El Bono Social son los descuentos aplicables a las familias según su renta, Pensionistas, Familias Numerosas, familias en riesgo de exclusión social… aplicables a su tarifa de electricidad si cumplen ser considerados Consumidores Vulnerables, Vulnerables Severos, o en Riesgo de Exclusión Social.
Vemos cuáles son las nuevas condiciones a cumplir para el Bono Social, que descuentos te aplicarán en la factura y cómo se solicita.
¿Qué es la Tarifa Social o Bono Social?
El Bono Social es una tarifa creada por el Ministerio de Industria que se aplica desde el 1 de Julio del 2009 a quienes son considerados «consumidores vulnerables» con menores posibilidades económicas.
- Para beneficiarte del Bono Social debes tener la tarifa eléctrica PVPC (con o sin discriminación horaria) y una potencia igual o inferior a 10 kW en tu vivienda habitual.
- Además, deberás cumplir los requisitos que vemos en el punto siguiente para ser considerado:
- cliente vulnerable
- cliente vulnerable severo
- cliente vulnerable severo en riesgo de exclusión social.
¿Quiénes podrán solicitar el Nuevo Bono Social? Condiciones
Con el nuevo Bono Social hay 3 categorías de clientes vulnerables:
- Consumidor Vulnerable, Consumidor Vulnerable Severo y Consumidor en Riesgo de Exclusión Social
Vemos a continuación los requisitos que deberán cumplirse en cada caso.
Consumidor Vulnerable
Tendrán derecho a un descuento en factura del 25%. Serán considerados Consumidores vulnerables quienes cumplan:
a.) Que su renta si es persona individual (o la renta conjunta de sus unidad familiar a la que pertenezca), sea igual o inferior
- a 1,5 veces el IPREM* de 14 pagas, en el caso de que no forme parte de una unidad familiar o no haya ningún menor en la familia
- a 2 veces el índice IPREM* de 14 pagas en el caso de que haya 1 menor en la unidad familiar
- a 2,5 veces el IPREM* de 14 pagas en el caso de que haya 2 menores en la unidad familiar
*IPREM anual 14 pagas válido para 2018: 537,8€ al mes (14 pagas) o 7.519,59€ al año.
b.) Tener el título de Familia Numerosa
c.) Pensionistas por Jubilación o Incapacidad permanente: que el propio consumidor y, en el caso de formar parte de una unidad familiar, todos los miembros de la misma que tengan ingresos, sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por Jubilación o incapacidad permanente, percibiendo por ello la cuantía mínima y no reciban otros ingresos.
Casos especiales:
Se beneficiarán especialmente (aplicándose un multiplicador de renta de 0,5 respecto al IPREM de 14 pagas) en caso de que el consumidor o alguno de sus miembros de la unidad familiar tenga:
- reconocida discapacidad igual o superior a 33%
- acredite la situación de Violencia de Género
- o sea víctima de terrorismo
Consumidores Vulnerables Severos
Tendrán derecho a un descuento en factura del 40%.
Para beneficiarse, deberán cumplir los requisitos para ser considerado consumidor vulnerable, y además:
- Percibir una renta anual inferior o igual al 50% de estos umbrales, incluyendo, en su caso, el incremento previsto para los casos en los que concurran las «circunstancias especiales».
- En el caso de las familias numerosas, el titular del contrato será considerado vulnerable severo si la renta anual de la unidad familiar es inferior o igual a dos veces el IPREM* de 14 pagas. Para los pensionistas con pensión mínima la renta debe ser inferior o igual a una vez el IPREM* de 14 pagas.
*IPREM anual 14 pagas válido para 2018: 537,8€ al mes (14 pagas) o 7.519,59€ al año.
Consumidor en Riesgo de Exclusión Social
Reunir los requisitos para ser considerado vulnerable severo.
Y, además ser atendido por los Servicios Sociales de una Administración Pública (autonómica o local) que financie al menos el 50 % del importe de su factura a PVPC previo a la aplicación del descuento por Bono Social. Los Servicios Sociales correspondientes tienen que acreditar el pago asumido en el plazo de 5 meses desde la emisión de la factura.
¿Qué descuentos supone el BONO SOCIAL en la factura de la electricidad?
El bono social se materializa en la aplicación de la tarifa de último recurso que corresponda (con o sin discriminación horaria) calculada como un descuento del 25% sobre el PVPC para el consumidor vulnerable y del 40% para el consumidor vulnerable severo.
¿Cuál es el límite de potencia contratada para beneficiarte del Bono Social?
Los descuentos del 25% y 40% del total de la factura están sujetos a un límite en el consumo de energía, superado el cual se aplicará la tarifa PVPC sin descuento:
- Pensionistas: 1.680 kWh de electricidad consumida al año.
- Familias numerosas: 3.600 kWh/año.
- Consumidores sin menores a cargo: 1.200 kWh/año.
- Consumidores con un menor a cargo: 1.680 kWh/año.
- Consumidores con dos menores a cargo: 2.040 kWh/año.
¿Cómo solicitar el Nuevo Bono Social?
El bono social se puede solicitar:
- Por teléfono, a través del número disponible en la página web del comercializador que tenga de referencia.
- En las oficinas del comercializador de referencia, cuando existan.
