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19 de enero de 2010

Seguros de coche e indemnización por siniestro o accidente.

En muchas ocasiones, el tener un golpe o siniestro con el coche es imprevisible ya que depende del resto de conductores o otros factores externos.

Sin embargo, en caso de tener algún siniestro o accidente de circulación, ¿sabemos cómo debemos actuar?

Es importante saber con qué coberturas del seguro contamos y cómo reclamar al contrario si fuera el culpable la indemnización por daños y lesiones.

¿Cómo debemos actuar en caso de siniestro o accidente?

Lo primero es seguir la técnica P.A.S. que quiere decir Proteger, Avisar y Socorrer a las víctimas en el caso de que las hubiera.

Una vez que las personas implicadas en el siniestro estén en zona resguardada o protegida, hay que llamar a Emergencias al telf. 112 y solicitar que acuda la Guardia Civil o Policía para que realice atestado del accidente y lo traslade al juzgado de instrucción.

Este atestado deberán hacerlo en el caso de que alguno de los implicados en el accidente lo solicite, aunque éste no haya sido muy grave.

Se debe apuntar el nombre y dirección de los otros conductores implicados y se recomienda rellenar el parte amistoso.

Si le es posible, recopile también todas las pruebas que pueda: fotos, datos de testigos, justificantes de gastos…

Para retirar el vehículo y si precisara de atención urgente, podría recurrir a su seguro de Asistencia en Viaje.

En el caso de que haya resultado herido en el accidente, debe conservar el parte de urgencias que haya emitido el facultativo le atienda.

Y si quisiera interponer denuncia en vía penal, ¿qué plazo habría?

Habría un plazo de seis meses para presentar la denuncia en el juzgado.

¿Qué habría que hacer después del accidente?

Tendría que dar parte a su aseguradora. Y siempre que sea posible antes de que pasen 7 días desde el siniestro (ver condiciones de cada póliza en particular)

Una vez entregado el parte, su compañía aseguradora se pondrá en contacto con la compañía del otro vehículo y aportará toda la documentación que considere necesaria para determinar quién fue el responsable del accidente.

En caso de lesiones, es importante guardar los sucesivos partes de baja y de alta para poder justificar los días de incapacidad y demostrar su derecho a la indemnización.

La aseguradora del responsable le hará una oferta de indemnización por daños y lesiones que podrá aceptarla sin más o si no estuviera de acuerdo podrá tratar de confirmarla acudiendo a un especialista en valoración de daños corporales (en el caso de que su seguro tenga cobertura de reclamación de daños se hará cargo del peritaje).

Si la indemnización que negociara su compañía no le pareciera la adecuada, quizás debería contratar un abogado especializado y presentar una demanda por vía civil en el caso de que la cuantía lo mereciera.
Los costes del proceso pueden estar cubiertos por la reclamación de daños del automóvil, una póliza de defensa jurídica.

En caso de no querer ir a juicio, tendría la posibilidad de hacer una reclamación ordinaria acudiendo al Defensor del Asegurado de la compañía o solicitar a la aseguradora que se someta al arbitraje.

¿A qué indemnización tendría derecho en caso de lesiones?

En caso de siniestro la víctima de un accidente tiene derecho a ser indemnizada por daños personales, ya sea por los días de baja, como en caso de incapacidad permanente provocada por las secuelas, en cuyo caso se indemniza directamente a la víctima, o su fallecimiento, por el que se indemnizaría a sus familiares.

La cantidad que se podría fijar como indemnización variaría dependiendo la gravedad de la lesión, los ingresos de la víctima, sus circunstancias personales y familiares, etc.

La Ley de Responsabilidad Civil y Seguro para la circulación de vehículos a motor rige el sistema de valoración de daños físicos tras un accidente de tráfico, y se utiliza muchas veces también para establecer las indemnizaciones por las lesiones producidas.

¿Qué factores influyen en la cuantía de la indemnización de los días de baja?

También se podría reclamar una indemnización por los días que tenga que estar de baja la víctima de un siniestro.

Respecto a los días que se estuvieran de baja habría que distinguirse entre (cuantía según baremo 2014):

  • Días de baja hospitalaria:  71,84 €/día
  • Días de baja no hospitalaria:
    • Días de baja impeditiva :   58,41 €/día    – cuando no se pudiera desarrollar la ocupación o actividad habitual
    • Días de baja no impeditiva:   31,43€/día   – cuando no le impidiera desarrollar la ocupación o actividad habitual

Dependiendo de qué tipos de días de baja se trate, como puede observar, corresponderá una cuantía u otra.

