El gobierno aprueba una prórroga (20/07/2010) del subsidio de 420€ (426€ en 2010) para los desempleados que hayan agotado el paro o que han dejado de percibir el subsidio de desempleo entre el 1 de enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2011.
El subsidio sólo se puede percibir durante un plazo máximo de 6 meses no prorrogables.
ÚLTIMA HORA: ZP anuncia que no habrá nueva prórroga del PRODI
¿Cuáles son las condiciones para acceder al subsidio?
- El trabajador debe de haber previamente agotado su cobertura por desempleo (prestaciones y subsidio de desempleo) entre el 1 de Enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2010 (ambos inclusive)
- Carecer de ingresos propios superiores a 530,70 euros mensuales (75% del SMI 2017).
- Que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere 530,70 euros mensuales (para 2017). Por unidad familiar se entenderá: El solicitante, el cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.
- No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.
- No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio por desempleo.
- Para los desempleados entre 30 y 45 años, han de tener cargas familiares para beneficiarse de la prórroga entre el 16 de Agosto de 2010 y el 15 de Febrero de 2011.
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
La duración máxima de la prestación por desempleo extraordinaria es de 180 días y su cuantía es de 426 euros mensuales.
Esta prestación extraordinaria por desempleo podrá obtenerse una sola vez y se comienza a devengar desde el día siguiente a aquél en que se solicita siendo su percepción mensual.
¿Qué obligaciones tienen los beneficiarios?
Los beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria deberán cumplir las obligaciones que implica el compromiso de actividad que suscriban y participar en un itinerario activo de inserción para el empleo así como las restantes obligaciones previstas, con carácter general, en el sistema de protección por desempleo.
¿Qué documentación hay que presentar?
- Impreso de solicitud.
- Documento de identidad del solicitante y de los miembros de la unidad familiar.
- Documentación acreditativa sobre los datos declarados en la solicitud durante la percepción de la prestación por desempleo extraordinaria.
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hola,
se me acabo el subsidio en febrero de este año, en julio encontre un trabajo de un mes,ahora vuelvo a estar en paro,estoy en paro desde finales de julio,no tengo hijos ni cargas familiares,tengo derecho a cobrar subsidio,muchas gracias.
Su situación es similar al de otro usuario que nuestra web: http://foro.preguntasfrecuentes.net/en-paro-desde-14-septiembre-tengo-derecho-al-subsidio-de-los-420-t396.html
Salu2.
Hola soy extranjera hace 10 años k resido en barcelona , x cincunstancia de la crisis stoy en paro desde octubre del año pasado, se acabo el paro en MAYO, stoy en deuda con hacienda del año 2006 y 2008, en bancos, bueno si no tengo trabajo como pagare mis deuda ME IRÉ A CANA.?,, no tengo hijos, solo mi madre k esta también parada,,, tengo derecho a cobrar subsidio de algo GRACIAS X TODO
Buenos días.
Le hemos trasladado su pregunta al Foro de Trabajo.
En breve le responderemos en http://foro.preguntasfrecuentes.net/derecho-a-subsidio-en-situacion-de-necesidad-t493.html
Salu2
hola queria saber si ya se puede solicitar la ayuda de los 420€ en el inem.cumplo los requisitos y si todavia no esta disponible desde cuando lo estara?
La ayuda de los 420€ se puede solicitar desde ya hace tiempo, lo único es que la ampliación de la ley aún no se sabe nada…
De todas formas, te recomiendo que acudas al INEM para que te informe y después no lo cuentas
También te recomiendo visitar el Foro de Trabajo donde se está hablando de este tema.
Salu2
hola,me pregunto si cuando salga la ayuda de enero me la darian, yo estoi sin paro desde marzo,pero tengo a mi padre que es autonomo i tiene una nomina de mas de 300€, tendria derecho ha cobrarlo?auke tiene muxos pagos i mientras me sale trabajo esos 420 me irian muy bien, gracias
Hemos trasladado su pregunta al Foro de Trabajo http://foro.preguntasfrecuentes.net/duda-sobre-si-podre-recibir-la-ayuda-de-420-t572.html#p1309
Por favor, para la próxima vez, las consultas haznoslas directamente en el Foro.
Gracias.
me acabo el paro 11 de mayo tengo derecho de subsidio de 420€ pero se no sabe cuando lo aplican pero esta aprobada
Aún no está aprobada, parece ser que a partir de noviembre lo estará.
Salu2.
cobro el paro desde diciembre del año pasado, y se me acabo el 10 de setiembre, pero como cuando hice la renovación del paro no me ponia nada de que se me acababa el paro, la renovacion la hice el 22 de julio y me ponia que tenia que renovar el paro el 22 de octubre, pero este mes no he cobrado nada, creo que ya no me toca, porque solo tenia derecho a 300 días del paro, queria saber si tengo derecho al subsidio aún si no tengo hijos, o cargas familiares? igualmente mañana me dirigiré al inem, gracias
Puede solicitar el subsidio de los 420€ mañana cuando vayas a las oficinas de INEM
Salu2.
hola soy un imigrante tengo 5meses cotizado ahora no tengo nada no se si puedo cobrar el subsidio
Si cumples las condiciones para recibir el subidio, sí.
Acércate a una oficina de INEM para que le mire su situación.
Salu2
hola queria saber si hay noticia del la ayuda de los 420 € hace una semana atras fui al inem y me dijeron que podria solicitarla cuando esa ley este colgada en el boletinde no se que ya se puede solicitar o para cuando??
La última noticia de la que tenemos lo puedes leer en:
http://foro.preguntasfrecuentes.net/el-congreso-de-los-diputados-aprueba-ampliar-la-ayuda-de-los-420-desde-enero-t653.html
Salu2
hola, querria saber si yo tambien podria solicitar el subsidio, se me acabo el paro en febrero y no he encontrado trabajo. Vivo con mi madre, y esta jubilidad cobra casi 600 euros. gracias
Su respuesta está publicado en el foro de trabajoa:
– http://foro.preguntasfrecuentes.net/tengo-derecho-a-subsidio-de-420-si-vivo-con-mi-madre-t713.html
Si necesita cualquier otra aclaración, por favor, hágalo en el Foro.
Salu2.
wenas!!!porfavor alguien sabria decirme si existe algun metodo via internet para ver si me han aprobado la prestación de los 420 euros y cuando la podria empezar a percibir.
hola he solicitado la prestacion de los 420 euros lo unico q no se si la tengo aprobada dado q vivo con mi novia somos pareja de hecho pero ella tiene una nomina muy alta yo estoy empadronado con ella,la tendre aprobada? se puede mirar en algun sitio via internet para versi la tengo aprobada?
muchas gracias
Debe de esperar. En caso de denegación del subsidio, le notificará vía correo postal y dispondrá de 30 días para recurrirlo. En caso contrario, cuando lo tenga aprobado, recibirá los 420€ entorno al día 10 de cada mes.
Salu2.