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12 de agosto de 2009

Descuento por minusvalía en la compra de coche: reducción del IVA al 4%

Las personas minusválidas tienen derecho en la compra de coche a la aplicación del tipo reducido de IVA al 4%, conocido como descuento por minusvalía. Para ello deberán cumplir los requisitos exigidos y no podrán vender o transferir el coche o adquirir uno nuevo, mientras no haya pasado un tiempo determinado. Indicamos a continuación toda la información al respecto.

¿En qué casos se aplicará el IVA reducido al 4% en la compra de coche para las personas minusválidas?

Se aplicará el IVA reducido o llamado descuento por minusvalía en los siguientes casos:

  • Venta y reparación de vehículos cuya tara no sea superior a 350 kg. y que, por construcción, no puedan alcanzar en llano una velocidad superior a 45 km/h, proyectado y construido especialmente, y no meramente adaptado, para el uso de personas con alguna disfunción o incapacidad física.
  • Venta de vehículos a motor que, previa adaptación o no, deban transportar habitualmente a personas con minusvalía en silla de ruedas o con movilidad reducida, con independencia de quién sea el conductor de los mismos. Ha de tratarse de vehículos con capacidad suficiente para trasladar al minusválido en su silla de ruedas, o que sean aptos para el transporte de personas con movilidad reducida.
  • Venta de vehículos destinados a ser utilizados como autotaxis o autoturismos especiales para el transporte de personas con minusvalía en silla de ruedas, bien directamente o previa su adaptación.

¿Qué se entiende por personas con movilidad reducida o con minusvalía en silla de ruedas?

  • Personas con movilidad reducida:

Son aquellas cuya movilidad se encuentra disminuida debido a causas físicas (sensoriales o motrices), edad, deficiencias intelectuales o cualquier otra causa de discapacidad manifiesta para utilizar un medio de transporte, y cuya situación requiera atención o adaptación especial.

Será necesario acreditarla mediante el certificado o resolución del IMSERSO o el órgano competente de la Comunidad Autónoma en materia de valoración de minusvalías, basándose en el dictamen emitido por los Equipos de Valoración y Orientación dependientes de las mismas donde se indique específicamente dicha Movilidad reducida.

También serán consideradas como tales y servirá como acreditación suficiente:

– Las personas ciegas o con deficiencia visual afiliadas a la ONCE, que acrediten su pertenencia a dicha organización mediante certificado expedido por la misma.

– Las personas que tengan derecho a la utilización de tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad, expedida por las Corporaciones Locales, ajustada al modelo europeo y válida en todo el territorio nacional.

  • Personas con minusvalía en silla de ruedas:

Son aquellas cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 33% y se desplacen en silla de ruedas.

Se consideran también afectados por una minusvalía igual o superior al 33% las siguientes personas:

  1. La persona cuya incapacidad sea declarada judicialmente. En este caso, la minusvalía acreditada será del 65%, aunque no alcance dicho grado.
  2. Los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
  3. Los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o de gran invalidez.

NOTA:  Sin embargo, en estos tres últimos casos será necesario acreditar tal como hemos indicado anteriormente el desplazamiento en silla de ruedas o la movilidad reducida para tener derecho a la aplicación del IVA reducido al 4% además de la exención del Impuesto de Matriculación.

Si vendiera posteriormente el coche o comprara uno nuevo, ¿qué condiciones habría que cumplir para mantener el derecho al 4 % de IVA?

En el caso de que decidiera vender posteriormente el vehículo adquirido con este beneficio o de adquirir uno nuevo, para mantener el derecho de la reducción del IVA al 4% y no tener que abonar nada a mayores, habría que cumplir los siguientes requisitos:

  • En el caso de una nueva compra, tendrían que haber transcurrido al menos cuatro años desde la adquisición de otro vehículo en análogas condiciones. Excepto si hubiera habido un siniestro total en el vehículo que se intenta sustituir con la compra de uno nuevo.
  • En el caso de que se vendiera, la transferencia tendría que ser posterior al plazo de 4 años desde la fecha de compra del mismo.

Y si no se cumplieran las dos condiciones anteriores, ¿qué ocurriría?

En el caso de incumplimiento de esos dos requisitos, el beneficiario tendría obligatoriamente que abonar en la Hacienda Pública la diferencia entre la cuota que hubiese debido soportar por la aplicación del tipo impositivo incrementado, y la efectivamente soportada cuando efectuó la adquisición del vehículo.

