En pocos días, cualquier notificación que tenga que hacerle la Administración, tales como multas, requerimientos, citaciones.., le será comunicada vía SMS o email.
Entra en vigor de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas el próximo 3 de octubre.
Vemos todas las novedades que trae consigo esta nueva Ley y los nuevos trámites que ya sólo se podrán realizar por internet.
Multas y notificaciones ahora por SMS o email
A partir del día 3 de Octubre, cuando la Administración tenga que notificarle, ya sean multas de Tráfico o administrativas, como requerimientos, lo hará enviándole un mensaje a su móvil o correo electrónico con un enlace a través del cual podrá acceder a la notificación.
Adicionalmente se le remitirá en papel, salvo que el ciudadano opte de forma expresa únicamente por la vía electrónica.
¿Cuál es el objetivo de esta medida?
Agilizar las notificaciones, ya que hasta ahora, cuando la Administración enviaba una notificación por correo (por ejemplo una multa o citación) debía entregarla por carta a través de Correos.
Si el cartero no localiza al destinatario tiene que intentarlo tres días después y si aún así no logra entregar la carta, el ciudadano tiene que desplazarse a la oficina de Correos para recoger la certificación con el aviso que le hayan dejado.
De esta forma, se pretenden favorecer el ahorro tanto para la Administración como para el ciudadano, así como agilizar los engorrosos trámites con las entidades públicas
Más trámites sólo realizables de forma obligatoria por internet
Se amplía el número de trámites que será obligatorio realizar de forma telemática:
Los profesionales cuya actividad requiera una colegiación obligatoria, los funcionarios o los que representen a un interesado (procuradores, por ejemplo), tendrán que realizar los trámites y comunicaciones con la Administración vía electrónica.
Ventajas para los ciudadanos
Al menos la medida contempla también algunas ventajas para los ciudadanos, para los que se eliminan algunos trámites que hasta ahora eran obligatorios:
- Dejará de exigirse de forma general la presentación de documentos originales (como títulos académicos)
- No será necesario presentar documentos que ya hayan sido aportados previamente ante cualquier Administración
- No será necesario aportar documentos que hayan sido elaborados por las propias Administraciones (como copias del DNI o certificados de empadronamiento).
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para recibir copia de multa no pagada n 70054462483 bolletin trafico fecha 09062014 gracias
Debes solicitar copia de la multa en Tráfico.
Nosotros no te la podemos facilitar.
Salu2