En muchas ocasiones, el tener un golpe o siniestro con el coche es imprevisible ya que depende del resto de conductores o otros factores externos.
Sin embargo, en caso de tener algún siniestro o accidente de circulación, ¿sabemos cómo debemos actuar?
Es importante saber con qué coberturas del seguro contamos y cómo reclamar al contrario si fuera el culpable la indemnización por daños y lesiones.
¿Cómo debemos actuar en caso de siniestro o accidente?
Lo primero es seguir la técnica P.A.S. que quiere decir Proteger, Avisar y Socorrer a las víctimas en el caso de que las hubiera.
Una vez que las personas implicadas en el siniestro estén en zona resguardada o protegida, hay que llamar a Emergencias al telf. 112 y solicitar que acuda la Guardia Civil o Policía para que realice atestado del accidente y lo traslade al juzgado de instrucción.
Este atestado deberán hacerlo en el caso de que alguno de los implicados en el accidente lo solicite, aunque éste no haya sido muy grave.
Se debe apuntar el nombre y dirección de los otros conductores implicados y se recomienda rellenar el parte amistoso.
Si le es posible, recopile también todas las pruebas que pueda: fotos, datos de testigos, justificantes de gastos…
Para retirar el vehículo y si precisara de atención urgente, podría recurrir a su seguro de Asistencia en Viaje.
En el caso de que haya resultado herido en el accidente, debe conservar el parte de urgencias que haya emitido el facultativo le atienda.
Y si quisiera interponer denuncia en vía penal, ¿qué plazo habría?
Habría un plazo de seis meses para presentar la denuncia en el juzgado.
¿Qué habría que hacer después del accidente?
Tendría que dar parte a su aseguradora. Y siempre que sea posible antes de que pasen 7 días desde el siniestro (ver condiciones de cada póliza en particular)
Una vez entregado el parte, su compañía aseguradora se pondrá en contacto con la compañía del otro vehículo y aportará toda la documentación que considere necesaria para determinar quién fue el responsable del accidente.
En caso de lesiones, es importante guardar los sucesivos partes de baja y de alta para poder justificar los días de incapacidad y demostrar su derecho a la indemnización.
La aseguradora del responsable le hará una oferta de indemnización por daños y lesiones que podrá aceptarla sin más o si no estuviera de acuerdo podrá tratar de confirmarla acudiendo a un especialista en valoración de daños corporales (en el caso de que su seguro tenga cobertura de reclamación de daños se hará cargo del peritaje).
Si la indemnización que negociara su compañía no le pareciera la adecuada, quizás debería contratar un abogado especializado y presentar una demanda por vía civil en el caso de que la cuantía lo mereciera.
Los costes del proceso pueden estar cubiertos por la reclamación de daños del automóvil, una póliza de defensa jurídica.
En caso de no querer ir a juicio, tendría la posibilidad de hacer una reclamación ordinaria acudiendo al Defensor del Asegurado de la compañía o solicitar a la aseguradora que se someta al arbitraje.
¿A qué indemnización tendría derecho en caso de lesiones?
En caso de siniestro la víctima de un accidente tiene derecho a ser indemnizada por daños personales, ya sea por los días de baja, como en caso de incapacidad permanente provocada por las secuelas, en cuyo caso se indemniza directamente a la víctima, o su fallecimiento, por el que se indemnizaría a sus familiares.
La cantidad que se podría fijar como indemnización variaría dependiendo la gravedad de la lesión, los ingresos de la víctima, sus circunstancias personales y familiares, etc.
La Ley de Responsabilidad Civil y Seguro para la circulación de vehículos a motor rige el sistema de valoración de daños físicos tras un accidente de tráfico, y se utiliza muchas veces también para establecer las indemnizaciones por las lesiones producidas.
¿Qué factores influyen en la cuantía de la indemnización de los días de baja?
También se podría reclamar una indemnización por los días que tenga que estar de baja la víctima de un siniestro.
Respecto a los días que se estuvieran de baja habría que distinguirse entre (cuantía según baremo 2014):
- Días de baja hospitalaria: 71,84 €/día
- Días de baja no hospitalaria:
- Días de baja impeditiva : 58,41 €/día – cuando no se pudiera desarrollar la ocupación o actividad habitual
- Días de baja no impeditiva: 31,43€/día – cuando no le impidiera desarrollar la ocupación o actividad habitual
Dependiendo de qué tipos de días de baja se trate, como puede observar, corresponderá una cuantía u otra.