¿Es obligatorio matricularlo a nombre de la persona con minusvalía?

No necesariamente. Se podrá matricular a nombre de:

  • la propia persona discapacitada.
  • del cónyuge del discapacitado o tenga una relación de parentesco en línea directa o colateral hasta del tercer grado, inclusive.
  • la pareja de hecho de la persona con discapacidad, siempre que estén inscritos en el Registro de parejas o uniones de hecho de la Comunidad Autónoma de residencia.
  • del tutor, representante legal o guardador de hecho del discapacitado siempre que tenga acreditada esta condición.
  • o se podrá poner a nombre de una persona que demuestre la convivencia con el discapacitado mediante certificado de empadronamiento o por tener el domicilio fiscal en la misma vivienda.
  • en el supuesto de que el vehículo sea adquirido por una persona jurídica, que la misma esté desarrollando actividades de asistencia a personas con discapacidad o, en su caso, que cuente dentro de su plantilla con trabajadores discapacitados contratados que vayan a utilizar habitualmente el vehículo.

En todos estos casos quedará acreditado el requisito imprescindible de que el destino del vehículo es el transporte habitual de personas con discapacidad en silla de ruedas o con movilidad reducida y de esta forma no habrá problemas con la Agencia Tributaria.

¿Cuánto tarda Hacienda en dar la aprobación para el IVA reducido?

Respondemos utilizando el caso concreto de un usuario que lo solicitó y al que le agradecemos su comentario:

Enviado el 28/02/2016
Hola de nuevo, comento que lo presenté un viernes por la Sede Electrónica, luego me solicitaron que enviara escaneado el permiso de conducir, para acreditar que el vehícula sería para mi uso exclusivo y, tras mandarlo, hoy me he descargado el acuerdo provisional a presentar en el concesionario, vamos, unos 10 u 11 días.

Me dan 15 días para matricular el coche, a partir del día siguiente a la notificación, eso supongo que será del interés de muchos compañeros interesados, para saber cuándo presentar la solicitud (15 días desde mañana, no desde que lo presenté). el coche llegó hace 3 días al concesionario, así que todo va por buen camino.
Creo que esta semana estreno coche, así que estoy más feliz que una perdiz. Saludos a todos.

P.D.: a los que tenéis dudas sobre la movilidad reducida, sabed que tener la tarjeta de aparcamiento se considera prueba suficiente para pedir el IVA reducido, aunque no quede claro en las resoluciones de Servicios Sociales.

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1.385 comments to Descuento por minusvalía en la compra de coche: reducción del IVA al 4%

  • GERARD

    actualmente tengo un vehiculo para hacer el plan pive y en teoria como afiliado a la ONCE tengo derecho al IVA reducido, tengo derecho al IVA reducido al posser un vehiculo de 10 años (estara a mi nombre el dia antes de comprar el coche)? por que dado que en teoria tengo un vehiculo a mi nombre no podria tenerlo, tendria primero que solicitar la reducción y despues hacer el canvio de nombre?

    me estais siendo de mucha ayuda, voy a recomendar esta pagina 😉

    • Sólo se puede comprar un vehículo nuevo aplicando el IVA reducido cada 4 años. En este caso, vas a comprar un coche nuevo aplicando el IVA reducido, y el viejo lo vas a poner a tu nombre también.

      Pero como el coche para desguazar no es nuevo, ni lleva reducción de iva ni nada similar, no afecta para nada para solicitar ese IVA reducido en Hacienda.

      Así que no te preocupes. Aplica el PIVE con normalidad, pon el coche viejo a tu nombre y solicita el IVA reducido para el nuevo sin ningún problema.

      Salu2

  • daniela

    Hola
    Vamos a comprar un coche de 2a mano a nombre de una persona discapacitada menor de edad,habra algun problema?que debo hacer con el seguro a nombre de quien ponerlo para no tener problemas con el trafico
    Gracias

    • Hola.

      La mayoría de las ayudas por minusvalía se aplican sólo si el coche que se compra es nuevo, no de 2a mano.

