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25 de marzo de 2009

Plan Vive

Plan Vive consiste en una ayuda en la financiación a la hora de adquirir un vehículo nuevo, o de ocasión hasta de 5 años, teniendo que dar de baja a cambio un vehículo antiguo.

Es la línea de financiación destinada por el ICO y el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, como ayuda e incentivo a la adquisición de vehículos, sustituyendo así los más antiguos por otros menos contaminantes.


Estará vigente hasta el 31 de Julio de 2010, disponiéndose de una dotación económica de 1.200 millones de euros para la adquisición de vehículos. (03/06/09). El ministro de Industria, Turismo y Comercio, Miguel Sebastián, ha anunciado que el Plan VIVE ha agotado su presupuesto en mayo con seis meses de antelación sobre la fecha prevista por lo  que se da por terminado el plan.

¿A quién está destinado?

¿Qué vehículos podrán financiarse mediante el Plan Vive?

¿Qué condiciones debe cumplir el vehículo antiguo que habrá de dar de baja?

¿Qué plazos hay para dar de baja el vehículo antiguo?

¿Qué importe se podrá financiar?

¿Qué plazo de amortización podrá tener y a qué tipo de interés?

¿Qué comisiones tendrá?

¿Dónde se puede tramitar?

¿Qué documentación hay que aportar en el caso de que el solicitante sea persona física?

¿Qué documentación hay que aportar en el caso de que el solicitante sea persona jurídica?

¿Hay alguna forma de contactar con el ICO para otras consultas concretas?

¿A qué entidades puede dirigirse para solicitar el Plan Vive?

¿A quién está destinado?

Podrán acogerse a él tanto personas físicas, como autónomos y Pymes que cumplan las siguientes condiciones:

  • Menos de 250 empleados.
  • Volúmen de negocio anual no superior a 50 millones de euros y/o cifra de balance general no superior a 43 millones de euros
  • No estar participada en un 25% o más por empresa o conjunto de empresa que no cumplan los criterios antes citados

¿Qué vehículos podrán financiarse mediante el Plan Vive?

Los turismos o los vehículos de transporte de categoría N1 (vehículos que no superan las 3,5Tn, destinados al transporte de mercancías) y que cumplan las siguientes condiciones:

  • El vehículo adquirido debe ser nuevo, sin haber estado antes matriculado, o sino vehículo de ocasión con una antigüedad máxima de 5 años contabilizada desde la fecha de la primera matriculación.
  • El vehículo adquirido también debe cumplir también alguna de las siguientes condiciones respecto a las emisiones de CO2
    • En caso de tratarse de un vehículo de categoría M1:
      • Que sus emisiones de CO2 no sean superiores a 120 g/Km o sino que sus emisiones de CO2 no sean superiores a 140 g/Km y además incorporen sistemas de control electrónico de estabilidad y detectores presenciales en plazas delanteras.
      • Que sus emisiones de CO2 no sean superiores a 140 g/Km y además incorporen dispositivos EGR de recirculación de gases de escape para vehículos diesel o catalizador de tres vías para los vehículos de gasolina.
    • Si se trata de la adquisición de un vehículo de transporte de mercancías de categoría N1, debe cumplir que sus emisiones de CO2 no superen los 160 gr/Km.
El precio de adquisición del vehículo no debe ser superior a 30.000€, IVA/IGIC incluidos.

¿Qué condiciones debe cumplir el vehículo antiguo que habrá de dar de baja?

Habrá que dar de baja definitiva otro vehículo que cumpla lo siguiente:

  • Debe ser un turismo o vehículo de categoría N1 de su propiedad. Oficialmente no se especifica que tenga que estar un tiempo determinado mínimo a tiempo del titular de la persona solicitante del préstamo, así que en principio en caso necesario se podría hacer una transferencia de titular antes de llevarlo al desguace.
  • Si el vehículo a financiar fuera nuevo, el antiguo debe tener más de 250.000kms o sino un mínimo de 10 años
  • Si el vehículo a financiar fuera de ocasión, el vehículo a dar de baja deberá tener una antigüedad mínima de 15 años, sin especificarse un mínimo de kilometraje.

La antigüedad se contabilizará siempre desde la fecha de primera matriculación.

¿Qué plazos hay para dar de baja el vehículo antiguo?