¿Cómo se realiza la valoración de las secuelas?
Las secuelas físicas o estéticas que hubieran sido provocadas por el siniestro también dar derecho a la víctima a reclamar la indemnización correspondiente.
La valoración de las secuelas definitivas, una vez que hayan sido valoradas por informe médico que determinará la gravedad de las mismas, darán lugar a que la aseguradora del vehículo culpable indemnice a la víctima.
El Real Decreto Legislativo 8/2004 recoge la cuantía de las indemnizaciones por daños físicos y estéticos establecidas a partir de un baremo por puntos en función de daño que se trate. Cada punto tendrá un valor en euros, y estos valores se actualizan cada año mediante el IPC del año anterior, publicándose en el Boletín Oficial del Estado.
El valor de cada punto variará en función de los factores particulares de cada caso, como puede ser por ejemplo de la edad de la víctima, cuanto mayor sea, menos vale cada punto, y del número de puntos acumulados. En el caso de que hubiera muchos puntos, indicaría que se habrían producido más secuelas y eso incrementaría a los puntos de valor.
¿Los gastos médicos, de transporte y demás serían reembolsables también?
En principio sí, por lo que conviene conservar los justificantes, recibos y facturas relativos a los gastos médicos, farmacéuticos y correspondientes a desplazamientos durante la rehabilitación para reclamarlos también a la compañía contraria a través de su aseguradora.
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hola, mi nombre es jose y el 6 de julio a las 20:00 de la tarde tuve un accidente de coche, iba a hacer un giro a mi izquierda pero el que venia de frente venia muy de prisa asi que me dio por toda la parte derecha de mi coche, perdi la concienza por unos minutos la ambulancia vino, y me llevo al hospital tenia un corte en la cabeza, y magulladuras de la cintura para arriba me duele la espalda, en el hospital me realizaron escanner y rayos x, el medico me dijo que habian salidos los examenes bien, quiero saber si tengo derecho a alguna indemnizacion por parte del seguro, y si por el coche me responderan, pues quedo casi siniestro. le agradezco por lo que me pueda aconsejar muchas gracias
Hola Jose.
Esperamos que estés bien. Al menos que puedas escribirnos es buen síntoma y te enviamos mucho ánimo.
En tu caso ambas compañías una vez que reunan toda la información estudiarán el caso para deducir quién tiene que indemnizar a quien.
De momento lo mejor es que revises las condiciones particulares de tu póliza. Si tienes el seguro a todo riesgo, ahí te indicarán con qué valor (100% valor de nuevo, valor venal..)te tendrán que indemnizar por el siniestro de tu coche, si te lo dieran como siniestro total.
En ese caso, si te correspondiera el valor de tasación te lo podemos mirar y así podrás comparar con el valor que te ofrezca tu compañía (nos tendrías que decir la marca, motor, modelo, y fecha de primera matriculación de tu coche)
Sobre los daños personales, conviene que vayas guardando todos los partes e informes médicos que te vayan dando y que indiquen en los mismos que han sido producidos como consecuencia del accidente de coche, para presentarlos a tu compañía y en base a ello puedan presentar las reclamaciones que correspondan a la compañía contraria.
Esperamos que te vayas encontrando mejor y ya nos contarás.
Salu2!
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Buenos días hace un mes tuve un accidente se salto un stop, estoy todavia con tratamiento y rehabilitacion. Mi consulta es la clínica a la que voy a rehabilitación me comunica que no puedo faltar mas de 3 dias seguidos ya que sino me dan el alta definitivamente y mi pregunta es desde el 3 de abril tengo contratadas mis vacaciones que hago me pagan ellos tods los billetes que ya he comprado o tengo derecho a ir los 4 dias que contrate antes de tener el accidente.
Gracias de antemano.
Entendemos que tendrías que cumplir lo que te han comentado en rehabilitación o sino te darán el alta.
Sobre el tema de tus vacaciones, si no pudieras ir porque aún no te encontrarás bien lo mejor sería que hablaras con tu compañía de seguros para ver cómo se trataría el tema en cuanto a indemnización de tus vacaciones contratadas. Quizás tengas que presentar el justificante de haberlas abonado en aquella fecha para solicitar reembolso o compensación.
Salu2
Hola buenos días.
ya me contestásteis a una pregunta hace unos día, pero me queda una duda. agradecería si me la podeis resolver.
