El gobierno ha anunciado que suprimirá las deducciones por vivienda habitual a partir del 2013, pero sólo para las nueva adquisiciones a partir de enero de 2013.
Éste ha sido el tercer cambio en menos de 2 años:
- 27 de Noviembre de 2009: ZP elimina la deducción por inversión en vivienda habitual de forma universal y sólo permite deducirlo a las rentas inferiores a los 24.107 euros.
- 30 de Diciembre de 2011: Rajoy recupera las deducciones de vivienda habitual sin limitaciones de ingreso que existía a 31 de diciembre de 2010.
- 11 de Julio de 2011: Rajoy eliminará las deducciones de vivienda habitual para las nuevas adquisiciones a partir del 2013.
- 15 de Julio de 2011: Rajoy la compensación fiscal para los que compraron la vivienda antes del 20 de enero de 2006.
¿Los que compraron su vivienda habitual antes del 2013 podrán seguir desgravándose?
Sí, la nueva ley sólo afectará a las adquisiciones a partir de enero de 2013. Los que compraron la vivienda hasta ahora lo podrá seguir desgravando sin problemas.
Este medida podría fomentar las compras a los largo del 2012. De hecho si estás pensando comprar vivienda sería interesante considerarlo y hacer la compra antes de que entre el 2013, eso sí, siempre que el banco te concedan la hipoteca.
¿Cuáles son las modalidades de deducción por inversión en vivienda habitual?
Existe cuadro modalidades de deducción por inversión en vivienda habitual:
- La adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual.
- La construcción o ampliación de la vivienda habitual.
- Inversión en Cuenta Vivienda.
- Obras o instalación de adecuación de la vivienda habitual a las necesidades de una persona con discapacidad.
¿Qué conceptos se puede incluir en las deducciones por inversión en vivienda habitual?
Se puede incluir los siguientes conceptos y hasta un máximo de 9015€ anuales por declaración, salvo que se deduzca por obras o instalaciones de adecuación de la vivienda habitual a las necesidades de una persona discapacitada, en tal caso, el límite es de 12.020€ anuales.
- Lo ingresado en una cuenta vivienda.
- Lo pagado al vendedor, constructor, promotor de la vivienda, designando el NIF de los mismos en la declaración de hacienda.
- Los gastos e impuestos de la escritura de compraventa: notaría, registro, IVA, ITP o Actos Jurídicos Documentados.
- Los gastos por obras de construcción, ampliación o rehabilitación de la vivienda.
- Los recibos del préstamo y los gastos de la escritura del préstamo.
- Las primas de seguros de vida e incendios cuya suscripción exige el banco al conceder la hipoteca.
- Las ayudas públicas concedidas al contribuyente para la adquisición de la vivienda habitual, dichas ayudas también hay que declararlo como ganancias patrimoniales.
- El coste de los instrumentos de cobertura de riesgo del tipo de interés variable del préstamo hipotecario.
>> Más preguntas sobre las viviendas habitual, consulta aquí.
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Hola los gastos de un piso compra venta unos 12500 euros.el año q viene cuando hagamos la declaracion de la renta nos desgrava un 15% de los 12500 el 50% cada uno.yo trabajo y mi marido trabajo solo 6 meses en 2012.en el banco donde tenemos el prestamo nos han dicho q como mi marido ha estado en el paro a el le sale a pagar si la hacemos individual.y si la hacemos conjunta nos devuelen menos q la individual. Tambien nos han dicho q hacienda lo q le interesa q estems trabajando. Y tenemos un hijo no s si eso desgraba tambien.gracias
Si habéis comprado la vivienda entre 2, os podéis deducir el 50% de todo lo gastado en la vivienda durante el año, hasta un máximo de 9.040 euros en declaraciones individuales.
Si se hace una declaración conjunta, el máximo deducible para la pareja será 9.040 euros.