  • La baja del vehículo deberá tener fecha posterior al 18 de julio del 2008, y deberá producirse en el plazo de un mes a contar desde la firma del contrato del préstamo o leasing. De esta forma, en caso de necesitar imprescindiblemente coche, podrá seguir utilizando el antiguo hasta disponer del nuevo, dándolo de baja definitiva después, sin olvidar que no transcurra más de un mes desde la firma del crédito.
  • No podrán transcurrir más de 6 meses desde la baja del vehículo antiguo hasta la matriculación del vehículo nuevo. O hasta la adquisición del vehículo financiado, en el caso de que se trate de un vehículo de ocasión.

¿Qué importe se podrá financiar?

Hasta el 100% del importe de venta del vehículo, incluyendo el IVA/IGIC, exceptuando los casos de leasing, en los cuáles el IVA/IGIC no se financiará.

Estarán siempre excluidos todos los impuestos relacionados con la matriculación del vehículo (Impuesto de matriculación, Impuesto municipal de Vehículos de Tracción mecánica, Impuesto de transmisiones de compraventa vehículos usados, etc.)

La cantidad máxima a financiar será de 30.000€ por operación de la forma siguiente:

  • Los primeros 10.000 euros serán aportados por el ICO. De todas formas, se podrá solicitar una cantidad inferior a esos 10.000€ sin un límite mínimo especificado en el Plan Vive.
  • El resto de la financiación total, hasta el máximo de 30.000€, serán aportados por la propia Entidad de Crédito.

En cualquier caso, el cliente no está obligado a pedir un crédito por la totalidad del precio del vehículo nuevo, sino que podrá financiar con sus fondos propios, parte del coste del mismo.

Si se solicitará la financiación de una cantidad mayor de 10.000€, se formalizará igualmente un solo contrato entre la Entidad de Crédito y el cliente.

La ayuda resumidamente consistirá en la posibilidad de financiar 10.000€ a un tipo de interés al 0%. No se trata por tanto de una ayuda directa tal y como ocurría en el antiguo Plan Prever.

¿Qué plazo de amortización podrá tener y a qué tipo de interés?

En cuanto al plazo de amortización el cliente podrá elegir entre:

  • 5 años, sin carencia de principal.
  • 5 años, con 1 año de carencia de principal. Esto quiere decir que durante un año sólo se pagarían intereses, y los 4 años restantes, las cuotas de amortización serían más altas.

El tipo de interés se aplicará de la siguiente forma:

  • Tipo interés fijo al 0% para los primeros 10.000€.
  • Tipo de Referencia ICO + hasta 2,50€ para el resto de la financiación.

Tipo de interes Línea Plan Vive
AÑOS TIPO DE INTERÉS (TAE)
Hasta 10.000 euros 0%
Fijo 5 años, sin carencia 5,672%
Fijo 5 años, con 1 año de carencia 5,657%

La modalidad de contrato podrá ser préstamo o leasing.

El tipo de interés que el ICO comunica es TAE.

¿Qué comisiones tendrá?

Las Entidades de Crédito no podrán cobrar comisión alguna en concepto de comisión de apertura, estudio, o exigir la firma de un seguro o de cualquier otro producto que eleve el coste.

¿Dónde se puede tramitar?

El cliente podrá elegir la Entidad de Crédito que desee, dentro del listado actualizado que se especifica aquí.

En el caso de la no aprobación de la financiación por parte de una Entidad de crédito concreta, se podrá solicitar en cualquiera de las restantes, e incluso solicitar que le realicen el estudio en varias a la vez.

La decisión de aprobar o no las operaciones de crédito, en cualquier caso corresponderá a cada Entidad de Crédito que realice el estudio.

¿Qué documentación hay que aportar en el caso de que el solicitante sea persona física?

La documentación a presentar en la Entidad de Crédito si el solicitante es persona física será la siguiente:

  • Baja definitiva del vehículo expedida por la Dirección General de Tráfico, en el plazo máximo de 6 meses a contar desde la fecha de firma del contrato de financiación.
  • Certificado de destrucción del vehículo al final de su vida útil, expedido por un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos, en el plazo máximo de 20 días naturales desde la fecha de firma del contrato de financiación, en caso de que en dicho plazo no se haya aportado ya la baja definitiva expedida por la Dirección General de Tráfico.
  • El cliente deberá poder acreditar la adquisición del vehículo financiado mediante factura, contrato de compraventa, y mediante los dos anexos creados para el Plan Vive y que podrán descargarse a continuación:
  • E independientemente de los documentos anteriormente indicados, cada Entidad de Crédito podrá solicitar los datos a mayores que estime oportunos, con el fin de determinar la solvencia del solicitante, que en general serán:
    • Fotocopia del DNI.
    • Declaración de la Renta del último año.
    • Ultimas nóminas o documento de ingresos periódicos.

