas y siempre les quedan algunas dudas por resolver, aquí intentaremos contestar a todas esas preguntas frecuentes.

28 de Septiembre de 2009: El gobierno planea suprimir las deducciones de vivienda habitual a partir del 2011 para las rentas superiores a 24.107€ y sólo se podrá deducir el máximo desgravable de 9.040€ los que tengan rentas inferiores a 17.707€. Para los que haya comprando la vivienda hasta diciembre de 2010, esta ley no les afectará.

27 de Noviembre de 2009: Aprobado el anteproyecto para la equiparación de las deducciones de alquiler y compra/venta a partir del 2011: La deducción para la adquisición de vivienda habitual desaparecerá para las rentas superiores a 24.107€ y sólo se desgravará los 9.040€ las rentas inferiores a 17.707€

27 de Julio de 2010: La ministra de Vivienda, Beatriz Corredor, anunció hoy que el Gobierno suprimirá en los próximos dos años las ayudas a la compra de viviendas con el fin de potenciar el alquiler y la rehabilitación hasta 2012 y para cumplir con el ajuste presupuestario que permita reducir el déficit público.

19 de Diciembre de 2011: Rajoy prometo en el debate de su investidura como presidente que volverá las deducciones de la vivienda habitual sin limitaciones.

30 de Diciembre de 2011: Rajoy recupera las deducciones de vivienda habitual sin limitaciones de ingreso que existía a 31 de diciembre de 2010.

11 de Julio de 2011: Rajoy eliminará las deducciones de vivienda habitual para las nuevas adquisiciones a partir del 2013.

14 de Julio de 2011: El gobierno quita la compensación del 5% de las deducciones para las vivienda adquiridas antes del 20 de enero de 2006.

A partir del 1 de enero de 2013: desaparece la deducción por inversión en vivienda habitual. Esto significa que sólo podrán seguir deduciendo aquellos que hayan adquirido su vivienda antes del 31 de diciembre de 2012. Hay que recordar que el 15 de julio de 2012 también se suprimió la compensación fiscal que podían aplicar los que hubieran adquirido su vivienda antes del 20 de enero de 2006.

¿Qué es una vivienda habitual?

Se considera vivienda habitual a la edificación destinada realmente a residencia del contribuyente, siendo ésta ser ocupada de forma efectiva en un plazo máximo de 1 año desde la adquisición y durante un periodo mínimo de tres años, que puede ser menos en los siguientes casos y presentando prueba ante la Administración:

  • Boda.
  • Separación matrimonial.
  • Traslado laboral.
  • Obtención del primer empleo.
  • Cambio de empleo.
  • Inadecuación en caso de minusvalía.
  • Fallecimiento del contribuyente.

¿Cuáles son las modalidades de deducción por inversión en vivienda habitual?

Existe cuadro modalidades de deducción por inversión en vivienda habitual:

  • La adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual.
  • La construcción o ampliación de la vivienda habitual.
  • Inversión en Cuenta Vivienda.
  • Obras o instalación de adecuación de la vivienda habitual a las necesidades de una persona con discapacidad.

¿Qué conceptos se puede incluir en las deducciones por inversión en vivienda habitual?

Se puede incluir los siguientes conceptos y hasta un máximo de 9015€ anuales por declaración, salvo que se deduzca por obras o instalaciones de adecuación de la vivienda habitual a las necesidades de una persona discapacitada, en tal caso, el límite es de 12.020€ anuales.

  • Lo ingresado en una cuenta vivienda.
  • Lo pagado al vendedor, constructor, promotor de la vivienda, designando el NIF de los mismos en la declaración de hacienda.
  • Los gastos e impuestos de la escritura de compraventa: notaría, registro, IVA, ITP o Actos Jurídicos Documentados.
  • Los gastos por obras de construcción, ampliación o rehabilitación de la vivienda.
  • Los recibos del préstamo y los gastos de la escritura del préstamo.
  • Las primas de seguros de vida e incendios cuya suscripción exige el banco al conceder la hipoteca.
  • Las ayudas públicas concedidas al contribuyente para la adquisición de la vivienda habitual, dichas ayudas también hay que declararlo como ganancias patrimoniales.
  • El coste de los instrumentos de cobertura de riesgo del tipo de interés variable del préstamo hipotecario.