¿Cómo se realiza la valoración de las secuelas?

Las secuelas físicas o estéticas que hubieran sido provocadas por el siniestro también dar derecho a la víctima a reclamar la indemnización correspondiente.

La valoración de las secuelas definitivas, una vez que hayan sido valoradas por informe médico que determinará la gravedad de las mismas, darán lugar a que la aseguradora del vehículo culpable indemnice a la víctima.

El Real Decreto Legislativo 8/2004 recoge la cuantía de las indemnizaciones por daños físicos y estéticos establecidas a partir de un baremo por puntos en función de daño que se trate. Cada punto tendrá un valor en euros, y estos valores se actualizan cada año mediante el IPC del año anterior, publicándose en el Boletín Oficial del Estado.

El valor de cada punto variará en función de los factores particulares de cada caso, como puede ser por ejemplo de la edad de la víctima, cuanto mayor sea, menos vale cada punto, y del número de puntos acumulados. En el caso de que hubiera muchos puntos, indicaría que se habrían producido más secuelas y eso incrementaría a los puntos de valor.

¿Los gastos médicos, de transporte y demás serían reembolsables también?

En principio sí, por lo que conviene conservar los justificantes, recibos y facturas relativos a los gastos médicos, farmacéuticos y correspondientes a desplazamientos durante la rehabilitación para reclamarlos también a la compañía contraria a través de su aseguradora.

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1.024 comments to Seguros de coche e indemnización por siniestro o accidente.

  • Alberto

    Hola. Yo tuve un accidente del día 14 de septiembre. Fui al médico de cabecera 3 veces en 3 semanas y me mandó al hospital a hacerme una radiografía. No estuve ingresado. He tenido 15 sesiones de rehabilitación y ahora me han preescrito 10 más. Me llamarán sobre navidades para ver como estoy, hasta entonces estoy de baja. No trabajo, soy estudiante. ¿Cuánto me corresponde? Gracias!!

    • Hola Alberto.

      Habría que conocer las circusntacias en las que te ha ocurrido el siniestro, y si éste ha sido responsabilidad de otro vehículo implicado en el mismo, en cuyo caso su aseguradora tendría que indemnizarte por los daños y lesiones.

      En este caso, la oferta de indemnización te la darán una vez que se certifique el alta médica, para poder contabilizar el total de días que hayas estado debaja, y si ésta ha sido del tipo impeditiva o no impeditiva.

      Por lo que comentas, entendemos que lo trataran como Baja No impeditiva. En el artículo superior indicamos la cuantía que corresponde por cada día de baja de este tipo, para que puedas echar unas cálculos aproximados.

      Ya nos contarás cómo va todo y a ver qué te comenta tu compañía.

    • Alberto

      Hola.

      Me dieron un golpe por detrás estando yo parado y yo le di al de delante. Culpa del otro.

      Me refería a si solo cobraría lo de los días de baja o tengo algo más por tener que ir al fisio o cosas así.

      Otra pregunta, puedo denunciar hasta los 6 meses. Mi compañía me ha dicho que cuando me ofrezcan la cantidad de dinero, si no me parece bien que denuncie. Pero si estoy de baja 4 meses igual cuando me vayan a hacer la oferta ya se ha pasado el plazo de denuncia. Que debo hacer?

  • Maria Varela

    Hola, os cuento mi caso: El pasado mes de septiembre sufri un accidente de tráfico, iba de acompañante, estando parados en un paso de peatones un coche nos dio por detrás.
    Como consecuencia tuve que ir al hospital, me hicieron una radiografía y me diagnosticaron una «esguince cervical».
    La Compañía de seguros contraria reparo los daños materiales del vehículo.
    Seguidamente acudí a mi médico de cabecera y me hizo el correspondiente «parte médico de baja de incapacidad temporal por contingencias comunes». Estando desempleada y sin cobrar ninguna prestación.
    La cuestión es que después de tres meses de baja y (cumpliendo con las citas médicas y la recogida de los partes de confirmación) me han citado para de Inspección Médica, porque según mi médico de cabecera no me tendrían que haber dado la baja porque no estoy trabajando ni cobrando prestación y que nisiquiera tendrían que verme en consulta, ya que dice que la asistencia sanitaria me la debería de haber dado la Compañía de Seguros.
    Estoy un poco desorientada, me podeis decir algo??

    • Buenos días María.