¿Qué documentación hay que aportar en el caso de que el solicitante sea persona jurídica?

La documentación a presentar en la Entidad de Crédito si el solicitante es persona jurídica será la siguiente:

  • Baja definitiva del vehículo expedida por la Dirección General de Tráfico, en el plazo máximo de 6 meses a contar desde la fecha de firma del contrato de financiación.
  • Certificado de destrucción del vehículo al final de su vida útil, expedido por un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos, en el plazo máximo de 20 días naturales desde la fecha de firma del contrato de financiación, en caso de que en dicho plazo no se haya aportado ya la baja definitiva expedida por la Dirección General de Tráfico.
  • El cliente deberá poder acreditar la adquisición del vehículo financiado mediante factura, contrato de compraventa, y mediante los dos anexos creados para el Plan Vive y que podrán descargarse a continuación:
  • E independientemente de los documentos anteriormente indicados, cada Entidad de Crédito podrá solicitar los datos a mayores que estime oportunos, con el fin de determinar la solvencia del solicitante, que en general en este caso serán:
    • Escrituras de constitución y apoderamiento.
    • Cuentas Registrales delúltimo ejercicio cerrado (Balance y Cuenta de Pérdidas y Ganancias) y fotocopia del último Impuesto sobre Sociedades.
  • Si es la primera operación que solicita el cliente en la Caja debe presentar las Cuentas e Impuesto de Sociedades correspondientes a los tres últimos ejercicios y un balance privado al cierre del trimestre más próximo al de la solicitud de la operación.
  • Balance auditado si se dan dos de las tres condiciones siguientes:
    • Facturación anual superior a 4.747.995€
    • Número de empleados igual o superior a 50.
    • Activos iguales o superiores a 2.373.997€
  • Facturas de la inversión realizada
  • Documentación que justifique que el cliente es microempresa o pyme:
    • TC2 a 31/12/2008 (u otra documentación oficial justificativa del número de empleados.
    • Resumen anual del IVA (modelo 390) con los datos de la facturación a 31/12/2008. En caso de no realizarse este pago o no poder detectarse la facturación a través de este modelo (por ejemplo: si se hace por nódulos, en el caso de agricultores o de otros regímenes especiales) será necesario documento firmado por el cliente que indique la fcaturación del año 2008.
    • Balance a 31/12/2008 (sólo para personas jurídicas): una vez presentado el Impuesto de Sociedades del año 2008, se podrá obetener este documento. Mienstras no esté presentado, el cliente debe entregar debidamente firmado y sellado un Balance Provisional a esa fecha.
    • Certificados de la Seguridad Social y AEAT que justifiquen que está al corriente de pagos.

¿Hay alguna forma de contactar con el ICO para otras consultas concretas?

El teléfono de contacto es el 900 121 121 o sino podrán exponer sus consultas en el email: ico@ico.es

¿A qué entidades puede dirigirse para solicitar el Plan Vive?

Listado de entidades a las que puede dirigirse para solicitar su préstamo. Actualizado con fecha 24/11/2008:

  • BANCAJA
  • BANCO CAIXA GERAL
  • BANCO COOPERATIVO
  • BANCO DE VALENCIA
  • BANCO PASTOR
  • BANCO POPULAR
  • BANCO SABADELL
  • BANQUE PSA FINANCE
  • BBVA
  • BILBAO BIZKAIA KUTXA
  • C. GRAL DE CANARIAS
  • C.A. AVILA
  • C.A MANRESA
  • C.A VITORIA Y ALAVA
  • C.A. ASTURIAS
  • C.A. CORDOBA (CAJASUR)
  • C.A. DE BALEARES
  • C.A. INMACULADA
  • C.A. INSULAR DE CANARIAS
  • C.A. ONTENIENTE
  • C.A. PENEDES
  • C.A. SEGOVIA
  • C.A. MURCIA
  • C.A. DE LA RIOJA
  • C.A. CIRCULO CATOLICO BURGOS
  • C.LAB.POPULAR MONDRAGON
  • CAIXA NOVA
  • CAJA CAST. LA MANCHA
  • CAJA DUERO
  • CAJA ESPAÑA INVERSIONES
  • CAJA RURAL ARAGONESA (MULTICAJA)
  • CAJA RURAL CENTRAL (Orihuela)
  • CAJA RURAL DE ASTURIAS
  • CAJA RURAL DE CIUDAD REAL
  • CAJA RURAL DE ZAMORA
  • CAJA RURAL DEL SUR
  • CAJA RURAL DE TERUEL
  • CAJAMAR CAJA RURAL, SCC.
  • CAJALON
  • LA CAIXA
  • LICO LEASING
  • RCI BANQUE
  • SANTANDER
  • SANTANDER CONSUMER FINANCE
  • UNICAJA