Por otro lado, tenéis que tener en cuenta que al tratarse de una deducción, es decir, una reducción de la carga fiscal, si durante el año no habéis tenido retenciones, poco os va a deducir.
¿Qué es mejor entonces, individual o conjunta? Para saberlo, lo mejor es hacer una simulación con el programa padre:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/05/04/trituracion-conjunta-o-individual/
Salu2.
Yo he trabajao durante todo este año jornada completa y si m han retenido.pero mi marido ha estado en el paro hasta junio.y desde julio esta trabajando a 10 horas semanales y en la nomina l han retenido muy poco por estos mes.no se si a el cn lo poco q le han retenido puede desgravar su 50% en la declaracion?gracias
Sí, claro. Se lo podrá deducir… pero claro, por otro lado le tocará pagar impuestos por el dinero que ha ganado y que no le ha retenido casi nada.
Por otro lado, al haber cobrado 6 meses de paro y otros 6 meses de un empleo, lo más probable es que esté obligado a hacer la declaración:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2012/04/11/quien-esta-exento-de-hacer-la-declaracion-de-la-renta-del-ejercicio-2011-que-se-hace-en-2012/
Salu2.
Hemos comprado terreno en junio de 2012 para construir vivienda.Tenemos el proyecto visado y la licencia de obras concedida y pagada, a punto de contruir.
¿podremos deducirnos la vivienda aunque no empecemos la obra hasta enero de 2013, habiendolo comprado en 2012? ¿O tenemos que haber empezado, teniendo alguna factura de gasto? Si nos dan hipoteca antes del 31 de diciembre de éste año para empezar la obra, nos podremos deducir primero el terreno, o solo los gastos de notaría, arquitecto y geotécnico, y despues las cuotas de hipoteca?
Gracias
Según tengo entendido tienes que comenzar las obras en 2012 para consolidar las deducciones.
Haz una visita a la Agencia Tributaria y haz una consulta.
Salu2.
Abrí mi cuenta vivienda en diciembre de 2008. He desgravado el máximo en 2008, 2009 y 2010. En el ejercicio 2011 no añadí dinero a la cuenta puesto que ya tenía claro que iba a ser imposible comprar un piso. En teoría tengo lo que queda de año para comprarme un piso pero no lo voy a hacer.
Entiendo que esta nueva ley no me ayudaría en nada, porque abrí la cuenta antes de 2009. ¿Tendré que devolver entonces lo desgravado en estos años más intereses? ¿Tengo alguna otra opción?
Tienes que devolver todo lo desgravado + intereses de demora.
Podrías abrir una nueva cuenta y deducirte en la declaración del próximo año (sólo) si tienes pensado comprar en los próximos 4 años.
Salu2.
hola
he hecho el contrato de compraventa en diciembre y la firma de escrituras la tenemos lista para el dia 21 de diciembre tambien, pero la entrega de llaves la haremos el dia 15 de enero por todo el tema de las navidades.
Al ser en distinta fecha la escritura y la entrega de llaves,perdere el derecho a desgravacion?
Yo creo que sí, salvo que se indique en las escrituras que la entrega de llaves se hará a una fecha posterior a la escrituras.
Leete la siguiente respuesta «jesus».
Salu2.
se sabe ya exactamente lo que pone en el boe??yo firme contrato compraventa en diciembre de 2011, me he desgravado todas las cantidades entregadas a la promotora y firmo hipoteca en abril de 2014, podre desgravar durante la hipoteca?
El boe dice que para las adquisiciones a partir del 1 de enero de 2013 ya no se podrá desgravarse.
Aquí la cuestión es interpretar qué significa una adquisición:
– el momento de la firma de contrato de compra-venta.
– el momento de la firma de la escritura pública.
– el momento de la entrega de llaves.