      En vuestro caso, lo único que os podreis beneficiar es de la exención del impuesto municipal de circulación (pero no del impuesto de matriculación ni del iva reducido)

      De todas formas, no hay problema en ponerlo a nombre de ese menos de edad. En este caso, al no solicitarse exención del Impuesto de matriculación da igual a nombre de quien se ponga el seguro. No lo van a revisar.

      Salu2

  • daniela

    Hola,tenia una pregunta mas
    Para poder adaptar un coche me dijeron de la hacienda que podemos beneficiar de la reduccion del iva igual que la compra de coche para persona minusvalida
    Es cierto,o depende de cada taller
    He leido todos los comentarios y las aclaraciones me estan de gran ayuda
    Gracias 🙂

  • daniela

    Hola,despues de que el concesionario haga todos los tramites hace falta que yo vuelva a llevar la factura y el permiso de circulacion (al beneficiar del iva reducido) a hacienda?
    2°-quiero alquilar un garaje para meter el coche.si nos hacen alguna visita sorpresa los de aduanas y no ven el coche aparcado al lado de casa habra problemas?
    Hace falta informar donde tenemos el coche a diario?
    Siendo un coche para uso exclusivo del minusvalido quieremos tenerlo dentro del garaje y no en la calle por que se usa poco gracias

    • Hola

      No te podemos concretar. Debes consultarlo en tu Delegación de Hacienda para confirmar los trámites completos que debes realizar, ya que si no se tramita correctamente antes de la matriculación del vehículo, luego no se puede solicitar..

      2.- No es problema que no vean el coche. El inconveniente es que os pregunten y alguno reconozcais que utilizais el coche puntualmente para uso particular. Si os visita un inspector lo único que debéis decir es que «el vehículo es para uso exclusivo de la persona con minusvalía», nada más.

      Aparcarlo en garaje o en la calle es indiferente para ellos.

      Salu2

  • Jorge Tapia

    A ver estoy viendo un montón de preguntas y las respuestas que esta dando la persona «entendida en estos temas» son bastante aceptables.
    Pero me gustaría que aplicaras mas rigor para concienciar a la gente que ser discapacitada no significa ser un chupón. y me refiero a la señora Daniela. Pregunta si debe tener el vehículo aparcado en la puerta de su casa,(para no tener problemas con inspectores de la administración) lo cual supone que tiene una plaza otorgada en la vía publica por el ayuntamiento donde resida. Quiero pensar que no, pero si fuese lo primero me parecería un morro tener esa plaza si va a tener su vehículo en un garaje privado. Estaría tocando las narices a las personas no discapacitadas, ya bastante generosos somos solidarizándonos con ellos. Y ya no digo nada del hombrecillo de la once, invidente y con coche, tócate los huevos. Si es que este país va de culo por estos chupones. Un saludo

    • Lo cierto es que no estamos para juzgar lo que cada uno hace. Entendemos que para eso cada uno ya es mayor y debe ser responsable de sus acciones.

      Si alguien solicita fraudulentamente los descuentos por minusvalía, ya se encarga Hacienda de realizar sus inspecciones para sancionar (cada vez más frecuentes por cierto..)

      En cualquier caso, entendemos lo que comentas..

      Salu2

    • GERARD

      Señor si todo su trabajo es criticar a los demas le agradeceria que empieza para empezar a disfrutar de la vida y no a meterse en la de las demas, por otro lado no tengo que dar ninguna explicación del por que siendo afiliado a la ONCE quiero la excempción pero para su tranquilidad se la dare con mucho gusto dado que asi podrá recapacitar y pensarselo dos vezes antes de escribir «idiotezes», siendo yo afiliado a la ONCE (que no significa trabajador sinó estar dentro de un colectivo de gente con discapacidad visual y no siendo necesariamente invidente) tengo el derecho a solicitarlo por miles de razones pero en concreto ya que por desgracia tengo esta discapacidad pues un coche para mi no es un lujo dado que no puedo desplazarme con normalidad como la otra gente sino que para mi es un objeto de primera necesidad, esta claro que si me puedo ahorrar dinero mejor que mejor pero lo que me ahorro por un lado lo necesito por otro para adaptar mi vida.

