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30 de abril de 2009

Separación de bienes

El régimen económico del matrimonio, será el que los cónyuges estipulen. Cada pareja tendrá libertad para establecer las normas o reglas que consideren que debe regir su sistema económico matrimonial.

Explicamos a continuación en que consiste el régimen de separación de bienes.

¿En qué consiste el régimen de separación de bienes?

Cuando en un matrimonio, el régimen económico matrimonial que se fija es el de separación de bienes quiere decir que cada uno de los cónyuges conservará la propiedad de todos sus bienes, y podrá retener también la administración y disfrute de los mismos, o bien delegarlos en manos del otro cónyuge.

¿Qué artículo del Código Civil lo regula?

Está regulado por el artículo 1.437 del código Civil que establece que: “En el régimen de separación permanecerán a cada cónyuge los bienes que tuviese en el momento inicial del mismo y los que después adquiera por cualquier título”.

¿En qué casos el matrimonio se regirá por separación de bienes?

  • Cuando así se hubiese pactado.
  • Cuando los cónyuges hubieran pactado en la capitulaciones matrimoniales que no se regirán por el régimen de bienes gananciales, sin especificarse nada más ni régimen alguno por el que regirse.
  • Cuando durante el matrimonio se extinga la sociedad de bienes gananciales o el régimen de participación, salvo que por voluntad de los cónyuges fuese sustituido por otro régimen diferente.

¿Cómo se distribuirán los gastos y cargas?

Los gastos y cargas que los cónyuges deban afrontar, a falta de convenio se llevará a cabo proporcionalmente a los recursos económicos respectivos de que disponga cada uno. Y el trabajo doméstico o para el hogar, será computado como contribución a las cargas, y dará derecho a la obtención de una compensación si se extinguiera judicialmente este régimen.

¿Qué ocurre en el caso de que uno de los cónyuges contraiga deudas?

Las deudas y obligaciones contraídas por cada cónyuge serán de su exclusiva responsabilidad.

Por otro lado, las deudas contraídas en el ejercicio de la potestad doméstica (como por ejemplo la compra de un frigorífico), responderán de ellas solidariamente primero si los hubiera, los bienes comunes, y los del cónyuge que contraiga la deuda, y de manera subsidiaria, los del otro cónyuge.

En el caso de comprar algo conjuntamente, se hará bajo el régimen ordinario de comunidad de bienes.

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    1.240 comments to Separación de bienes

    • rosa maria

      En el supuesto de separación en que afecta a la mujer el tener separación de bienes ¿ pierde el derecho a pensión compensatoria ? ¿ le afecta en caso de la pensión de viudedad ?

    • rosa maria

      hola sobre la pregunta anterior, la separación de bienes afecta en caso de una posible separación en la pensión obligatoria o la pensión de viudedad

    • rosa maria

      ¿Son compatibles pensión de jubilación con la de viudedad ? gracias

    • carolina

      me gustaria hecer una pregunta,es urgente ..me case hce 2 años y mi marido ahora me pidio la separacion de bienes,yo no trabajo y ni tengo nada,y quiero saber si tengo algun derecho o puedo reclamar algo si me divorcio o si fallece el x es ya mayor, y tambien tiene hijos mayores cn su pareja anterior, pero cnmigo no tiene hijos ,,respuesta x fa

      • La separación de bienes fija de quién es cada bien. Al hacer separación de bienes, no tendrás derecho a los bienes de tu marido (que será exclusivamente suyo).

        En caso de fallecimiento, tendrás derecho a una pensión de viudedad independientemente del régimen matrimonial; pero claro, los bienes de tu marido, pasará a sus herederos (y tú sólo tendrás derecho a 1/3 de sus bienes en usufructo si no hace testa mente, si lo hiciera, podría mejorartelo).

        En caso de separación, lógicamente, te quedas sin bienes, ya que todos los bienes del matrimonio son de tu marido, el único que trabaja.