Mi pregunta es: he tenido un accidente en el cual un coche se ha saltado un ceda el paso y me ha llevado por delante, yo en moto, afortunadamente no me he roto nada, he estado unos días sin trabajar pero sin baja, posteriormente he estado con muchos dolores y tratamiento, también la compañía contraria me ha mandado a rehabilitación la cual acabo de terminar. Pues bien, me indemnizan con 28.88 € diarios hasta finalizar el periodo de rehabilitación, no tengo secuelas, ni me han dado puntos, sólo fueron magulladuras y golpes. mi duda es si tengo derecho a algo más que a los 28,88 € diarios o me correspondo algo más por algún otro concepto? mi compañia me ha dicho que eso está bien pero no se si fiarme de mi compañía. esa es la duda que se me presenta.
Gracias de antemano por la ayuda.
un saludo.
Emi
Hola Emi
Nos parece correcto.
Te están indemnizando por días de baja no impeditiva que es de 28,88€.
Este valor está fijado y corresponde al valor publicado en el BOE-A-2010-1819 – Resolución de 31 de enero de 2010, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se da publicidad a las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultarán de aplicar durante 2010 el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.
A este valor se le aplicarán unos factores de corrección en función de los ingresos netos anuales de la víctima. Consulta con tu aseguradora a ver cómo te han incluido estos factores de corrección.
Salu2 y esperamos que te vayas recuperando.
Hola, resula que he tenido un choque en un rotona contra un coche extranjero, el iba por fuera y yo por dentro, y cuando quise ir para el carril derecho no lo vi y lo lleve por delante, tngo el faro roto, el espejo, la aleta delantera derecha toda doblada y sabe dios que mas, el resto es todo de pintura. Cubrimo el parte amistoso porque no hubo ni heridos y yo sabia que habia sido mi culpa, entregue mi parte por telefono a las 2 horas, despues de 3 dias ellos aun no han entregado el suyo. Mi pregunta es la siguiente: mi compañia aun entregando el croquis del accidente en el que se ve que tuve yo la culpa y al decirles que yo fui quien dio el golpe, puede darle mas vueltas e investigar mas???
Buenos días Aroa.
Si el parte de accidente está claro no creemos que tu compañía dé más vueltas al asunto.
Si fuiste el culpable de lo sucedido y el coche lo tienes a todo riesgo o con daños propios cubiertos, darán parte al perito que acudirá a ver el coche, realizará la valoración de los daños y procederán a su reparación.
Por otro lado se pondrán en contacto con otra aseguradora para la reparación de los daños del contrario.
Salu2
Yo iba en mi coche y el semáforo estaba en verde y se cruza un peatón ,freno suavemente porque lo veía venir de lejos, entonces un coche que sale de una calle detrás de mí me dá por detrás y yo iba con mi hijo de 10 añoscon su cinturón y sentado en la sillita.
En estos casos lo mejor es llamar a atestados para que tomen nota de lo sucedido y seguir las indicaciones que damos en el artículo sobre cóo proceder.
Suponemos que habrás dado ya parte al seguro. Hay un plazo de 7 días para ello.
Por lo demás las aseguradoras tendrán en cuenta todos los datos y peritaciones para determinar las responsabilidades y proceder a la reparación según corresponda.
Esperamos que esteis bien y no hayais sufrido ninguna lesión. Sino habría que depurar responsabilidades para determinar la correspondencia de indemnización por daños personales.
Salu2
Hola agradecido de antemano por su respuesta.El dia 4 de Mayo tube un accidente de trafico al salir de una rotonda,habia una cola de coches y uno de ellos salio en el momento que yo pasaba,no pude frenar y cai al suelo me parti la muñeca por dos sitios y tube luxacion de codo con rotura de cubito y radio.He estado escayolado hasta el dia 3 de Junio que empeze la rehabilitacion.He estado de baja desde entonces en el trabajo,cosa que todavia sigo,hago la rehabilitacion en la mutua de la empresa,pues fue accidente de trabajo pues fue cuando iba para el trabajo.El brazo no puedo extenderlo ni contraerlo completamente y segun la traumatologa no se me va a quedar bien,y la mano tambien tengo muchos dolores y no puedo girar la muñeca.El seguro del coche ya me ha arreglado los daños de la moto.Mi pregunta es:¿me tendran que dar una indemnizacion por el brazo y por la mano? aparte de los dias que este de baja ¿no?.
Sentimos lo que te ha pasado y esperamos que te recuperes lo antes posible.