- Por fax o a través de la dirección de correo electrónico que comunique el comercializador de referencia en su página web y en su factura.
- Por correo postal en la dirección que comunique el comercializador en su página web y en su factura.
- A través de la página web del comercializador de referencia.
El formulario de solicitud estará disponible en la página web del comercializador de referencia, así como en sus oficinas de atención presencial al consumidor, cuando éstas existan.
Para la acreditación de las circunstancias especiales el solicitante podrá dirigirse a los servicios sociales del órgano competente o al órgano que designe la Comunidad Autónoma, para que éstos expidan el certificado u otro documento que acredite que se cumple alguna de las circunstancias especiales.
Salvo en el caso de las familias numerosas, los consumidores con bono social deberán renovarlo cada dos años.
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Si supero en mi caso 1680kw/año en mi caso,no tengo derecho a ningún descuento desde el primer kw que consuma o es a partir de los1680 cuando no se aplica el descuento?
Entiendo que esos límites son el máximo que se puede consumir con descuento. Todo lo que excedas de eso, hay que pagar más. Es como garantiza una cantidad de energía a bajo coste, si quieres consumir más, a pagar como todo hijo de vecino.
Salu2.
Este descuento del bono social sólo es aplicable a un consumo mensual básico que se asignará a cada tipo de hogar, según los límites que indicamos en el artículo superior.
El exceso sobre esa cifra se facturará al precio normal sin aplicarle el descuento.
Salu2
Mi unidad familiar se compone de mi mujer ,un hijo de 22 años con discapacidad e incapacitado y yo….mi hijo cuenta como hijo a cargo ??? En qué baremo entramos aplicando el 0,5 por discapacidad???Gracias
Yo creo que sí.
Entrariamos en el de 2 veces el indice del iprem y le añadiriamos el 0,5 ????Gracias
Donde ponga IPREM, debes de poner 0,5*IPREM.
Salu2.
Según mi renta 2016 soy consumidor vulnerable,pero en la renta 2017 que todavía no hemos realizado seria vulnerable severo.Cual me van a aplicar ya que piden la ultima declaración disponible.gracias
Buenos días
Para ser consumidor VULNERABLE SEVERO, debe ser el titular del contrato de electricidad de su vivienda habitual, y cumplir alguno de los tres requisitos siguientes:
(se tendrá en cuenta el nivel de Renta 2016, puesto que como bien comentas la Renta 2017 aún no se ha presentado..)
El nivel de renta en 2016 del titular o de su unidad familiar deber ser igual o inferior a:
– 5.639,695 €/año cuando no existe unidad familiar o si no hay menores en la misma;
– 7.519,595 €/año si hay un menor en la unidad familiar;
– 9.399,49 €/año si hay dos menores en la unidad familiar.
Para las personas con discapacidad, víctimas de violencia de género, familias numerosas…los límites son diferentes.
El año este año no cumples las condiciones de renta el año que viene sí que lo podrías solicitar con la Renta 2017.
Salu2
Hola,
Mis padres están casados pero cada uno está empadronado en una vivienda diferente. Mi madre ha solicitado el bono social para la vivienda en la que está censada y de la que es titular del contrato de electricidad. Como unidad familiar, cumplen con el nivel de renta para obtener el 25% de descuento. Sin embargo, la compañía dice que le deniegan el bono social porque todos los miembros de la unidad familiar tienen que vivir en la misma vivienda, que lo pone en el nuevo Real Decreto.
Yo he leído el decreto y no encuentro nada al respecto. Que yo sepa, la unidad familiar solo se tiene en cuenta para calcular el nivel de renta. No hace falta que los cónyuges vivan juntos.
Si algun@ puede arrojar algo de luz sobre este aspecto concreto se lo agradecería.
Un saludo a todos.
No he leído el Real Decreto… pero si no indica nada… alega y envíale el Real Decreto a la compañía.
Salu2.
hola, yo renové el bono social en febrero 2018 tengo que hacer algo es que con tantas cosas que dicen estoy echo un lio,
gracias
En principio, no tienes nada que hacer.
He solicitado renovación del Bono social para mi madre que vive sola el dia 08 Octubre 2018, El dia 17 de Octubre me comunican que me lo deniega por «imposibilidad de calculo. No es posible calcular el nivel de renta para todos los miembros de la unidad familiar»
El mismo dia 17 de Octubre procedo y hago la declaración de renta de mi madre y la llevo a la empresa de alumbrado los cuales me comunican que ya hasta el año 2019 no puedo solicitarlo y me aplican el consumo normal.
Mi pregunta es SI PUEDO RECURRIR Y A QUIEN
Por favor alguien que me pueda dar su opinión GRACIAS
Recientemente ha habido cambios respecto a quien puede acogerse al Bono Social. En el Real Decreto 897/2017, que ha entrado en vigor el 8 de octubre de 2017 se recogen los nuevos criterios para ser beneficiario del Bono Social. Dichos criterios se han modificado en el Real Decreto-ley 15/2018 [PDF] , de 5 de octubre.
El 8/10/2018 finalizó el plazo para que los beneficiaros del antiguo Bono Social acreditaran la condición de consumidor vulnerable. De todos modos, si completan su solicitud para renovar el bono social antes del 31/12/2018, se les aplicará el bono social con efecto desde el 8/10/2018.