      En tu caso, por lo que comentas la responsabilidad de lo sucedido la tuvo el vehículo contrario, por lo que correspondería a la compañía aseguradora de dicho vehículo indemnizarte por los daños y lesiones ocasionados por el siniestro.

      Para ello es necesario que figurará en el parte de accidente o atestado tus datos cómo víctima de lesiones para realizar el seguimiento médico y poceder a contabilizar la totalidad de los días de Baja médica y ofrecerte una indemnización en función de ello.

      Así que todo depende de si se incluyeron tus datos en el parte o no..

      Ya nos contarás.

      Salu2

  • Pedro Antonio

    Hola tengo una pequeña duda acerca de lo siguiente:yo estoy de baja por una salida de via,tambien de baja en mi trabajo por lo mismo.El trabajo tiene una mutua «asepeyo» que se encarga de pagar el 75% de mi salario por lo que me he informado,asi mismo mi compañia de seguros «linea directa» se esta encargando ,por el seguro de r.civil,del tratamiento medico y los gastos.Se tendria que hacer cargo tambien del pago de de Baja Impeditiva,no impeditiva o no les corresponde pagarme nada? gracias

  • Alberto

    Pedro Antonio, si la culpa ha sido tuya, creo que no te pagarán nada. Eso es cuando la culpa no es tuya y es de otro vehículo. Creo…

    • Eso es.

      En ese caso concreto de Pedro Antonio en el cual el siniestro ha sido por salida de vía sin responsabilidad de otro vehículo implicado, no correspondería abono de indemnización por lesiones, aunque sí se encarguen del tratamiento médico cubierto por el seguro.

      Salu2

  • mcarmen

    HOLA
    EL PASADO DIA 24 DE AGOSTO TUVIMOS UN ACCIDENTE MI MARIDO Y YO CON EL COCHE, TAMBIEN VENIA MI HIJA DE 22 MESES Y POR SUERTE SOLO SE HIZO UN CHICHON, EL COCHE FUE DADO SINIESTRO YA QUE FUE UNA COLISIÓN EN CADENA Y MI MARIDO FUE EL ULTIMO EN DAR Y YA NO LE DIO TIEMPO FRENAR. MI PREGUNTA ES NOSOTROS AL TENER EL SEGURO A TODO RIESGO A MI ME CORRESPONDE INDEMNIZACION. HE ESTADO DE BAJA DE DIAS IMPEDITIVOS HASTA EL 12 DE NOVIEMBRE. Y CREO QUE EN LA PROXIMA VISITA AL TRAUMA ME DARAN EL ALTA QUE SERA EL DIA 13 DEC. ESTOY DIAGNOSTICADA DE ESGUINCE CERVICAL Y COSTOCONDRITIS. ES QUE ME DICEN QUE TENGO QUE DENUNCIAR A MI MARIDO Y YO REALMENTE NO QUIERO.

    • Hola Carmen.

      Tal como te dice Alberto en el comentario siguiente, no debería ser necesario que denuncies a tu marido ni nada parecido.

      Sí que es importante que en el momento de dar parte del siniestro a vuestra aseguradora indicarais en el mismo que hubo víctimas, añadiendo vuestros datos, para que de esta forma quede constancia de tus lesiones y puedas ser de esta forma indemnizada.

      Si la aseguradora no tuvo constancia de tus lesiones ni de que ibas en el vehículo en el momento del accidente te será más complicado demostrarlo ahora y que te indemnice.

      En cualquier caso, revisar también las condiciones particulares de vuestra póliza para ver que cubre exactamente.

      Nos alegramos mucho que dentro de lo que cabe y del susto tanto vosotros como vuestra niña os encontreis bien.

      Salu2!

  • Alberto

    No es una denuncia como una de malos tratos. te pagaría la compañía de tu marido, no le va a pasar nada a tu marido, tranquila. de todos modos, el seguro te pagará sin tener que denunciar…

    • mcarmen

      ok, muchas gracia. Lo qué necesitaría saber es para que mi compañía no me time, sé cierto que irán a la baja son los barémos para el cálculo o cómo tengo que hacerlo. La aseguradora tiene constancia de todo y a parte de todos los informes de la clínica ajena a ellos que me llevó vino a casa un perito forense de la misma aseguradora. Más que nada quiero saberlo para estar bien informada ya que para la tasación del coche tuvimos un poco de lío y en fin… prefiero estar preparada. Por cierto efectivamente el día 13 me dieron el alta con secuelas ya que tampoco no pueden hacer más.Gracias por todo

    • Para la indemnización contabilizarán la totalidad de los días de Baja Hospitalaria, Baja Impeditiva y Baja no impeditiva.