        En cambio, sí que podrías exigirle una pensión compensatoria, lógicamente eso lo tiene que concedertelo un juez.

        Lo ideal en tu caso, es que estéis en bienes gananciales.

        Salu2.

    • Jose Manuel

      He hecho separación de Bienes y mi ex mujer sale beneficiada en el reparto, como son inmuebles y no se pueden partir y me va a dar una cantidad compensatoria para llegar al 50% de la partición.

      De esta cantidad compensatoria cifrada en unos 45.000,00 €, aproximadamente le voy hacer una condonación.

      Mi preguntas es, si esta Condonación que le hago, tengo que tributar por ella en el IRPF.

    • ramon gil

      buenas gustaria hecer una pregunta,es urgente ..me case hce 2 años y mi mujer ahora me pidio la separacion de bienes,yo soy el que trabajo eya no trabaja y no tiene nada,y quiero saber si tiene algun derecho o puedo reclamar algo y tambien tengo una bebe con ella

    • susana

      estoy divorciada hace mas de 8 años. mi ex marido no quiere hacer un acuerdo para la division de bienes,hemos hecho mediaciones y reuniones ante el juez, pero sigue negandose.
      como tengo 68 años, y alquilo, y mi ex usufructa todos los bienes, que son bastantes, DECIDI CEDER MIS DERECHOS A UN TERCERO, QUIEN ME DARA UNA SUMA INFERIOR A MI 50%, PERO QUE ME ALCANZA PARA COMPRARME UN DPTO. EL OFERENTE, SEGUIRIA EL JUICIO EL TIEMPO QUE SEA, HASTA COBRAR EL RESTO DE LO QUE ME CORRESPONDERIA. ES FACTIBLE HACERLO?

    • valentina

      me case hace 2 años y mi marido ahora me pidio la separacion de bienes,yo no trabajo yo no tengo nada,solo tenemos una cuenta bancaria de mi marido con nombres dos mi marido y mio. y quiero saber si tengo algun derecho o puedo reclamar algo si fallece el , y tambien tiene 1 hijo mayor con su pareja anterior, pero conmigo no tiene hijos. Ha comprado esta casa en 2000 , las escrituras y la hipoteca están sólo a nombre de mi marido. en esta casa hemos empadronados mi marido, yo y mi hijo mayor. que tengo que hacer para mi segurida es que soy extranjera y vivo en esta casa 4 años al principio como pareja de hecho con mi marido y despues tenemos matrimonio.mi marido dice que quiere dejar piso para mi sin dejar nada a su hijo mayor es que no tiene con el ninguga relacion hace 4 años. en este caso mejor hacer testamiento o algo mas . soy extranjera con tarjeta comunitaria y estoy esperando nacionalidad española

      • Negarte a la separación de bienes…

        Si lo haces, los bienes son del titular; así que si sólo trabaja su marido, será todo suyo.

        En caso de separación, él se llevará todo, y tú te quedarás sin nada.

        En caso de fallecimiento, no tendrás problemas con la pensión de viudedad, pero eso sí, los bienes pasará a sus herederos, eso sí, tú tendras derecho a 1/3 de sus bienes en usufructo.

        Salu2.

    • valentina

      muchas gracias, Salu2
      en mi caso, si yo tengo derecho a 1/3 de sus bienes en usufructo, yo puedo vivir en el casa sin problemas o no? es que titular en este caso – hijo mi marido, como unico heredero.
      o mejor hacer ahora con mi marido un testamiento? o hacer testamento «uno para otro a despues para hijos»?

    • valentina

      otra pregunta – mi marido puede vender o regalarme piso hipotecado, para no dejar nada a su hijo y hacer me como unica titular de nuestro piso? Naturalmente buscamos lo más barato y lo más efectivo. si mi marido tiene mas de 70 años es verdad que el tiene que pagar impuestos si vende su piso? muchas gracias

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