Te indicamos qué cuantía corresponde cobrar en 2017 a quienes tengan derecho a percibir el Subsidio de desempleo, la RAI (Renta Activa de Inserción) y quiénes pueden solicitarlo.
Así como las cuantías máximas y mínimas a cobrar de Paro o Prestación Contributiva para este año.
1.- Subsidio de Desempleo: quién puede solicitarlo y cuantía en 2017
Pueden solicitar el Subsidio de Desempleo los trabajadores que:
- Hayan terminado de percibir la prestación de desempleo y tengan cargas familiares.
- Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 180 y 359 días.
- Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 90 y 179 días y además tengan responsabilidades familiares.
La cuantía del Subsidio de Desempleo para el 2017 es de 426€ (80% del IPREM que en este año está fijado mensualmente en 532,51 €)
La duración del Subsidio de desempleo depende del tiempo que se haya cotizado, pudiendo tener una duración máxima de 30 meses.
Más información en:
->> Subsidio de Desempleo: cómo se solicita y condiciones a cumplir
2.- RAI: quién lo puede solicitar y cuantía en 2017
Pueden solicitar la ayuda de la RAI (llamada Renta Activa de Inserción) las siguientes personas:
- Los mayores de 45 años o discapacitados de grado igual o superior al 33 % o tener reconocida una incapacidad que suponga una disminución en su capacidad laboral del 33% que cumplan:
- Haber agotado su prestación contributiva por desempleo y/o el subsidio por desempleo de nivel asistencial.
- Ser demandante de empleo e inscrito al menos durante 12 meses de manera ininterrumpida en el servicio de empleo. (Se considera interrumpida la demanda si se ha trabajado 90 o más días en el año anterior a la fecha de solicitud o si se ha salido al extranjero.)
- Carecer de rentas (el solicitante no puede tener rentas superiores al 75% del SMI excluidas las pagas extras, y las rentas medias de la unidad familiar (cónyuge e hijos menores de 26 años) no puede superar el 75% del SMI excluida las pagas extras)
- Víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica:
- No convivir con el agresor.
- Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
- Carecer de rentas (como en el caso anterior)
- Ser trabajador emigrante retornados
- Haya retornado del extranjero en los 12 meses anteriores a la solicitud.
- Haya trabajado como mínimo 6 meses en el extranjero desde su última salida de España
- Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
- Carecer de rentas (como en el caso anterior)
La cuantía de la RAI para el 2017 es de 426€ (80% del IPREM que en 2017 es de 532,51 €)
La duración máxima de la RAI es de 11 meses, aunque se puede solicitar hasta 3 veces.
Más información sobre la RAI en:
->> RAI: cómo se solicita y condiciones a cumplir
¿Cuál es el límite de Renta máxima para solicitar el Subsidio de Desempleo y la RAI?
La renta máxima o límite de ingresos máximos que se pueden tener para poder solicitar las ayudas del Subsidio de Desempleo o la RAI en 2017 es de 530,78€ al mes (que es el 75% del SMI situado en este año en 707,70 €)
3.- Paro o Prestación Contributiva: cuantía máxima y mínima para el 2017
Para saber cuánto te corresponde cobrar de Prestación Contributiva si te vas al paro, se tienen en cuenta las cotizaciones de los últimos 6 meses (el promedio de las bases de cotización de los últimos 180 días de trabajo anteriores al cese)
Se calcula aplicando a la base reguladora el 70% durante los 180 primeros días y el 60% a partir del 181 día, no pudiendo ser la cuantía a percibir inferior ni superior a los topes límites fijados por Ley:
- Cuantía mínima de la Prestación contributiva en 2017
- Sin hijos: 497,00 €
- Con un hijo o más: 664,74 €
- Cuantía máxima de la Prestación Contributiva en 2017
- Sin hijos: 1.087,20 €
- Con un hijo: 1.242,52 €
- Con dos hijos o más: 1.397,83 €
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Hola,
He cobrado la RAI 2 veces, hasta el 10/01/2017…ahora me ha salido 1 trabajo de contrato por obra y servicio por horas; según me han dicho será de 10h, y según vaya la demanda irían incrementando las horas…mi pregunta es:
-En este caso, quedándome la 3ª RAI aún, ¿en qué caso no podrían dármela de nuevo estando trabajando en las condiciones que describo en el caso de cesar el contrato?…
– Tengo pendiente de que me manden la carta para ir al Tribunal Médico para ver si me conceden una discapacidad…de ser asi, en las mismas condiciones, si me la concedieran, ¿podría tener derecho sí o sí a la 3ª RAI?…
Gracias de antemano
1. Mientras que no trabajas 90 días al año, se considera que no has interrumpido la demanda de empleo y podrías pedir la siguiente RAI cuando te toque.
2. Si te da una discapacidad y te concede una prestación, lo más probable es que no te puedas beneficiarte de la 3ª RAI porque estarías cobrando otra cosa.
Salu2.
Este domingo es dia 10 dia en el que se cobra paro y demas prestaciones como la rai. mi pregunta es la siguiente que vendria antes siendo domingo la carta o que te ingresen el dinero.
Si cae en domingo el día 10, pagan al día siguiente hábil. En este caso, el día 11, lunes.
Salu2.
Hola.. se me acaba ayuda PCI (prestación canaria inserción) tengo 49 años un hijo menor de edad y todavía sin trabajo puedo solicitar RAI gracias…
Por lo poco que aportas, podrías.
Vete a SEPE y pregunta.
Salu2.
Buenos días si se te acaba un subsidio por cargas familiares y tienes 7 meses trabajados puedes pedir otro subsidio por cotizacion insuficiente de seguido solicitándolo una vez acabado el otro o tienes que firmar un contrato para solicitarlo.
Muchas gracias.