El gobierno aprueba una prórroga (20/07/2010) del subsidio de 420€ (426€ en 2010) para los desempleados que hayan agotado el paro o que han dejado de percibir el subsidio de desempleo entre el 1 de enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2011.
El subsidio sólo se puede percibir durante un plazo máximo de 6 meses no prorrogables.
ÚLTIMA HORA: ZP anuncia que no habrá nueva prórroga del PRODI
¿Cuáles son las condiciones para acceder al subsidio?
- El trabajador debe de haber previamente agotado su cobertura por desempleo (prestaciones y subsidio de desempleo) entre el 1 de Enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2010 (ambos inclusive)
- Carecer de ingresos propios superiores a 530,70 euros mensuales (75% del SMI 2017).
- Que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere 530,70 euros mensuales (para 2017). Por unidad familiar se entenderá: El solicitante, el cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.
- No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.
- No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio por desempleo.
- Para los desempleados entre 30 y 45 años, han de tener cargas familiares para beneficiarse de la prórroga entre el 16 de Agosto de 2010 y el 15 de Febrero de 2011.
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
La duración máxima de la prestación por desempleo extraordinaria es de 180 días y su cuantía es de 426 euros mensuales.
Esta prestación extraordinaria por desempleo podrá obtenerse una sola vez y se comienza a devengar desde el día siguiente a aquél en que se solicita siendo su percepción mensual.
¿Qué obligaciones tienen los beneficiarios?
Los beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria deberán cumplir las obligaciones que implica el compromiso de actividad que suscriban y participar en un itinerario activo de inserción para el empleo así como las restantes obligaciones previstas, con carácter general, en el sistema de protección por desempleo.
¿Qué documentación hay que presentar?
- Impreso de solicitud.
- Documento de identidad del solicitante y de los miembros de la unidad familiar.
- Documentación acreditativa sobre los datos declarados en la solicitud durante la percepción de la prestación por desempleo extraordinaria.
Artículos relacionados:
Hola. Me gustaría saber la documentación que tengo que aportar en el inem, para «REANUDAR» la ayuda de 426 euros por hijos a cargo. solo tengo la carta de despido improcedente enviada por burofax, El resto no lo voy a firmar ni a recoger porque tengo intención de denunciar a la empresa puesto que estoy embarazada. ¿vale con llevar la carta de despido para reanudar la ayuda?. Muchas gracias.
No podrás reanudar las ayudas hasta que no hayas resuelto la denuncia, ya que es posible que declaren nulo el despido.
Salu2.
hola me llamo Ana y el proximo 5 de Julio termino de cobrar el subsidio por agotamiento de paro y mi marido tambien esta cobrando el subsidio, tenemos una hija de 2 años, mi pregunta es: ¿hay algun otro subsidio para la gente que se le ha agotado el subsidio y va a dejar de cobrar? que documentacion hay que aportar? Gracias
Una vez terminado el subsidio podéis pedir el PLAN PREPARA:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/02/11/programa-recualificacion-profesional-de-quienes-agoten-su-prestacion-la-ayuda-de-los-400-euros/
SAlu2.
Hola. Quisiera saber cuanto cobraria con 65 años y solo 15 años cotizados. Gracias.
Tienes que hacer la media de lo cotizado en los últimos 15 años.
Salu2.
tengo ocho años como autonomo, en abril de 2011 ingrese en paro, por cierre empresa, tengo derecho a algun subsidio, tengo 44 años y anteriormente tengo 20 años cotizados en el regimen general, gracias.
No, los autónomos no tiene derecho a este tipo de ayudas.
Salu2.
buenos dias,quieria saves si acabe de combras los 6 meses de PRODI,y tengo un hijo menor de edad tengo derecho de cobrar alguna ayuda mas?todovia no encontre trabajo y mi marido sique cobrando el paro.gracias .
No, salvo que tengas más de 45 años, en tal caso puedes solicitar la RAI:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
Salu2.
soy madre soltera,keria saber si puedo solicitar alguna ayuda,no estoy cobrando el paro,aunk tengo cotizado, y estoy apunto de dar a luz a mi segundo hijo,.
NO tenemos suficientes datos para decirte si tienes derecho o no a ayudas…
Acude al servicio de empleo y pide información.
Salu2.
hola:
tengo un contrato temporal en burguer king
me hicieron un contrato de un año de los cuales he trabajado 2 meses a 20 horas otros 2 meses a 8 horas y 8 meses a 30 horas, antes de entrar cobre 1 mes y medio una prestacion economica.ley q es la que te dan despues de agotar el paro y la ayuda familiar, cuando fui al inem a decirlo me dijeron que la podia solicitar de nuevo cuando terminara el contrato pero me han dicho que esa prestacion ya no existe asi que no se si puedo volver a reanudarla ni se si tengo los suficientes dias cotizados puesto que hace mas de una semana que solicite la vida laboral y aun me ha llegado, el contrato se me termina el 30/06 osea el mes que viene y por mas que busco trabajo no encuentro, tengo 3 hijos menores de 11 años (mellizos) y uno de 5 y soy madre soltera, sabeis si puedo pedir algun tipo de ayuda? muchas gracias.
Al ser un contrato a tiempo parcial, has de contabilizar los días cotizados. Si tienes más de 6 meses tienes derecho al subsido de desempleo y si tienes más de 12 a la prestación de desempleo:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/05/25/trabajo-a-tiempo-parcial-y-derecho-a-las-prestaciones-de-desempleo/
Salu2.
trabaje por cuenta ajena dos años ,luego renuncie voluntariamente.me hice autononoma y no cobre el desempleo ahora me di de baja en autonomos , pero no puedo cobrar el desempleo,dicen que necesito 6 meses de contrato para activar lo anterior es esto asi? no me pueden contratar por menos tiempo?
Tenía entendido que eran 3 meses… pero parece que con la crisis lo han subido.
Salu2.
Hola, tengo 26 años, hace más de 1 año que no cobro el paro, se me acabó, tengo una hipoteca, no tengo trabajo, vivo solo, subsistiendo de mis ahorros, y de mis padres, que tipo de prestación o subsidio puedo pedir, pq supongo que cumplo los requisitos.
Espero la respuesta, un saludo!!
Sentimos decirte que no tienes derecho a ninguna ayuda del servicio de empleo.
Tan sólo te queda buscar un empleo y tener suerte!!!
Salu2.
hola, me quede sin trabajo y por 2 semanas no tenia el año cotizado, ahora cobro subsidio y me quedan 3 o 4 meses por cobrar, si encuentro trabajo antes pierdo todo lo cotizado a parte de la prestación? gracias!
Si el subsidio de estás recibiendo es el de insuficiencia de cotizaciones, sí que estás gastando el tiempo cotizado.
Salu2.