      Aclarado esto y dejando a un lado muchas de las razones ya que podria estar escribiendo todo el dia, solo me gustaria añadir que le morro lo tiene uD. para criticar y juzgar sin tener realmente derecho a meterse en la vida de los demas, asi que por fabor deje de escribir tonterias y deje que la gente pueda preguntar a esta buena gente de Preguntas frequentes ya que a ud. solo le parece un entretenimiento pero para otra gente le es de gran ayuda,

      atentamente un afiliado (no trabajador) de la ONCE cabreado.

      saludos preguntas frequentes y otras personas civicas

    • GERARD

      Por ultimo añadir solo una cosa,doy una plaza de minusvalido si la quiere, le doy todo el dienro que me ahorro por tener una discapacidad a canvio de que ud. se quede con esta discapacidad y no tenga que sufir yo con esto? antes de hablar por fabor deje de «solidarizarse» y sea empatico, que el pais esta mal no por estos «chupones» de los discapacitados sino por los «chupones» corruptos que pueden o no ser discapacitados y tambien por gili****** como tu que lu unico que hacen es meterse donde no toca, que me dice, hacemos el cambio?

    • daniela

      La gente como el señor tapia aun no se a concienciado que una plaza para minusvalidos no es un lujo o un caprichito para aparcar tranquilo,es UNA NECESIDAD
      Cualquier discapacitada o personac ercana daria todo y mas por no tener que solicitar o usar una plaza,comprar un coche,tener una pension o ayuda..etc
      Yo personalmente iria andando 50 km para ir al trabajo o aparcar en el centro
      Saludos a todos y sigan preguntando que el que da las informaciones es muy competente para esto

  • daniela

    Para el SEÑOR GERARDO- sepa usted que no tengo plaza para persona minusvalida y por eso quisiera meter el coche en garaje privado ya que lo usamos solo para llevar al niño al medico
    2° ya se lo dificil que es cuando llevo el niño y resulta que todos los sitios reservados estan ocupados con posibles SEÑORES GERARDOS
    Asi que…tengo bastante conciencia y poco morro,creo que los que tenemos un caso asi en la familia y lo vivimos de cerca sabemos como actuar
    Un saludo y…no juzgue tango antes de conocer a la persona

  • daniela

    Perdon quieria decir JORGE TAPIA
    Gracias lor todas las aclaraciones me fueron de gran ayuda y asi hice menos viajes de papeleo ya que asi tuve que llevarme al niño cada 2×3 conmigo(persona discapacitada paralizis cerebral tetraespastica).
    Si alguien me quiere juzgar por algo tiene el derecho
    No creo que personas concientes solicitarian algo sin necesidad
    Saludos y sigan asi

  • daniela

    Ahora si alguien me puede contestar a una duda se lo agradeceria
    Queremos comprar una silla de ducha y solicitamos la ayuda para la dependencia que parece que nos lo van a conceder,el precio es de 2,300 y ell estado parece que nos concedera mil mi pregumta es si al recibir la ayuda hay que priceder igual que de una silla de ruedas se tratara ( comprarla primero llevar la factura a la inss y despues de dos años nos ingresara el importe concedido)
    Por favor si alguien tiene algun conocimoento ya que compramos la silla de ruedas que nos valio un paston 4mil €. Gracias

    • Gerard

      Perdona daniela por si no se me entendio pero yo apoyo su necesidad, solo intentava que gente como el señor tapia se quede en su casa mirando la tele y dejando al personal tranquilo.

      Gracias y diculpa si no se me entendio, yo no aparco en zona de mobilidad reducida dado que no lo necesitamos.

  • daniela

    Perdoneme usted quise poner el nombre de señor tapia pero con la ira me equivoque si he entemdido su comentario,en la vida hay de todo gente que nos llaman de todo menos bonito por ser diferente
    Gente como este señor deberia de dejar de fumar lo que fuma dice,,bastante con lo que aguantamos»
    La vida puede cambiar en segundos…puede pasarle un accidente o cualquier cosa y quedarse paraplejico y entonces si que puede recapacitar y tragar toda la mi*** que suelta

  • diego

    ola quisiera que me resolvieras unas dudas, hace dos años compre un vehiculo a nombre de un familiar y me acogi al derecho de reduccion por movilidad reducida y pague solo el 4% de iva, fallecio hace poquito y quisiera saber que se podria hacer para poderlo pasar a mi nombre sin perder la reduccion que me hicieron en su dia del iva y no tener que abonar dicho impuesto a hacienda, aclaro que el coche no aparece en testamento por parte del fallecido. gracias de antemano

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