Una vez que te den el alta médica contabilizarán los días que has estado y de esta forma la indemnización que te correspondería.
Te abonarán los días de baja en función de si se trata de días de baja impeditiva o no impeditiva, de si has estado hospitalizado algún día, y por las posibles secuelas que te quedaran. En el artículo puedes ver más información sobre este tema.
Además la indemnización que te corresponda por baja laboral es independiente de la que te corresponde por la seguradora.
Habla con tu compañía de seguros sobre este tema a ver qué te comentan al respecto, ya que son ellos quien deben tramitarlo con la compañía contraria.
Salu2!
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hola de antemano y gracias mi consulta es ke hace dos dias tuve un accidente de coche en la entrada de rotonda fue culpa mia a ella no le hize nada y yo se me rompio el foco no hay problema le tengo a todo riesgo pero tengo dolores en el cuello y soy la condoctora estoy cn analgesicos ami me cubre?? aun siendo la culpable y la conductora?? gracias
Hola María.
Tendrías que revisar las condiciones particulares de tu póliza de seguro a ver qué indica respecto a daños personales en tu caso.
En principio las indemnizaciones por días de baja impeditiva o no impeditiva se aplican para las lesiones ocasinadas a terceros.
Sin embargo, cuando el conductor causante del accidente hubiera sufrido lesiones podrá ser asistido de sus lesiones con cargo a la Garantía de Asistencia Sanitaria (que normalmente incluyen las pólizas de automóvil, por eso debes mirar si aparece algo al respecto en tu póliza).
Esta garantía suele incluir, con el límite económico pactado en póliza, la asistencia médica y hospitalaria, transporte sanitario, prótesis y aparatos ortopédicos.
Esperamos que te mejores y que te sirva en algo de ayuda nuestro comentario.
Salu2
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Hola,hace unos dias me contestaron a una pregunta,tengo otra duda me dijeron ustedes que la indemnizacion que me corresponde por baja laboral es independiente de la que me corresponde por la aseguradora,y mi pregunta es:¿La indemnizacion por la baja laboral sera si no quedo bien del codo y la muñeca no?, ¿tendria que pasar por el tribunal medico no?.Y eso que tengo que solicitarlo yo.Muchas gracias.
Eso es. La indemnización que correspondiera por la aseguradora es independiente y compatible con la prestación que, como trabajador, pueda corresponderle de:
* El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)
* O la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales
y que tendría que abonarte y tramitar la empresa para la que trabajes durante el periodo que estés de baja como sueldo.
Sin embargo, sobre lo que nos consultas de
comentarte que en ese caso se trataría ya de secuelas y habría que estudiar el caso tanto por indemnización de la aseguradora de nuevo, como por baja laboral por incapacidad permanente si así lo evaluaran en el peor de los casos..
Salu2!
tuvimos un accidente el 5 julio donde mi hija tuvo un latigazo cervical.estuvo llendo a reabilitacio hasta el 3 agosto que el medico le dio alta.ella esta estudiando.cuanto le corresponde de indenizacion
Depende de cuántos días de baja no impeditiva le tomen en cuenta la aseguradora.
Lo mejor es que consulteis este punto con vuestro seguro para que os dé datos concretos sobre la indemnización.
Ya nos contareis a ver qué os dicen.
Hola el 21 de julio de 2010 ,yo iba en mi coche y mi semáforo estaba en verde , se cruzó un peatón en el paso de de peatones, frené para no atropellarlo y me dieron por detrás. Mi hijo de 10 años llevaba el cinturón e iba sentado en la silla de niños.Ha llevado mi hijo collarín cervical durante 2 semanas y yo tengo dolor lumbar y cervical.¿Tenemos derecho a recibir alguna indeninzación?.Gracias
Ante un caso de estos, lo mejor es llamar a atestados, tomar datos de testigos de lo sucedido para que quede constancia y guardar los partes médicos donde se debe indicar que los daños han sido provocados por el siniestro para aportar como pruebas al seguro..
Aparte de esto, en vuestro caso lo mejor sería consultarlo con vuestro seguro, ya que el mismo debe cubrir los daños a terceras personas que viajen en el vehículo accidentado.. Ya nos indicarán a ver qué te comentan en tu seguro sobre este tema.
Salu2 y ánimo por lo sucedido. Vaya susto y encima sin ser culpa vuestra. Es cierto que el peatón debería tener su responsabilidad en lo sucedido y aunque no conocemos casos en concretos, debería poder denunciarse.