Hoy se abre el plazo extraordinario para solicitar las Ayudas de Comedor escolar en Castilla y León, por la novedad para este curso 2016/2017 de haberse incrementado el límite de renta, por lo que muchas más familias podrán beneficiarse.
Indicamos qué plazo hay para solicitar estas ayudas, de qué cuantía son, cómo se benefician las familias numerosas, niños con discapacidad.., y dónde y cómo hay que presentar la solicitud.
¿A quién están destinadas las Ayudas de Comedor escolar?
Estas de ayudas tienen cómo objetivo sufragar los gastos de Comedor Escolar en los centros docentes públicos de Castilla y León, desde el primer hasta el último día lectivo del curso escolar.
Las pueden solicitar los padres, madres o tutores legales de alumnos que cursan el 2º ciclo de Educación Infantil, Educación primaria y ESO y Educación Especial en centros docentes públicos que dispongan del servicio de comedor.
¿Qué plazo hay para solicitarlo?
PERIODO EXTRAORDINARIO DE SEPTIEMBRE CURSO 2016-2017
1. Se podrán presentar solicitudes de ayuda para el curso 2016/2017 desde el 5 al 20 de septiembre de 2016. Quienes la hubieran presentado en el periodo ordinario no precisaran formular una nueva solicitud.
2. Las solicitudes de ayuda presentadas durante el período ordinario se revisarán de oficio para resolverlas de conformidad con los nuevos umbrales de renta.
¿Qué requisitos hay que cumplir?
Dependiendo del caso en que se encuentre, podrá beneficiarse de la Gratuidad total, gratuidad del 75% o gratuidad del 50% siempre que cumplan los requisitos según detallamos:
BENEFICIARIOS CON GRATUIDAD TOTAL:
- Renta: Alumnos pertenecientes a unidades familiares en las que la suma de los ingresos de todos sus miembros obtenidos en el período impositivo inmediatamente anterior (con plazo de presentación vencido) a la presentación de la solicitud de gratuidad de comedor escolar, no exceda en cómputo anual de dos veces el Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM) anual fijado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año en el que se presenta la solicitud (14.910,18 € en 2016).
- Alumnos que se encuentren en situación de acogimiento familiar o residencial.
- Alumnos pertenecientes a familias numerosas de categoría especial.
- Solicitantes víctimas de violencia de género.
- Alumnos víctimas de terrorismo.
- Alumnos con grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
- Alumnos que se encuentren en situaciones carenciales específicas, entendiendo como tales aquellas circunstancias en las que se hace evidente una situación de necesidad en la unidad familiar por razones económicas o de exclusión social.
BENEFICIARIOS CON GRATUIDAD DEL 75%:
- Renta: alumnos pertenecientes a unidades familiares en las que la suma de los ingresos de todos sus miembros obtenidos en el período impositivo inmediatamente anterior (con plazo de presentación vencido) a la presentación de la solicitud de gratuidad de comedor escolar, no exceda en cómputo anual de 2,5 veces el Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM) anual fijado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año en el que se presenta la solicitud (18.637,85 € en 2016).
BENEFICIARIOS CON GRATUIDAD DEL 50%:
- Renta: Alumnos pertenecientes a unidades familiares en las que el resultado de la suma de los ingresos de todos sus miembros obtenidos en el período impositivo inmediatamente anterior (con plazo de presentación vencido) a la solicitud de gratuidad de comedor escolar no exceda en cómputo anual 3 veces el Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM) anual fijado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año en el que se presenta la solicitud (22.365,42 € en 2016).
- Alumnos miembros de familia numerosa de categoría general.
NOTA: PARA LA REVISIÓN DE LAS SOLICITUDES DE AYUDA DE COMEDOR 2016/2017 PRESENTADAS DURANTE EL PERIODO ORDINARIO Y PARA LAS QUE SE PRESENTEN DURANTE ESTE PERÍODO EXTRAORDINARIO LOS DATOS ECONÓMICOS IRÁN REFERIDOS AL PERIODO IMPOSITIVO 2014.
¿Cuál es la cuantía de estas ayudas?
El importe del Menú se podrá reducir en un 50, 75 o 100% del precio total según los casos indicados en el punto anterior.
El servicio de comedor será gratuito para los alumnos escolarizados en centros públicos en niveles de enseñanza obligatorios, en el 2º ciclo de E. Infantil y Educación Especial obligados a desplazarse fuera de su localidad.
¿Dónde y cómo hay que solicitarlo?
Se puede solicitar a través de las siguientes vías:
1.- Presencial:
- En las secretarías de los centros escolares donde los alumnos vayan a realizar sus estudios en el curso escolar para el que se solicita la ayuda.
- Oficinas de Información y Registro de la Junta de Castilla y León.
- En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 (LRJAP).
2.- Por internet
Entrando en la Aplicación de Comedores Escolares de la Junta de Castilla y León
¿Qué documentación hay que presentar?
Puede ver la documentación necesaria a presentar en:
->> Documentación a presentar «Ayudas Comedor Escolar curso 2016/17»
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