En una consulta vinculante de la Agencia Tributaria aclara este algo este punto: dice que el momento de adquisición es:
– El momento de la firma de contrato de compra-venta privada siempre que se realice la entrega de llaves, en caso contrario, se entiende el momento de la escritura pública (el momento que se entiende que se entrega las llaves, salvo que se diga lo contrario, en tal caso, el momento de la entrega de llaves):
Salu2.
puuufff!!!!me pierdo de principio a fin. En mi caso en concreto, que opinas??
Yo en concreto el contrato de compra-venta lo firmé en diciembre de 2011 y desde entonces tengo que estar pagando cuotas hasta abril de 2014, la entrega segun contrato de producirá entre el segundo y tercer trimestre de 2014 (yo siempre he tenido entendido que en la firma de escritura publica te entregan las llaves de la vivienda, por lo que seria la misma fecha para ambas)y tambien tengo que decir que ya me desgrave el dinero entregado en 2011.¿hay alguna posibilidad de desgravar las cantidades de la hipoteca?aunque sea firmando algun documento con la promotora??
Ya te dije más o menos cómo lo interpretabamos nosotros… en nuestra respuesta anterior…
Intenta hacer una consulta en la Agencia Tributaria, a ver qué te dicen ellos.
Salu2.
Abrí una cuenta ahorro vivienda el 28/12/2010, me he desgradavado la máxima cantidad durante dos ejercicios. Ahora me acabo de enterar que si no se compra una vivienda antes del 31/12/2012 se pierde la desgravación… En mi caso concreto, ¿quiere decir que como no voy a adquirir una vivienda antes de finales de año, tendré que abonar en la declaración de 2012 todo lo que me han desgravado durante estos 2 años, aunque no haya concluido el plazo de los 4 años para adquirir la vivienda? ¿Tendré que pagar también unos intereses de demora y porque? ¿Cuanto suponen esos intereses de demora? Por otro lado, me ofrecen en el banco realizar un depósito a plazo fijo antes de fin de año, ya que dicen que los intereses ofertados bajarán a principios de 2013. ¿Es la mejor opción para dejar el dinero si no tengo pensado comprar en 1 año y medio o 2 años? ¿Alguien sabe cuanto se tiene que cotizar por tener un depósito a plazo fijo de una cantidad en torno a los 30.000 euros? Por otro lado, los intereses que se abonan por un depósito a plazo fijo se abonan al final del periodo del depósito (6, 12, 18 o 24 meses) o mes a mes? Por lo que deduzco, interesa más entonces hacer un depósito a 12 o 6 meses y luego retirarlo y hacer otro depósito, ya que obtienes así la rentabilidad en menor tiempo. Muchas gracias.
1. Podrás deducir lo que aportes en 2012 en la declaración que se hace en el 2013.
2. Lo que ingresos en el 2013 y siguientes años, ya no tendrá derecho a deducción.
3. Tendrás que invertir el dinero de tu cuenta vivienda en la adquisición de una vivienda antes de 28 de diciembre de 2014.
Salu2.
Hola,
mi caso es el siguiente. Hemos comprado una casa en diciembre de 2012. Es una casa de segunda mano, y el contrato de arras con los vendedores es de fecha 22 Diciembre. La hipoteca está concedida, la tasación hecha, pero no se firnmará escritura hasta enero de 2013 ya que hay una gran sarturación en las notarías y es imposible hacer un hueco antes. En este caso ¿tendríamos acceso a la desgravación?
Gracias.
Si te entregan las llaves en 2012, sí, pero leete:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/27/deduccion-por-inversion-en-vivienda-habitual/comment-page-24/#comment-11537
Salu2.
En enero voi avender mi casa en 100000 y un piso en permuta valorado en 80000 como parte de pago con los 100000 voi a descontar la ipoteca puedo qedar esento de los impuestos del valor del piso poniendolo como reinversion muchisimas gracias
Sí, claro. Si reinviertes lo obtenido de la venta, no tienes que pagar la plusvalía de dicha vivienda, siempre que esa fuera tu vivienda habitual.
Salu2.