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22 de septiembre de 2009

Prestación del desempleo: penalizaciones por no renovar la demanda de empleo

Uno de los pocos requisitos que exige la Oficina del Empleo durante el periodo de recepción de las prestaciones del desempleo es ir puntualmente a sellar la demanda de empleo. Su no renovación es motivo para que el Servicio Público de Empleo Estatal penalice con la denegación del pago de una, tres o seis mensualidades en función de la reincidencia de esta inflación.

La renovación de la demanda es una obligación de los beneficiarios de prestaciones de desempleo. Por ello, el olvidar renovarla en fecha (salvo motivo de fuerza mayor) es motivo para que el Servicio Público de Empleo Estatal inicie un procedimiento sancionador por infracción leve cuya penalización (tiempo sin prestaciones) depende de la reincidencia:

  • Un mes: si es la primera vez que se incumple.
  • Tres meses: si es la segunda vez
  • Seis meses: si es la una tercera
  • Pérdida total del derecho: si se produce un cuarto incumplimiento.

Para los supuestos de reincidencia no es necesario que el incumplimiento sea siempre del mismo tipo (en este caso, no renovar la demanda de empleo). Por tanto, se aplicará esta escala a partir de la primera infracción, con independencia del tipo de infracción, cuando entre la comisión de una infracción leve y la anterior no hayan transcurrido más de 365 días.

En el caso de haber solicitado o ser beneficiario del programa de Renta Activa de Inserción, la no renovación de la demanda supone la baja definitiva desde el primer incumplimiento.

En definitiva, no hay que olvidarse de ir puntualmente a sellar la demanda de empleo, ya que el dinero nunca sobra, y menos cuando uno se está en el paro.

Debátelo en el: Foro de Trabajo.

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828 comments to Prestación del desempleo: penalizaciones por no renovar la demanda de empleo

  • Ottavio

    Olvidaba: ¿Los artículos anteriormente mencionados, contemplan una justificación por causa mayor, tipo los certificados médicos?
    Si fuera así, sería un poco arbitrario la interpretación y la desestimación de mi recurso…¿no cree? Gracias.

  • maria

    el 2 de febrero solicite la rai ,quisiera saber cuanto taedan en enviarte la carta desde que haces la solicitud ,alguien lo sabe ,aun no me la ha mandado y necesito vivir osi sabeis algun telefono donde me lo puedan aclarar. gracias.

  • margarita

    hola mire acabo de cumplir los seis meses de cobrar el subcidio y tengo un bebe a cargo entonces kiero saber que dia tengo k ir para volver a renovar la prestacion por desempleo y que requisitos me piden gracias

  • carlos

    Hola, no renove el paro el dia que tocaba y m mandaron la carta famosa de suspension de un mes, yo no mande alegaciones porque mi motivo no tiene excusas posibles, y ahora me comentan que por no alegar nada no voy a cobrar el desempleo, eso es asi? porque en la carta no pone nada de eso… pone que tienes 15 dias para presentar alegaciones, y yo no las tenia…haber si puede sacrme las dudas, aunque mañana directo al inem.. graciaas.

    • Buenas tardes.

      En el artículo superior puedes ver la penalización correspondiente por no renovar la demanda de empleo a tiempo sin causa justificada.

      Así que si no tenías causa mayor que justificar por no haber acudido, te iban a sancionar igual, alegarás o no.. Así que no te preocupes por eso, y procura no olvidarte más, porque si vuelve a suceder te sancionarán todavía más fuerte tal como puedes ver en la información superior..

      Salu2

  • carlos

    tenia que pasar el dardeel 3-1-2012, se me olvido i fui el 10-1-2012, y me di de alta de nuevo ya quesalia de baja, tengo el darde para 10-4-2012 para renovar, este 10-2-2012 cobre 50 euros, de los casi 900 que cobraba,asi que entiendo que por lo que me decian en la carta , procedieron a la suspension del mes, pero una amiga que trabaja en el servef me ha comentado que este 10-2-2012, no aparezo como que voy a cobrar, y me dice que el motivo es que por no alegar, contestar nada a esa carta queme mandaron, voy a segir sin cobrar nada hasta que no les conteste….no me lo puedo acabar de crreer, toy mu preocupado, de todas maneras mañana ire….gracias

  • carlos

    os escribo para que no le pase a nadie mas, es una verguenza, este mes tp cobro por no alegar nada, increible pero cierto, aunque halla sido por olvido se lo tienes que comunicar en las alegaciones…..estoy muy indignado… nadie me lo habia dicho pero el que lo paga soy yo…

  • Mariabm

    Pues si Carlos, la semana pasada me llegó a mi la famosa carta de suspension de un mes, yo tampoco iba a alegar nada pues fue por despiste mío, pero bueno ya tengo cita para mañana y espero cobrar el 10 de abril, aunque no sé cuanto tardan en reconocer las alegaciones. Espero que con un mes de antelacion haya suficiente y cobrar el mes que viene… 🙂

  • Patricia

    Buenas, os cuento mi caso y de paso a ver si alguien me puede ayudar…
    En septiembre me citaron para actualizar los datos de la ayuda que estoy percibiendo de 426 euros, se me pasó y justifiqué con un volante médico,pues esos días atrás estuve con temas de cervicales, me salvé y me dieron una nueva cita, a la que de nuevo falté en ese caso por recoger a mi niña de la guarde con fiebre muy alta, incluso fui al inem pero eran más de las dos y no pude hacer nada, al día siguiente me personifiqué pero me dijeron que tenía que justificarlo, pedí a la guarde un parte pero no sirvió y me penalizaron con un mes, noviembre.
    Pues bien, tenía que sellar el 12 de enero y la última vez que sellé no salió el papel y luego no lo apunté en ningún sitio, así que se me pasó de nuevo, sí, tengo delito, pero tengo problemas en casa y no tengo la cabeza en mi sitio, se nota? así que me han mandado la notificación de suspensión de tres meses, mis dudas son varias:
    El mes de marzo era el último mes que cobraba, ¿ese dinero se los tengo que devolver?
    ¿me tocarán la cuenta bancaria?
    ¿Cuando pida alguna otra ayuda se cobrarán lo pdte.?
    ¿Existe alguna forma de justificar ese olvido después de tantos días?
    Gracias de antemano, he puesto una pizarra en la pared de la cocina y con letras número 20 de word la fecha de sellado para mayo.:-(

  • Merce

    buenos dias yo arregle todos los papeles el 27 de febrero y me dieron la resolucion de que el diez de marzo empezaria a cobrar pero estamos a doce y no he cobrado. Muchas gracias

  • israel

    Tenia que fichar el día 12 de marzo, la semana pasada, justamente esa semana estube haciendo un proceso de seleccion para una empresa en otra comunidad autonoma, he ido hoy al inem y me han dado de baja, he solicitado el justificante de haber participado en dicho proceso de selección, pero ha de ser de solo el día que tenía que sellar o justificar los días que no he acudido tambian despues del proceso de seleccióm, en este caso con presentar ese justificante entiendo no es necesario hacer ninguna alegacion

    • Tendrías alegar que no pudiste ir presentando el justificante correspondiente.

      Tendrás que justificar por qué no has acudido «desde el día 12 de Marzo», no sólo en ese día en concreto.

      Salu2

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