¿Qué deducciones se aplica a la inversión en vivienda habitual?

La deducción de forma genérica es del 15% sobre la base de la desgravación y hasta 9.040€ anuales por declaración.

Existen algunas excepciones:

  • Los contribuyentes que adquiriendo la vivienda antes del 20 de Enero de 2006, tiene una compensación del 5% adicional sobre los primeros 4.500€ invertidos o pagados en las cuotas de la hipoteca. (Esta deducción extra ha sido eliminado el 14 de Julio de 2012)
  • Los contribuyentes residentes en Cataluña tiene una deducción extra del 1,5% para la rehabilitación de la vivienda habitual.
  • Los contribuyentes residentes en Cataluña de forma genérica se puede deducirse 13,5% de la inversión en vivienda habitual y si cumple las siguientes condiciones se puede aplicar un 16,5%:
    • Tener 32 años o menos a 31 de diciembre de 2009 y una base imponible no superior a 30.000€.
    • Haber estado en el paro durante 183 días o más durante el ejercicio.
    • Tener un grado de minusvalía del 65% o más.
    • Formar parte de una unidad familiar que incluya al menos un hijo durante el año 2009.
  • Los contribuyentes residentes en País Vasco tiene una deducción 18 por 100 de las cantidades invertidas en la adquisición de vivienda habitual y hasta un máximo de 12.000€. En los supuestos en que el contribuyente tenga una edad inferior a 35 años o sea titular de familia numerosa, se aplicarán una deducción de 23% sobre la inversión en vivienda habitual excepto las cantidades depositadas en la cuenta vivienda y hasta un máximo de 12.000€ de base de la deducción.

¿Me puedo deducir mi vivienda habitual si antes he tenido otra vivienda como vivienda habitual?

Para poder deducir en esta segunda vivienda como vivienda habitual es necesario haber invertido previamente en esta segunda vivienda al menos la misma cantidad de dinero que hayamos deducido en la anterior vivienda habitual. Además si se vende la primera vivienda y se reinvierte el dinero obtenido, la plusvalía obtenida en dicha vivienda está exenta de tributación.

¿Qué significa rehabilitación de la vivienda habitual?

A efectos de esta modalidad de deducción, se considera rehabilitación de vivienda habitual las obras realizadas en la misma que cumplan cualquiera de los siguientes requisitos:

  • Que las obras hayan sido calificadas o declaradas como actuación protegida en materia de rehabilitación de viviendas, en los términos previstos en el Real Decreto 1186/1998, de 12 de junio, sobre medidas de financiación de actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo del Plan 1998-2001 (BOE del 26); en el Real Decreto 1/2002, de 11 de enero, sobre medidas de financiación de actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo del Plan 2001-2005 (BOE del 12), en el Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Plan Estatal 2005-2008, para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda o en el Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012
  • Que las obras tengan por objeto principal la reconstrucción de la vivienda mediante la consolidación y el tratamiento de las estructuras, fachadas o cubiertas y otras análogas, siempre que el coste global de las operaciones de rehabilitación exceda del 25 por 100 del precio de adquisición si se hubiese efectuado la adquisición durante los dos años inmediatamente anteriores al inicio de las obras de rehabilitación o, en otro caso, del valor de mercado que tuviera la vivienda en el momento de dicho inicio. A estos efectos, se descontará del precio de adquisición o del valor de mercado de la vivienda la parte proporcional correspondiente al suelo.

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1.513 comments to Deducción por inversión en vivienda habitual.

  • alvaro

    Hola,mi señora quiere traer unos 80 mil euros de Uruguay por transferencia bancaria para la compra de una vivienda en España (primer vivienda),mi pregunta es,debo pagarle a Hacienda algun dinero por esta transferencia?,muchas gracias y saludos.