      En el artículo superior puedes ver qué cuantía corresponde por cada día de baja dependiendo del tipo que se trate.

      Salu2!

  • maria del pilar

    tuve un accidente yo sola , se me fue el coche y choque con la mediana y tengo lesiones varias , tendria derecho a cobrar algo del seguro del coche le tengo a tercero

    • En tu caso no correspondería indemnización por lesiones ya que ha sido responsabilidad tuya. Aunque suponemos que sí te habrá cubierto los gastos médicos o el traslado al hospital si fue necesario.

      En cualquier caso, revisa las condiciones particulares de tu póliza para ver qué te cubre exactamente en esta situación, por si tuvieras cubierto por ejemplo vehículo de sustitución por unos días y demás mientras reparas tu coche.

      Esperamos que te recuperes pronto. Mucho ánimo.

      Salu2

  • Alberto

    Me dieron 1 golpe por detrás estando yo parado y yo le di al de delante. Culpa del otro, claro.

    Me refería a si solo cobraría lo de los días de baja o tengo algo más por tener que ir al fisio o cosas así…

    Otra pregunta, puedo denunciar hasta los 6 meses. Mi compañía me ha dicho que cuando me ofrezcan la cantidad de dinero, si no me parece bien que denuncie. Pero si estoy de baja 4 meses igual cuando me vayan a hacer la oferta ya se ha pasado el plazo de denuncia. Que debo hacer?

    • Hola de nuevo Alberto.

      Te indemnizarán seguramnete por Días de Baja No impeditiva, lo que ya cubre que te toque ir al fisio. Aunque puedes consultar a tu seguro si se puede reclamar algo por el gasto en desplazamientos que ésto te está provocando. (echa un vistazo al artículo en el punto «¿Los gastos médicos, de transporte y demás serían reembolsables también?»

      Sobre el tema de la denuncia, por una lado está el denunciar al que ocasiona el accidente (habría un plazo de seis meses para presentar la denuncia en el juzgado) y por otro lado, está el tema de que no estés de acuerdo con la indemnización que te ofrece la compañía contraria.

      En ese caso, tendrías que seguir las indicaciones que damos en el artículo superior en el punto «¿Qué habría que hacer después del accidente?», para cuyo plazo se empezaría a contrar desde que te den el informe de la cuantía de la indemnización.

      Salu2 y mucho ánimo.

  • laura

    Hola!!
    Me dieron por detrás estando parada, mi seguro y la del coche q me dio son de la misma compañía aseguradora. por lo q no creo q tenga problema con las indemnizaciones y demás. Mi duda es q ademas tengo un seguro de accidentes particular y no estoy segura si debo dar parte o no.

    • En tu caso todo apunta como bien dices a que no tengas problema con la indemnización que te corresponde por lesiones.

      Respecto a tu seguro de accidentes particular, todo depende de las coberturas que tengas contratadas. Así que deberías revisar las claúsulas firmadas para ver qué te incluye en estos casos y poder decidir.

      Salu2!

  • julia

    hola!
    os cuento. l 15 de octubre tuve un accidente de trafico en el k mi vehiculo fue el unico implicado. yo soy la tomadora del seguro y yo era la conductora.
    estoy kn la rehabilitacion xo aun sigo kn bastants dolores. l medico dl seguro me dijo k m volveria a ver a lo largo d sta semana y segun me ha dicho la fisioterapeuta, m dara ya el alta. k sria muy buena noticia sino fuera xk m sigue doliendo…
    y mi pregunta es esa. ¿k hago si el medico m da l alta kuando aun tengo dolor?? ¿puedo pedir al seguro k m vea 1traumatologo privado? ¿k puedo hacer? solo kiero k me djen bien, xk si ya m duele estando d baja y sin hacr practicamente nada, no kiero pensar kuando empiece a trabajar…
    x si influye en algo, l seguro era a todo riesgo y ellos stan pagando la rehabilitacion.
    gracias.

    • Hola Julia.

      Dadas las circustancias de tu siniestro y que no hubo más vehículos implicados, no correspondería indemnización por lesiones como tal, aunque te cubra los gastos médicos y rehabilitación.

      Respecto al médico, coméntale todos los dolores y síntomas que tengas, y de esta forma te podrá indicar el tratamiento a seguir o verá si te encuentras bien para darte al alta ya o no.

      Si el médico ve que no te encuentras recuperada no te preocupes que no te dará el alta.

      Salu2 y que te mejores pronto.

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