12 comments to Plan Vive

  • susana

    Hola, yo he ido a un banco ha solicitar el plan vive, y me están estudiando la concesión del préstamo, alli me han dicho que al ser un préstamo lleva gastos notariales, me gustaría saber si esto es correcto y de cuanta cantidad podría ser.

    Un saludo y gracias.

    • Los préstamos para vehículos no suelen requerir la firma de un notario. Si te lo piden es para cubrirse las espaldas en caso de un impago.

      Desconozco exáctamente cuánto puede costar, pero cuenta que será unos pocos cientos de euros, que al incluirlo en las cuotas, no lo notarás mucho.

      De todas formas solicita un estudio con otras entidades financieras.

  • TERE

    Quisiera saber cuál es el período que tardan en concederlo, porque llevo más de una semana esperando la respuesta del banco
    un saludo

    • El plazo de concesión depende de la entidad gestora del riesgo, es decir el banco al que hayas solicitado, debes de ir a hablar con el banco, e igualmente puedes solicitarlo en otro banco.

      Salu2

  • jose

    hay algun listado para ver que vehiculos cumplen con el plan vive en cuanto a emisiones y todo eso? o hay que mirar uno por uno.gracias

  • elena

    yo compre el año pasado un coche mediante el plan vive y me gustaria saber si estoy obligada a declararlo en la declaracion de este año. gracoas

    • Hola Elena.

      El año pasado había dos tipos de ayudas a la compra de coche.

      Primero el Plan Vive (que eran ayudas a la financiación tal como puedes ver en el artículo) y otro tipo de ayudas que salieron después eran las del Plan 2000E.

      – Si te acogiste al Plan 2000E tendrás que declarar el año que viene en tu Declaración de la Renta los 500€ del Estado y la parte autonómica (que de forma general eran otros 500€).
      – Si te acogiste al Plan Vive no tendrás que Declarar nada, puesto que eran otro tipo de ayudas totalmente diferentes.

      Esperamos que te sirva de ayuda.

      Salu2!

      — Todas las consultas sobre vivienda, coches, declaración renta, listados morosidad, etc en http://www.preguntasfrecuentes.net/foro

  • marta

    Tngo un citroen xsara del año 2000 de gasoil y he pensado en cmprarme uno nuevo sigue vigente algun plan para mi? me darían los 2000 euros? ando un poco perdida, qué coches puedo pedir y qué requisitos o costes tendría? gracias

    • En estos momentos no hay ayuda oficial por entregar coche antiguo.

      Lo que si que puedes es negociar con el concesionario el precio para un vehículo nuevo entregando el tuyo, a ver por cuánto te lo tasan.

      Suelen tasarlo muy bajo, y siempre sale más rentable venderlo a un particular, pero también es verdad que te olvidas de si da algún problema o no (si lo vendes a un particular siempre te expones a tener que aguantar que se queje de que algo no va bien y demás..)

      Por otro lado, si te compras algún coche de stock que de tiempo a matricular antes de fin de año, seguramente te harán buena oferta.

      Salu2!

  • manuel

    Hé terminado de pagar este mes el plan vive de 2009 de un citroen c4.Tengo que hacer algo,como un levantamiento de hipoteca o similar.Espero respuesta,saludos y gracias.

    • Tendrías que acudir a Tráfico y solicitar el Historial de ese vehículo (cuesta unos 8€). En el vendrá indicado si te hicieron Reserva de Dominio.

      Si la hicieron, tendrías que solicitar su cancelación ante la entidad financiera que te prestara el dinero, ya que mientras figure esa Reserva en Tráfico no podrías vender el vehículo, por ejemplo..

      Salu2

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