  • moncho

    Hola, mi mujer y yo hemos estado cobrando Renta Activa de Insercción durante 2014, esto no tiene retenciones irpf, en el borrador de la declaración que hemos sacado hoy vemos que nos sale a devolver sólo lo poco que tenemos por lo retenido de los intereses de lo que tenemos en el banco, pero hemos pagado este año por la hipoteca del año 2004 un importe de 8.021,04€, la pregunta es ¿no tendrían que devolvernos como deducción por vivienda habitual sobre lo que hemos pagado de hipoteca?

    Gracias y saludos

  • SAUL

    Hola en 2014 he pagado 2656.15 de amortización y 1588.01 de intereses. en la casilla 626 correspondiente a la deducción por vivienda habitual, ¿tengo que calcular el 15% de la suma de ambas? Por defecto me viene calculado el 7.5% de la suma de ambas. ¿Es correcto?. Gracias y felicidades por la pagina y el post.

  • JUAN

    Buenas noches:

    He repasado el manuel de la renta del 2014 y me asalta una duda. En el ejemplo que ponen hacen mencion al requisito de incremento de patrimonio. Es decir que si tu patrimonio el 01/01/2014 era de 10 mil y el 31/12/2014 era de 2 mil solo te puedes deducir la cuota efectiva y no los 9 mil euros.

    ¿Es asi?

    Gracias anticipadas.

  • Carlos

    Hola:

    ¿Se puede deducir el seguro de vida asociado al préstamo hipotecario, además del importe amortizado y los correspondientes intereses?.

    Mi mujer tiene un piso al 100% de propiedad, que tiene arrendado. Lo curioso es que en el borrador conjunto y en la importación de datos fiscales, le sale deducción por adquisición de vivienda habitual. Entiendo que no es lógico, cuando nuestra vivienda habitual es otra de la que compartimos la propiedad al 50%, y aparece perfectamente especificada y aplicada la correspondiente deducción.

    Gracias y saludos.
    Felicidades por la web y el post

  • luisa

    Hola quería vender mi vivienda habitual en su día la compre por 50000 euros y ahora vale 120000 euros según la tasación si la vendo y compro otra por el mismo valor actual de 120000 euros que plusvalía pagaría por la venta y compra sabiendo las condiciones antes mencionadas.

  • carlos

    hola mi pregunta es la siguente voy a heredar una vivienda de mis padres en la que yo vivo y estoy empadronado y si la registro como vivienda habitual ,tendria derecho a la desgravacion del 95% del valor catastral y asi declarar un 5% del valor de la vivienda unicamente ,siempre y cuando no la venda en 10 años.

  • Luis Delgado

    En el borrador de la declaración de renta 2015, me ha desaparecido la deducción por las aportación del préstamo hipotecario de la vivienda habitual. Puede ser debido a que durante este ejercicio he recibido prestación por desempleo?

    • No, no tiene nada que ver.

      Si no figuran, debes de añadirlo si tienes derecho a la deducción, claro está.

      ¿sigue siendo tu vivienda habitual? si es así, lo puedes incluir y seguir deduciéndotelo.

      Salu2.

  • RAFAEL

    Hola. me aparece como capital amortizado en 2015 1656.37€ y 1222.55€ de intereses , la v,habitual esta al 50% con mi mujer. me aparece en el resumen D. X parte estatal 219.22€ y D. x parte autonomica 263.06€ y a mi MUJER 0€ y en su resumen de datos fiscales le aparecen los mismos datos de pagos a vivienda k ami. es esto correcto ? GRACIAS

    • No me cuadra los datos que aportas.

      1656.37€ y 1222.55€, es el total pagado o sólo tu parte del 50%.

      Porque con ese dinero puesto en la hipoteca da a deducción 431,83€ en total.

      1. Hay que repartir lo invertido en la vivienda entre los 2

      2. Si a pesar de estar bien repartido, no le figura deducción a tu mujer, es que no tendrá derecho a más deducciones (no tiene suficientes retenciones).

      Salu2.

  • Luis Dual Dual

    Si cobro la no contributiva y además 525es al año para ayuda del pago de vivienda alquilada una vez que he cobrado el primer año devo hacer algo más para cobrar en años posteriores?

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