Si no encuentras tu Declaración de la Renta del último año, no la presentaste, y no dispones de la Casilla 490 necesaria para solicitar el número de referencia, otra forma de acceder al Renta Web aunque más engorrosa de conseguir la contraseña, es mediante la Cl@ve PIN.
Te indicamos qué es la Cl@ve PIN y cómo conseguir esta contraseña para ver el Borrador, presentar tu Declaración, y realizar todos los trámites con la AEAT a través de internet.
¿Qué es la Cl@ve PIN?
La cl@ve PIN es un sistema de identificación electrónica por el que mediante el uso de una clave elegida por el usuario y un PIN comunicado mediante SMS al móvil, los usuarios puedan acceder de forma simplificada a los servicios eléctronicos de la Administración, sin tener que recordar claves diferentes para acceder a los distintos servicios de la AEAT, Seguridad Social..
¿Qué tipos de Cl@ve existen?
Hay dos tipos de Cl@ve:
- Cl@ve ocasional o Cl@ve PIN: sistema de contraseña de validez muy limitada en el tiempo. Se utiliza para acceder de forma ocasional por ejemplo a la AEAT para ver o modificar el Borrador, presentar la Declaración y otros trámites..
- Cl@ve permanente (Cl@ve Personal): acceso de usuario y contraseña de validez duradera en el tiempo, pero no ilimitada (clave SMS al móvil de un sólo uso), orientado para acceder a los servicios de la Seguridad Social.
Sobre el PIN: 4 cosas a tener en cuenta:
1.- Desde que se solicita el PIN hasta que se utiliza no pueden pasar más de 10 minutos. Si pasa más tiempo, el PIN caduca y es necesario solicitar otro.
2.- El PIN obtenido vale para una única sesión de trabajo en la Sede electrónica de la AEAT en la que se podrán realizar varios trámites mientras no se cierre la sesión -es decir, mientras no se cierre el navegador -, o se deje inactiva durante 60 minutos.
3.- Puede solicitarse el PIN cada vez que se necesite.
4.- Puede utilizarse el PIN a través de internet si lo desea con su móvil:
App Store buscando “ClavePIN”: “Aplicación móvil Cl@ve PIN (Android)” y “Aplicación móvil Cl@ve PIN (IOS)”.
¿Cómo registrarse por primera vez para la Cl@ve PIN?
Antes de nada es necesario registrarse para darse de alta en el sistema.
Para ello hay dos opciones:
1.- Acudiendo personalmente a una de las oficinas de la Agencia Tributaria
Se deberá mostrar el DNI o NIE, con la fecha de validez, proporcionar su número de teléfono móvil y una dirección de correo electrónico.
2.- A través de la Web de la AEAT:
Entrando a través de éste enlace y seleccionando a continuación una de las siguientes opciones disponibles para registrarse:
1.- Mediante el CSV (Código Seguro de Verificación) que figura en la carta de invitación al sistema que haya recibido de la AEAT.
Si no se ha recibido ninguna, un enlace permite solicitarla. Para solicitar el envío de la carta invitación se consigna el NIF, primer apellido y el código IBAN de una cuenta bancaria de la que sea titular. En unos días se recibe en el domicilio fiscal la carta con el CSV que permite efectuar el registro de alta en el sistema.
2.- Mediante Certificado o DNI electrónico.
Se genera un documento con las condiciones de alta en el sistema para su aceptación (y el código para activar la contraseña para organismos que utilicen Cl@ve Permanente).
El registro sólo hay que realizarlo una vez. Hecho esto se pueden solicitar rápidamente el PIN cada vez tal como indicamos a continuación.
¿Cómo conseguir la Cl@ve PIN?
Una vez dado de alta como indicamos anteriormente, puede solicitarse el PIN cada vez que se necesite para realizar trámites con la Agencia Tributaria por Internet:
Para ello:
- Acceder al enlace “Obtención de Cl@ve PIN” en la web de la AEAT.
- Indicar el DNI o NIE con su fecha de validez (válido hasta: dd/mm/aaaa) y la clave de 4 caracteres que se elija en ese momento.
- Se recibirá un mensaje SMS en el móvil un PIN de 3 caracteres, con un tiempo de validez limitado.
- La clave elegida junto al PIN es el código de acceso que le permitirá realizar los trámites que la Agencia Tributaria habilite para realizar por por Internet con este tipo de acceso.
Se puede utilizar siempre que se necesite en www.agenciatributaria.es, pinchando en el banner «Cl@ve PIN” para pedir un nuevo PIN.
¿Desventajas?
Lógicamente este sistema es menos seguro que el DNI electrónico o el certificado electrónico o incluso de la casilla 490.
Si alguien dispone de nuestro DNI y nuestro móvil puede realizar cualquier operación sin nuestro permiso con la Agencia Tributaria… y acceder a todos nuestros datos (figuran en la Declaración de la renta, propiedades, dirección, ahorros, cuentas bancarias…)
Si en el 2015 trabajé en Cataluña y mi domicilio es en Galicia en la declaración de la renta 2015 ¿ qué Comunidad autónoma tengo que poner?
Tu domicilio fiscal es donde haya pasado más de la mitad del año como tu residencia habitual.
Salu2